SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 58
RESPONSABILIDAD PATRONAL EN
RIESGOS PROFESIONALES
• 1- Responsabilidad administrativa: Responde frente
al Ministerio de la Protección Social.
• 2- Responsabilidad Laboral: La subroga a la ARP
mediante la afiliación y pago de la cotizaciones.
• 3- Responsabilidad Civil: Artículo 216 C.S.T.
Responde ante Juez Laboral por CULPA
PATRONAL.
• 4- Responsabilidad Penal: Puede cometer homicidio,
lesiones personales o aborto no consentido.
OBLIGACIONES EMPRESA EN SALUD
OCUPACIONAL
• 1- REGLAMENTO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD INDUSTRIAL (artículos 349 a
351 del Código Sustantivo del Trabajo).
• 2- COMITÉ PARITARIO DE SALUD
OCUPACIONAL: (Resolución 2013 de 1986,
artículo 63 Decreto 1295 de 1994).
• 3- PROGRAMA DE SALUD
OCUPACIONAL: Resolución
1016 de 1989, Circular 001 de 2003.
SISTEMA GENERAL DE
RIESGOS PROFESIONALES
• Soporte Legal:
* Decreto 1295 de 1994.
* Ley 776 de 2002
• Decreto 2800 de 2003.
• Normas complementarias: Decreto 1772 de 1994,
Decreto 1530 de 1996, Decreto 917 de 1999, Decreto
2463 de 2001, Decreto1607 de 2002, Circular Unificada
de 2004- Ministerio de la Protección Social, Sentencia C-
250 de 2004. Sentencia C-425 de 2005.
• Las normas anteriores a 1994, en materia de SALUD
OCUPACIONAL hacen parte integral del Sistema.
CARACTERISTICAS S.G.R.P.
1. Dirección y control estatal.
2. Administración y afiliación ARP
3. Vinculación obligatoria todos los empleadores.
4. Selección Empleador o contratante. Debe afiliar a
TODOS sus trabajadores y contratista que manifieste
voluntad.
5. Cobertura: Dia siguiente a la afiliación.
6. Pago aportes a cargo empleador o contratante.
7. Trabajadores y contratistas tienen derecho a
prestaciones medico-asistenciales y económicas.
8. Vigilancia: Ministerio Protección Social,
Superintendencias de Salud y Bancaria
AFILIACION
• Obligatoria: Trabajadores dependientes
con contrato de trabajo o servidores
públicos y, jubilados o pensionados vejez
reincorporados.
• Voluntaria: Trabajadores independientes
que realicen contratos de carácter civil,
comercial o administrativo con personas
naturales o jurídicas.
ACCIDENTE DE TRABAJO
• Es todo SUCESO REPENTINO que sobreviene POR
CAUSA o CON OCASIÓN del trabajo, y que produce en
el trabajador una lesión orgánica, una perturbación
funcional, una invalidez o la muerte.
• También el que se produce durante la ejecución de
ÓRDENES del empleador o durante la ejecución de una
labor BAJO SU AUTORIDAD, aún fuera de lugar y horas
de trabajo.
• Durante el traslado de residencia al trabajo o viceversa,
cuando el transporte lo suministre el empleador.
• En actividades recreativas, deportivas o culturales,
cuando se actúa por cuenta o en representación del
empleador.
SENTENCIA C-858 DE 2006
• Demanda de inconstitucionalidad contra
los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del
Decreto 1295 de 1994.
• Declarar INEXEQUIBLES los numerales 9
, 10 y 13 en la expresión "En forma
voluntaria" del Decreto Ley 1295/94.
DECISION 584 C.AN
• 1- n) Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo
suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una
lesión orgánica, una perturbación funcional, una
invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo
aquel que se produce durante la ejecución de órdenes
del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo
su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las
legislaciones de cada país podrán definir lo que se
considere accidente de trabajo respecto al que se
produzca durante el traslado de los trabajadores desde
su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
• “Patología PERMANENTE O TEMPORAL que
sobrevenga como CONSECUENCIA OBLIGADA
Y DIRECTA de la clase de trabajo que
desempeña el trabajador, o del medio en que se
ha visto obligado a trabajar, y que haya sido
determinada como enfermedad profesional por el
gobierno nacional”
• Relación CAUSA – EFECTO: Enfermedad
Profesional
COBERTURA
• Plena a partir del DIA SIGUIENTE a la
afiliación.
• El patrono selecciona UNA SOLA ARP
para todos sus trabajadores y contratistas.
PRESTACIONES ASISTENCIALES
• Asistencia Médica, quirúrgica, terapéutica y
farmacéutica.
• Servicios Hospitalización.
• Servicio odontológico
• Suministro de medicamentos
• Servicios auxiliares diagnóstico y tratamiento.
• Rehabilitación física y profesional
• Gastos de traslado.
PRESTACIONES ECONOMICAS
• 1- INCAPACIDAD TEMPORAL
• El cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presenta el
afiliado le impide desempeñar su capacidad laboral por un
tiempo determinado.
• MONTO: 100% del salario base de cotización a partir dia
siguiente del accidente o Dx. de la enfermedad
profesional, hasta readaptación, curación, rehabilitación,
declaración incapacidad permanente parcial, invalidez o
muerte.
• PERIODO: 180 días, prorrogables a 360 días
2- INCAPACIDAD PERMANENTE
PARCIAL
• Es incapacitado permanente parcial, quien presenta
disminución definitiva de su capacidad laboral igual o
superior al 5%, pero inferior al 50%, para lo cual ha sido
contratado o capacitado.
• Califica: Comisión médica
interdisciplinaria
• Monto indemnización: 5% = 2 salarios base
de liquidación 49.9%= 24 salarios base
de liquidación.
• Tabla de indemnizaciones: Decreto 2644/94
3- INVALIDEZ
• Pérdida del 50% o más de capacidad laboral por causa
profesional no provocada intencionalmente.
• CALIFICACION: Primera instancia---
Comisión interdisciplinaria ARP. Si hay
discrepancias -------- Junta Regional Calificación
• MONTO
• 1. 50% A 66%---------- Pensión 60% I.B.L.
• 2- Mayor 66%---------- Pensión 75% I.B.L.
• 3- Terceros------------- Pensión 90% I.B.L.
4- MUERTE DEL AFILIADO O PENSIONADO
• MONTO DE LA PENSION .
1- Muerte del afiliado: 75% I.B.L.
2- Muerte Pensionado: 100% pensión otorgada
(Pensiones 90%--- se descuenta 15%).
DERECHOHABIENTES: Artículo 13 Ley 797/2003
AUXILIO FUNERARIO: Igual a un (1) salario o
mesada sin que sea menor a 5 salarios mínimos
ni mayor de 10 salarios mínimos mensuales.
5- DEVOLUCION DE SALDOS E
INDEMINIZACION SUSTITUTIVA
Además de la pensión que deba reconocer la
ARP, el inválido o la familia del fallecido
tienen derecho a:
1- Si se encuentra afiliado al régimen de Prima
Media con prestación definida: Indemnización
sustitutiva (Art. 37 Ley 100).
2- Si se encuentra afiliado al régimen de ahorro
individual: Devolución del saldo y bono
pensional.
OBLIGACIONES EMPLEADOR
• Pago cotizaciones
• Traslado cotizaciones a ARP
• Procurar cuidado integral: Salud – Ambiente
• Notificar A.T. y E.P.
• Registrar COPASO o Vigía
• Facilitar capacitación en S.O.
• Informar novedades a la ARP.
OBLIGACIONES TRABAJADOR
• Procurar cuidado integral salud
• Suministro información clara y veraz sobre
su estado de salud.
• Colaborar y velar cumplimiento patrono.
• Cumplir normas S.O. empresa.
• Participar en COPASO o Vigia.
• Obligación información pensionados.
COMITES DE SALUD
OCUPACIONAL
• El Decreto 1295 establece el
funcionamiento del Comité Nacional de
Salud Ocupacional como organismo
asesor en materia de Salud Ocupacional.
• El Decreto 16 de 1997, establece la
conformación y funcionamiento de
comités seccionales y locales de salud
ocupacional con similares funciones.
SANCIONES
• 1- EMPLEADOR
• A- Incumplimiento afiliación = Evasión
• B- No pago dos o más periodos
• C- Incumplimiento disposiciones y recomendaciones de
salud ocupacional (normas, reglamentos y ARP).
• D- Elusión.
• 2- TRABAJADOR: Incumplimiento normas de
salud ocupacional pueden causar terminación contrato.
• 3- ARP: Prácticas dilatorias, discriminatorias.
RESOLUCIÓN 2346 DE 2007
• Expedida el 16 de Julio de 2007 por el
Ministro de la Protección Social.
• Regula la práctica de evaluaciones
médicas ocupacionales y el contenido y
manejo de las historias clínicas
ocupacionales.
EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES
1- Evaluación médica pre-ocupacional
2- Evaluaciones médicas ocupacionales
periódicas: Programadas
Cambios de ocupación
3- Evaluación médica de egreso
4- Otras (post- incapacidad o por reintegro)
Obligatorias para empleadores públicos y privados
EVALUACIONES PREOCUPACIONALES
• Se realizan antes de contratación para
determinar condiciones de salud física,
mental y social Perfil del cargo.
• Objetivo: Evaluar aptitud desempeño
eficiente sin perjuicio su salud o terceros.
• Médico remite solo certificado médico
indicando restricciones o
recomendaciones.
EVALUACIONES PERIODICAS
• A- Programadas : monitoreo factores de
riesgo e identificación precoz alteraciones
salud trabajador y patologías comunes.
• Tipo, magnitud y frecuencia exposición al igual que
estado de salud del trabajador.
• B- Cambios de ocupación: por cambios
tareas, ambiente, funciones o nuevos
riesgos. Basados en PVE.
EVALUACIONES DE EGRESO
• Se realizan al término relación laboral
• Objetivo: valorar y registrar condiciones
de salud al momento retiro del trabajador.
• Nota: si en la evaluación se encuentra
enfermedad o secuelas de eventos
profesionales no diagnosticados, el empleador
reportará a administradoras y estas inician
determinación origen.
CONTENIDO EVALUACIÓN MEDICA
• 1- Fecha, sitio
• 2- Evaluador
• 3- Empleador (generales, actividad económica)
• 4- Administradoras SGSSI
• 5- Identificación y sociodemográficos Wr.
• 6- Anamnesis completa
• 7- Tiempo oficio
• 8- Listado factores de riesgo
• 9- Datos resultantes examen físico
• 10 – Impresión diagnóstica
RESPONSABILIDAD EVALUACIONES
• Realizadas por médicos especialistas.
• El médico deberá entregar al trabajador
copia de cada evaluación (con recibido).
• Estarán en su totalidad a cargo del
empleador (IPS, EPS o particulares).
• Si como resultado de evaluación hay Dx de
patología común o profesional, el médico remite
a servicio de salud.
• Si se presume EP, patrono la reporta a ARP
HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL
• Conjunto único de documentos privados,
obligatorios y sometidos a reserva, en donde se
registran cronológicamente las condiciones de
salud de una persona, los actos médicos y
procedimientos ejecutados por equipo de salud.
• Contiene y relaciona antecedentes laborales y
exposición a riesgos durante vida laboral,
además de monitoreos ambientales.
• Forma parte de la historia clínica (reserva).
RESERVA
• En ningún caso el empleador podrá tener
acceso a la historia clínica ocupacional.
• Amparada principio confidencialidad.
• Acceso
A- Orden autoridad judicial
B- Autorización escrita del interesado
C- Solicitud del médico, previo consentimiento del
trabajador
D- Por calificador PCL previa autorización Wr.
GUARDA
• La EPS a la cual está afiliado o se vaya a afiliar
el trabajador tendrá la guarda y custodia de las
evaluaciones médicas ocupacionales y de la
historia clínica ocupacional, las cuales serán
anexadas a la historia clínica general.
• Los resultados de las evaluaciones deben
remitirse dentro de los dos meses siguientes
DIAGNOSTICO DE SALUD
Objetivo: Apoyo PVE y subprogramas.
• Información sociodemográfica población
• Información antecedentes exposición
• Información exposición laboral actual
• Sintomatología reportada por trabajadores
• Resultados monitoreo biológico
• Diagnósticos población trabajadora
• Análisis, conclusión, evaluación
• Recomendaciones
• Dx. No podrá contener datos personales ni
individualizados de cada uno de los trabajadores
RESOLUCIÓN 1401 DE 2007
• Aplicable a todos los actores del sistema
general de riesgos profesionales.
• Objeto
• Establecer obligaciones y requisitos
mínimos para realizar investigación de
incidentes y accidentes de trabajo para
identificación de causas e implementación
de correctivos
OBLIGACIONES
APORTANTES
• Conformar equipo investigador
• Investigar todos los accidentes e incidentes (15 dias).
• Adoptar metodología y formato
• Registrar información en el formato
• Implementar medidas correctivas
• Proveer recursos para implementar corrección
• Seguimiento medidas implementadas
• Establecer indicadores de control
• Remitir a ARP investigaciones graves
• Llevar archivos de investigaciones
• Asesoría a sus afiliados
• Desarrollar e implementar metodología
• Remitir formatos aprobación Minprotección
• Suministrar formatos
• Analizar y complementar investigaciones
• Capacitar equipo investigador
• Participar en investigaciones
• Emitir conceptos técnicos sobre investigaciones
• Realizar seguimiento medidas de control
• Remitir informe semestral Ministerio
• Informar sobre resultados de investigaciones
OBLIGACIONES ARP
EQUIPO INVESTIGADOR
• Integrado por:
1- Jefe inmediato o supervisor
2- Representante del COPASO o VIGIA
3- Encargado desarrollo PSOE.
Cuando no tenga debe conformar equipo
Accidente grave: profesional con licencia en
salud ocupacional
CASOS NO CONTRATO DE
TRABAJO
• Trabajadores en misión, asociados o
independientes serán tanto de la empresa
de servicios personales y de la usuaria. El
correctivo deberá establecerse para cada
una.
• Los aportantes podrán utilizar
metodología acorde con sus
necesidades.
INFORME DE INVESTIGACION
• Contenido: variables Resolución 156/05
• Categorías analíticas (ANSI)
• Descripción del evento (soportes)
• Causas del accidente o incidente (básicas e
inmediatas)
• Compromiso medidas de intervención
• Datos investigación (fecha, investigadores, lugar,
representante legal, testigos, etc).
REMISIÓN
INVESTIGACIONES
• Aportante ARP (15 días
ocurrencia del evento).
• ARP Evalúa, complementa 15 días
Emite concepto hábiles
En caso mortal: ARP remite informe 10 días
hábiles siguientes Minprotección.
Sanciones
SENTENCIA C-858 DE 2006
• Demanda de inconstitucionalidad contra
los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del
Decreto 1295 de 1994.
• Declarar INEXEQUIBLES los numerales 9
, 10 y 13 en la expresión "En forma
voluntaria" del Decreto Ley 1295/94.
DECISION 584 C.AN
• 1- n) Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo
suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una
lesión orgánica, una perturbación funcional, una
invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo
aquel que se produce durante la ejecución de órdenes
del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo
su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las
legislaciones de cada país podrán definir lo que se
considere accidente de trabajo respecto al que se
produzca durante el traslado de los trabajadores desde
su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.
RESOLUCIÓN 2346 DE 2007
• Expedida el 16 de Julio de 2007 por el
Ministro de la Protección Social.
• Regula la práctica de evaluaciones
médicas ocupacionales y el contenido y
manejo de las historias clínicas
ocupacionales.
EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES
1- Evaluación médica pre-ocupacional
2- Evaluaciones médicas ocupacionales
periódicas: Programadas
Cambios de ocupación
3- Evaluación médica de egreso
4- Otras (post- incapacidad o por reintegro)
Obligatorias para empleadores públicos y privados
EVALUACIONES PREOCUPACIONALES
• Se realizan antes de contratación para
determinar condiciones de salud física,
mental y social Perfil del cargo.
• Objetivo: Evaluar aptitud desempeño
eficiente sin perjuicio su salud o terceros.
• Médico remite solo certificado médico
indicando restricciones o
recomendaciones.
EVALUACIONES PERIODICAS
• A- Programadas : monitoreo factores de
riesgo e identificación precoz alteraciones
salud trabajador y patologías comunes.
• Tipo, magnitud y frecuencia exposición al igual que
estado de salud del trabajador.
• B- Cambios de ocupación: por cambios
tareas, ambiente, funciones o nuevos
riesgos. Basados en PVE.
EVALUACIONES DE EGRESO
• Se realizan al término relación laboral
• Objetivo: valorar y registrar condiciones
de salud al momento retiro del trabajador.
• Nota: si en la evaluación se encuentra
enfermedad o secuelas de eventos
profesionales no diagnosticados, el empleador
reportará a administradoras y estas inician
determinación origen.
CONTENIDO EVALUACIÓN MEDICA
• 1- Fecha, sitio
• 2- Evaluador
• 3- Empleador (generales, actividad económica)
• 4- Administradoras SGSSI
• 5- Identificación y sociodemográficos Wr.
• 6- Anamnesis completa
• 7- Tiempo oficio
• 8- Listado factores de riesgo
• 9- Datos resultantes examen físico
• 10 – Impresión diagnóstica
RESPONSABILIDAD EVALUACIONES
• Realizadas por médicos especialistas.
• El médico deberá entregar al trabajador
copia de cada evaluación (con recibido).
• Estarán en su totalidad a cargo del
empleador (IPS, EPS o particulares).
• Si como resultado de evaluación hay Dx de
patología común o profesional, el médico remite
a servicio de salud.
• Si se presume EP, patrono la reporta a ARP
HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL
• Conjunto único de documentos privados,
obligatorios y sometidos a reserva, en donde se
registran cronológicamente las condiciones de
salud de una persona, los actos médicos y
procedimientos ejecutados por equipo de salud.
• Contiene y relaciona antecedentes laborales y
exposición a riesgos durante vida laboral,
además de monitoreos ambientales.
• Forma parte de la historia clínica (reserva).
RESERVA
• En ningún caso el empleador podrá tener
acceso a la historia clínica ocupacional.
• Amparada principio confidencialidad.
• Acceso
A- Orden autoridad judicial
B- Autorización escrita del interesado
C- Solicitud del médico, previo consentimiento del
trabajador
D- Por calificador PCL previa autorización Wr.
GUARDA
• La EPS a la cual está afiliado o se vaya a afiliar
el trabajador tendrá la guarda y custodia de las
evaluaciones médicas ocupacionales y de la
historia clínica ocupacional, las cuales serán
anexadas a la historia clínica general.
• Los resultados de las evaluaciones deben
remitirse dentro de los dos meses siguientes
DIAGNOSTICO DE SALUD
Objetivo: Apoyo PVE y subprogramas.
• Información sociodemográfica población
• Información antecedentes exposición
• Información exposición laboral actual
• Sintomatología reportada por trabajadores
• Resultados monitoreo biológico
• Diagnósticos población trabajadora
• Análisis, conclusión, evaluación
• Recomendaciones
• Dx. No podrá contener datos personales ni
individualizados de cada uno de los trabajadores
RESOLUCIÓN 1401 DE 2007
• Aplicable a todos los actores del sistema
general de riesgos profesionales.
• Objeto
• Establecer obligaciones y requisitos
mínimos para realizar investigación de
incidentes y accidentes de trabajo para
identificación de causas e implementación
de correctivos
OBLIGACIONES
APORTANTES
• Conformar equipo investigador
• Investigar todos los accidentes e incidentes (15 dias).
• Adoptar metodología y formato
• Registrar información en el formato
• Implementar medidas correctivas
• Proveer recursos para implementar corrección
• Seguimiento medidas implementadas
• Establecer indicadores de control
• Remitir a ARP investigaciones graves
• Llevar archivos de investigaciones
• Asesoría a sus afiliados
• Desarrollar e implementar metodología
• Remitir formatos aprobación Minprotección
• Suministrar formatos
• Analizar y complementar investigaciones
• Capacitar equipo investigador
• Participar en investigaciones
• Emitir conceptos técnicos sobre investigaciones
• Realizar seguimiento medidas de control
• Remitir informe semestral Ministerio
• Informar sobre resultados de investigaciones
OBLIGACIONES ARP
EQUIPO INVESTIGADOR
• Integrado por:
1- Jefe inmediato o supervisor
2- Representante del COPASO o VIGIA
3- Encargado desarrollo PSOE.
Cuando no tenga debe conformar equipo
Accidente grave: profesional con licencia en
salud ocupacional
CASOS NO CONTRATO DE
TRABAJO
• Trabajadores en misión, asociados o
independientes serán tanto de la empresa
de servicios personales y de la usuaria. El
correctivo deberá establecerse para cada
una.
• Los aportantes podrán utilizar
metodología acorde con sus
necesidades.
INFORME DE INVESTIGACION
• Contenido: variables Resolución 156/05
• Categorías analíticas (ANSI)
• Descripción del evento (soportes)
• Causas del accidente o incidente (básicas e
inmediatas)
• Compromiso medidas de intervención
• Datos investigación (fecha, investigadores, lugar,
representante legal, testigos, etc).
REMISIÓN
INVESTIGACIONES
• Aportante ARP (15 días
ocurrencia del evento).
• ARP Evalúa, complementa 15 días
Emite concepto hábiles
En caso mortal: ARP remite informe 10 días
hábiles siguientes Minprotección.
Sanciones

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

SGRT Presentación IESS -2012
SGRT Presentación IESS -2012SGRT Presentación IESS -2012
SGRT Presentación IESS -2012AmCham Guayaquil
 
Presentación ley 1562 de 2012
Presentación ley 1562 de 2012Presentación ley 1562 de 2012
Presentación ley 1562 de 2012Manu Medina
 
Pasos de diagnostico enfermedad profesional
Pasos de diagnostico enfermedad profesionalPasos de diagnostico enfermedad profesional
Pasos de diagnostico enfermedad profesionalFelipe Bernal
 
Conferencia riesgos profesionales
Conferencia riesgos profesionalesConferencia riesgos profesionales
Conferencia riesgos profesionalesormoga
 
Paso 6 Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/
Paso 6   Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/Paso 6   Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/
Paso 6 Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/Rafael Trucios Maza
 
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el TrabajoTaller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajomaestsst
 
Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994Jesus David
 
02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil
02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil
02 foro-lopcymat-responsabilidad-civilVictoria Gonzalez
 
Pasos para diagnosticar una enfermedad laboral
Pasos para diagnosticar una enfermedad laboralPasos para diagnosticar una enfermedad laboral
Pasos para diagnosticar una enfermedad laboralgaperez93
 

Was ist angesagt? (18)

SGRT Presentación IESS -2012
SGRT Presentación IESS -2012SGRT Presentación IESS -2012
SGRT Presentación IESS -2012
 
Presentación ley 1562 de 2012
Presentación ley 1562 de 2012Presentación ley 1562 de 2012
Presentación ley 1562 de 2012
 
Pasos de diagnostico enfermedad profesional
Pasos de diagnostico enfermedad profesionalPasos de diagnostico enfermedad profesional
Pasos de diagnostico enfermedad profesional
 
SCTR
SCTRSCTR
SCTR
 
Conferencia riesgos profesionales
Conferencia riesgos profesionalesConferencia riesgos profesionales
Conferencia riesgos profesionales
 
Paso 6 Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/
Paso 6   Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/Paso 6   Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/
Paso 6 Registrar a los trabajadores en essalud http://b2pymes.blogspot.com/
 
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el TrabajoTaller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
Taller teórico práctico sobre Normatividad en Salud y Seguridad en el Trabajo
 
Dec 2566 de 2009
Dec 2566 de 2009Dec 2566 de 2009
Dec 2566 de 2009
 
Decreto ley1295 de+1994
Decreto ley1295 de+1994Decreto ley1295 de+1994
Decreto ley1295 de+1994
 
Ntc 3701 en revision 2013
Ntc 3701 en revision 2013Ntc 3701 en revision 2013
Ntc 3701 en revision 2013
 
Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994
 
Decreto 1295 de junio de 1994
Decreto 1295 de junio de 1994Decreto 1295 de junio de 1994
Decreto 1295 de junio de 1994
 
Trabajador independiente dto 2800 de 2003
Trabajador independiente dto 2800 de 2003Trabajador independiente dto 2800 de 2003
Trabajador independiente dto 2800 de 2003
 
02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil
02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil
02 foro-lopcymat-responsabilidad-civil
 
Charla
CharlaCharla
Charla
 
Presentacion Derecho Laboral
Presentacion Derecho LaboralPresentacion Derecho Laboral
Presentacion Derecho Laboral
 
Sctr
SctrSctr
Sctr
 
Pasos para diagnosticar una enfermedad laboral
Pasos para diagnosticar una enfermedad laboralPasos para diagnosticar una enfermedad laboral
Pasos para diagnosticar una enfermedad laboral
 

Andere mochten auch

Responsabilidad Laboral Del Empresario
Responsabilidad Laboral Del EmpresarioResponsabilidad Laboral Del Empresario
Responsabilidad Laboral Del Empresarioguest3e1066
 
Accidente culpa patronal
Accidente culpa patronalAccidente culpa patronal
Accidente culpa patronalJorge Caicedo
 
Capitulo ii. infortunios laborales
Capitulo ii. infortunios laboralesCapitulo ii. infortunios laborales
Capitulo ii. infortunios laboralesJavier Juliac
 
Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010
Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010
Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010Luis Antonio Gonzalez Rodriguez
 
Resolucion 2346 de_2007
Resolucion 2346 de_2007Resolucion 2346 de_2007
Resolucion 2346 de_2007ALEX Alonso
 
Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011
Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011
Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011maria alejandra
 
La responsabilidad
La responsabilidadLa responsabilidad
La responsabilidadboscosrioja
 
Exposición responsabilidad civil y penal
Exposición responsabilidad civil y penalExposición responsabilidad civil y penal
Exposición responsabilidad civil y penaloscareo79
 
Tipos de riesgos, accidentes, causas y consecuencia
Tipos de riesgos, accidentes, causas y consecuenciaTipos de riesgos, accidentes, causas y consecuencia
Tipos de riesgos, accidentes, causas y consecuenciaJose Lizana
 
Responsabilidad civil y penal para trabajo seguro en altura
Responsabilidad civil y penal para trabajo seguro en alturaResponsabilidad civil y penal para trabajo seguro en altura
Responsabilidad civil y penal para trabajo seguro en alturaalbadele
 

Andere mochten auch (14)

derecho laboral
derecho laboralderecho laboral
derecho laboral
 
Responsabilidad Laboral Del Empresario
Responsabilidad Laboral Del EmpresarioResponsabilidad Laboral Del Empresario
Responsabilidad Laboral Del Empresario
 
Responsabilidad
ResponsabilidadResponsabilidad
Responsabilidad
 
Accidente culpa patronal
Accidente culpa patronalAccidente culpa patronal
Accidente culpa patronal
 
Capitulo ii. infortunios laborales
Capitulo ii. infortunios laboralesCapitulo ii. infortunios laborales
Capitulo ii. infortunios laborales
 
Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010
Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010
Responsabilidad Laboral Soluciones Sector Asegurador Abril 2010
 
Tipos de responsabilidad
Tipos de responsabilidadTipos de responsabilidad
Tipos de responsabilidad
 
Resolucion 2346 de_2007
Resolucion 2346 de_2007Resolucion 2346 de_2007
Resolucion 2346 de_2007
 
Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011
Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011
Legislacion en seguridad y salud ocupacional medellin 2011
 
La responsabilidad
La responsabilidadLa responsabilidad
La responsabilidad
 
Sección 4. tipos de responsabilidades
Sección 4. tipos de responsabilidadesSección 4. tipos de responsabilidades
Sección 4. tipos de responsabilidades
 
Exposición responsabilidad civil y penal
Exposición responsabilidad civil y penalExposición responsabilidad civil y penal
Exposición responsabilidad civil y penal
 
Tipos de riesgos, accidentes, causas y consecuencia
Tipos de riesgos, accidentes, causas y consecuenciaTipos de riesgos, accidentes, causas y consecuencia
Tipos de riesgos, accidentes, causas y consecuencia
 
Responsabilidad civil y penal para trabajo seguro en altura
Responsabilidad civil y penal para trabajo seguro en alturaResponsabilidad civil y penal para trabajo seguro en altura
Responsabilidad civil y penal para trabajo seguro en altura
 

Ähnlich wie Responsabilidad patronal en rp

1 Derechos y Deberes.pdf
1 Derechos y Deberes.pdf1 Derechos y Deberes.pdf
1 Derechos y Deberes.pdfALEX8AGUERRERO
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboraloaca54
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboraloaca54
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboraloaca54
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboraloaca54
 
Sistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionalesSistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionalesHely Monca
 
Sistema de riesgos profecional
Sistema de riesgos profecionalSistema de riesgos profecional
Sistema de riesgos profecionalMonica Franco
 
Deberes Y Derechos So Coopservir
Deberes Y  Derechos So CoopservirDeberes Y  Derechos So Coopservir
Deberes Y Derechos So Coopservirrosalbariosp
 
Salud ocupasiona taller 3
Salud ocupasiona  taller 3Salud ocupasiona  taller 3
Salud ocupasiona taller 3sandravanesita
 
Salud ocupasiona taller 3
Salud ocupasiona  taller 3Salud ocupasiona  taller 3
Salud ocupasiona taller 3sandravanesita
 
Salud ocupasional - taller 3
Salud ocupasional -  taller 3Salud ocupasional -  taller 3
Salud ocupasional - taller 3sandravanesita
 
Accidentes Laborales Sura
Accidentes Laborales SuraAccidentes Laborales Sura
Accidentes Laborales Surasmms0990
 
DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptx
DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptxDEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptx
DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptxDianneZambranoSnchez
 
Sesion it-definitiva
Sesion it-definitivaSesion it-definitiva
Sesion it-definitivacarmencabalv
 
Seguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, art
Seguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, artSeguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, art
Seguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, artLuRomero13
 

Ähnlich wie Responsabilidad patronal en rp (20)

MATEPPS
MATEPPSMATEPPS
MATEPPS
 
1 Derechos y Deberes.pdf
1 Derechos y Deberes.pdf1 Derechos y Deberes.pdf
1 Derechos y Deberes.pdf
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboral
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboral
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboral
 
Salud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboralSalud ocupacional ausentismo laboral
Salud ocupacional ausentismo laboral
 
Expo higiene y seguridad industrial
Expo higiene y seguridad industrialExpo higiene y seguridad industrial
Expo higiene y seguridad industrial
 
Sistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionalesSistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionales
 
Sistema de riesgos profecional
Sistema de riesgos profecionalSistema de riesgos profecional
Sistema de riesgos profecional
 
Deberes Y Derechos So Coopservir
Deberes Y  Derechos So CoopservirDeberes Y  Derechos So Coopservir
Deberes Y Derechos So Coopservir
 
Salud ocupasiona taller 3
Salud ocupasiona  taller 3Salud ocupasiona  taller 3
Salud ocupasiona taller 3
 
Salud ocupasiona taller 3
Salud ocupasiona  taller 3Salud ocupasiona  taller 3
Salud ocupasiona taller 3
 
Salud ocupasional - taller 3
Salud ocupasional -  taller 3Salud ocupasional -  taller 3
Salud ocupasional - taller 3
 
Accidentes Laborales Sura
Accidentes Laborales SuraAccidentes Laborales Sura
Accidentes Laborales Sura
 
DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptx
DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptxDEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptx
DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.pptx
 
Sesion it-definitiva
Sesion it-definitivaSesion it-definitiva
Sesion it-definitiva
 
Induccion SG SST.pdf
Induccion SG SST.pdfInduccion SG SST.pdf
Induccion SG SST.pdf
 
Riesgos laborales sistemas
Riesgos laborales sistemasRiesgos laborales sistemas
Riesgos laborales sistemas
 
Riesgos laborales andrea
Riesgos laborales andreaRiesgos laborales andrea
Riesgos laborales andrea
 
Seguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, art
Seguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, artSeguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, art
Seguridad e higiene, jubilaciones, asignaciones, art
 

Kürzlich hochgeladen

4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docxMagalyDacostaPea
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfJosé Hecht
 
NUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO 2022.pdf
NUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO  2022.pdfNUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO  2022.pdf
NUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO 2022.pdfEDNAMONICARUIZNIETO
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...Martin M Flynn
 
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADOCUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADOEveliaHernandez8
 
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptxPresentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptxRosabel UA
 
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.profandrearivero
 
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).hebegris04
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...YobanaZevallosSantil1
 
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbalPPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbalRosarioChoque3
 
Acuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdf
Acuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdfAcuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdf
Acuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdfmiriamguevara21
 
SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024
SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024
SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024gharce
 
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 EducacionActividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 Educacionviviantorres91
 
TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)
TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)
TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)jlorentemartos
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Rosabel UA
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejormrcrmnrojasgarcia
 

Kürzlich hochgeladen (20)

4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
 
NUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO 2022.pdf
NUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO  2022.pdfNUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO  2022.pdf
NUEVO PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO 2022.pdf
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
 
Acuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptxAcuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptx
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADOCUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
 
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptxPresentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
 
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
 
El Bullying.
El Bullying.El Bullying.
El Bullying.
 
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
 
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbalPPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
 
Acuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdf
Acuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdfAcuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdf
Acuerdo 05_04_24 Lineamientos del CTE.pdf
 
SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024
SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024
SISTEMA INMUNE FISIOLOGIA MEDICA UNSL 2024
 
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 EducacionActividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)
TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)
TEMA 13. LOS GOBIERNOS DEMOCRÁTICOS (1982-2018)
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
 

Responsabilidad patronal en rp

  • 1. RESPONSABILIDAD PATRONAL EN RIESGOS PROFESIONALES • 1- Responsabilidad administrativa: Responde frente al Ministerio de la Protección Social. • 2- Responsabilidad Laboral: La subroga a la ARP mediante la afiliación y pago de la cotizaciones. • 3- Responsabilidad Civil: Artículo 216 C.S.T. Responde ante Juez Laboral por CULPA PATRONAL. • 4- Responsabilidad Penal: Puede cometer homicidio, lesiones personales o aborto no consentido.
  • 2. OBLIGACIONES EMPRESA EN SALUD OCUPACIONAL • 1- REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL (artículos 349 a 351 del Código Sustantivo del Trabajo). • 2- COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL: (Resolución 2013 de 1986, artículo 63 Decreto 1295 de 1994). • 3- PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL: Resolución 1016 de 1989, Circular 001 de 2003.
  • 3. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES • Soporte Legal: * Decreto 1295 de 1994. * Ley 776 de 2002 • Decreto 2800 de 2003. • Normas complementarias: Decreto 1772 de 1994, Decreto 1530 de 1996, Decreto 917 de 1999, Decreto 2463 de 2001, Decreto1607 de 2002, Circular Unificada de 2004- Ministerio de la Protección Social, Sentencia C- 250 de 2004. Sentencia C-425 de 2005. • Las normas anteriores a 1994, en materia de SALUD OCUPACIONAL hacen parte integral del Sistema.
  • 4. CARACTERISTICAS S.G.R.P. 1. Dirección y control estatal. 2. Administración y afiliación ARP 3. Vinculación obligatoria todos los empleadores. 4. Selección Empleador o contratante. Debe afiliar a TODOS sus trabajadores y contratista que manifieste voluntad. 5. Cobertura: Dia siguiente a la afiliación. 6. Pago aportes a cargo empleador o contratante. 7. Trabajadores y contratistas tienen derecho a prestaciones medico-asistenciales y económicas. 8. Vigilancia: Ministerio Protección Social, Superintendencias de Salud y Bancaria
  • 5. AFILIACION • Obligatoria: Trabajadores dependientes con contrato de trabajo o servidores públicos y, jubilados o pensionados vejez reincorporados. • Voluntaria: Trabajadores independientes que realicen contratos de carácter civil, comercial o administrativo con personas naturales o jurídicas.
  • 6. ACCIDENTE DE TRABAJO • Es todo SUCESO REPENTINO que sobreviene POR CAUSA o CON OCASIÓN del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. • También el que se produce durante la ejecución de ÓRDENES del empleador o durante la ejecución de una labor BAJO SU AUTORIDAD, aún fuera de lugar y horas de trabajo. • Durante el traslado de residencia al trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. • En actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúa por cuenta o en representación del empleador.
  • 7. SENTENCIA C-858 DE 2006 • Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994. • Declarar INEXEQUIBLES los numerales 9 , 10 y 13 en la expresión "En forma voluntaria" del Decreto Ley 1295/94.
  • 8. DECISION 584 C.AN • 1- n) Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.
  • 9. ENFERMEDAD PROFESIONAL • “Patología PERMANENTE O TEMPORAL que sobrevenga como CONSECUENCIA OBLIGADA Y DIRECTA de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional” • Relación CAUSA – EFECTO: Enfermedad Profesional
  • 10. COBERTURA • Plena a partir del DIA SIGUIENTE a la afiliación. • El patrono selecciona UNA SOLA ARP para todos sus trabajadores y contratistas.
  • 11. PRESTACIONES ASISTENCIALES • Asistencia Médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica. • Servicios Hospitalización. • Servicio odontológico • Suministro de medicamentos • Servicios auxiliares diagnóstico y tratamiento. • Rehabilitación física y profesional • Gastos de traslado.
  • 12. PRESTACIONES ECONOMICAS • 1- INCAPACIDAD TEMPORAL • El cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presenta el afiliado le impide desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado. • MONTO: 100% del salario base de cotización a partir dia siguiente del accidente o Dx. de la enfermedad profesional, hasta readaptación, curación, rehabilitación, declaración incapacidad permanente parcial, invalidez o muerte. • PERIODO: 180 días, prorrogables a 360 días
  • 13. 2- INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL • Es incapacitado permanente parcial, quien presenta disminución definitiva de su capacidad laboral igual o superior al 5%, pero inferior al 50%, para lo cual ha sido contratado o capacitado. • Califica: Comisión médica interdisciplinaria • Monto indemnización: 5% = 2 salarios base de liquidación 49.9%= 24 salarios base de liquidación. • Tabla de indemnizaciones: Decreto 2644/94
  • 14. 3- INVALIDEZ • Pérdida del 50% o más de capacidad laboral por causa profesional no provocada intencionalmente. • CALIFICACION: Primera instancia--- Comisión interdisciplinaria ARP. Si hay discrepancias -------- Junta Regional Calificación • MONTO • 1. 50% A 66%---------- Pensión 60% I.B.L. • 2- Mayor 66%---------- Pensión 75% I.B.L. • 3- Terceros------------- Pensión 90% I.B.L.
  • 15. 4- MUERTE DEL AFILIADO O PENSIONADO • MONTO DE LA PENSION . 1- Muerte del afiliado: 75% I.B.L. 2- Muerte Pensionado: 100% pensión otorgada (Pensiones 90%--- se descuenta 15%). DERECHOHABIENTES: Artículo 13 Ley 797/2003 AUXILIO FUNERARIO: Igual a un (1) salario o mesada sin que sea menor a 5 salarios mínimos ni mayor de 10 salarios mínimos mensuales.
  • 16. 5- DEVOLUCION DE SALDOS E INDEMINIZACION SUSTITUTIVA Además de la pensión que deba reconocer la ARP, el inválido o la familia del fallecido tienen derecho a: 1- Si se encuentra afiliado al régimen de Prima Media con prestación definida: Indemnización sustitutiva (Art. 37 Ley 100). 2- Si se encuentra afiliado al régimen de ahorro individual: Devolución del saldo y bono pensional.
  • 17. OBLIGACIONES EMPLEADOR • Pago cotizaciones • Traslado cotizaciones a ARP • Procurar cuidado integral: Salud – Ambiente • Notificar A.T. y E.P. • Registrar COPASO o Vigía • Facilitar capacitación en S.O. • Informar novedades a la ARP.
  • 18. OBLIGACIONES TRABAJADOR • Procurar cuidado integral salud • Suministro información clara y veraz sobre su estado de salud. • Colaborar y velar cumplimiento patrono. • Cumplir normas S.O. empresa. • Participar en COPASO o Vigia. • Obligación información pensionados.
  • 19. COMITES DE SALUD OCUPACIONAL • El Decreto 1295 establece el funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional como organismo asesor en materia de Salud Ocupacional. • El Decreto 16 de 1997, establece la conformación y funcionamiento de comités seccionales y locales de salud ocupacional con similares funciones.
  • 20. SANCIONES • 1- EMPLEADOR • A- Incumplimiento afiliación = Evasión • B- No pago dos o más periodos • C- Incumplimiento disposiciones y recomendaciones de salud ocupacional (normas, reglamentos y ARP). • D- Elusión. • 2- TRABAJADOR: Incumplimiento normas de salud ocupacional pueden causar terminación contrato. • 3- ARP: Prácticas dilatorias, discriminatorias.
  • 21. RESOLUCIÓN 2346 DE 2007 • Expedida el 16 de Julio de 2007 por el Ministro de la Protección Social. • Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el contenido y manejo de las historias clínicas ocupacionales.
  • 22. EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES 1- Evaluación médica pre-ocupacional 2- Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas: Programadas Cambios de ocupación 3- Evaluación médica de egreso 4- Otras (post- incapacidad o por reintegro) Obligatorias para empleadores públicos y privados
  • 23. EVALUACIONES PREOCUPACIONALES • Se realizan antes de contratación para determinar condiciones de salud física, mental y social Perfil del cargo. • Objetivo: Evaluar aptitud desempeño eficiente sin perjuicio su salud o terceros. • Médico remite solo certificado médico indicando restricciones o recomendaciones.
  • 24. EVALUACIONES PERIODICAS • A- Programadas : monitoreo factores de riesgo e identificación precoz alteraciones salud trabajador y patologías comunes. • Tipo, magnitud y frecuencia exposición al igual que estado de salud del trabajador. • B- Cambios de ocupación: por cambios tareas, ambiente, funciones o nuevos riesgos. Basados en PVE.
  • 25. EVALUACIONES DE EGRESO • Se realizan al término relación laboral • Objetivo: valorar y registrar condiciones de salud al momento retiro del trabajador. • Nota: si en la evaluación se encuentra enfermedad o secuelas de eventos profesionales no diagnosticados, el empleador reportará a administradoras y estas inician determinación origen.
  • 26. CONTENIDO EVALUACIÓN MEDICA • 1- Fecha, sitio • 2- Evaluador • 3- Empleador (generales, actividad económica) • 4- Administradoras SGSSI • 5- Identificación y sociodemográficos Wr. • 6- Anamnesis completa • 7- Tiempo oficio • 8- Listado factores de riesgo • 9- Datos resultantes examen físico • 10 – Impresión diagnóstica
  • 27. RESPONSABILIDAD EVALUACIONES • Realizadas por médicos especialistas. • El médico deberá entregar al trabajador copia de cada evaluación (con recibido). • Estarán en su totalidad a cargo del empleador (IPS, EPS o particulares). • Si como resultado de evaluación hay Dx de patología común o profesional, el médico remite a servicio de salud. • Si se presume EP, patrono la reporta a ARP
  • 28. HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL • Conjunto único de documentos privados, obligatorios y sometidos a reserva, en donde se registran cronológicamente las condiciones de salud de una persona, los actos médicos y procedimientos ejecutados por equipo de salud. • Contiene y relaciona antecedentes laborales y exposición a riesgos durante vida laboral, además de monitoreos ambientales. • Forma parte de la historia clínica (reserva).
  • 29. RESERVA • En ningún caso el empleador podrá tener acceso a la historia clínica ocupacional. • Amparada principio confidencialidad. • Acceso A- Orden autoridad judicial B- Autorización escrita del interesado C- Solicitud del médico, previo consentimiento del trabajador D- Por calificador PCL previa autorización Wr.
  • 30. GUARDA • La EPS a la cual está afiliado o se vaya a afiliar el trabajador tendrá la guarda y custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional, las cuales serán anexadas a la historia clínica general. • Los resultados de las evaluaciones deben remitirse dentro de los dos meses siguientes
  • 31. DIAGNOSTICO DE SALUD Objetivo: Apoyo PVE y subprogramas. • Información sociodemográfica población • Información antecedentes exposición • Información exposición laboral actual • Sintomatología reportada por trabajadores • Resultados monitoreo biológico • Diagnósticos población trabajadora • Análisis, conclusión, evaluación • Recomendaciones • Dx. No podrá contener datos personales ni individualizados de cada uno de los trabajadores
  • 32. RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 • Aplicable a todos los actores del sistema general de riesgos profesionales. • Objeto • Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar investigación de incidentes y accidentes de trabajo para identificación de causas e implementación de correctivos
  • 33. OBLIGACIONES APORTANTES • Conformar equipo investigador • Investigar todos los accidentes e incidentes (15 dias). • Adoptar metodología y formato • Registrar información en el formato • Implementar medidas correctivas • Proveer recursos para implementar corrección • Seguimiento medidas implementadas • Establecer indicadores de control • Remitir a ARP investigaciones graves • Llevar archivos de investigaciones
  • 34. • Asesoría a sus afiliados • Desarrollar e implementar metodología • Remitir formatos aprobación Minprotección • Suministrar formatos • Analizar y complementar investigaciones • Capacitar equipo investigador • Participar en investigaciones • Emitir conceptos técnicos sobre investigaciones • Realizar seguimiento medidas de control • Remitir informe semestral Ministerio • Informar sobre resultados de investigaciones OBLIGACIONES ARP
  • 35. EQUIPO INVESTIGADOR • Integrado por: 1- Jefe inmediato o supervisor 2- Representante del COPASO o VIGIA 3- Encargado desarrollo PSOE. Cuando no tenga debe conformar equipo Accidente grave: profesional con licencia en salud ocupacional
  • 36. CASOS NO CONTRATO DE TRABAJO • Trabajadores en misión, asociados o independientes serán tanto de la empresa de servicios personales y de la usuaria. El correctivo deberá establecerse para cada una. • Los aportantes podrán utilizar metodología acorde con sus necesidades.
  • 37. INFORME DE INVESTIGACION • Contenido: variables Resolución 156/05 • Categorías analíticas (ANSI) • Descripción del evento (soportes) • Causas del accidente o incidente (básicas e inmediatas) • Compromiso medidas de intervención • Datos investigación (fecha, investigadores, lugar, representante legal, testigos, etc).
  • 38. REMISIÓN INVESTIGACIONES • Aportante ARP (15 días ocurrencia del evento). • ARP Evalúa, complementa 15 días Emite concepto hábiles En caso mortal: ARP remite informe 10 días hábiles siguientes Minprotección. Sanciones
  • 39. SENTENCIA C-858 DE 2006 • Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994. • Declarar INEXEQUIBLES los numerales 9 , 10 y 13 en la expresión "En forma voluntaria" del Decreto Ley 1295/94.
  • 40. DECISION 584 C.AN • 1- n) Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.
  • 41. RESOLUCIÓN 2346 DE 2007 • Expedida el 16 de Julio de 2007 por el Ministro de la Protección Social. • Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el contenido y manejo de las historias clínicas ocupacionales.
  • 42. EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES 1- Evaluación médica pre-ocupacional 2- Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas: Programadas Cambios de ocupación 3- Evaluación médica de egreso 4- Otras (post- incapacidad o por reintegro) Obligatorias para empleadores públicos y privados
  • 43. EVALUACIONES PREOCUPACIONALES • Se realizan antes de contratación para determinar condiciones de salud física, mental y social Perfil del cargo. • Objetivo: Evaluar aptitud desempeño eficiente sin perjuicio su salud o terceros. • Médico remite solo certificado médico indicando restricciones o recomendaciones.
  • 44. EVALUACIONES PERIODICAS • A- Programadas : monitoreo factores de riesgo e identificación precoz alteraciones salud trabajador y patologías comunes. • Tipo, magnitud y frecuencia exposición al igual que estado de salud del trabajador. • B- Cambios de ocupación: por cambios tareas, ambiente, funciones o nuevos riesgos. Basados en PVE.
  • 45. EVALUACIONES DE EGRESO • Se realizan al término relación laboral • Objetivo: valorar y registrar condiciones de salud al momento retiro del trabajador. • Nota: si en la evaluación se encuentra enfermedad o secuelas de eventos profesionales no diagnosticados, el empleador reportará a administradoras y estas inician determinación origen.
  • 46. CONTENIDO EVALUACIÓN MEDICA • 1- Fecha, sitio • 2- Evaluador • 3- Empleador (generales, actividad económica) • 4- Administradoras SGSSI • 5- Identificación y sociodemográficos Wr. • 6- Anamnesis completa • 7- Tiempo oficio • 8- Listado factores de riesgo • 9- Datos resultantes examen físico • 10 – Impresión diagnóstica
  • 47. RESPONSABILIDAD EVALUACIONES • Realizadas por médicos especialistas. • El médico deberá entregar al trabajador copia de cada evaluación (con recibido). • Estarán en su totalidad a cargo del empleador (IPS, EPS o particulares). • Si como resultado de evaluación hay Dx de patología común o profesional, el médico remite a servicio de salud. • Si se presume EP, patrono la reporta a ARP
  • 48. HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL • Conjunto único de documentos privados, obligatorios y sometidos a reserva, en donde se registran cronológicamente las condiciones de salud de una persona, los actos médicos y procedimientos ejecutados por equipo de salud. • Contiene y relaciona antecedentes laborales y exposición a riesgos durante vida laboral, además de monitoreos ambientales. • Forma parte de la historia clínica (reserva).
  • 49. RESERVA • En ningún caso el empleador podrá tener acceso a la historia clínica ocupacional. • Amparada principio confidencialidad. • Acceso A- Orden autoridad judicial B- Autorización escrita del interesado C- Solicitud del médico, previo consentimiento del trabajador D- Por calificador PCL previa autorización Wr.
  • 50. GUARDA • La EPS a la cual está afiliado o se vaya a afiliar el trabajador tendrá la guarda y custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional, las cuales serán anexadas a la historia clínica general. • Los resultados de las evaluaciones deben remitirse dentro de los dos meses siguientes
  • 51. DIAGNOSTICO DE SALUD Objetivo: Apoyo PVE y subprogramas. • Información sociodemográfica población • Información antecedentes exposición • Información exposición laboral actual • Sintomatología reportada por trabajadores • Resultados monitoreo biológico • Diagnósticos población trabajadora • Análisis, conclusión, evaluación • Recomendaciones • Dx. No podrá contener datos personales ni individualizados de cada uno de los trabajadores
  • 52. RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 • Aplicable a todos los actores del sistema general de riesgos profesionales. • Objeto • Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar investigación de incidentes y accidentes de trabajo para identificación de causas e implementación de correctivos
  • 53. OBLIGACIONES APORTANTES • Conformar equipo investigador • Investigar todos los accidentes e incidentes (15 dias). • Adoptar metodología y formato • Registrar información en el formato • Implementar medidas correctivas • Proveer recursos para implementar corrección • Seguimiento medidas implementadas • Establecer indicadores de control • Remitir a ARP investigaciones graves • Llevar archivos de investigaciones
  • 54. • Asesoría a sus afiliados • Desarrollar e implementar metodología • Remitir formatos aprobación Minprotección • Suministrar formatos • Analizar y complementar investigaciones • Capacitar equipo investigador • Participar en investigaciones • Emitir conceptos técnicos sobre investigaciones • Realizar seguimiento medidas de control • Remitir informe semestral Ministerio • Informar sobre resultados de investigaciones OBLIGACIONES ARP
  • 55. EQUIPO INVESTIGADOR • Integrado por: 1- Jefe inmediato o supervisor 2- Representante del COPASO o VIGIA 3- Encargado desarrollo PSOE. Cuando no tenga debe conformar equipo Accidente grave: profesional con licencia en salud ocupacional
  • 56. CASOS NO CONTRATO DE TRABAJO • Trabajadores en misión, asociados o independientes serán tanto de la empresa de servicios personales y de la usuaria. El correctivo deberá establecerse para cada una. • Los aportantes podrán utilizar metodología acorde con sus necesidades.
  • 57. INFORME DE INVESTIGACION • Contenido: variables Resolución 156/05 • Categorías analíticas (ANSI) • Descripción del evento (soportes) • Causas del accidente o incidente (básicas e inmediatas) • Compromiso medidas de intervención • Datos investigación (fecha, investigadores, lugar, representante legal, testigos, etc).
  • 58. REMISIÓN INVESTIGACIONES • Aportante ARP (15 días ocurrencia del evento). • ARP Evalúa, complementa 15 días Emite concepto hábiles En caso mortal: ARP remite informe 10 días hábiles siguientes Minprotección. Sanciones

Hinweis der Redaktion

  1. Aquí debe hacerse notar que la afiliación sl Sistema de Riesgos Profesionales no libera de ninguna manera al empleador de la responsabilidad administrativa (afiliación al sistema de seguridad social en salud, pago de salarios o prestaciones, registro de las novedades de incapacidad, licencias, iniciación o terminación de contratos, reporte de accidentes, comité paritario de salud ocupacional, programa de salud ocupacional, etc. La ARP asegura la responsabilidad laboral en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Esta responsabilidad está tarifada en los términos del Decreto 1295 de 1994 y la Ley 776 de 2002. Solo no paga cuando el accidente ocurre el día de la afiliación o cuando el patrono tiene más de dos periodos en mora. La responsabilidad civil es muy costosa. El Juez valora los perjuicios económicos, morales y fisiológicos que causa el accidente ocurrido POR CULPA del empleador. En la responsabilidad penal, el juez condena a privación de la libertad u otras penas accesorias a quien tiene la culpa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Aquí la falta se personaliza.
  2. Aqu El Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial es obligatorio para empresas de más de 10 trabajadores. En él, el patrono se compromete a cumplir las normas que le imponga el gobierno en materia de salud ocupacional. Se lo aprueba mediante Resolución el Ministerio de la Protección Social. El Comité Paritario de Salud Ocupacional es un grupo escogido por la empresa y los trabajadores para difundir las normas de salud ocupacional, vigilar el desarrollo del programa de salud ocupacional y proponer medidas para el mejoramiento de los ambientes de trabajo. El Programa de salud ocupacional es el documento en el cual el patrono determina las actividades que en materia de prevención, preservación y promoción de la salud de los trabajadores realizará en un año.
  3. Respecto al punto 3. Debe anotarse que la afiliación del empleador es obligatoria e igualmente la del contratante con el Decreto 2800 de 2003. Con la llegada del decreto de afiliación de independientes (que realmente no es de afiliación de independientes sino de trabajadores deslaboralizados que trabajan en contratos flexibilizados, las condiciones que el empleador tenía para sus trabajadores se extienden para los contratistas, eso sí, descontándole al contratista para el pago de los aportes, los cuales son diferentes a los del trabajador por cuanto son sobre dos mínimos, por mes completo y con la tarifa más alta entre el puesto o actividad que desarrolla y la clasificación de la empresa.
  4. Es importante recalcar aquí sobre la trascendencia de la afiliación de los trabajadores independientes. Realmente no se pueden vincular los independientes sino los trabajadores que cambian de contrato y se pasa del laboral al civil con el consecuente desmejoramiento de ingresos, calidad del trabajo, estabilidad, etc. La vinculación de esos “independientes”, es finalmente obligatoria por cuanto a los contratantes se les quita de encima la responsabilidad civil extracontractual y no van a dar contratos si los contratistas no se afilian al Sistema. Artículo 13 D. 1295
  5. Aquí es necesario llevar a mano no solo el artículo 10 del Decreto 1295 de 1994, sino el decreto 1832 de 2003.
  6. Preparar artículo 3 de la Ley 776 de 2002
  7. Llevar artículos 5 al 8 de la Ley 776 de 2002. IBL por accidente de trabajo: Promedio de últimos 6 meses o fracción de tiempo. Para enfermedad profesional promedio del último año o fracción de tiempo.
  8. Llevar artículos 9 y 10 de la Ley 776
  9. Artículos 11 al 14 de Ley 776
  10. Articulo 15 de la Ley 776 de 2002.
  11. Artículo 71 del Decreto 1295 de 1994.
  12. Ver artículo 91 del Decreto 1295 de 1994.