La Corte Suprema de Justicia en la Sentencia de Casación Laboral N° 11355-2014 Lima estableció la correcta interpretación del artículo 31° del TUO de la Ley de Productividad y de Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, estableciendo dos criterios interpretativos: (i) El plazo máximo a considerarse será el otorgado en la carta de imputación de cargos, que no será menor a seis días naturales; y, (ii) en caso de prorrogarse el plazo para la presentación de los descargos, automáticamente se prorrogará la exoneración al trabajador para no asistir a su centro laboral. debiendo concluir esta segunda prórroga con la correspondiente carta de absolución o de despido según sea el caso.