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•   REGLAMENTO ESPECIAL     QUE   NORMA   EVALUACIÓN
    ADMINISTRATIVA.

•   REGLAMENTO   ESPECIAL   QUE   NORMA   EVALUACIÓN
    DOCENTE.

•   REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA SELECCIÓN Y
    CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE.

• REGLAMENTO DE SESIONES DEL COMITÉ DEL PROCESO DE
  MEJORAMIENTO CONTINUO PARA LA CALIDAD Y LA
  PRODUCTIVIDAD.

•   MANUAL DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS.
REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA
      EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)   Página 2 de 41
LA H. JUNTA GENERAL

        DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS

                                     CONSIDERANDO:

Que,    Es necesario contar con un instrumento que evalúe la función y el desempeño de los
        colaboradores de la Institución, con sujeción al Reglamento o Manual de
        Convivencia, al Reglamento General y la Ley de Educación.


                                        RESUELVE:

Expedir el siguiente:

                   REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA

                                        CAPÍTULO I

                                       DEL OBJETO

Art. 1.- El presente reglamento tiene por objeto evaluar la función y el desempeño de los
colaboradores de la Institución para que observando el Reglamento o Manual de
Convivencia y Reglamentos Internos cumplan a cabalidad la función a ellos encomendada.

Art. 2.- La evaluación de la gestión administrativa de los colaboradores se realiza para que
quien haya cumplido a cabalidad sea acreedor de recompensas y estímulos durante el
período siguiente a la evaluación.

Art. 3.- La evaluación de la gestión administrativa de los colaboradores se realizará a quien
tenga contrato vigente con la Institución al momento de dicha evaluación.

                                        CAPÍTULO II

                              DEL PLAZO DE EVALUACIÓN

Art. 4.- Cada año al finalizar el Consejo Gubernativo evaluará el rendimiento y el
desempeño de cada uno de los colaboradores de la Institución.

Art. 5.- Si un colaborador ingresare a la Institución en cualquier tiempo, será evaluado desde
el inicio de su función.

                                       CAPÍTULO III

                                   DE LA EVALUACIÓN

Art. 6.- Los parámetros a ser evaluados por el Consejo Gubernativo son:

   a.   Puntualidad;
   b.   Presentación personal;
   c.   Relaciones Humanas;
   d.   Colaboración adicional a la jornada de trabajo;
   e.   Responsabilidad; y,
   f.   Desempeño de funciones con sujeción al Manual Orgánico Funcional y al
        Reglamento o Manual de Convivencia.


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Art. 7.- El colaborador que sea puntual obtendrá un puntaje máximo de 10 puntos, y se
evaluará en forma descendente la impuntualidad de acuerdo al siguiente cuadro:

                               PUNTUALIDAD               PUNTAJE
                           PUNTUAL                       10 puntos
                           BAJO 4 a 8 atrasos            8 puntos
                           MEDIO 9 a 12 atrasos          6 puntos
                           REGULAR 13 a 16 atrasos       4 puntos
                           PÉSIMO 17 o más atrasos       2 puntos

Art. 8.- El colaborador que cuide siempre de su presentación personal, procurando ser
ejemplo para los estudiantes obtendrá un puntaje máximo de 10 puntos, y se evaluará en
forma descendente al descuido en la presentación personal.

Art. 9.- El colaborador tiene la obligación de llevar su uniforme correctamente, con el
respectivo distintivo o escarapela, en todos los actos que la Institución realice dentro y fuera
de la misma. Además el uniforme será de uso diario (sábados).

Art. 10.- El colaborador está en la obligación de mantener buenas relaciones con sus
compañeros de trabajo, personal docente, estudiantes y público en general, el mismo que
obtendrá un puntaje máximo de 10 puntos y se evaluará en forma descendente a las malas
relaciones internas y externas.

Art. 11.- El colaborador está en la obligación de mantener el sigilo y la reserva necesaria,
que por motivo de su función llegare a tener conocimiento: en documentos, archivos,
conversaciones y demás, siendo causal de despedido la divulgación de secretos con
sujeción a la legislación laboral y la Ley de Propiedad Intelectual vigentes.

Art. 12.- El colaborador está en la obligación de guardar respeto a sus compañeros,
Directivos, Tutores, Estudiantes y público en general en el desempeño de su función, con
sujeción a la legislación laboral vigente.

Art. 13.- El colaborador que emitiere comentarios negativos, chismes, cuentos que consistan
en descrédito, burla, menosprecio de las demás personas será sancionado de acuerdo a los
reglamentos internos, sin perjuicio de que se establezcan las acciones legales pertinentes.

Art. 14.- El colaborador que participe en forma desinteresada con la Institución, trabajando
horas adicionales a su jornada de trabajo será recompensado de acuerdo a la legislación
laboral vigente y será acreedor a:

   a. Ser considerado el MEJOR EMPLEADO DEL MES;
   b. Ser promovido previo informe de evaluación administrativa; y,
   c. Ser capacitado de acuerdo a la función que desempeña.

Art. 15.- El ejercicio de la función que desempeña un colaborador está dado por la
responsabilidad en el desempeño de su labor. El colaborador será responsable directo por
la ejecución de su trabajo, informes, documentos, comentarios y demás. En el ejercicio de
su función será evaluado por la acción u omisión de estos.

Art. 16.- El colaborador será responsable de su área de trabajo, así como de documentos,
muebles e inmuebles a su cargo según inventario, procurando mantenerlos en perfecto
estado. No es responsable por el desgaste natural de los mismos.

Art. 17.- Para la evaluación de la responsabilidad del colaborador se tomará en cuenta las
funciones que desempeña de acuerdo al Manual Orgánico Funcional de la Institución.


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Art. 18.- La ponderación y los parámetros a medirse será sobre un puntaje máximo de 10
puntos y se evaluará en forma descendente el incumplimiento y descuido a su
responsabilidad.

Art. 19.- El desempeño de la función de un colaborador será evaluado en forma periódica y
constante sin perjuicio que se lo evalúe de acuerdo al artículo cuatro del presente
Reglamento.

Art. 20.- El desempeño de la función obliga al colaborador a conocer el Estatuto, Manual
Orgánico Funcional y los demás Reglamentos Internos de la Institución y su
desconocimiento no es causa de excusa o justificativo.

Art. 21.- La labor que desempeña el colaborador deberá sujetarse al Código de Ética
relativo a su cargo, a las buenas costumbres y a la moral.



PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Reformado en ESMERALDAS a los treinta días del mes de ENERO del año dos mil ONCE
(2011).

Certifico.




Ing. Mauricio Zamora H.
       Rector




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                      Página 5 de 41
REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA
         EVALUACIÓN DOCENTE.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)   Página 6 de 41
LA H. JUNTA GENERAL

      DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS

                                     CONSIDERANDO:

 Que, El Colegio Particular A Distancia “Provincia de Esmeraldas” COLDIPE, requiere
      disponer de un órgano legal que le permita normar la evaluación docente.

 Que, Se requiere de manera urgente contar con un instrumento normativo que permita
      regular la evaluación de los tutores que laboran en el Colegio Particular A Distancia
      “Provincia de Esmeraldas” para canalizar el cumplimiento de los objetivos
      institucionales y fortalecer el desarrollo social con los bachilleres que emergen del
      colegio.

                                          RESUELVE:

Expedir el siguiente:

                        REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DOCENTE.


                                          CAPÍTULO I.

                                DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 1.- La evaluación docente constituye prioridad del COLDIPE como parte integral del
proceso enseñanza-aprendizaje para garantizar el desarrollo humano de los bachilleres que
se gradúan en el Colegio.

Art. 2.- El presente Reglamento tiene por objeto la evaluación periódica del tutor, para medir
los objetivos particulares, terminales y específicos propuestos para cada nivel.

Art. 3.- Los criterios de evaluación, unido a los estímulos académicos y económicos
fortalecen el desempeño de los tutores, lo que permite el cumplimiento de la política
educativa del COLDIPE.


                                         CAPÍTULO II.

                                       DE LOS TUTORES.

Art. 4.- DESIGNACION DE TUTORES.- Para la designación del Personal Académico, así
como para el ejercicio de la docencia y la investigación, no se establecerán limitaciones que
impliquen discriminación derivadas del origen racial, género, posición económica, política,
religiosa o cualquier otra de similar índole, ni estas podrán ser causa de remoción, sin
perjuicio de que el tutor deba ser leal a los Principios que inspiren a la Institución.

Todos los tutores serán nominados por contrato mediante sistema modular, conforme a las
necesidades del COLDIPE.

Art. 5.- FORMA DE CONTRATACION.- Los tutores serán contratados por el Consejo
Gubernativo, en base a las condiciones establecidas en el Reglamento de Selección y
Contratación del personal docente del COLDIPE.



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Art. 6.- INFORME DE GESTION.- Los tutores, están obligados a rendir cuentas y presentar
informes a la Institución sobre la gestión pedagógica y el cumplimiento de las metas
educativas, la evaluación de los tutores lo realizará el Consejo Gubernativo, siendo
acreedores a estímulos y sanciones acordes con el ejercicio de sus funciones.


                                        CAPÍTULO III.

                             DE LA EVALUACIÓN DEL TUTOR.

Art. 7.- PARÁMETROS A SER EVALUADOS:

      Responsabilidad profesional conforme lo establecido en el sílabo;
      Cumplimiento de la misión y visión establecidos por la Institución;
      Puntualidad en asistencia a las labores o comisiones y en entrega de documentos e
       informes;
      Mejoramiento profesional (cursos, mejoramiento de título académico, etc.);
      Obras pedagógicas o proyectos sustentables presentados a nombre de la Institución;
      Trato cortés con los compañeros tutores y estudiantes;
      Logros alcanzados como Asesor o Coordinador de los estudiantes que alcanzaron
       reconocimiento académico en cualquier concurso a nivel público local, nacional e
       internacional; y,
      Traje formal al dictar clases.

Art. 8.- LA EVALUACIÓN.- Los tutores del COLDIPE serán evaluados durante todo el
período lectivo en su desempeño académico, de acuerdo al informe de gestión de cada
docente, en base a las siguientes consideraciones:


       PARÁMETROS A EVALUARSE                                                PUNTAJE
      Responsabilidad profesional cumplimiento del sílabo, misión y visión
 1                                                                           10 puntos
      institucional.
      Puntualidad en asistencia a labores y comisiones, entrega de
 2                                                                           10 puntos
      documentos, informes, etc.
      Mejoramiento profesional, académico y/o presentación y aprobación de
 3                                                                           10 puntos
      proyectos, obras pedagógicas y literarias.
      Traje formal en labores de tutor y trato cortés a maestros y
 4                                                                           10 puntos
      compañeros
 5    Logros alcanzados como Asesor o Coordinador de los estudiantes.        10 puntos


Art. 9.- Para efecto de la evaluación que habla el Art. 8, el Consejo Gubernativo del
COLDIPE, semestralmente convocará a los tutores para que den cuenta de los avances y
recabar sus inquietudes, criterios y sugerencias, sujetándose a las disposiciones
contempladas en la Ley de Educación Superior y demás disposiciones vigentes, a más de la
Constitución Política del Estado conforme al Art. 70 de la misma.


                                      CAPÍTULO IV.

                           DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES.

Art. 10.- ESTÍMULOS ACADÉMICOS Y ECONÓMICOS.- Los estímulos que se harán
acreedores los tutores que prestan sus servicios en el COLDIPE, será de acuerdo a las
siguientes escalas:

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Los tutores que han intervenido en una investigación sobre las invenciones realizadas
tendrán derecho a participar individual o colectivamente de los beneficios que obtenga el
COLDIPE, de dicha explotación o cesión de derechos.

Igual derecho tendrán si participan de consultorías u otros servicios externos remunerados.

Las modalidades y cuantía de participación serán establecidas en los siguientes valores;

    50% si el tutor ha intervenido en una investigación con el aporte total del COLDIPE;
    25% si el docente tutor ha guiado a los estudiantes que han sido triunfadores en un
       concurso a nivel público, donde alcancen reconocimiento pecuniario por la labor
       académica;
      25 % del valor del texto que el tutor ha elaborado con el auspicio de por lo menos el
       50 % por parte del COLDIPE;
      Incremento del 10 % del sueldo si el tutor que labora por lo menos 4 años en el
       COLDIPE, durante su docencia en la Institución ha mejorado su título profesional;
      Bono de responsabilidad para todos los tutores que durante el período lectivo no han
       incurrido con inasistencia o sanción alguna de la Institución;
      Estabilidad laboral para todo el Personal Administrativo;
      Capacitación profesional para todos los tutores;
      Auspicio total o parcial del COLDIPE para la publicación de obras de carácter
       científico; y,
      Auspicio del COLDIPE para investigaciones individuales o colectivas en beneficio de
       los objetivos del colegio.

Art. 11.- OTROS INCENTIVOS.-

    En caso de que el tutor asista puntualmente a clases será tomado en cuenta para
       próximas tutorías; y,
    Dotación del 50% de los honorarios en caso de que el tutor se encuentre
       participando en algún seminario académico o científico.

Art. 12.- NO SE RECONOCERÁN VALORES ADICIONALES.- Las jornadas nocturnas o en
días feriados que respondan a la programación académica previamente establecida no
estarán sujetas a las disposiciones del Código de Trabajo en cuanto a reconocimiento de
valores adicionales.

 Art. 13.- La evaluación académica no estará supeditada a situaciones de tipo económico o
disciplinario.

Art. 14.- SANCIONES A LOS TUTORES.- El Consejo Gubernativo, impondrá la sanción que
creyere conveniente de acuerdo a la gravedad de la falta cometida por el docente tutor, en el
siguiente orden:

    Amonestación verbal;
    Amonestación escrita;
    Multa pecuniaria de hasta el 10% de sus honorarios;
    Suspensión temporal de la relación profesional con el COLDIPE; y,
    Terminación definitiva del contrato de prestación de servicios con el COLDIPE.

Art. 15.-. APELACIÓN.- Los tutores que se creyeren perjudicados por la sanción impuesta
por el Consejo Gubernativo, podrán apelar dicha decisión ante la Junta General que será la
última y definitiva instancia, cuya resolución causará ejecutoría.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                         Página 9 de 41
Art. 16.- Una vez que el ministerio de educación establezca los lineamientos generales, la
Institución dictará el escalafón administrativo correspondiente.
                                         CAPÍTULO V.

               DE LA OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TUTORES.

Art. 17.- ENTREGA DE CALIFICACIONES A LOS ESTUDIANTES.- El plazo de entrega de
las calificaciones del tutor a los estudiantes para su revisión será en el término de 8 días
como máximo en el sistema, después de lo cual el tutor en un término de 48 horas
oficializará dichas calificaciones en la respectiva Secretaría.

En caso de incumplimiento a esta disposición, se aplicará una multa del 10% de los
honorarios del tutor, una vez que verifique el Vicerrector de la Institución quien oficiará al
departamento de Contabilidad para que proceda al descuento respectivo.

Art. 18.- DEL SÍLABO.- La evaluación será la resultante de la valoración del cumplimiento
de las actividades programadas por el tutor en el sílabo correspondiente que será aprobado
por el H. Consejo Directivo del Colegio, y entregado a los estudiantes en la primera clase.

El Sílabo contendrá la programación académica del nivel, de acuerdo a las características
de la materia, indicando el desarrollo programado para cada clase, el plan de prácticas y su
valoración, si corresponde, las evaluaciones periódicas y su valoración, además constará la
bibliografía pertinente. En ningún caso la evaluación académica estará supeditada a
situaciones de tipo económico o disciplinario.

Art. 19.- ADMITIR RINDAN EXAMEN, SIN PRESENTAR DERECHOS.- El tutor de la
asignatura no podrá admitir al estudiante al examen final si no presenta o justifica el pago de
los abonos atrasados y demás rubros, salvo circunstancias especiales para los que se
requiere la autorización expresa del Rector.

Art. 20 - FIJAR FECHAS ESPECIALES DE RECEPCIÓN DE EXÁMENES.- No se fijarán
fechas especiales para exámenes de ninguna naturaleza, ni se autorizará su recepción en
forma individual, salvo circunstancias especiales para los que se requiere la autorización
expresa del Rector.

Art. 21.- RECTIFICAR ACTAS DE CALIFICACIONES.- Se prohíben rectificaciones en las
actas de calificaciones, cualquiera que fuere la autoridad o tutor que lo demande. Se
exceptúan los casos en los cuales se compruebe que ha existido error aritmético o de
asiento en la nota registrada en cuyo caso el tutor de la materia deberá presentar la
correspondiente solicitud motivada.

Cualquier rectificación efectuada en las Actas de Calificaciones sin contar con previa
autorización del Vicerrector Académico, es nula, y por lo tanto carente de valor.


                                       CAPÍTULO VI.

                                    DE LOS EXÁMENES.

Art. 22.- OBLIGACIONES Y POTESTADES DEL TUTOR.- El tutor tiene la obligación de:

   1) Receptar exámenes, pruebas y evaluaciones, únicamente a los estudiantes cuya
       nómina conste en el acta proporcionada a los tutores por secretaria, en cuya nómina
       deberán constar sólo los estudiantes que se encuentren al día en el pago de abonos
       mensuales de la colegiatura y demás derechos para con el COLDIPE;


REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                           Página 10 de 41
2) Receptar las evaluaciones planificadas en el sílabo o en los trabajos prácticos previa
       la presentación justificada por escrito ante el Vicerrector Académico;
   3) Todo tutor está obligado a conservar el archivo y el examen hasta por el término de 8
       días contados a partir de la fecha de publicación de las calificaciones;
   4) Asistir a clases e impartir la cátedra de acuerdo a la materia asignada;
   5) Concurrir ante el Consejo Gubernativo para rendir cuentas y presentar informes de
       su gestión cada período lectivo o cuando sea requerido;
   6) Registrar su asistencia y realizar las observaciones que se dieren durante su
       permanencia en la Institución;
   7) Cuidar de su ética y presentación personal. Es obligación del tutor presentarse con
       traje formal para impartir clases;
   8) Mantener buenas relaciones humanas con el Personal Administrativo, tutores y
       Estudiantes de la Institución;
   9) Conocer el manual de convivencia, los reglamentos internos y las demás leyes
       inherentes a su función;
   10) Tener Ética Profesional, antes, durante y después de ser contratado por la
       Institución;
   11) Aceptar la asignación de una cátedra, en razón de su profesión y título académico,
       de acuerdo al Reglamento de selección y contratación de Tutores y su adendum; y,
   12) Asistir a todos los programas académicos, culturales, científicos, sociales y
       deportivos que la Institución realice.

Art. 23.- TIEMPO DE DURACIÓN DE LOS EXÁMENES FINALES Y SUSPENSIÓN.- El
tiempo máximo de duración de los exámenes será de dos horas académicas.

Art. 24.- FECHA DE RECEPCIÓN DE EXÁMENES.- Los tutores están obligados a receptar
los exámenes de los estudiantes únicamente en el colegio, el día y hora fijados para el
evento por el Vicerrector Académico, salvo que la naturaleza de la asignatura exija lo
contrario, siempre y cuando exista la autorización de esta Autoridad, pudiendo ser diferida
únicamente por inasistencia del tutor o del estudiante por fuerza mayor debidamente
comprobada.

Art. 25.- POTESTAD DEL DOCENTE EN LA FORMA DE TOMAR LAS EVALUACIONES.-
El tutor tendrá la facultad de decidir si los exámenes que rinden los estudiantes se lo hacen
en forma oral, escrita o práctica según sea necesario.

Art. 26- CAUSAS PARA AUTORIZAR LA POSTERGACIÓN DE EXÁMENES.- Se podrá
autorizar la postergación de un examen por parte del tutor o estudiante realizada en forma
expresa ante el Vicerrector Académico, por alguna de las siguientes causas:

    Enfermedad del estudiante o tutor debidamente comprobado;
    Por fallecimiento de un miembro familiar hasta el tercer grado de consanguinidad y
     segundo de afinidad producido dentro del lapso de 3 días antes del examen;
    En caso fortuito o de fuerza mayor comprobada; y,
    Calamidad doméstica debidamente justificada.



                                DISPOSICIONES FINALES.


Art. 27.- DE LA RESPONSABILIDAD.- El tutor será el responsable de guiar al estudiante
durante el ejercicio de su cátedra con sujeción a la ética, la moral y las buenas costumbres.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                         Página 11 de 41
Art. 28.- DE LA ÉTICA.- El tutor mantendrá su ética profesional durante el ejercicio de su
cátedra, respetando su título académico, su profesión y su especialización.

Art. 29.- DEL EJEMPLO.- El tutor deberá ser ejemplo para los estudiantes, demostrado a
través de su trato, amabilidad, cortesía, puntualidad, presentación personal, vocabulario, etc.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Reformado en ESMERALDAS a los treinta días del mes de ENERO del año dos mil ONCE
(2011).

Certifico.




Ing. Mauricio Zamora H.
       Rector




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REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA
     SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL
          PERSONAL DOCENTE.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)   Página 13 de 41
LA H. JUNTA GENERAL

       DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS

                                      CONSIDERANDO:

Que:   Es necesario contar con un Reglamento que permita la contratación de Tutores en
       función a los méritos obtenidos.

                                         RESUELVE:

Expedir el siguiente:

   REGLAMENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE.

                                         CAPÍTULO I.

                                      AUTORIZACIÓN.

Art. 1 El Consejo Gubernativo del Colegio Particular A Distancia Provincia De Esmeraldas
está integrado por el PROMOTOR, RECTOR, VICERRECTOR ACADÉMICO, quienes
autorizan al Rector del COLDIPE para que realice la convocatoria, establezca los requisitos,
selección y contratación del personal docente.

                                        CAPÍTULO II.

                   CONVOCATORIA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS.

Art. 2.- CONVOCATORIA: Producida la vacante, el Rector en el plazo máximo de cinco
días, en uno de los medios de comunicación de mayor cobertura y circulación provincial,
entre la fecha de difusión y la recepción de documentos se establecerá un plazo de ocho
días, además se determinará los requisitos y especialidad.

Art. 3.- RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS.- Los documentos de los aspirantes se
receptarán a través de Secretaría del COLDIPE hasta las 18:00 de la fecha indicada, quien
los foliará.

                                        CAPÍTULO III.

                                        REQUISITOS:

Art. 4.- Los aspirantes a los cargos de prestación de servicios profesionales se someterán a
los siguientes requisitos:

Poseer:

       a.   Títulos Profesionales terminales;
       b.   Experiencia Docente;
       c.   Capacitación; y,
       d.   Creación de obras.

                                        CAPÍTULO IV.


REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                         Página 14 de 41
DE LA SELECCIÓN.

Art. 5.- EVALUACIÓN.- La documentación de los profesionales será evaluada por el
Consejo Gubernativo, dentro del término de tres días posteriores a la recepción de carpetas.
Art. 6.- Los tutores deberán tener título académico de tercer o cuarto nivel y serán valorados
de acuerdo a la siguiente escala:

a.- TÍTULO.

                                    TÍTULO               PUNTAJE
                         Tecnólogo ó Licenciado          2 puntos
                         Ingeniero                       4 puntos
                         Doctor                          4 puntos
                         Diplomado Superior              5 puntos
                         Especialista                    6 puntos
                         Magíster                        8 puntos
                         PHD                             10 puntos


b.- EXPERIENCIA DOCENTE.

                                   AÑOS       PUNTAJE
                                   1 AÑO     2 PUNTOS
                                   2 AÑOS    4 PUNTOS
                                   3 AÑOS    6 PUNTOS
                                   4 AÑOS    8 PUNTOS
                                   5 AÑOS    10 PUNTOS

c.- CAPACITACIÓN: Cursos en el área realizados en el país o en el exterior.

                        CAPACITACIÓN No. HORAS PUNTOS
                            De 120 horas o más            10 puntos
                            De 60 a 119 horas              5 puntos
                            De 30 a 59 horas               3 puntos
                            Menos de 30 horas              2 puntos


d.- OBRAS.

                             OBRAS PUBLICADAS                 PUNTOS
                      Por cada obra relacionada a la materia 5 puntos
                      Por la creación de planes innovadores 3 puntos


Art. 7.- Todos los tutores serán contratados exclusivamente para desempeñar la docencia
en su especialización, incluyendo Malla Curricular.

                                       CAPÍTULO V.

                            DEL INFORME Y CONTRATACIÓN.

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Art. 8.- INFORME: El Consejo Gubernativo, una vez calificada la documentación, solicitará
una entrevista personal fijando día y hora para tal efecto y en el término de tres días emitirá
el informe.
Art. 9.- CONTRATO: El docente tutor acreditado será admitido mediante contrato de
prestación de servicios profesionales que será suscrito con la respectiva autoridad.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Reformado en ESMERALDAS a los treinta días del mes de ENERO del año dos mil ONCE
(2011).

Certifico.




Ing. Mauricio Zamora H.
       Rector




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REGLAMENTO DE SESIONES DEL COMITÉ
     DEL PROCESO DE MEJORAMIENTO
     CONTINUO PARA LA CALIDAD Y LA
            PRODUCTIVIDAD.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)   Página 17 de 41
EL COMITÉ DEL PMCCP
 DEL COLEGIO TÉCNICO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS.


                                       Considerando:

Que, es necesario reglamentar la convocatoria y desarrollo de las Sesiones del Comité del
Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad,


                                          Resuelve:

Expedir el siguiente reglamento:

Reglamento de Sesiones del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la
Calidad y la Productividad.


                                        CAPÍTULO I.

                             DE LAS SESIONES DEL COMITÉ.

Art. 1.- Las sesiones del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la
Productividad serán ordinarias o extraordinarias.

Las sesiones ordinarias serán obligatorias y se realiza una vez por mes en horario
establecido por el comité.

Comité del PMCCP                                            Sábado         17:45 a 19:45

Extraordinariamente, el Líder convocará por su propia iniciativa o por pedido de uno o varios
de sus miembros previa la presentación del asunto que se vaya a tratar.

Por la obligatoriedad, las sesiones se realizarán sin previa convocatoria en el horario
establecido y de manera puntual con los integrantes presentes.

Actuará como Secretaria la persona designada por el comité.

Art. 2.- El quórum no será limitante para que exista reunión.

Art. 3.- Toda resolución se adoptará por mayoría de los integrantes asistentes a la reunión.
El voto del Líder será decisorio en caso de empate.

Art. 4.- En la misma sesión o en la siguiente un integrante del Comité puede solicitar la
reconsideración de cualquier asunto que se hubiere aprobado. Para que sea aprobada una
reconsideración es necesaria la mayoría simple de los votos de los concurrentes a la sesión;
y si se la acepta, se discutirá nuevamente el asunto reconsiderado, el que se lo aprobará o
negará con la mayoría absoluta de los integrantes del Comité.

Art. 5.- Para las sesiones ordinarias y extraordinarias, el Líder elaborará el orden del día de
acuerdo con la prioridad siguiente:

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a)   Registro de asistencia;
        b)   Conocimiento del orden del día;
        c)   Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior;
        d)   Informe de objetivos planteados;
        e)   Resolución de problemas;
        f)   Lectura de comunicaciones; y,
        g)   Asuntos Varios.

Para las reuniones extraordinarias el orden del día se incluirá en la convocatoria escrita que
se entregará a cada integrante del Comité, con al menos veinte y cuatro horas de
anticipación.

Art. 6.- Las actas serán resumidas y contendrán una relación cronológica y sucinta de los
aspectos relevantes de lo tratado en la sesión, debiendo constar con claridad el texto de las
resoluciones que se hubieren adoptado.

Para su aprobación los señores integrantes del comité expresarán su aceptación y en caso
que se hicieren observaciones, si fueren de forma se procederá a la rectificación; si fueren
de fondo estas serán motivadas y si fuere necesario su clarificación podrá acudirse a la
grabación magnetofónica.

Art. 7.- Cuando no se agote el orden del día preparado para una sesión, los puntos
pendientes tendrán preferencia en el orden del día de la siguiente sesión.

Art. 8.- La mayoría de los integrantes asistentes a la sesión del Comité del Proceso de
Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad podrían decidir un receso por un
tiempo determinado; o la conclusión anticipada lo que constará expresamente en el acta
respectiva.

Art. 9.- El Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad
nombrará comisiones unipersonales o pluripersonales en los casos necesarios. Cuando se
trate de redacción de Proyectos de Memorias, Acuerdos, Resoluciones y más actos del
Comité, el Líder designará un miembro para que lo formule y presente el respectivo
proyecto.

Art. 10.- El Líder será el responsable de la conducción regular de las sesiones a fin de que
no sean interrumpidas con ausencia injustificada de los asistentes o con el uso de teléfonos
convencionales o celulares. En ausencia del líder del PMCCP, le subrogará el Rector o
quien siga jerárquicamente como autoridad de la Institución.


                                         CAPÍTULO II.

                                      DE LOS DEBATES.

Art. 11.- El Líder concederá el uso de la palabra en el orden que se le hubiere solicitado.
Durante la intervención del integrante del comité ninguna persona podrá interrumpirlo. Si
fuere necesario el Líder le pedirá que se concrete al asunto en discusión.

En los debates ninguna intervención podrá exceder de cinco minutos. Habrá derecho a la
réplica. Toda intervención se dirigirá al Líder.

Art. 12.- Las mociones serán presentadas por un integrante del comité, para su tratamiento
se requiere el apoyo al menos de otro integrante del comité.


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Art. 13.- Cuando se discuta una moción no se podrá proponer otra, si no se hallare en
alguno de los casos siguientes:

         a)   Sobre una cuestión previa;
         b)   Para que se suspenda la discusión;
         c)   Para que pase a la comisión; y,
         d)   Para modificarla.

El orden expresado representa prioridad de estas mociones.

El Líder calificará si la moción propuesta está comprendida en uno o más de los casos
anteriores. Si hubiere duda sobre el carácter de moción previa o modificatoria, lo resolverá el
Comité por mayoría absoluta de votos, sin debate.

Art. 14.- Pueden proponerse modificaciones a una moción y formarán parte de ésta, si su
autor las aceptare.

Art. 15.- Negada una moción, no se la podrá presentar nuevamente, ni pedir la
reconsideración, después de la sesión siguiente en que se la negó, a menos que,
posteriormente, se la proponga con modificaciones sustanciales o con el apoyo de la
mayoría simple de los concurrentes.

Art. 16.- Si se presentaren varias modificaciones, se las discutirá y votará en el orden que
establezca el Líder.

Art. 17.- A solicitud de un integrante del comité, el Líder dispondrá que una moción, proyecto
o informe se discuta y vote por partes, debiendo precisarse, en cada caso, la parte sujeta a
discusión y votación.


                                        CAPÍTULO III.

                                   DE LAS VOTACIONES.

Art. 18.- Las votaciones serán nominales o secretas. Las primeras son las que se emiten
verbalmente por cada votante y las segundas las que se escriben en papeletas.

Art. 19.- Los integrantes votarán nominalmente todos los asuntos que resuelva, acuerde o
disponga el Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la
Productividad. La votación será secreta por decisión mayoritaria de los asistentes a la sesión
del Comité.

Art. 20.- Todo asunto que se discuta y resuelva requiere para su aprobación la mayoría
simple de votos de los integrantes del Comité.

Art. 21.- El integrante del Comité podrá votar: a favor, en contra o abstenerse.

Art. 22.- Los votos en blanco en las votaciones nominales y secretas se sumarán a la
mayoría.

                                       CAPÍTULO IV.

                                COMISIONES GENERALES.

Ordinariamente, las Comisiones Generales serán aceptadas previa petición escrita,
presentada con al menos veinte y cuatro horas de anticipación.

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En casos excepcionales, por petición de uno de los señores integrantes del Comité y previa
aceptación unánime de los asistentes, se concederá en Comisión General sin considerar el
plazo indicado en el inciso anterior.
                                      CAPÍTULO V.

                                  DE LAS SANCIONES.

Las sanciones serán aplicadas de acuerdo a las resoluciones adoptadas por el Comité para
el efecto. Cuando es por faltas se sancionará con el valor equivalente a dos dólares, por
atrasos se sancionará con el valor de un dólar y por tarea incumplida el valor de dos horas
clase (cinco dólares).

Dado en la ciudad de Esmeraldas, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil diez.

CERTIFICACIÓN: En mi calidad de Líder del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo
para la Calidad y la Productividad, certifico que el texto que antecede fue conocido y
aprobado por el Pleno del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y
la Productividad, en sesión ordinaria del 16 de octubre de 2010, cuya acta fue aprobada en
sesión ordinaria de 16 del octubre de 2010.- Esmeraldas, a 16 de octubre de 2010.-



PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Reformado en ESMERALDAS a los 16 días del mes de octubre del año dos mil diez (2010).



Certifico.




Ing. Mauricio Zamora H.
Líder del Comité de Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la
Productividad del Colegio Técnico Particular a Distancia Provincia de Esmeraldas.




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ORGANICO FUNCIONAL
    MANUAL DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)   Página 22 de 41
MANUAL DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS.

                                MANUAL DE FUNCIONES.

                                 RECTOR DEL COLDIPE.

Misión:

Dirigir y representar legalmente a la Institución a través de una adecuada planificación que
oriente y guíe las actividades de las distintas áreas y departamentos de manera coordinada
a fin de cumplir los objetivos planteados al menor costo y para la satisfacción de los
educandos.

Funciones y Responsabilidades:

   1. Cumplir y hacer cumplir lo que establece la Ley Orgánica de Educación y sus
       reglamentos, los estatutos institucionales y reglamentos internos; así como también
       las resoluciones y disposiciones del Ministerio de Educación, de las Direcciones
       Provinciales, de la Junta General y del Consejo Directivo y Gubernativos del colegio;
   2. Liderar el Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo de Calidad y Productividad
       y aplicar las políticas, normas y procedimientos establecidos en este Comité;
   3. Dirigir la planificación estratégica y exigir su ejecución de manera permanente;
   4. Participar en la elaboración del presupuesto institucional conjuntamente con las
       autoridades financieras;
   5. Orientar las labores docentes, administrativas y de servicios y disponer sanciones
       cuando existan desvíos;
   6. Coordinar con los Vicerrectorados, y coordinación, las actividades generales que se
       deben desarrollar en la Institución;
   7. Exigir informes Administrativos, Financieros y de recursos Humanos a los diferentes
       departamentos a fin de orientar la aplicación de la planificación y priorización de
       necesidades;
   8. Sugerir al Consejo Directivo del colegio las reformas de normas y procedimientos
       que convengan introducir en la Institución;
   9. Establecer medidas correctivas con sus respectivos plazos ante infracciones, desvíos
       o errores que se cometen en los diferentes departamentos;
   10. Establecer medidas preventivas a fin de evitar infracciones, desvíos o errores que
       podrían cometerse en los diferentes departamentos;
   11. Solicitar y tramitar ante los organismos pertinentes la autorización de funcionamiento
       de nuevas especialidades;
   12. Firmar convenios y acuerdos con otras instituciones, sean estas gubernamentales o
       no gubernamentales, nacionales o extranjeras;
   13. Participar en nombre de la Institución, en todos los eventos culturales, científicos y
       sociales que convengan a la Institución y mantener en alto su prestigio;
   14. Responder ante los organismos de control sobre el funcionamiento correcto de la
       institución, entregando la información y documentación pertinentes;
   15. Firmar la documentación de soporte de los estados y transacciones financieras;
   16. Firmar autorizaciones que le competen al rectorado;
   17. Revisar conjuntamente con el Vicerrector Académico la planificación curricular y sus
       instrumentos antes de su aprobación;
   18. Ejercer supervisión académica, conjuntamente con el Vicerrector Académico;
   19. Exigir el mantenimiento adecuado de las instalaciones y una eficiente organización
       administrativa en todas las áreas y departamentos;

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20. Mantener en alto y permanente ascenso el nivel de motivación de sus colaboradores
       y de los trabajadores en general de la Institución;
   21. Mantener en permanente funcionamiento los procesos de mejoramiento continuo; y,
   22. Dar ejemplo de disciplina y cumplimiento de las responsabilidades asignadas.
Características del puesto:

Es un cargo de alta responsabilidad, requiere de sólidos conocimientos en administración
educativa y de personal, conocimiento de las leyes y reglamentos del Sistema educativo
ecuatoriano. Liderazgo, excelentes relaciones humanas, iniciativa, capacidad para resolver
problemas, tomar decisiones y capacidad de negociación.

Responsabilidades:

Por bienes y valores de la institución.             Constantemente
Por información de toda clase.                      Constantemente
Recursos Humanos.                                   Constantemente

Relaciones funcionales:

Internas:       Junta General, Consejo Gubernativo y Directivo, y todos los departamentos de
                la institución.

Externas:       MINISTERIO DE EDUCACION, Medios de Comunicación, Organismos
                Estatales y otras Instituciones.

Supervisión:

Recibidas:      Junta General, Consejo Gubernativo.

Ejercida:       Vicerrector Administrativo,   Vicerrector   Académico,     y   departamentos
                administrativos.

Instrumentos y Herramientas:

Computadora, Teléfono, Internet, Archivos de Documentación.

Requisitos mínimos:

Educación:             Título Académico de 4to. Nivel en el área educativa y el título de 3er.
                       nivel en cualquiera de las especialidades que la institución oferta.

Capacitación:          Conocimiento en Administración Educativa de preferencia
                       conocimiento en Psicología educativa, Relaciones Públicas, manejo de
                       sistemas básicos de computación, conocer leyes del sistema
                       educativo,   tributarias,  laborales   y    saber   hacer    análisis
                       socioeconómicos.

Experiencia:                  5 años como Rector o puestos del mismo nivel.

Competencias:

Capacidad de dirección.

Capacidad para dar instrucciones y para enseñar al personal que dirige, cumplir objetivos y
metas, superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos por la
institución. Capacidad de soportar críticas y presión de los directivos y colaboradores en

REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                          Página 24 de 41
caso de que no supere las metas y estándares. Capacidad de tomar decisiones sin
precedentes.


Capacidad de impacto e influencia.

Capacidad para expresar preocupación por su reputación, apariencia y estatus, para motivar
y persuadir a los directivos y colaboradores a fin de lograr mejores resultados. Capacidad
para analizar y debatir nuevos métodos de trabajo y anticipar los efectos de una acción a fin
de evitar errores y tomar decisiones en casos emergentes.

Capacidad de comprensión interpersonal.

El puesto exige capacidad de comprender a sus colaboradores y ser solidario con ellos, de
mantener buenas relaciones con todos y ser receptivo a las disposiciones de la Junta
General y Autoridades.

Capacidad de liderazgo.

Capacidad para organizar y dirigir la diversidad del recurso humano de motivar y persuadir,
de manejar correctamente las reuniones, de informar adecuada y eficazmente a la gente y
de cuidar el buen nombre de la institución.

Capacidad de orientación hacia resultados positivos.

Capacidad de desempeñar el trabajo correctamente, crear sus propias medidas de
excelencia, de fijarse metas desafiantes y cumplirlas, de analizar costos y beneficios y
corregir errores.

Conciencia organizacional.

Capacidad de conocer la estructura formal, para comprender el ambiente y la cultura
organizacional de la institución, así como también la política y los temas organizacionales
adyacentes.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                         Página 25 de 41
MANUAL DE FUNCIONES.

                            VICERRECTOR ADMINISTRATIVO.

Misión:

Planificar, organizar y coordinar la administración de los recursos: humanos, materiales y
financieros, además controlar el movimiento económico del colegio de manera eficaz y
eficiente a fin de lograr un crecimiento sostenido, para satisfacer las necesidades
institucionales.

Funciones y Responsabilidades:

   a) Liderar el Comité Administrativo y sugerir políticas, normas y procedimientos de la
        institución de conformidad con los estatutos;
   b) Cumplir y hacer cumplir los objetivos, políticas, normas y procedimientos
        establecidos en el manejo de los recursos financieros y los recursos materiales e
        instalaciones de la institución;
   c)   Conferir a sus colaboradores inmediatos la autoridad suficiente para cumplir con
        responsabilidad y vigilar el cumplimiento de las políticas establecidas;
   d)   Cuidar y controlar el cumplimiento de las disposiciones estatales según las leyes y
        políticas ministeriales;
   e)   Implementar métodos y técnicas para la optimización de los procesos de gestión
        administrativa;
   f)   Presentar informes periódicos al Rector y miembros del Consejo Gubernativo;
   g)   Inducir al personal nuevo de la institución, bajo las condiciones de orden legal;
   h)   Mantener en alto y permanente ascenso el nivel de motivación de sus colaboradores;
   i)   Asignar responsabilidades a sus colaboradores y funcionarios;
   j)   Exigir la presentación periódica de resultados a sus colaboradores y funcionarios a
        través de indicadores de gestión;
   k)   Analizar conjuntamente con los funcionarios y colaboradores los resultados a fin de
        corregir errores y realizar nuevas acciones institucionales;
   l)   Verificar los balances y corregir errores financieros;
   m)   Mantener en permanente funcionamiento los procesos de mejoramiento continuo;
   n)   Trabajar por el buen nombre y prestigio de la institución;
   o)   Dar ejemplo de disciplina y cumplimiento de las responsabilidades asignadas; y,
   p)   Firmar contratos que estén sujetos a las políticas de la institución y los lineamientos
        del comité de promotores.

Características del puesto:

Es un cargo de alta responsabilidad, requiere de sólidos conocimientos de procesos
administrativos, laborales. Don de liderazgo, excelentes relaciones humanas, iniciativa,
capacidad para resolver problemas, tomar decisiones y capacidad de negociación.

Responsabilidades:

Por bienes y valores de la institución.             Constantemente
Por información de toda clase.                      Constantemente
Recursos Humanos.                                   Constantemente


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Relaciones funcionales:

Internas:       Junta General, Consejo Gubernativo y Directivo, Rector, Vicerrector
                Académico, Supervisor y todos los departamentos de la institución.

Externas:       Clientes, Bancos y Proveedores.

Supervisión:

Recibidas:      Junta General, Consejo Gubernativo, Rector.

Ejercida:       Vicerrector Académico, y departamentos administrativos.

Instrumentos y Herramientas:

Computadora, Teléfono, Internet, Archivos de Documentación.

Requisitos mínimos:

Educación:             Título Académico mínimo de tercer nivel en el Área Administrativa o a
                       fin.

Capacitación:          Conocimiento en manejo de recursos humanos, relaciones públicas,
                       manejo de NTIC´s, conocer leyes tributarias, laborales, análisis de
                       mercado y financieros.

Experiencia:                  2 años en cargos similares.

Competencias:

Capacidad de dirección.

Capacidad para dar instrucciones y para enseñar al personal que dirige, cumplir objetivos y
metas, superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos por la
institución. Capacidad de soportar críticas y presión de los directivos y colaboradores en
caso de que no supere las metas y estándares. Capacidad de tomar decisiones.

Capacidad de impacto e influencia.

Capacidad para expresar preocupación por su reputación, apariencia y estatus, para motivar
y persuadir a los directivos y colaboradores a fin de lograr mejores resultados. Capacidad
para analizar y debatir nuevos métodos de trabajo y anticipar los efectos de una acción a fin
de evitar errores y tomar decisiones en casos emergentes.

Capacidad de comprensión interpersonal.

El puesto exige capacidad de comprender a sus colaboradores y ser solidario con ellos, de
mantener buenas relaciones con todos y ser receptivo a las disposiciones de las
autoridades.

Capacidad de liderazgo.

Capacidad para organizar y dirigir la diversidad del recurso humano de motivar y persuadir,
de manejar correctamente las reuniones, de informar adecuada y eficazmente a la gente y
de cuidar el buen nombre de la institución.


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Capacidad de orientación hacia resultados positivos.

Capacidad de desempeñar el trabajo correctamente, crear sus propias medidas de
excelencia, de fijarse metas desafiantes y cumplirlas, de analizar costos y beneficios y
corregir errores.
Conciencia organizacional.

Capacidad de conocer la estructura formal, para comprender el ambiente y la cultura
organizacional de la institución, así como también la política y los temas organizacionales
adyacentes.




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MANUAL DE FUNCIONES.

                              VICERRECTOR ACADÉMICO.

Misión:

Preparar medios para el bienestar psicosocial y económico del personal docente,
administrativo y de servicios a fin de contribuir en la solución de problemas que afectan el
desarrollo de sus actividades en el trabajo y sobretodo elevar su autoestima, incentivar el
trabajo en equipo y desarrollar el talento humano, llevando adecuadamente el control de la
nómina y haciendo el seguimiento de los beneficios de ley.

Funciones y Responsabilidades:

   1.  Es la segunda autoridad del establecimiento,
   2.  Orientación y asesoramiento al personal que labora en la institución,
   3.  Desarrollar actividades que conlleven al bienestar del personal,
   4.  Gestionar los apoyos en salud de los trabajadores,
   5.  Apoyar en el mejoramiento de las relaciones laborables, a fin de crear un agradable
       ambiente laboral,
   6. Desarrollar, aplicar políticas y procedimientos establecidos en la institución en lo que
       se refiere al Recurso Humano,
   7. Desarrollar procedimientos que ayuden a mantener motivado e informado al personal
       que labora en el COLDIPE,
   8. Coordinar acciones para desarrollar programas sociales y de recreación,
   9. Asistir y participar en las reuniones del equipo de mejoramiento continuo para
       desarrollar los proyectos de mejora,
   10. Planificar conjuntamente con el Rector estrategias que conlleven al desarrollo del
       talento humano,
   11. Desarrollar programas de reclutamiento e introducción del personal,
   12. Planificar y desarrollar programas de capacitación de acuerdo a las necesidades de
       la institución,
   13. Evaluar el rendimiento de los trabajadores y funcionarios,
   14. Realizar el monitoreo de la asistencia y el ausentismo de los estudiantes y el
       ausentismo del personal,
   15. Apoyar en el desarrollo de programas de mejoramiento de calidad y productividad,
   16. Llevar registros y estadísticas de los estudiantes matriculados, retirados y de la
       asistencia,
   17. Planificar con los tutores la revisión periódica de los módulos para actualizarlos o
       replantearlos de ser el caso,
   18. Proporcionar información a las demás autoridades sobre los registros de
       matriculación, asistencia y ausentismo de los estudiantes,
   19. Coordinar acciones con los demás departamentos para proporcionar y mantener el
       bienestar estudiantil; y,
   20. Ser solidario con la responsabilidad del Rector.

Características del puesto.




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Es una función de confianza y mucha responsabilidad, requiere de habilidades para tratar
con superiores y subordinados; conocimiento de la institución y de las condiciones
socioeconómicas de los colaboradores y funcionarios. La función requiere de criterio bien
formado para la toma de decisiones; es necesario tener iniciativa y gran aptitud para realizar
negociaciones interpersonales a fin de lograr acuerdos y dar soluciones a problemas. Debe
conocer a profundidad las políticas de las instituciones para el apoyo permanente en el
cumplimiento de la estrategia institucional. Debe tener habilidad de manejo de personal.

Responsabilidades:

Por bienes y valores de la institución.             Constantemente
Por información de toda clase.                      Constantemente
Recursos Humanos.                                   Constantemente

Relaciones funcionales:

Internas:             Junta General, Consejo Gubernativo y Directivo, Rector, Vicerrector
                Administrativo Supervisor y todos los departamentos de la institución.

Externas:       MINISTERIO DE EDUCACION, Medios de Comunicación, Organismos
                Estatales y otras Instituciones.

Supervisión:

Recibidas:             Junta General, Consejo Gubernativo, Rector, Jefe de Recursos
                       Humanos (Contador General).

Ejercidas:             Supervisión de Aula, tutores y estudiantes.

Instrumentos y Herramientas:

Computadora, Teléfono, Internet, Archivos de Documentación.

Requisitos Mínimos:

Educación:            Título Académico de 3er. Nivel en el área educativa.

Capacitación:         Conocimiento en Administración Educativa de preferencia
                      conocimiento en Psicología educativa, Relaciones Públicas, manejo de
                      sistemas básicos de computación, conocer leyes del sistema
                      educativo.

Experiencia:                  5 años como Vicerrector o puestos del mismo nivel.

Competencias:

La persona que vaya a ocupar este puesto debe tener las siguientes capacidades:

Capacidad para dirigir.

Capacidad para dar instrucciones y para enseñar al personal que dirige, cumplir objetivos y
metas, superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos por la
institución. Capacidad de soportar críticas y presión de los directivos y colaboradores en
caso de que no supere las metas y estándares. Capacidad de tomar decisiones sin
precedentes.


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Capacidad de impacto e influencia.

Capacidad para motivar y persuadir a sus jefes y personal a fin de lograr mejores resultados,
de analizar y debatir con sus compañeros sobre nuevos métodos de trabajo.




Capacidad de comprensión interpersonal.

Capacidad de comprender a sus compañeros y ser solidario con ellos, de mantener buenas
relaciones de amistad con sus jefes y compañeros de trabajo y de ser receptivo a las
disposiciones emanadas por sus superiores.

Capacidad de liderazgo.

Debe ser capaz de informar adecuada y eficazmente a la gente, así como también de
motivar y persuadir.

Capacidad de orientación hacia resultados positivos.

Capacidad de hacer bien el trabajo y analizar costos y beneficios.

Conciencia organizacional.

Debe conocer la estructura forma de la institución, debe comprender el ambiente y la cultura
de la organización, debe conocer y comprender las políticas y temas organizacionales
adyacentes.




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MANUAL DE FUNCIONES.

                                 CONTADOR GENERAL.

Misión:

Revisar y procesar la contabilidad para la elaboración de balances generales mensuales;
elaborar roles de pago y proporcionar información económica y financiera real a las
autoridades para que retomen las decisiones más acertadas y ajustadas a las leyes y
procedimientos.

Funciones y Responsabilidades:

   1. Controlar y revisar las transacciones contables de todo el movimiento económico de
       la institución;
   2. Elaborar los informes contables;
   3. Llevar libros mayores de contabilidad, codificar facturas, analizar cuentas y
       conciliarlas, cerrar los libros cada mes y abrir nuevas cuentas;
   4. Construir todos los sistemas y procedimientos necesarios para llevar la contabilidad.
   5. Actualizar registros para los activos fijos y demás documentos financieros;
   6. Revisar facturas, documentos por pagar y cheques emitidos por la institución;
   7. Ayudar a los auditores externos al cierre del ejercicio, incluyendo la preparación de
       anexos, facturas y la explicación de procedimientos de materiales de apoyo;
   8. Revisar y controlar la documentación de soporte para la declaración del IVA, planillas
       del IESS y roles de pago;
   9. Calcular las declaraciones de impuestos según las leyes y las políticas
       gubernamentales impartidas por los organismos estatales competentes;
   10. Conciliaciones bancarias;
   11. Presentar balances y estados de cuentas mensuales a los Directivos de la
       Organización;
   12. Asesorar y Capacitar al personal a su cargo;
   13. Preparar reportes e informes requeridas por Vicerrectorado Administrativo;
   14. Liderar y apoyar los procesos de mejoramiento en el área y el ámbito de toda la
       institución y mejorar sus indicadores;
   15. Apoyar a Vicerrectorado Administrativo en los análisis financieros;
   16. Revisar inventarios periódicamente;
   17. Participar activamente en el grupo de mejoramiento continuo para planificar las
       actividades y resolver problemas;
   18. Participar de las reuniones del Comité Corporativo de Calidad y Productividad; y,
   19. Cumplir con las tareas que le asigne las autoridades.

Características del Puesto.

Es una función de alta responsabilidad y confianza por el grado de importancia en el manejo
de datos e información de confidencialidad. Requiere amplios conocimientos contables,
tributarios, laborables y de costos, además de gran capacidad de análisis para aplicar

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adecuadamente las políticas de la institución; manejar eficazmente las normas, leyes y
reglamentos; saber orientar el uso de los recursos, dar instrucciones precisas y trabajar en
equipo.

Responsabilidades:

Por valor de oficina.                              Constante
Por información confidencial contable.             Constante
Por recursos monetarios.                           Constante
Por personas.                                      Constante
RELACIONES FUNCIONALES:

Internas:             Junta general, Consejo Gubernativo, Rector,            Vicerrectorado
                      Administrativo, Vicerrectorado Académico, Tutores.

Externas:             SRI, IESS, BANCOS, PROVEEDORES.

Supervision:

Recibida:             Vicerrectorado Administrativo.

Ejercida:             Ayudante de Contabilidad.

Instrumentos y Herramientas:

Equipo de cómputo con los respectivos programas, Calculadora, Suministros de oficina,
Leyes, Reglamentos, Códigos y Reformas, Sistema informático contable autorizado.

Ambiente de trabajo:

Oficina amplia que ofrece las comodidades de entrada y salida para relacionarse con
Autoridades y otras áreas.

Se trabaja sentado y se requiere hacer el esfuerzo mental para realizar cálculos, hacer
análisis, hacer síntesis y saber comunicar.

Requisito mínimo para ocupar el cargo:

Educación Formal:                   Dr. En Contabilidad y Auditoría, Contador Público
                                    Autorizado.

Alternativa:                        Auditor o Contador Público Autorizado.

Capacitación:                       Actualizaciones contables y tributarias, manejo de
                                    sistemas     computarizados    actualización  de     la
                                    legalización laboral y actualización en la legislación
                                    tributaria.

Experiencia:                        5 años en el cargo.

Competencias:

Capacidad para dirigir.

Liderazgo, habilidades de negociación y manejo de personal, capacidad de cumplir metas y
objetivos, habilidades de manejar y analizar la información y los datos para dar resultados

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oportunos y eficientes. Tener habilidades de cálculo, planificación sistematizada, sintetizar y
planificar, así mismo debe tener capacidad para enseñar y dar instrucciones de lo que
conoce. Capacidad de soportar criticas de sus compañeros.

Capacidad de impacto e influencia.

Capacidad de motivar y persuadir a sus jefes, compañeros y subordinados a fin de lograr
mejores resultados.


Capacidad de comprensión interpersonal.

El puesto exige capacidad de comprender a sus colaboradores y ser solidario con ellos, de
mantener buenas relaciones de amistad con los jefes y demás trabajadores y ser respectivo
a las disposiciones de los directivos.

Capacidad de liderazgo.

Las personas que ocupan este cargo, debe tener la capacidad para organizar diferentes
tipos de personas, de motivar y persuadir, de manejar bien las reuniones, de informar
adecuada y eficazmente a la gente y de cuidar el buen nombre de la institución.

Capacidad de orientación hacia resultados positivos.

Capacidad de hacer bien el trabajo, de crear sus propias medidas de excelencia, de fijarse
metas desafiantes y cumplirlas, de analizar costos y beneficios y corregir errores.

Conciencia organizacional.

Capacidad de reconocer la estructura formal, y de las estructuras informales, a fin de
comprender el ambiente y la cultura organizacional de la institución, así como también la
política organizacional de la misma.




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MANUAL DE FUNCIONES.

                       COORDINADOR / SUPERVISOR DE AULA.

Misión:

Coordinar, Supervisar y controlar la asistencia de los tutores y de los estudiantes a fin de
que las actividades académicas se desarrollen a satisfacción de las necesidades de los
educandos y educadores, así como también coordinar las actividades para que dé fiel
cumplimiento de la programación establecida al menor costo posible.

Funciones y Responsabilidades:

   1. Cumplir y hacer cumplir estrictamente con las disposiciones y orientaciones
       emanadas por las Autoridades de la Institución;
   2. Controlar el cumplimiento de la programación académica;
   3. Coordinar las acciones académicas y administrativas con las Autoridades y los
       demás estamentos de la Institución;
   4. Controlar y vigilar la asistencia y la disciplina de los estudiantes en todas las
       actividades académicas, deportivas, recreacionales y otras planificadas durante los
       períodos académicos;
   5. Colaborar estrechamente con los tutores en el control de la asistencia, y disciplina de
       los estudiantes, así como también en la solución de los problemas que se susciten
       durante las actividades académicas;
   6. Supervisar el correcto registro de los temas tratados en cada clase y la firma de los
       tutores en el leccionario correspondiente;
   7. Desplegar actividades orientadas a crear un ambiente laborable de trabajo tanto del
       personal docente y los estudiantes para cumplir los objetivos institucionales;
   8. Motivar a todo el personal y a los estudiantes a que desarrollen buenos hábitos de
       trabajo y buenos modales en un ambiente de simpatía, cordialidad, colaboración y
       respeto mutuo;
   9. Controlar el cumplimiento del horario de clase por parte de tutores y estudiantes;
   10. Supervisar el aseo y la buena presentación de las instalaciones;
   11. Justificar la inasistencia de los tutores, estudiantes y comunicar a rectorado;
   12. Organizar y realizar la distribución de las aulas de acuerdo a las diferentes
       especializaciones del Colegio;
   13. Atender y resolver cordialmente los reclamos de los tutores, estudiantes y padres de
       familia en el área de su competencia;
   14. Controlar el buen uso y conservación de los bienes materiales del colegio;
   15. Elaborar reportes de asistencia y disciplina de los estudiantes, tutores y presentar al
       rectorado mensualmente;
   16. Presentar al rectorado los reportes de cumplimiento de la programación en base de
       los registros firmados por parte de los tutores en el leccionario;
   17. Presentar ante el Rector las novedades diarias tanto del personal docente, y de los
       estudiantes;

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18. Participar y colaborar con sus opiniones en las reuniones del grupo de mejoramiento
       continuo;
   19. Colaborar en la solución de los problemas detectados en la institución;
   20. Llevar conjuntamente con secretaria el control, actualización y tramitación de la
       documentación ante la dirección de educación;
   21. Asistir al Rector en reuniones de la dirección de educación cuando no puede estar
       presente;
   22. Coordinar con los tutores las actividades que se vayan a programar y la ejecución de
       las actividades programadas; y,
   23. Proteger y velar los bienes materiales de la Institución e informar a las Autoridades
       de los daños y pérdidas que se produjeren.
Características del Puesto.

Es una función de confianza y mucha responsabilidad, requiere de habilidades para tratar
con autoridades, tutores, dicentes y padres de familia; conocimiento de la Institución y de las
condiciones académicas de los tutores y funcionarios. También, esta función requiere de
criterio bien formado para la toma de decisiones; es necesario tener iniciativa y gran aptitud
para mantener la disciplina y dar soluciones a problemas que se genere.
Debe conocer a profundidad las políticas, para el apoyo permanente en el cumplimiento de
la estrategia Institucional. Debe tener habilidad en el manejo de personal.

Responsabilidades:

Por información confidencial.                       Constantemente
Por personas.                                       Constantemente
Por bienes de la institución y laboratorios.        Permanentemente

Relaciones funcionales:

Internas:             Rectorado, Vicerrectorados, Secretaria, Tutores y Estudiantes.

Externas:              Representantes.

Supervisión:

Recibida:             Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo.

Ejercida:              Secretaria, Tutores y Estudiantes.

Instrumentos y Herramientas:

Computadora, formularios, registros, procedimientos y normas legales.

Requisitos mínimos:

Educación:            Título Terminal de tercer nivel a fin a la especialización (Psicología,
                      Orientación Vocacional) Sugerencias.

Capacitación:          Docente y Manejo de recursos humanos.

Experiencias:          2 años mínimo en docencia a nivel medio.

Competencias:

La persona que vaya a ocupar este puesto debe tener las siguientes capacidades.


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Capacidad para dirigir

Debe ser capaz de decir no a pedidos no razonables del personal y sus compañeros y fijar
límites de comportamientos no adecuados; capacidad de superar los niveles de desempeño
y mejorar los estándares establecidos en el trabajo; de soportar las críticas de las
autoridades y compañeros en caso de no superar las metas.

Capacidad de impacto e influencia

Capacidad para motivar y persuadir a las autoridades y personal a fin de lograr mejores
resultados, de analizar y debatir con sus compañeros sobre nuevos métodos de trabajo.
Capacidad de comprensión interpersonal.

Capacidad de comprender a sus compañeros y ser solidario con ellos, de mantener buenas
relaciones de amistad con las autoridades y compañeros de trabajo y de ser receptivo a las
disposiciones emanadas por sus superiores.

Capacidad de liderazgo.

Debe ser capaz de informar adecuadamente y eficazmente al personal docente y a los
estudiantes, así como también de motivar y persuadir

Capacidad de orientación hacia logros.

Capacidad de hacer bien el trabajo y analizar costos y beneficios.

Conciencia organizacional.

Debe conocer la estructura formal de la institución, debe comprender el ambiente y la cultura
de la organización, debe conocer y comprender las políticas y temas organizacionales
adyacentes.




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MANUAL DE FUNCIONES.

                                 SECRETARIA GENERAL.

Misión:

Armonía con el cliente interno y externo, recepción adecuada de documentos y archivos,
constituirse en el verdadero nivel auxiliar del colegio.

Funciones y Responsabilidades:

a) Atender las llamadas telefónicas que hicieran al colegio cortésmente;
b) Elaborar convocatorias, oficios, cartas, solicitudes, pedidos, memorándum, etc. que se
     utilicen en el colegio;
c)   Proporcionar información a los tutores y estudiantes que acudan al colegio en forma
     cordial;
d)   Elaborar listas de estudiantes y control de notas;
e)   Manejar los archivos en forma alfanumérica;
f)   Informar al Rector sobre los asuntos pendientes;
g)   Enviar y recibir la correspondencia del colegio;
h)   Llevar los libros de actas y comunicaciones;
i)   Legalización y refrendación de títulos;
j)   Legalización de matrículas, promociones y pases de año; y,
k)   Las que indiquen las autoridades.

Características del Puesto:

Para ocupar este puesto existirá absoluta confianza, debido a que por las características del
mismo sus funciones y relaciones son reservadas, el manejo de la información será
estrictamente privado y prioritario por la relación directa con el estudiante.

Relaciones Funcionales:

Internas:      Rector, Vicerrector Académico y Administrativo, Tutores, y Estudiantes.

Externas:      Público en general.

Requisitos mínimos para ocupar el cargo:

Educación Formal:                          Título Superior de Secretaria Ejecutiva.

Alternativa:                               Carrera a fin.



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Capacitación:                      Formación en manejo de NTIC´s, Archivología,
                                   Relaciones Interpersonales.

Experiencia:                       2 años en funciones similares.

Línea de autoridad:

                                   Depende del Rector directamente.




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MANUAL DE FUNCIONES.

                JEFE DE ÁREA FORMACIÓN BÁSICA Y BACHILLERATO.

Misión:

Administrar y liderar las actividades académicas, a fin de lograr coordinar el entorno
estudiante – docente cumpliendo con las normas establecidas por el colegio y al menor
costo posible.

Funciones y Responsabilidades:

   a)   Controlar el cumplimiento de la programación académica;
   b)   Orientar y asesorar a los tutores en el área académica;
   c)   Coordinar con los tutores la aplicación del modelo de innovación curricular;
   d)   Brindar asesoramiento a las autoridades del colegio en lo que concierne a aspectos
        pedagógicos y técnicos;
   e)   Cumplir y hacer cumplir con las disposiciones y orientaciones emanadas por los
        promotores y las autoridades del colegio;
   f)   Planificar conjuntamente con el Vicerrector Académico y los tutores la revisión
        periódica de los módulos para actualizarlos o replantearlos de ser el caso;
   g)   Desarrollar actividades que conlleve al bienestar del personal docente, administrativo
        y estudiantes;
   h)   Gestionar el apoyo necesario con las autoridades del colegio, a fin de mejorar el
        sistema educativo y desarrollar académicamente su programación;
   i)   Apoyar el mejoramiento de las relaciones estudiante - tutor, a fin de crear un
        agradable ambiente en el colegio;
   j)   Desarrollar y aplicar políticas y procedimientos que se establezcan en el colegio;
   k)   Coordinar las acciones para desarrollar programas y actividades sociales, culturales
        y deportivas;
   l)   Asistir y participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias para desarrollar
        proyectos de mejora académica;
   m)   Planificar conjuntamente con el Vicerrector Académico las estrategias que conlleve a
        nuevas procesos de formación, así como también el mejoramiento del talento
        humano;
   n)   Establecer perfiles para el reclutamiento del personal docente;
   o)   Realizar planes y programas anuales de promoción y publicidad de las actividades
        académicas del colegio;
   p)   Planificar y coordinar programas de capacitación de acuerdo a las necesidades del
        colegio;
   q)   Evaluar el rendimiento del personal docente del colegio;
   r)   Informarse de los resultados del monitoreo de la asistencia, deserción y ausentismo
        del personal docente y estudiantil, para establecer políticas de mejora;
   s)   Informarse del rendimiento de los estudiantes para definir acciones de mejora;
   t)   Apoyar el desarrollo del programa de innovación curricular;
   u)   Presentar los planes anuales de actividades ante el Vicerrector Académico;
   v)   Proteger y velar los bienes materiales de la institución e informar a las autoridades de
        daños y pérdidas que se produjere; y,
   w)   Convocar y organizar las sesiones ordinarias y extraordinarias con los tutores y
        controlar el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de las mismas.

Relaciones Funcionales:

Internas:              Rectorado, Vicerrectorado, Tutores y Estudiantes.

REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                            Página 40 de 41
Externas:           Colectividad.
Requisitos Mínimos:

Educación:          Título de tercero o cuarto nivel en educación.

Alternativa:        Carrera a fin.

Capacitación:       Docencia de educación, investigación científica y manejo de recursos
                    humanos.

Experiencia:        2 años mínimo de docencia.




REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                     Página 41 de 41
MANUAL DE FUNCIONES.

                                          TUTOR.
Misión:

Diseñar e implementar actividades educativas formuladas según los planes y programas
motivando el aprendizaje significativo del estudiante, mediante la aplicación de estrategias
adecuadas.

Funciones y Responsabilidades:

   a) Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente el proceso de aprendizaje en las
        asignaturas que le corresponden;
   b)   Fomentar hábitos y valores en los estudiantes, mediante el ejemplo;
   c)   Cumplir los horarios de tutorías y de colaboración correspondiente;
   d)   Mantener al día los registros de tutorías y demás documentos de manera que exista
        información precisa y oportuna;
   e)   Respetar y seguir el procedimiento en caso de accidentes de los estudiantes de
        acuerdo a lo señalado en el Reglamento Interno;
   f)   Responsabilizarse de las actividades de los estudiantes, asegurándose que cumplan
        lo señalado en el Reglamento Interno del Colegio;
   g)   Velar por los bienes del colegio y responsabilizarse por los que se le asigna;
   h)   Asistir y participar en los consejos técnicos pedagógicos y administrativos;
   i)   Resguardar la presentación del registro de tutorías, manteniéndolo limpio, ordenado
        y sin borrones;
   j)   Avisar oportunamente de cualquier actividad extra programática y responsabilizarse
        de los requerimientos de estos eventos;
   k)   Solicitar materiales y fotocopiados al menos con 48 horas hábiles de antelación;
   l)   Corregir y aconsejar actitudes en sus estudiantes incentivando el respeto, la
        participación y la colaboración en las asignaturas;
   m)   Promover permanentemente la buena imagen del colegio;
   n)   Promover el acercamiento de los estudiantes a la educación a distancia; y,
   o)   Integrar a la familia en el proceso formativo de los estudiantes.

Características del Puesto:

Interactuar directamente con los estudiantes, manejar grupos heterogéneos establecer
cronogramas adecuados para orientar académicamente y llegar a establecer parámetros de
medición mediante evaluaciones programadas

Relaciones funcionales:

Internas:                     Rector, Vicerrector Académico, Supervisor, Estudiantes.

Externas:                     Personas en general.

Requisitos Mínimos:

Educación Formal:             Licenciado, Ingeniero, Doctor, Máster en Ciencias de la
                              Educación.

Capacitación:                 Educación Abierta o a Distancia, Metodología, Modelos
                              Pedagógicos.

REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                         Página 42 de 41
Experiencia:                  Mínimo 1 año como tutor bajo la modalidad a distancia.

                                 MANUAL DE FUNCIONES.

                     Puesto: AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES.
Misión:

Mantener las instalaciones de todo el colegio en perfecto estado, de manera que el ambiente
que se respire sea el adecuado para que tanto estudiantes, tutores, autoridades y en general
el público que ingrese al colegio sienta la confianza de un ambiente limpio.

Funciones y Responsabilidades:

   a) Realizar encargos y recados de carácter oficial;
   b) Efectuar la recogida, entrega, tratamiento, manipulación y clasificación simple de
        documentación y/o franqueo de la correspondencia;
   c) Facilitar    información básica de carácter general tanto telefónica como
        presencialmente;
   d)   Llevar a cabo la apertura y cierre de puertas y control de llaves y de acceso de
        personal del colegio;
   e)   Revisar y reponer los materiales, equipamiento e instalaciones existentes en el
        colegio;
   f)   Encender y apagar luces y otras instalaciones que no dispongan de mecanismos
        automáticos que las regulen;
   g)   Realizar el suministro, traslado, montaje y desmontaje de material, mobiliario y
        equipamiento dentro de las instalaciones y locales del colegio, utilizando para ello
        los medios adecuados, exceptuando las mudanzas generales;
   h)   Mantener limpias las instalaciones del colegio;
   i)   Realizar fotocopias y otras reproducciones siempre y cuando no suponga una tarea
        exclusiva;
   j)   Conocer, controlar y vigilar el estado de los locales y el funcionamiento de las
        instalaciones;
   k)   Realizar funciones básicas de mantenimiento;
   l)   Efectuar la colocación de cuadros, carteles e infografía;
   m)   Realizar sugerencias para la mejora del funcionamiento y de la calidad de la unidad
        en la que prestan sus servicios;
   n)   Colaborar en los proyectos de evaluación de los servicios; y,
   o)   Realizar las tareas necesarias afines a la categoría del puesto, que, por razones del
        servicio les sean encomendadas por sus superiores.

Características del Puesto:

Mantener las instalaciones del colegio cuidadas, de manera que sus estudiantes, tutores y
personal administrativo participen de un ambiente armónico para que el cliente externo lleve
su mejor imagen.

Relaciones Funcionales:

Internos:                            Personal Administrativo, Tutores y Estudiantes.

Externo:                             Público en general.

Requisitos Mínimos:


REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE)                                          Página 43 de 41
Educación formal:      Mínimo Educación Básica a 7mo.

Experiencia:           6 meses en actividades similares.




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Reglamentos especiales del coldipe 2012

  • 1. REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA. • REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA EVALUACIÓN DOCENTE. • REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE. • REGLAMENTO DE SESIONES DEL COMITÉ DEL PROCESO DE MEJORAMIENTO CONTINUO PARA LA CALIDAD Y LA PRODUCTIVIDAD. • MANUAL DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS.
  • 2. REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 2 de 41
  • 3. LA H. JUNTA GENERAL DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS CONSIDERANDO: Que, Es necesario contar con un instrumento que evalúe la función y el desempeño de los colaboradores de la Institución, con sujeción al Reglamento o Manual de Convivencia, al Reglamento General y la Ley de Educación. RESUELVE: Expedir el siguiente: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA CAPÍTULO I DEL OBJETO Art. 1.- El presente reglamento tiene por objeto evaluar la función y el desempeño de los colaboradores de la Institución para que observando el Reglamento o Manual de Convivencia y Reglamentos Internos cumplan a cabalidad la función a ellos encomendada. Art. 2.- La evaluación de la gestión administrativa de los colaboradores se realiza para que quien haya cumplido a cabalidad sea acreedor de recompensas y estímulos durante el período siguiente a la evaluación. Art. 3.- La evaluación de la gestión administrativa de los colaboradores se realizará a quien tenga contrato vigente con la Institución al momento de dicha evaluación. CAPÍTULO II DEL PLAZO DE EVALUACIÓN Art. 4.- Cada año al finalizar el Consejo Gubernativo evaluará el rendimiento y el desempeño de cada uno de los colaboradores de la Institución. Art. 5.- Si un colaborador ingresare a la Institución en cualquier tiempo, será evaluado desde el inicio de su función. CAPÍTULO III DE LA EVALUACIÓN Art. 6.- Los parámetros a ser evaluados por el Consejo Gubernativo son: a. Puntualidad; b. Presentación personal; c. Relaciones Humanas; d. Colaboración adicional a la jornada de trabajo; e. Responsabilidad; y, f. Desempeño de funciones con sujeción al Manual Orgánico Funcional y al Reglamento o Manual de Convivencia. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 3 de 41
  • 4. Art. 7.- El colaborador que sea puntual obtendrá un puntaje máximo de 10 puntos, y se evaluará en forma descendente la impuntualidad de acuerdo al siguiente cuadro: PUNTUALIDAD PUNTAJE PUNTUAL 10 puntos BAJO 4 a 8 atrasos 8 puntos MEDIO 9 a 12 atrasos 6 puntos REGULAR 13 a 16 atrasos 4 puntos PÉSIMO 17 o más atrasos 2 puntos Art. 8.- El colaborador que cuide siempre de su presentación personal, procurando ser ejemplo para los estudiantes obtendrá un puntaje máximo de 10 puntos, y se evaluará en forma descendente al descuido en la presentación personal. Art. 9.- El colaborador tiene la obligación de llevar su uniforme correctamente, con el respectivo distintivo o escarapela, en todos los actos que la Institución realice dentro y fuera de la misma. Además el uniforme será de uso diario (sábados). Art. 10.- El colaborador está en la obligación de mantener buenas relaciones con sus compañeros de trabajo, personal docente, estudiantes y público en general, el mismo que obtendrá un puntaje máximo de 10 puntos y se evaluará en forma descendente a las malas relaciones internas y externas. Art. 11.- El colaborador está en la obligación de mantener el sigilo y la reserva necesaria, que por motivo de su función llegare a tener conocimiento: en documentos, archivos, conversaciones y demás, siendo causal de despedido la divulgación de secretos con sujeción a la legislación laboral y la Ley de Propiedad Intelectual vigentes. Art. 12.- El colaborador está en la obligación de guardar respeto a sus compañeros, Directivos, Tutores, Estudiantes y público en general en el desempeño de su función, con sujeción a la legislación laboral vigente. Art. 13.- El colaborador que emitiere comentarios negativos, chismes, cuentos que consistan en descrédito, burla, menosprecio de las demás personas será sancionado de acuerdo a los reglamentos internos, sin perjuicio de que se establezcan las acciones legales pertinentes. Art. 14.- El colaborador que participe en forma desinteresada con la Institución, trabajando horas adicionales a su jornada de trabajo será recompensado de acuerdo a la legislación laboral vigente y será acreedor a: a. Ser considerado el MEJOR EMPLEADO DEL MES; b. Ser promovido previo informe de evaluación administrativa; y, c. Ser capacitado de acuerdo a la función que desempeña. Art. 15.- El ejercicio de la función que desempeña un colaborador está dado por la responsabilidad en el desempeño de su labor. El colaborador será responsable directo por la ejecución de su trabajo, informes, documentos, comentarios y demás. En el ejercicio de su función será evaluado por la acción u omisión de estos. Art. 16.- El colaborador será responsable de su área de trabajo, así como de documentos, muebles e inmuebles a su cargo según inventario, procurando mantenerlos en perfecto estado. No es responsable por el desgaste natural de los mismos. Art. 17.- Para la evaluación de la responsabilidad del colaborador se tomará en cuenta las funciones que desempeña de acuerdo al Manual Orgánico Funcional de la Institución. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 4 de 41
  • 5. Art. 18.- La ponderación y los parámetros a medirse será sobre un puntaje máximo de 10 puntos y se evaluará en forma descendente el incumplimiento y descuido a su responsabilidad. Art. 19.- El desempeño de la función de un colaborador será evaluado en forma periódica y constante sin perjuicio que se lo evalúe de acuerdo al artículo cuatro del presente Reglamento. Art. 20.- El desempeño de la función obliga al colaborador a conocer el Estatuto, Manual Orgánico Funcional y los demás Reglamentos Internos de la Institución y su desconocimiento no es causa de excusa o justificativo. Art. 21.- La labor que desempeña el colaborador deberá sujetarse al Código de Ética relativo a su cargo, a las buenas costumbres y a la moral. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Reformado en ESMERALDAS a los treinta días del mes de ENERO del año dos mil ONCE (2011). Certifico. Ing. Mauricio Zamora H. Rector REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 5 de 41
  • 6. REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA EVALUACIÓN DOCENTE. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 6 de 41
  • 7. LA H. JUNTA GENERAL DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS CONSIDERANDO: Que, El Colegio Particular A Distancia “Provincia de Esmeraldas” COLDIPE, requiere disponer de un órgano legal que le permita normar la evaluación docente. Que, Se requiere de manera urgente contar con un instrumento normativo que permita regular la evaluación de los tutores que laboran en el Colegio Particular A Distancia “Provincia de Esmeraldas” para canalizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y fortalecer el desarrollo social con los bachilleres que emergen del colegio. RESUELVE: Expedir el siguiente: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DOCENTE. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.- La evaluación docente constituye prioridad del COLDIPE como parte integral del proceso enseñanza-aprendizaje para garantizar el desarrollo humano de los bachilleres que se gradúan en el Colegio. Art. 2.- El presente Reglamento tiene por objeto la evaluación periódica del tutor, para medir los objetivos particulares, terminales y específicos propuestos para cada nivel. Art. 3.- Los criterios de evaluación, unido a los estímulos académicos y económicos fortalecen el desempeño de los tutores, lo que permite el cumplimiento de la política educativa del COLDIPE. CAPÍTULO II. DE LOS TUTORES. Art. 4.- DESIGNACION DE TUTORES.- Para la designación del Personal Académico, así como para el ejercicio de la docencia y la investigación, no se establecerán limitaciones que impliquen discriminación derivadas del origen racial, género, posición económica, política, religiosa o cualquier otra de similar índole, ni estas podrán ser causa de remoción, sin perjuicio de que el tutor deba ser leal a los Principios que inspiren a la Institución. Todos los tutores serán nominados por contrato mediante sistema modular, conforme a las necesidades del COLDIPE. Art. 5.- FORMA DE CONTRATACION.- Los tutores serán contratados por el Consejo Gubernativo, en base a las condiciones establecidas en el Reglamento de Selección y Contratación del personal docente del COLDIPE. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 7 de 41
  • 8. Art. 6.- INFORME DE GESTION.- Los tutores, están obligados a rendir cuentas y presentar informes a la Institución sobre la gestión pedagógica y el cumplimiento de las metas educativas, la evaluación de los tutores lo realizará el Consejo Gubernativo, siendo acreedores a estímulos y sanciones acordes con el ejercicio de sus funciones. CAPÍTULO III. DE LA EVALUACIÓN DEL TUTOR. Art. 7.- PARÁMETROS A SER EVALUADOS:  Responsabilidad profesional conforme lo establecido en el sílabo;  Cumplimiento de la misión y visión establecidos por la Institución;  Puntualidad en asistencia a las labores o comisiones y en entrega de documentos e informes;  Mejoramiento profesional (cursos, mejoramiento de título académico, etc.);  Obras pedagógicas o proyectos sustentables presentados a nombre de la Institución;  Trato cortés con los compañeros tutores y estudiantes;  Logros alcanzados como Asesor o Coordinador de los estudiantes que alcanzaron reconocimiento académico en cualquier concurso a nivel público local, nacional e internacional; y,  Traje formal al dictar clases. Art. 8.- LA EVALUACIÓN.- Los tutores del COLDIPE serán evaluados durante todo el período lectivo en su desempeño académico, de acuerdo al informe de gestión de cada docente, en base a las siguientes consideraciones: PARÁMETROS A EVALUARSE PUNTAJE Responsabilidad profesional cumplimiento del sílabo, misión y visión 1 10 puntos institucional. Puntualidad en asistencia a labores y comisiones, entrega de 2 10 puntos documentos, informes, etc. Mejoramiento profesional, académico y/o presentación y aprobación de 3 10 puntos proyectos, obras pedagógicas y literarias. Traje formal en labores de tutor y trato cortés a maestros y 4 10 puntos compañeros 5 Logros alcanzados como Asesor o Coordinador de los estudiantes. 10 puntos Art. 9.- Para efecto de la evaluación que habla el Art. 8, el Consejo Gubernativo del COLDIPE, semestralmente convocará a los tutores para que den cuenta de los avances y recabar sus inquietudes, criterios y sugerencias, sujetándose a las disposiciones contempladas en la Ley de Educación Superior y demás disposiciones vigentes, a más de la Constitución Política del Estado conforme al Art. 70 de la misma. CAPÍTULO IV. DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES. Art. 10.- ESTÍMULOS ACADÉMICOS Y ECONÓMICOS.- Los estímulos que se harán acreedores los tutores que prestan sus servicios en el COLDIPE, será de acuerdo a las siguientes escalas: REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 8 de 41
  • 9. Los tutores que han intervenido en una investigación sobre las invenciones realizadas tendrán derecho a participar individual o colectivamente de los beneficios que obtenga el COLDIPE, de dicha explotación o cesión de derechos. Igual derecho tendrán si participan de consultorías u otros servicios externos remunerados. Las modalidades y cuantía de participación serán establecidas en los siguientes valores;  50% si el tutor ha intervenido en una investigación con el aporte total del COLDIPE;  25% si el docente tutor ha guiado a los estudiantes que han sido triunfadores en un concurso a nivel público, donde alcancen reconocimiento pecuniario por la labor académica;  25 % del valor del texto que el tutor ha elaborado con el auspicio de por lo menos el 50 % por parte del COLDIPE;  Incremento del 10 % del sueldo si el tutor que labora por lo menos 4 años en el COLDIPE, durante su docencia en la Institución ha mejorado su título profesional;  Bono de responsabilidad para todos los tutores que durante el período lectivo no han incurrido con inasistencia o sanción alguna de la Institución;  Estabilidad laboral para todo el Personal Administrativo;  Capacitación profesional para todos los tutores;  Auspicio total o parcial del COLDIPE para la publicación de obras de carácter científico; y,  Auspicio del COLDIPE para investigaciones individuales o colectivas en beneficio de los objetivos del colegio. Art. 11.- OTROS INCENTIVOS.-  En caso de que el tutor asista puntualmente a clases será tomado en cuenta para próximas tutorías; y,  Dotación del 50% de los honorarios en caso de que el tutor se encuentre participando en algún seminario académico o científico. Art. 12.- NO SE RECONOCERÁN VALORES ADICIONALES.- Las jornadas nocturnas o en días feriados que respondan a la programación académica previamente establecida no estarán sujetas a las disposiciones del Código de Trabajo en cuanto a reconocimiento de valores adicionales. Art. 13.- La evaluación académica no estará supeditada a situaciones de tipo económico o disciplinario. Art. 14.- SANCIONES A LOS TUTORES.- El Consejo Gubernativo, impondrá la sanción que creyere conveniente de acuerdo a la gravedad de la falta cometida por el docente tutor, en el siguiente orden:  Amonestación verbal;  Amonestación escrita;  Multa pecuniaria de hasta el 10% de sus honorarios;  Suspensión temporal de la relación profesional con el COLDIPE; y,  Terminación definitiva del contrato de prestación de servicios con el COLDIPE. Art. 15.-. APELACIÓN.- Los tutores que se creyeren perjudicados por la sanción impuesta por el Consejo Gubernativo, podrán apelar dicha decisión ante la Junta General que será la última y definitiva instancia, cuya resolución causará ejecutoría. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 9 de 41
  • 10. Art. 16.- Una vez que el ministerio de educación establezca los lineamientos generales, la Institución dictará el escalafón administrativo correspondiente. CAPÍTULO V. DE LA OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TUTORES. Art. 17.- ENTREGA DE CALIFICACIONES A LOS ESTUDIANTES.- El plazo de entrega de las calificaciones del tutor a los estudiantes para su revisión será en el término de 8 días como máximo en el sistema, después de lo cual el tutor en un término de 48 horas oficializará dichas calificaciones en la respectiva Secretaría. En caso de incumplimiento a esta disposición, se aplicará una multa del 10% de los honorarios del tutor, una vez que verifique el Vicerrector de la Institución quien oficiará al departamento de Contabilidad para que proceda al descuento respectivo. Art. 18.- DEL SÍLABO.- La evaluación será la resultante de la valoración del cumplimiento de las actividades programadas por el tutor en el sílabo correspondiente que será aprobado por el H. Consejo Directivo del Colegio, y entregado a los estudiantes en la primera clase. El Sílabo contendrá la programación académica del nivel, de acuerdo a las características de la materia, indicando el desarrollo programado para cada clase, el plan de prácticas y su valoración, si corresponde, las evaluaciones periódicas y su valoración, además constará la bibliografía pertinente. En ningún caso la evaluación académica estará supeditada a situaciones de tipo económico o disciplinario. Art. 19.- ADMITIR RINDAN EXAMEN, SIN PRESENTAR DERECHOS.- El tutor de la asignatura no podrá admitir al estudiante al examen final si no presenta o justifica el pago de los abonos atrasados y demás rubros, salvo circunstancias especiales para los que se requiere la autorización expresa del Rector. Art. 20 - FIJAR FECHAS ESPECIALES DE RECEPCIÓN DE EXÁMENES.- No se fijarán fechas especiales para exámenes de ninguna naturaleza, ni se autorizará su recepción en forma individual, salvo circunstancias especiales para los que se requiere la autorización expresa del Rector. Art. 21.- RECTIFICAR ACTAS DE CALIFICACIONES.- Se prohíben rectificaciones en las actas de calificaciones, cualquiera que fuere la autoridad o tutor que lo demande. Se exceptúan los casos en los cuales se compruebe que ha existido error aritmético o de asiento en la nota registrada en cuyo caso el tutor de la materia deberá presentar la correspondiente solicitud motivada. Cualquier rectificación efectuada en las Actas de Calificaciones sin contar con previa autorización del Vicerrector Académico, es nula, y por lo tanto carente de valor. CAPÍTULO VI. DE LOS EXÁMENES. Art. 22.- OBLIGACIONES Y POTESTADES DEL TUTOR.- El tutor tiene la obligación de: 1) Receptar exámenes, pruebas y evaluaciones, únicamente a los estudiantes cuya nómina conste en el acta proporcionada a los tutores por secretaria, en cuya nómina deberán constar sólo los estudiantes que se encuentren al día en el pago de abonos mensuales de la colegiatura y demás derechos para con el COLDIPE; REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 10 de 41
  • 11. 2) Receptar las evaluaciones planificadas en el sílabo o en los trabajos prácticos previa la presentación justificada por escrito ante el Vicerrector Académico; 3) Todo tutor está obligado a conservar el archivo y el examen hasta por el término de 8 días contados a partir de la fecha de publicación de las calificaciones; 4) Asistir a clases e impartir la cátedra de acuerdo a la materia asignada; 5) Concurrir ante el Consejo Gubernativo para rendir cuentas y presentar informes de su gestión cada período lectivo o cuando sea requerido; 6) Registrar su asistencia y realizar las observaciones que se dieren durante su permanencia en la Institución; 7) Cuidar de su ética y presentación personal. Es obligación del tutor presentarse con traje formal para impartir clases; 8) Mantener buenas relaciones humanas con el Personal Administrativo, tutores y Estudiantes de la Institución; 9) Conocer el manual de convivencia, los reglamentos internos y las demás leyes inherentes a su función; 10) Tener Ética Profesional, antes, durante y después de ser contratado por la Institución; 11) Aceptar la asignación de una cátedra, en razón de su profesión y título académico, de acuerdo al Reglamento de selección y contratación de Tutores y su adendum; y, 12) Asistir a todos los programas académicos, culturales, científicos, sociales y deportivos que la Institución realice. Art. 23.- TIEMPO DE DURACIÓN DE LOS EXÁMENES FINALES Y SUSPENSIÓN.- El tiempo máximo de duración de los exámenes será de dos horas académicas. Art. 24.- FECHA DE RECEPCIÓN DE EXÁMENES.- Los tutores están obligados a receptar los exámenes de los estudiantes únicamente en el colegio, el día y hora fijados para el evento por el Vicerrector Académico, salvo que la naturaleza de la asignatura exija lo contrario, siempre y cuando exista la autorización de esta Autoridad, pudiendo ser diferida únicamente por inasistencia del tutor o del estudiante por fuerza mayor debidamente comprobada. Art. 25.- POTESTAD DEL DOCENTE EN LA FORMA DE TOMAR LAS EVALUACIONES.- El tutor tendrá la facultad de decidir si los exámenes que rinden los estudiantes se lo hacen en forma oral, escrita o práctica según sea necesario. Art. 26- CAUSAS PARA AUTORIZAR LA POSTERGACIÓN DE EXÁMENES.- Se podrá autorizar la postergación de un examen por parte del tutor o estudiante realizada en forma expresa ante el Vicerrector Académico, por alguna de las siguientes causas:  Enfermedad del estudiante o tutor debidamente comprobado;  Por fallecimiento de un miembro familiar hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad producido dentro del lapso de 3 días antes del examen;  En caso fortuito o de fuerza mayor comprobada; y,  Calamidad doméstica debidamente justificada. DISPOSICIONES FINALES. Art. 27.- DE LA RESPONSABILIDAD.- El tutor será el responsable de guiar al estudiante durante el ejercicio de su cátedra con sujeción a la ética, la moral y las buenas costumbres. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 11 de 41
  • 12. Art. 28.- DE LA ÉTICA.- El tutor mantendrá su ética profesional durante el ejercicio de su cátedra, respetando su título académico, su profesión y su especialización. Art. 29.- DEL EJEMPLO.- El tutor deberá ser ejemplo para los estudiantes, demostrado a través de su trato, amabilidad, cortesía, puntualidad, presentación personal, vocabulario, etc. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Reformado en ESMERALDAS a los treinta días del mes de ENERO del año dos mil ONCE (2011). Certifico. Ing. Mauricio Zamora H. Rector REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 12 de 41
  • 13. REGLAMENTO ESPECIAL QUE NORMA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 13 de 41
  • 14. LA H. JUNTA GENERAL DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS CONSIDERANDO: Que: Es necesario contar con un Reglamento que permita la contratación de Tutores en función a los méritos obtenidos. RESUELVE: Expedir el siguiente: REGLAMENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE. CAPÍTULO I. AUTORIZACIÓN. Art. 1 El Consejo Gubernativo del Colegio Particular A Distancia Provincia De Esmeraldas está integrado por el PROMOTOR, RECTOR, VICERRECTOR ACADÉMICO, quienes autorizan al Rector del COLDIPE para que realice la convocatoria, establezca los requisitos, selección y contratación del personal docente. CAPÍTULO II. CONVOCATORIA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS. Art. 2.- CONVOCATORIA: Producida la vacante, el Rector en el plazo máximo de cinco días, en uno de los medios de comunicación de mayor cobertura y circulación provincial, entre la fecha de difusión y la recepción de documentos se establecerá un plazo de ocho días, además se determinará los requisitos y especialidad. Art. 3.- RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS.- Los documentos de los aspirantes se receptarán a través de Secretaría del COLDIPE hasta las 18:00 de la fecha indicada, quien los foliará. CAPÍTULO III. REQUISITOS: Art. 4.- Los aspirantes a los cargos de prestación de servicios profesionales se someterán a los siguientes requisitos: Poseer: a. Títulos Profesionales terminales; b. Experiencia Docente; c. Capacitación; y, d. Creación de obras. CAPÍTULO IV. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 14 de 41
  • 15. DE LA SELECCIÓN. Art. 5.- EVALUACIÓN.- La documentación de los profesionales será evaluada por el Consejo Gubernativo, dentro del término de tres días posteriores a la recepción de carpetas. Art. 6.- Los tutores deberán tener título académico de tercer o cuarto nivel y serán valorados de acuerdo a la siguiente escala: a.- TÍTULO. TÍTULO PUNTAJE Tecnólogo ó Licenciado 2 puntos Ingeniero 4 puntos Doctor 4 puntos Diplomado Superior 5 puntos Especialista 6 puntos Magíster 8 puntos PHD 10 puntos b.- EXPERIENCIA DOCENTE. AÑOS PUNTAJE 1 AÑO 2 PUNTOS 2 AÑOS 4 PUNTOS 3 AÑOS 6 PUNTOS 4 AÑOS 8 PUNTOS 5 AÑOS 10 PUNTOS c.- CAPACITACIÓN: Cursos en el área realizados en el país o en el exterior. CAPACITACIÓN No. HORAS PUNTOS De 120 horas o más 10 puntos De 60 a 119 horas 5 puntos De 30 a 59 horas 3 puntos Menos de 30 horas 2 puntos d.- OBRAS. OBRAS PUBLICADAS PUNTOS Por cada obra relacionada a la materia 5 puntos Por la creación de planes innovadores 3 puntos Art. 7.- Todos los tutores serán contratados exclusivamente para desempeñar la docencia en su especialización, incluyendo Malla Curricular. CAPÍTULO V. DEL INFORME Y CONTRATACIÓN. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 15 de 41
  • 16. Art. 8.- INFORME: El Consejo Gubernativo, una vez calificada la documentación, solicitará una entrevista personal fijando día y hora para tal efecto y en el término de tres días emitirá el informe. Art. 9.- CONTRATO: El docente tutor acreditado será admitido mediante contrato de prestación de servicios profesionales que será suscrito con la respectiva autoridad. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Reformado en ESMERALDAS a los treinta días del mes de ENERO del año dos mil ONCE (2011). Certifico. Ing. Mauricio Zamora H. Rector REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 16 de 41
  • 17. REGLAMENTO DE SESIONES DEL COMITÉ DEL PROCESO DE MEJORAMIENTO CONTINUO PARA LA CALIDAD Y LA PRODUCTIVIDAD. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 17 de 41
  • 18. EL COMITÉ DEL PMCCP DEL COLEGIO TÉCNICO PARTICULAR A DISTANCIA PROVINCIA DE ESMERALDAS. Considerando: Que, es necesario reglamentar la convocatoria y desarrollo de las Sesiones del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad, Resuelve: Expedir el siguiente reglamento: Reglamento de Sesiones del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad. CAPÍTULO I. DE LAS SESIONES DEL COMITÉ. Art. 1.- Las sesiones del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad serán ordinarias o extraordinarias. Las sesiones ordinarias serán obligatorias y se realiza una vez por mes en horario establecido por el comité. Comité del PMCCP Sábado 17:45 a 19:45 Extraordinariamente, el Líder convocará por su propia iniciativa o por pedido de uno o varios de sus miembros previa la presentación del asunto que se vaya a tratar. Por la obligatoriedad, las sesiones se realizarán sin previa convocatoria en el horario establecido y de manera puntual con los integrantes presentes. Actuará como Secretaria la persona designada por el comité. Art. 2.- El quórum no será limitante para que exista reunión. Art. 3.- Toda resolución se adoptará por mayoría de los integrantes asistentes a la reunión. El voto del Líder será decisorio en caso de empate. Art. 4.- En la misma sesión o en la siguiente un integrante del Comité puede solicitar la reconsideración de cualquier asunto que se hubiere aprobado. Para que sea aprobada una reconsideración es necesaria la mayoría simple de los votos de los concurrentes a la sesión; y si se la acepta, se discutirá nuevamente el asunto reconsiderado, el que se lo aprobará o negará con la mayoría absoluta de los integrantes del Comité. Art. 5.- Para las sesiones ordinarias y extraordinarias, el Líder elaborará el orden del día de acuerdo con la prioridad siguiente: REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 18 de 41
  • 19. a) Registro de asistencia; b) Conocimiento del orden del día; c) Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior; d) Informe de objetivos planteados; e) Resolución de problemas; f) Lectura de comunicaciones; y, g) Asuntos Varios. Para las reuniones extraordinarias el orden del día se incluirá en la convocatoria escrita que se entregará a cada integrante del Comité, con al menos veinte y cuatro horas de anticipación. Art. 6.- Las actas serán resumidas y contendrán una relación cronológica y sucinta de los aspectos relevantes de lo tratado en la sesión, debiendo constar con claridad el texto de las resoluciones que se hubieren adoptado. Para su aprobación los señores integrantes del comité expresarán su aceptación y en caso que se hicieren observaciones, si fueren de forma se procederá a la rectificación; si fueren de fondo estas serán motivadas y si fuere necesario su clarificación podrá acudirse a la grabación magnetofónica. Art. 7.- Cuando no se agote el orden del día preparado para una sesión, los puntos pendientes tendrán preferencia en el orden del día de la siguiente sesión. Art. 8.- La mayoría de los integrantes asistentes a la sesión del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad podrían decidir un receso por un tiempo determinado; o la conclusión anticipada lo que constará expresamente en el acta respectiva. Art. 9.- El Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad nombrará comisiones unipersonales o pluripersonales en los casos necesarios. Cuando se trate de redacción de Proyectos de Memorias, Acuerdos, Resoluciones y más actos del Comité, el Líder designará un miembro para que lo formule y presente el respectivo proyecto. Art. 10.- El Líder será el responsable de la conducción regular de las sesiones a fin de que no sean interrumpidas con ausencia injustificada de los asistentes o con el uso de teléfonos convencionales o celulares. En ausencia del líder del PMCCP, le subrogará el Rector o quien siga jerárquicamente como autoridad de la Institución. CAPÍTULO II. DE LOS DEBATES. Art. 11.- El Líder concederá el uso de la palabra en el orden que se le hubiere solicitado. Durante la intervención del integrante del comité ninguna persona podrá interrumpirlo. Si fuere necesario el Líder le pedirá que se concrete al asunto en discusión. En los debates ninguna intervención podrá exceder de cinco minutos. Habrá derecho a la réplica. Toda intervención se dirigirá al Líder. Art. 12.- Las mociones serán presentadas por un integrante del comité, para su tratamiento se requiere el apoyo al menos de otro integrante del comité. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 19 de 41
  • 20. Art. 13.- Cuando se discuta una moción no se podrá proponer otra, si no se hallare en alguno de los casos siguientes: a) Sobre una cuestión previa; b) Para que se suspenda la discusión; c) Para que pase a la comisión; y, d) Para modificarla. El orden expresado representa prioridad de estas mociones. El Líder calificará si la moción propuesta está comprendida en uno o más de los casos anteriores. Si hubiere duda sobre el carácter de moción previa o modificatoria, lo resolverá el Comité por mayoría absoluta de votos, sin debate. Art. 14.- Pueden proponerse modificaciones a una moción y formarán parte de ésta, si su autor las aceptare. Art. 15.- Negada una moción, no se la podrá presentar nuevamente, ni pedir la reconsideración, después de la sesión siguiente en que se la negó, a menos que, posteriormente, se la proponga con modificaciones sustanciales o con el apoyo de la mayoría simple de los concurrentes. Art. 16.- Si se presentaren varias modificaciones, se las discutirá y votará en el orden que establezca el Líder. Art. 17.- A solicitud de un integrante del comité, el Líder dispondrá que una moción, proyecto o informe se discuta y vote por partes, debiendo precisarse, en cada caso, la parte sujeta a discusión y votación. CAPÍTULO III. DE LAS VOTACIONES. Art. 18.- Las votaciones serán nominales o secretas. Las primeras son las que se emiten verbalmente por cada votante y las segundas las que se escriben en papeletas. Art. 19.- Los integrantes votarán nominalmente todos los asuntos que resuelva, acuerde o disponga el Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad. La votación será secreta por decisión mayoritaria de los asistentes a la sesión del Comité. Art. 20.- Todo asunto que se discuta y resuelva requiere para su aprobación la mayoría simple de votos de los integrantes del Comité. Art. 21.- El integrante del Comité podrá votar: a favor, en contra o abstenerse. Art. 22.- Los votos en blanco en las votaciones nominales y secretas se sumarán a la mayoría. CAPÍTULO IV. COMISIONES GENERALES. Ordinariamente, las Comisiones Generales serán aceptadas previa petición escrita, presentada con al menos veinte y cuatro horas de anticipación. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 20 de 41
  • 21. En casos excepcionales, por petición de uno de los señores integrantes del Comité y previa aceptación unánime de los asistentes, se concederá en Comisión General sin considerar el plazo indicado en el inciso anterior. CAPÍTULO V. DE LAS SANCIONES. Las sanciones serán aplicadas de acuerdo a las resoluciones adoptadas por el Comité para el efecto. Cuando es por faltas se sancionará con el valor equivalente a dos dólares, por atrasos se sancionará con el valor de un dólar y por tarea incumplida el valor de dos horas clase (cinco dólares). Dado en la ciudad de Esmeraldas, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil diez. CERTIFICACIÓN: En mi calidad de Líder del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad, certifico que el texto que antecede fue conocido y aprobado por el Pleno del Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad, en sesión ordinaria del 16 de octubre de 2010, cuya acta fue aprobada en sesión ordinaria de 16 del octubre de 2010.- Esmeraldas, a 16 de octubre de 2010.- PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Reformado en ESMERALDAS a los 16 días del mes de octubre del año dos mil diez (2010). Certifico. Ing. Mauricio Zamora H. Líder del Comité de Proceso de Mejoramiento Continuo para la Calidad y la Productividad del Colegio Técnico Particular a Distancia Provincia de Esmeraldas. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 21 de 41
  • 22. ORGANICO FUNCIONAL MANUAL DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 22 de 41
  • 23. MANUAL DE DESCRIPCIÓN DE PUESTOS. MANUAL DE FUNCIONES. RECTOR DEL COLDIPE. Misión: Dirigir y representar legalmente a la Institución a través de una adecuada planificación que oriente y guíe las actividades de las distintas áreas y departamentos de manera coordinada a fin de cumplir los objetivos planteados al menor costo y para la satisfacción de los educandos. Funciones y Responsabilidades: 1. Cumplir y hacer cumplir lo que establece la Ley Orgánica de Educación y sus reglamentos, los estatutos institucionales y reglamentos internos; así como también las resoluciones y disposiciones del Ministerio de Educación, de las Direcciones Provinciales, de la Junta General y del Consejo Directivo y Gubernativos del colegio; 2. Liderar el Comité del Proceso de Mejoramiento Continuo de Calidad y Productividad y aplicar las políticas, normas y procedimientos establecidos en este Comité; 3. Dirigir la planificación estratégica y exigir su ejecución de manera permanente; 4. Participar en la elaboración del presupuesto institucional conjuntamente con las autoridades financieras; 5. Orientar las labores docentes, administrativas y de servicios y disponer sanciones cuando existan desvíos; 6. Coordinar con los Vicerrectorados, y coordinación, las actividades generales que se deben desarrollar en la Institución; 7. Exigir informes Administrativos, Financieros y de recursos Humanos a los diferentes departamentos a fin de orientar la aplicación de la planificación y priorización de necesidades; 8. Sugerir al Consejo Directivo del colegio las reformas de normas y procedimientos que convengan introducir en la Institución; 9. Establecer medidas correctivas con sus respectivos plazos ante infracciones, desvíos o errores que se cometen en los diferentes departamentos; 10. Establecer medidas preventivas a fin de evitar infracciones, desvíos o errores que podrían cometerse en los diferentes departamentos; 11. Solicitar y tramitar ante los organismos pertinentes la autorización de funcionamiento de nuevas especialidades; 12. Firmar convenios y acuerdos con otras instituciones, sean estas gubernamentales o no gubernamentales, nacionales o extranjeras; 13. Participar en nombre de la Institución, en todos los eventos culturales, científicos y sociales que convengan a la Institución y mantener en alto su prestigio; 14. Responder ante los organismos de control sobre el funcionamiento correcto de la institución, entregando la información y documentación pertinentes; 15. Firmar la documentación de soporte de los estados y transacciones financieras; 16. Firmar autorizaciones que le competen al rectorado; 17. Revisar conjuntamente con el Vicerrector Académico la planificación curricular y sus instrumentos antes de su aprobación; 18. Ejercer supervisión académica, conjuntamente con el Vicerrector Académico; 19. Exigir el mantenimiento adecuado de las instalaciones y una eficiente organización administrativa en todas las áreas y departamentos; REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 23 de 41
  • 24. 20. Mantener en alto y permanente ascenso el nivel de motivación de sus colaboradores y de los trabajadores en general de la Institución; 21. Mantener en permanente funcionamiento los procesos de mejoramiento continuo; y, 22. Dar ejemplo de disciplina y cumplimiento de las responsabilidades asignadas. Características del puesto: Es un cargo de alta responsabilidad, requiere de sólidos conocimientos en administración educativa y de personal, conocimiento de las leyes y reglamentos del Sistema educativo ecuatoriano. Liderazgo, excelentes relaciones humanas, iniciativa, capacidad para resolver problemas, tomar decisiones y capacidad de negociación. Responsabilidades: Por bienes y valores de la institución. Constantemente Por información de toda clase. Constantemente Recursos Humanos. Constantemente Relaciones funcionales: Internas: Junta General, Consejo Gubernativo y Directivo, y todos los departamentos de la institución. Externas: MINISTERIO DE EDUCACION, Medios de Comunicación, Organismos Estatales y otras Instituciones. Supervisión: Recibidas: Junta General, Consejo Gubernativo. Ejercida: Vicerrector Administrativo, Vicerrector Académico, y departamentos administrativos. Instrumentos y Herramientas: Computadora, Teléfono, Internet, Archivos de Documentación. Requisitos mínimos: Educación: Título Académico de 4to. Nivel en el área educativa y el título de 3er. nivel en cualquiera de las especialidades que la institución oferta. Capacitación: Conocimiento en Administración Educativa de preferencia conocimiento en Psicología educativa, Relaciones Públicas, manejo de sistemas básicos de computación, conocer leyes del sistema educativo, tributarias, laborales y saber hacer análisis socioeconómicos. Experiencia: 5 años como Rector o puestos del mismo nivel. Competencias: Capacidad de dirección. Capacidad para dar instrucciones y para enseñar al personal que dirige, cumplir objetivos y metas, superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos por la institución. Capacidad de soportar críticas y presión de los directivos y colaboradores en REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 24 de 41
  • 25. caso de que no supere las metas y estándares. Capacidad de tomar decisiones sin precedentes. Capacidad de impacto e influencia. Capacidad para expresar preocupación por su reputación, apariencia y estatus, para motivar y persuadir a los directivos y colaboradores a fin de lograr mejores resultados. Capacidad para analizar y debatir nuevos métodos de trabajo y anticipar los efectos de una acción a fin de evitar errores y tomar decisiones en casos emergentes. Capacidad de comprensión interpersonal. El puesto exige capacidad de comprender a sus colaboradores y ser solidario con ellos, de mantener buenas relaciones con todos y ser receptivo a las disposiciones de la Junta General y Autoridades. Capacidad de liderazgo. Capacidad para organizar y dirigir la diversidad del recurso humano de motivar y persuadir, de manejar correctamente las reuniones, de informar adecuada y eficazmente a la gente y de cuidar el buen nombre de la institución. Capacidad de orientación hacia resultados positivos. Capacidad de desempeñar el trabajo correctamente, crear sus propias medidas de excelencia, de fijarse metas desafiantes y cumplirlas, de analizar costos y beneficios y corregir errores. Conciencia organizacional. Capacidad de conocer la estructura formal, para comprender el ambiente y la cultura organizacional de la institución, así como también la política y los temas organizacionales adyacentes. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 25 de 41
  • 26. MANUAL DE FUNCIONES. VICERRECTOR ADMINISTRATIVO. Misión: Planificar, organizar y coordinar la administración de los recursos: humanos, materiales y financieros, además controlar el movimiento económico del colegio de manera eficaz y eficiente a fin de lograr un crecimiento sostenido, para satisfacer las necesidades institucionales. Funciones y Responsabilidades: a) Liderar el Comité Administrativo y sugerir políticas, normas y procedimientos de la institución de conformidad con los estatutos; b) Cumplir y hacer cumplir los objetivos, políticas, normas y procedimientos establecidos en el manejo de los recursos financieros y los recursos materiales e instalaciones de la institución; c) Conferir a sus colaboradores inmediatos la autoridad suficiente para cumplir con responsabilidad y vigilar el cumplimiento de las políticas establecidas; d) Cuidar y controlar el cumplimiento de las disposiciones estatales según las leyes y políticas ministeriales; e) Implementar métodos y técnicas para la optimización de los procesos de gestión administrativa; f) Presentar informes periódicos al Rector y miembros del Consejo Gubernativo; g) Inducir al personal nuevo de la institución, bajo las condiciones de orden legal; h) Mantener en alto y permanente ascenso el nivel de motivación de sus colaboradores; i) Asignar responsabilidades a sus colaboradores y funcionarios; j) Exigir la presentación periódica de resultados a sus colaboradores y funcionarios a través de indicadores de gestión; k) Analizar conjuntamente con los funcionarios y colaboradores los resultados a fin de corregir errores y realizar nuevas acciones institucionales; l) Verificar los balances y corregir errores financieros; m) Mantener en permanente funcionamiento los procesos de mejoramiento continuo; n) Trabajar por el buen nombre y prestigio de la institución; o) Dar ejemplo de disciplina y cumplimiento de las responsabilidades asignadas; y, p) Firmar contratos que estén sujetos a las políticas de la institución y los lineamientos del comité de promotores. Características del puesto: Es un cargo de alta responsabilidad, requiere de sólidos conocimientos de procesos administrativos, laborales. Don de liderazgo, excelentes relaciones humanas, iniciativa, capacidad para resolver problemas, tomar decisiones y capacidad de negociación. Responsabilidades: Por bienes y valores de la institución. Constantemente Por información de toda clase. Constantemente Recursos Humanos. Constantemente REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 26 de 41
  • 27. Relaciones funcionales: Internas: Junta General, Consejo Gubernativo y Directivo, Rector, Vicerrector Académico, Supervisor y todos los departamentos de la institución. Externas: Clientes, Bancos y Proveedores. Supervisión: Recibidas: Junta General, Consejo Gubernativo, Rector. Ejercida: Vicerrector Académico, y departamentos administrativos. Instrumentos y Herramientas: Computadora, Teléfono, Internet, Archivos de Documentación. Requisitos mínimos: Educación: Título Académico mínimo de tercer nivel en el Área Administrativa o a fin. Capacitación: Conocimiento en manejo de recursos humanos, relaciones públicas, manejo de NTIC´s, conocer leyes tributarias, laborales, análisis de mercado y financieros. Experiencia: 2 años en cargos similares. Competencias: Capacidad de dirección. Capacidad para dar instrucciones y para enseñar al personal que dirige, cumplir objetivos y metas, superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos por la institución. Capacidad de soportar críticas y presión de los directivos y colaboradores en caso de que no supere las metas y estándares. Capacidad de tomar decisiones. Capacidad de impacto e influencia. Capacidad para expresar preocupación por su reputación, apariencia y estatus, para motivar y persuadir a los directivos y colaboradores a fin de lograr mejores resultados. Capacidad para analizar y debatir nuevos métodos de trabajo y anticipar los efectos de una acción a fin de evitar errores y tomar decisiones en casos emergentes. Capacidad de comprensión interpersonal. El puesto exige capacidad de comprender a sus colaboradores y ser solidario con ellos, de mantener buenas relaciones con todos y ser receptivo a las disposiciones de las autoridades. Capacidad de liderazgo. Capacidad para organizar y dirigir la diversidad del recurso humano de motivar y persuadir, de manejar correctamente las reuniones, de informar adecuada y eficazmente a la gente y de cuidar el buen nombre de la institución. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 27 de 41
  • 28. Capacidad de orientación hacia resultados positivos. Capacidad de desempeñar el trabajo correctamente, crear sus propias medidas de excelencia, de fijarse metas desafiantes y cumplirlas, de analizar costos y beneficios y corregir errores. Conciencia organizacional. Capacidad de conocer la estructura formal, para comprender el ambiente y la cultura organizacional de la institución, así como también la política y los temas organizacionales adyacentes. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 28 de 41
  • 29. MANUAL DE FUNCIONES. VICERRECTOR ACADÉMICO. Misión: Preparar medios para el bienestar psicosocial y económico del personal docente, administrativo y de servicios a fin de contribuir en la solución de problemas que afectan el desarrollo de sus actividades en el trabajo y sobretodo elevar su autoestima, incentivar el trabajo en equipo y desarrollar el talento humano, llevando adecuadamente el control de la nómina y haciendo el seguimiento de los beneficios de ley. Funciones y Responsabilidades: 1. Es la segunda autoridad del establecimiento, 2. Orientación y asesoramiento al personal que labora en la institución, 3. Desarrollar actividades que conlleven al bienestar del personal, 4. Gestionar los apoyos en salud de los trabajadores, 5. Apoyar en el mejoramiento de las relaciones laborables, a fin de crear un agradable ambiente laboral, 6. Desarrollar, aplicar políticas y procedimientos establecidos en la institución en lo que se refiere al Recurso Humano, 7. Desarrollar procedimientos que ayuden a mantener motivado e informado al personal que labora en el COLDIPE, 8. Coordinar acciones para desarrollar programas sociales y de recreación, 9. Asistir y participar en las reuniones del equipo de mejoramiento continuo para desarrollar los proyectos de mejora, 10. Planificar conjuntamente con el Rector estrategias que conlleven al desarrollo del talento humano, 11. Desarrollar programas de reclutamiento e introducción del personal, 12. Planificar y desarrollar programas de capacitación de acuerdo a las necesidades de la institución, 13. Evaluar el rendimiento de los trabajadores y funcionarios, 14. Realizar el monitoreo de la asistencia y el ausentismo de los estudiantes y el ausentismo del personal, 15. Apoyar en el desarrollo de programas de mejoramiento de calidad y productividad, 16. Llevar registros y estadísticas de los estudiantes matriculados, retirados y de la asistencia, 17. Planificar con los tutores la revisión periódica de los módulos para actualizarlos o replantearlos de ser el caso, 18. Proporcionar información a las demás autoridades sobre los registros de matriculación, asistencia y ausentismo de los estudiantes, 19. Coordinar acciones con los demás departamentos para proporcionar y mantener el bienestar estudiantil; y, 20. Ser solidario con la responsabilidad del Rector. Características del puesto. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 29 de 41
  • 30. Es una función de confianza y mucha responsabilidad, requiere de habilidades para tratar con superiores y subordinados; conocimiento de la institución y de las condiciones socioeconómicas de los colaboradores y funcionarios. La función requiere de criterio bien formado para la toma de decisiones; es necesario tener iniciativa y gran aptitud para realizar negociaciones interpersonales a fin de lograr acuerdos y dar soluciones a problemas. Debe conocer a profundidad las políticas de las instituciones para el apoyo permanente en el cumplimiento de la estrategia institucional. Debe tener habilidad de manejo de personal. Responsabilidades: Por bienes y valores de la institución. Constantemente Por información de toda clase. Constantemente Recursos Humanos. Constantemente Relaciones funcionales: Internas: Junta General, Consejo Gubernativo y Directivo, Rector, Vicerrector Administrativo Supervisor y todos los departamentos de la institución. Externas: MINISTERIO DE EDUCACION, Medios de Comunicación, Organismos Estatales y otras Instituciones. Supervisión: Recibidas: Junta General, Consejo Gubernativo, Rector, Jefe de Recursos Humanos (Contador General). Ejercidas: Supervisión de Aula, tutores y estudiantes. Instrumentos y Herramientas: Computadora, Teléfono, Internet, Archivos de Documentación. Requisitos Mínimos: Educación: Título Académico de 3er. Nivel en el área educativa. Capacitación: Conocimiento en Administración Educativa de preferencia conocimiento en Psicología educativa, Relaciones Públicas, manejo de sistemas básicos de computación, conocer leyes del sistema educativo. Experiencia: 5 años como Vicerrector o puestos del mismo nivel. Competencias: La persona que vaya a ocupar este puesto debe tener las siguientes capacidades: Capacidad para dirigir. Capacidad para dar instrucciones y para enseñar al personal que dirige, cumplir objetivos y metas, superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos por la institución. Capacidad de soportar críticas y presión de los directivos y colaboradores en caso de que no supere las metas y estándares. Capacidad de tomar decisiones sin precedentes. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 30 de 41
  • 31. Capacidad de impacto e influencia. Capacidad para motivar y persuadir a sus jefes y personal a fin de lograr mejores resultados, de analizar y debatir con sus compañeros sobre nuevos métodos de trabajo. Capacidad de comprensión interpersonal. Capacidad de comprender a sus compañeros y ser solidario con ellos, de mantener buenas relaciones de amistad con sus jefes y compañeros de trabajo y de ser receptivo a las disposiciones emanadas por sus superiores. Capacidad de liderazgo. Debe ser capaz de informar adecuada y eficazmente a la gente, así como también de motivar y persuadir. Capacidad de orientación hacia resultados positivos. Capacidad de hacer bien el trabajo y analizar costos y beneficios. Conciencia organizacional. Debe conocer la estructura forma de la institución, debe comprender el ambiente y la cultura de la organización, debe conocer y comprender las políticas y temas organizacionales adyacentes. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 31 de 41
  • 32. MANUAL DE FUNCIONES. CONTADOR GENERAL. Misión: Revisar y procesar la contabilidad para la elaboración de balances generales mensuales; elaborar roles de pago y proporcionar información económica y financiera real a las autoridades para que retomen las decisiones más acertadas y ajustadas a las leyes y procedimientos. Funciones y Responsabilidades: 1. Controlar y revisar las transacciones contables de todo el movimiento económico de la institución; 2. Elaborar los informes contables; 3. Llevar libros mayores de contabilidad, codificar facturas, analizar cuentas y conciliarlas, cerrar los libros cada mes y abrir nuevas cuentas; 4. Construir todos los sistemas y procedimientos necesarios para llevar la contabilidad. 5. Actualizar registros para los activos fijos y demás documentos financieros; 6. Revisar facturas, documentos por pagar y cheques emitidos por la institución; 7. Ayudar a los auditores externos al cierre del ejercicio, incluyendo la preparación de anexos, facturas y la explicación de procedimientos de materiales de apoyo; 8. Revisar y controlar la documentación de soporte para la declaración del IVA, planillas del IESS y roles de pago; 9. Calcular las declaraciones de impuestos según las leyes y las políticas gubernamentales impartidas por los organismos estatales competentes; 10. Conciliaciones bancarias; 11. Presentar balances y estados de cuentas mensuales a los Directivos de la Organización; 12. Asesorar y Capacitar al personal a su cargo; 13. Preparar reportes e informes requeridas por Vicerrectorado Administrativo; 14. Liderar y apoyar los procesos de mejoramiento en el área y el ámbito de toda la institución y mejorar sus indicadores; 15. Apoyar a Vicerrectorado Administrativo en los análisis financieros; 16. Revisar inventarios periódicamente; 17. Participar activamente en el grupo de mejoramiento continuo para planificar las actividades y resolver problemas; 18. Participar de las reuniones del Comité Corporativo de Calidad y Productividad; y, 19. Cumplir con las tareas que le asigne las autoridades. Características del Puesto. Es una función de alta responsabilidad y confianza por el grado de importancia en el manejo de datos e información de confidencialidad. Requiere amplios conocimientos contables, tributarios, laborables y de costos, además de gran capacidad de análisis para aplicar REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 32 de 41
  • 33. adecuadamente las políticas de la institución; manejar eficazmente las normas, leyes y reglamentos; saber orientar el uso de los recursos, dar instrucciones precisas y trabajar en equipo. Responsabilidades: Por valor de oficina. Constante Por información confidencial contable. Constante Por recursos monetarios. Constante Por personas. Constante RELACIONES FUNCIONALES: Internas: Junta general, Consejo Gubernativo, Rector, Vicerrectorado Administrativo, Vicerrectorado Académico, Tutores. Externas: SRI, IESS, BANCOS, PROVEEDORES. Supervision: Recibida: Vicerrectorado Administrativo. Ejercida: Ayudante de Contabilidad. Instrumentos y Herramientas: Equipo de cómputo con los respectivos programas, Calculadora, Suministros de oficina, Leyes, Reglamentos, Códigos y Reformas, Sistema informático contable autorizado. Ambiente de trabajo: Oficina amplia que ofrece las comodidades de entrada y salida para relacionarse con Autoridades y otras áreas. Se trabaja sentado y se requiere hacer el esfuerzo mental para realizar cálculos, hacer análisis, hacer síntesis y saber comunicar. Requisito mínimo para ocupar el cargo: Educación Formal: Dr. En Contabilidad y Auditoría, Contador Público Autorizado. Alternativa: Auditor o Contador Público Autorizado. Capacitación: Actualizaciones contables y tributarias, manejo de sistemas computarizados actualización de la legalización laboral y actualización en la legislación tributaria. Experiencia: 5 años en el cargo. Competencias: Capacidad para dirigir. Liderazgo, habilidades de negociación y manejo de personal, capacidad de cumplir metas y objetivos, habilidades de manejar y analizar la información y los datos para dar resultados REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 33 de 41
  • 34. oportunos y eficientes. Tener habilidades de cálculo, planificación sistematizada, sintetizar y planificar, así mismo debe tener capacidad para enseñar y dar instrucciones de lo que conoce. Capacidad de soportar criticas de sus compañeros. Capacidad de impacto e influencia. Capacidad de motivar y persuadir a sus jefes, compañeros y subordinados a fin de lograr mejores resultados. Capacidad de comprensión interpersonal. El puesto exige capacidad de comprender a sus colaboradores y ser solidario con ellos, de mantener buenas relaciones de amistad con los jefes y demás trabajadores y ser respectivo a las disposiciones de los directivos. Capacidad de liderazgo. Las personas que ocupan este cargo, debe tener la capacidad para organizar diferentes tipos de personas, de motivar y persuadir, de manejar bien las reuniones, de informar adecuada y eficazmente a la gente y de cuidar el buen nombre de la institución. Capacidad de orientación hacia resultados positivos. Capacidad de hacer bien el trabajo, de crear sus propias medidas de excelencia, de fijarse metas desafiantes y cumplirlas, de analizar costos y beneficios y corregir errores. Conciencia organizacional. Capacidad de reconocer la estructura formal, y de las estructuras informales, a fin de comprender el ambiente y la cultura organizacional de la institución, así como también la política organizacional de la misma. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 34 de 41
  • 35. MANUAL DE FUNCIONES. COORDINADOR / SUPERVISOR DE AULA. Misión: Coordinar, Supervisar y controlar la asistencia de los tutores y de los estudiantes a fin de que las actividades académicas se desarrollen a satisfacción de las necesidades de los educandos y educadores, así como también coordinar las actividades para que dé fiel cumplimiento de la programación establecida al menor costo posible. Funciones y Responsabilidades: 1. Cumplir y hacer cumplir estrictamente con las disposiciones y orientaciones emanadas por las Autoridades de la Institución; 2. Controlar el cumplimiento de la programación académica; 3. Coordinar las acciones académicas y administrativas con las Autoridades y los demás estamentos de la Institución; 4. Controlar y vigilar la asistencia y la disciplina de los estudiantes en todas las actividades académicas, deportivas, recreacionales y otras planificadas durante los períodos académicos; 5. Colaborar estrechamente con los tutores en el control de la asistencia, y disciplina de los estudiantes, así como también en la solución de los problemas que se susciten durante las actividades académicas; 6. Supervisar el correcto registro de los temas tratados en cada clase y la firma de los tutores en el leccionario correspondiente; 7. Desplegar actividades orientadas a crear un ambiente laborable de trabajo tanto del personal docente y los estudiantes para cumplir los objetivos institucionales; 8. Motivar a todo el personal y a los estudiantes a que desarrollen buenos hábitos de trabajo y buenos modales en un ambiente de simpatía, cordialidad, colaboración y respeto mutuo; 9. Controlar el cumplimiento del horario de clase por parte de tutores y estudiantes; 10. Supervisar el aseo y la buena presentación de las instalaciones; 11. Justificar la inasistencia de los tutores, estudiantes y comunicar a rectorado; 12. Organizar y realizar la distribución de las aulas de acuerdo a las diferentes especializaciones del Colegio; 13. Atender y resolver cordialmente los reclamos de los tutores, estudiantes y padres de familia en el área de su competencia; 14. Controlar el buen uso y conservación de los bienes materiales del colegio; 15. Elaborar reportes de asistencia y disciplina de los estudiantes, tutores y presentar al rectorado mensualmente; 16. Presentar al rectorado los reportes de cumplimiento de la programación en base de los registros firmados por parte de los tutores en el leccionario; 17. Presentar ante el Rector las novedades diarias tanto del personal docente, y de los estudiantes; REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 35 de 41
  • 36. 18. Participar y colaborar con sus opiniones en las reuniones del grupo de mejoramiento continuo; 19. Colaborar en la solución de los problemas detectados en la institución; 20. Llevar conjuntamente con secretaria el control, actualización y tramitación de la documentación ante la dirección de educación; 21. Asistir al Rector en reuniones de la dirección de educación cuando no puede estar presente; 22. Coordinar con los tutores las actividades que se vayan a programar y la ejecución de las actividades programadas; y, 23. Proteger y velar los bienes materiales de la Institución e informar a las Autoridades de los daños y pérdidas que se produjeren. Características del Puesto. Es una función de confianza y mucha responsabilidad, requiere de habilidades para tratar con autoridades, tutores, dicentes y padres de familia; conocimiento de la Institución y de las condiciones académicas de los tutores y funcionarios. También, esta función requiere de criterio bien formado para la toma de decisiones; es necesario tener iniciativa y gran aptitud para mantener la disciplina y dar soluciones a problemas que se genere. Debe conocer a profundidad las políticas, para el apoyo permanente en el cumplimiento de la estrategia Institucional. Debe tener habilidad en el manejo de personal. Responsabilidades: Por información confidencial. Constantemente Por personas. Constantemente Por bienes de la institución y laboratorios. Permanentemente Relaciones funcionales: Internas: Rectorado, Vicerrectorados, Secretaria, Tutores y Estudiantes. Externas: Representantes. Supervisión: Recibida: Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo. Ejercida: Secretaria, Tutores y Estudiantes. Instrumentos y Herramientas: Computadora, formularios, registros, procedimientos y normas legales. Requisitos mínimos: Educación: Título Terminal de tercer nivel a fin a la especialización (Psicología, Orientación Vocacional) Sugerencias. Capacitación: Docente y Manejo de recursos humanos. Experiencias: 2 años mínimo en docencia a nivel medio. Competencias: La persona que vaya a ocupar este puesto debe tener las siguientes capacidades. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 36 de 41
  • 37. Capacidad para dirigir Debe ser capaz de decir no a pedidos no razonables del personal y sus compañeros y fijar límites de comportamientos no adecuados; capacidad de superar los niveles de desempeño y mejorar los estándares establecidos en el trabajo; de soportar las críticas de las autoridades y compañeros en caso de no superar las metas. Capacidad de impacto e influencia Capacidad para motivar y persuadir a las autoridades y personal a fin de lograr mejores resultados, de analizar y debatir con sus compañeros sobre nuevos métodos de trabajo. Capacidad de comprensión interpersonal. Capacidad de comprender a sus compañeros y ser solidario con ellos, de mantener buenas relaciones de amistad con las autoridades y compañeros de trabajo y de ser receptivo a las disposiciones emanadas por sus superiores. Capacidad de liderazgo. Debe ser capaz de informar adecuadamente y eficazmente al personal docente y a los estudiantes, así como también de motivar y persuadir Capacidad de orientación hacia logros. Capacidad de hacer bien el trabajo y analizar costos y beneficios. Conciencia organizacional. Debe conocer la estructura formal de la institución, debe comprender el ambiente y la cultura de la organización, debe conocer y comprender las políticas y temas organizacionales adyacentes. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 37 de 41
  • 38. MANUAL DE FUNCIONES. SECRETARIA GENERAL. Misión: Armonía con el cliente interno y externo, recepción adecuada de documentos y archivos, constituirse en el verdadero nivel auxiliar del colegio. Funciones y Responsabilidades: a) Atender las llamadas telefónicas que hicieran al colegio cortésmente; b) Elaborar convocatorias, oficios, cartas, solicitudes, pedidos, memorándum, etc. que se utilicen en el colegio; c) Proporcionar información a los tutores y estudiantes que acudan al colegio en forma cordial; d) Elaborar listas de estudiantes y control de notas; e) Manejar los archivos en forma alfanumérica; f) Informar al Rector sobre los asuntos pendientes; g) Enviar y recibir la correspondencia del colegio; h) Llevar los libros de actas y comunicaciones; i) Legalización y refrendación de títulos; j) Legalización de matrículas, promociones y pases de año; y, k) Las que indiquen las autoridades. Características del Puesto: Para ocupar este puesto existirá absoluta confianza, debido a que por las características del mismo sus funciones y relaciones son reservadas, el manejo de la información será estrictamente privado y prioritario por la relación directa con el estudiante. Relaciones Funcionales: Internas: Rector, Vicerrector Académico y Administrativo, Tutores, y Estudiantes. Externas: Público en general. Requisitos mínimos para ocupar el cargo: Educación Formal: Título Superior de Secretaria Ejecutiva. Alternativa: Carrera a fin. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 38 de 41
  • 39. Capacitación: Formación en manejo de NTIC´s, Archivología, Relaciones Interpersonales. Experiencia: 2 años en funciones similares. Línea de autoridad: Depende del Rector directamente. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 39 de 41
  • 40. MANUAL DE FUNCIONES. JEFE DE ÁREA FORMACIÓN BÁSICA Y BACHILLERATO. Misión: Administrar y liderar las actividades académicas, a fin de lograr coordinar el entorno estudiante – docente cumpliendo con las normas establecidas por el colegio y al menor costo posible. Funciones y Responsabilidades: a) Controlar el cumplimiento de la programación académica; b) Orientar y asesorar a los tutores en el área académica; c) Coordinar con los tutores la aplicación del modelo de innovación curricular; d) Brindar asesoramiento a las autoridades del colegio en lo que concierne a aspectos pedagógicos y técnicos; e) Cumplir y hacer cumplir con las disposiciones y orientaciones emanadas por los promotores y las autoridades del colegio; f) Planificar conjuntamente con el Vicerrector Académico y los tutores la revisión periódica de los módulos para actualizarlos o replantearlos de ser el caso; g) Desarrollar actividades que conlleve al bienestar del personal docente, administrativo y estudiantes; h) Gestionar el apoyo necesario con las autoridades del colegio, a fin de mejorar el sistema educativo y desarrollar académicamente su programación; i) Apoyar el mejoramiento de las relaciones estudiante - tutor, a fin de crear un agradable ambiente en el colegio; j) Desarrollar y aplicar políticas y procedimientos que se establezcan en el colegio; k) Coordinar las acciones para desarrollar programas y actividades sociales, culturales y deportivas; l) Asistir y participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias para desarrollar proyectos de mejora académica; m) Planificar conjuntamente con el Vicerrector Académico las estrategias que conlleve a nuevas procesos de formación, así como también el mejoramiento del talento humano; n) Establecer perfiles para el reclutamiento del personal docente; o) Realizar planes y programas anuales de promoción y publicidad de las actividades académicas del colegio; p) Planificar y coordinar programas de capacitación de acuerdo a las necesidades del colegio; q) Evaluar el rendimiento del personal docente del colegio; r) Informarse de los resultados del monitoreo de la asistencia, deserción y ausentismo del personal docente y estudiantil, para establecer políticas de mejora; s) Informarse del rendimiento de los estudiantes para definir acciones de mejora; t) Apoyar el desarrollo del programa de innovación curricular; u) Presentar los planes anuales de actividades ante el Vicerrector Académico; v) Proteger y velar los bienes materiales de la institución e informar a las autoridades de daños y pérdidas que se produjere; y, w) Convocar y organizar las sesiones ordinarias y extraordinarias con los tutores y controlar el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de las mismas. Relaciones Funcionales: Internas: Rectorado, Vicerrectorado, Tutores y Estudiantes. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 40 de 41
  • 41. Externas: Colectividad. Requisitos Mínimos: Educación: Título de tercero o cuarto nivel en educación. Alternativa: Carrera a fin. Capacitación: Docencia de educación, investigación científica y manejo de recursos humanos. Experiencia: 2 años mínimo de docencia. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 41 de 41
  • 42. MANUAL DE FUNCIONES. TUTOR. Misión: Diseñar e implementar actividades educativas formuladas según los planes y programas motivando el aprendizaje significativo del estudiante, mediante la aplicación de estrategias adecuadas. Funciones y Responsabilidades: a) Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente el proceso de aprendizaje en las asignaturas que le corresponden; b) Fomentar hábitos y valores en los estudiantes, mediante el ejemplo; c) Cumplir los horarios de tutorías y de colaboración correspondiente; d) Mantener al día los registros de tutorías y demás documentos de manera que exista información precisa y oportuna; e) Respetar y seguir el procedimiento en caso de accidentes de los estudiantes de acuerdo a lo señalado en el Reglamento Interno; f) Responsabilizarse de las actividades de los estudiantes, asegurándose que cumplan lo señalado en el Reglamento Interno del Colegio; g) Velar por los bienes del colegio y responsabilizarse por los que se le asigna; h) Asistir y participar en los consejos técnicos pedagógicos y administrativos; i) Resguardar la presentación del registro de tutorías, manteniéndolo limpio, ordenado y sin borrones; j) Avisar oportunamente de cualquier actividad extra programática y responsabilizarse de los requerimientos de estos eventos; k) Solicitar materiales y fotocopiados al menos con 48 horas hábiles de antelación; l) Corregir y aconsejar actitudes en sus estudiantes incentivando el respeto, la participación y la colaboración en las asignaturas; m) Promover permanentemente la buena imagen del colegio; n) Promover el acercamiento de los estudiantes a la educación a distancia; y, o) Integrar a la familia en el proceso formativo de los estudiantes. Características del Puesto: Interactuar directamente con los estudiantes, manejar grupos heterogéneos establecer cronogramas adecuados para orientar académicamente y llegar a establecer parámetros de medición mediante evaluaciones programadas Relaciones funcionales: Internas: Rector, Vicerrector Académico, Supervisor, Estudiantes. Externas: Personas en general. Requisitos Mínimos: Educación Formal: Licenciado, Ingeniero, Doctor, Máster en Ciencias de la Educación. Capacitación: Educación Abierta o a Distancia, Metodología, Modelos Pedagógicos. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 42 de 41
  • 43. Experiencia: Mínimo 1 año como tutor bajo la modalidad a distancia. MANUAL DE FUNCIONES. Puesto: AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES. Misión: Mantener las instalaciones de todo el colegio en perfecto estado, de manera que el ambiente que se respire sea el adecuado para que tanto estudiantes, tutores, autoridades y en general el público que ingrese al colegio sienta la confianza de un ambiente limpio. Funciones y Responsabilidades: a) Realizar encargos y recados de carácter oficial; b) Efectuar la recogida, entrega, tratamiento, manipulación y clasificación simple de documentación y/o franqueo de la correspondencia; c) Facilitar información básica de carácter general tanto telefónica como presencialmente; d) Llevar a cabo la apertura y cierre de puertas y control de llaves y de acceso de personal del colegio; e) Revisar y reponer los materiales, equipamiento e instalaciones existentes en el colegio; f) Encender y apagar luces y otras instalaciones que no dispongan de mecanismos automáticos que las regulen; g) Realizar el suministro, traslado, montaje y desmontaje de material, mobiliario y equipamiento dentro de las instalaciones y locales del colegio, utilizando para ello los medios adecuados, exceptuando las mudanzas generales; h) Mantener limpias las instalaciones del colegio; i) Realizar fotocopias y otras reproducciones siempre y cuando no suponga una tarea exclusiva; j) Conocer, controlar y vigilar el estado de los locales y el funcionamiento de las instalaciones; k) Realizar funciones básicas de mantenimiento; l) Efectuar la colocación de cuadros, carteles e infografía; m) Realizar sugerencias para la mejora del funcionamiento y de la calidad de la unidad en la que prestan sus servicios; n) Colaborar en los proyectos de evaluación de los servicios; y, o) Realizar las tareas necesarias afines a la categoría del puesto, que, por razones del servicio les sean encomendadas por sus superiores. Características del Puesto: Mantener las instalaciones del colegio cuidadas, de manera que sus estudiantes, tutores y personal administrativo participen de un ambiente armónico para que el cliente externo lleve su mejor imagen. Relaciones Funcionales: Internos: Personal Administrativo, Tutores y Estudiantes. Externo: Público en general. Requisitos Mínimos: REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 43 de 41
  • 44. Educación formal: Mínimo Educación Básica a 7mo. Experiencia: 6 meses en actividades similares. REGLAMENTOS ESPECIALES (COLDIPE) Página 44 de 41