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MEDIDAS DE CREACIÓN DEMEDIDAS DE CREACIÓN DE
EMPLEOEMPLEO
YY
FOMENTO DELFOMENTO DEL
EMPRENDIMIENTOEMPRENDIMIENTODECRETO-LEY 8/2013, de 28 de mayo
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y
Empleo
31 de mayo de 2.013
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
El Decreto-Ley 8/2013, de 28 de mayo, de Medidas de Creación de
Empleo y Fomento del Emprendimiento se concreta en las siguientes
líneas de ayuda:
Programa Bono de Empleo Joven
Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo
Programa de Apoyo a la Economía Social
Programa de Becas de Internacionalización para técnicos superiores
de formación profesional
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
31 de mayo de 2013
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
1. DEFINICIÓN Y OBJETO
El Programa Bono de Empleo Joven tiene como finalidad fomentar la
obtención de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral
de las personas jóvenes andaluzas que estén en posesión de un título
universitario, de formación profesional de grado medio o superior o de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria procedente del Programa
Segunda Oportunidad Educativa.
Este bono se hará efectivo a la empresa o entidad beneficiaria cuando se
formalice un contrato laboral.
A los efectos del Programa Bono de Empleo Joven se entenderá por
personas jóvenes aquellas con edades comprendidas entre los 18 y 35
años, ambos inclusive.
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
2. PERSONAS TITULARES DEL PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
1. Jóvenes universitarios
- Menores de 35 años que han terminado estudios como
máximo tres años antes de la fecha del contrato
- Titulación: Licenciatura, Diplomatura o Grados o título
superior equivalente de música, de danza, de arte dramático o
de diseño.
2. Jóvenes titulados FP
- Menores de 35 años que han terminado estudios como
máximo tres años antes de la fecha del contrato
- Titulación: Título de Formación Profesional de grado medio
o superior, Título de técnico o técnico superior en artes
plásticas y diseño o enseñanzas deportivas o título
profesional de música o danza.
3. Jóvenes acogidos al
Programa de Segunda
oportunidad
- Menores de 35 años que han sido beneficiarios del
Programa Segunda Oportunidad y han obtenido su Título de
Educación Secundaria Obligatoria como máximo tres años
antes de la firma del contrato.
3. MECANISMO DE GESTIÓN
El mecanismo de gestión es mediante convocatoria en concurrencia
competitiva.
Plazo solicitud del Bono por parte del joven:
La persona presentará su solicitud al Bono entre el 1 y el 30 de junio de
2.013, y una vez le sea concedido, el derecho se hará efectivo cuando se
formalice el contrato laboral.
Plazo formalización del contrato:
El contrato deberá haberse efectuado desde la fecha de entrada en vigor del
Decreto-ley de Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento,
1 de Junio, hasta el 20 de noviembre 2013.
Plazo máximo de resolución: 3 meses
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
Las entidades empleadoras que contraten de forma indefinida a los
titulares del Programa Bono de Empleo Joven o procedan a la
transformación de los contratos de duración determinada en
indefinidos, en el plazo de doce meses contados a partir de la
formalización del contrato de trabajo, resultarán beneficiarias de los
incentivos al empleo estable (*)
(*) Oferta genérica de empleo al SAE
4. INCENTIVOS A LA
CONTRATACIÓN
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
Se concederán 3.125 Bonos de Empleo Joven*, que conllevan una ayuda
por una cuantía económica máxima de 4.800 euros, distribuida en 400
euros mensuales.
La cuantía económica se establece para un contrato laboral de 12 meses de
duración y a jornada completa.
Si la persona titular del Bono de Empleo Joven ve extinguida en ese período la
relación laboral, por causas que no le sean imputables, mantendrá sus derechos
si, en el plazo de tres meses desde la extinción de la relación laboral,
formaliza una nueva contratación por el tiempo que reste para cumplimentar los
doce meses
5. NÚMERO DE BONOS Y CUANTÍA
7. CRITERIOS DE SELECCIÓN
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
CRITERIOS DE
VALORACION
ASPECTOS A VALORAR
PUNTUACIÓ
N
PARCIAL
PUNTUACIÓ
N
MÁXIMA
PONDERACI
ÓN
PUNTUACIÓ
N
MÁXIMA
PONDERAD
A
CUALIFICACIÓN
ACADÉMICA
Se valorará expediente académico 10 10 40% 4
COLECTIVOS
PREFERENTES
Se valorará la pertenencia a alguno de los siguientes
colectivos:
- Personas con discapacidad en un grado igual o
superior a un 33%
2
10 20% 2
.- Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo
procedentes de instituciones de protección y
reforma.
2
.- Víctimas de violencia de género. 2
.- Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en
primer grado de consanguinidad o afinidad
2
.- Sin prestación económica y con cargas familiares. 2
INSCRIPCIÓN
COMO
DEMANDANTE DE
EMPLEO/
ITINERARIO
PERSONALIZADO
DE INSERCIÓN
LABORAL
Itinerarios personalizados de inserción laboral 5
10 20% 2
Se valorará la antigüedad de la inscripción como
demandante de empleo:
.- Antigüedad mayor o igual a tres años 5
.- Antigüedad mayor de dos y menor de tres años 3
.- Antigüedad mayor de un año y menor o igual a dos
años
1
ZONAS ESPECIAL
ATENCIÓN PARA
EL EMPLEO
Prioridad 1 10
10 20% 2
Prioridad 2 5
De la persona joven Del contrato
-Tener la vecindad administrativa en
Andalucía.
-Edad comprendida entre los 18 y 35 años,
ambos inclusive
-No estar inscrito en situación de alta en la
Tesorería General de la Seguridad Social, ni
estar desempeñando ningún trabajo retribuido
por cuenta ajena.
-Estar en posesión de alguna de las siguientes
titulaciones, obtenidas dentro de los tres años
anteriores:
Título universitario oficial (Licenciatura,
Diplomatura o Grados) o título superior
equivalente de música, de danza, de arte
dramático o de diseño
Título de Formación Profesional de
grado
medio o superior, título de técnico o técnico
superior en artes plásticas y diseño o
enseñanzas deportivas o título profesional de
música o danza
Título de Educación Secundaria
•Duración mínima: doce meses a jornada
completa
•Modalidad de contratación:
Indefinido Ordinario: excluyéndose el primer contrato
joven y el indefinido de apoyo a emprendedores
Contratos formativos: Posibilidad transformación en
indefinidos
– De prácticas
– De formación o de aprendizaje
•Objeto: Desempeño efectivo trabajo en grupo
cotización correspondiente a la titulación obtenida
•Haberse formalizado desde la fecha de entrada en
vigor del Decreto-ley hasta el 20 de noviembre de
2.013
•Se excluyen contrataciones:
-En las que el empleador tengan con la
persona contratada una relación de
parentesco hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad
-Realizadas por ETT.
•Debe suponer incremento neto de
trabajadores de la plantilla de referencia de la
8. REQUISITOS
PROGRAMA BONO DE EMPLEO
JOVEN
PROGRAMA DE APOYO Y
FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
31 de mayo de 2013
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
1. DEFINICIÓN Y OBJETO
El Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo tiene por
objeto la promoción y desarrollo de un tejido productivo innovador, creativo,
competitivo y generador de empleo estable, en el marco socio económico del
Trabajo Autónomo, a través, de un conjunto integral de líneas de actuación,
dirigidas a la creación de más empresas y empleo, a la consolidación y
fortalecimiento del sector, al desarrollo de la cultura y la actividad
emprendedora en el autoempleo.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Tienen la consideración de trabajador@s autónom@s, las personas físicas
que ejercen una actividad económica de forma habitual, personal, directa, por
cuenta propia, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena y con
residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
El procedimiento de concesión de las subvenciones se realizará en régimen
de concurrencia competitiva
• El plazo de resolución de las ayudas de este programa, será de tres
meses
Personas que hayan sido condenadas o sancionadas por resolución
administrativa firme, en materia de prevención de riesgos laborales en los
últimos 3 años o por despido improcedente en el último año.
2. BENEFICIARIOS EXCLUIDOS
4. LÍNEAS DEL PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL
TRABAJO AUTÓNOMO
Línea 1. Creación de Empleo en el Trabajo Autónomo
Línea 2. Consolidación de Empleo en el Trabajo Autónomo
Línea 3. Creación de Empresas de Trabajo Autónomo
Línea 4. Consolidación Empresarial del Trabajo Autónomo
Línea 5. Fomento de la Innovación en el Trabajo Autónomo
Línea 6. Promoción del Trabajo Autónomo
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Fomentar la creación de empleo estable y de calidad, mediante la
contratación de trabajadores por parte de las personas
trabajadoras
autónomas
1. CONCEPTOS
SUBVENCIONABLES
A) Las contrataciones indefinidas ordinarias, hasta un máximo de tres
por autónomo
B) Los contratos temporales realizados por motivos de riesgo en el
embarazo, maternidad, adopción o acogimiento preadoptivos,
para sustituir tanto a las personas autónomas, como a las que trabajen por
cuenta ajena para ellas.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Línea 1. Creación de Empleo en el trabajo
autónomo
3. REQUISITOS
• Las contrataciones deben realizarse a jóvenes menores de 35 años,
desempleados e inscritos en el SAE (excepto en sustituciones por
maternidad cuando se formalice el contrato con la misma persona que se
contrató para cubrir el riesgo durante el embarazo).
• Las contrataciones se deberán haber formalizado en el momento
de la presentación de la solicitud.
• Las comunicaciones de las contrataciones se realizarán a través de los
aplicativos Gescontrat@ y Contrat@
• Los nuevos contratos indefinidos deben suponer un incremento de la plantilla
fija respecto del mes anterior a la formalización de los mismos
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
3. REQUISITOS
• Los beneficiarios no deben haber tenido vinculo laboral anterior con el
trabajador contratado
• Mantenimiento del contrato indefinido al menos 12 meses, del
contrato por interinidad, se mantendrá, al menos, durante el período de
actividad subvencionado.
• En contratos indefinidos, si la persona causa baja antes de los 12
meses, se realizará la contratación de una persona de las mismas
características en el plazo de un mes, deberá comunicarse y aportar nuevo
contrato.
• En contratos de interinidad, este plazo se reduce a 10 días naturales
a contar desde la baja.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
1.- Relaciones laborales de carácter especial (Alta dirección, servicio del hogar, deportistas,
artistas, etc.) y las contrataciones de quien ostente cargos de dirección o sean miembros de
órganos de gobierno o administración de las empresas
2.- Contratos indefinidos a tiempo parcial cuya duración sea inferior a las 20 horas
semanales y los autónomos que hubieran recibido en los 3 años anteriores una subvención
para la misma finalidad
4. EXCLUSIONES
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
A) 3.000 € por contrato indefinido a jornada completa
B) Hasta 3.000 € por un período de 8 meses a jornada completa por cada contrato de
interinidad, para sustituir a personas con riesgo durante el embarazo
C) Hasta 1.500 € por un período de 16 semanas a jornada completa, por cada
contrato de interinidad para sustituir a personas en situación de permiso de baja por
maternidad
En caso de contrataciones a tiempo parcial, el importe de las subvenciones se adaptará
proporcionalmente a la jornada de trabajo.
2. CUANTÍA DE LAS
SUBVENCIONES
Fomentar la creación de empleo estable y de calidad, mediante la
transformación de contratos temporales en indefinidos
1. CONCEPTOS
SUBVENCIONABLES
Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos, hasta un
máximo de tres por autónomo.
2. CUANTÍA DE LAS
SUBVENCIONES
- 3.000 € por cada nueva transformación de contrato temporal en
indefinido a jornada completa.
Si es a tiempo parcial, se prorrateará, nunca será inferior a veinte horas
semanales.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Línea 2. Consolidación de Empleo en el trabajo
autónomo
3. REQUISITOS
• Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos ordinario, que
se deberán haber formalizado en el momento de la presentación
de la solicitud.
• Las comunicaciones de las contrataciones se realizarán a través de los
aplicativos Gescontrat@ y Contrat@
• Los nuevos contratos indefinidos deben suponer un incremento de la plantilla
fija respecto del mes anterior a la formalización de los mismos.
• Mantenimiento del contrato indefinido al menos 12 meses desde
su formalización.
• En las transformaciones, si la persona causa baja antes de los 12 meses,
se realizará la contratación de una persona de las mismas características, en
el plazo de un mes, en este plazo, deberá comunicarse y aportar nuevo
contrato.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
1.- Relaciones especiales de carácter especial (Alta dirección, servicio del hogar,
deportistas, artistas, etc.)
2.- Las transformaciones de contratos de quienes ostenten cargos de dirección o
sean miembros de órganos de gobierno o administración de las empresas
3.- Autónomos que hubieran recibido en los 3 años anteriores una subvención
para la misma finalidad
4. EXCLUSIONES
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Impulsar la puesta en marcha de unidades económicas de Trabajo Autónomo,
mediante subvenciones para el inicio de la actividad
1. CONCEPTOS
SUBVENCIONABLES
A) El establecimiento como trabajador autónomo por primera vez, o
que no se hubiera estado de alta en RETA en los últimos 5 años
B) Personas que han capitalizado la prestación por desempleo en su
modalidad de pago único
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Línea 3. Creación de empresas de trabajo
autónomo
2. CUANTÍA DE LAS
SUBVENCIONES
A) Para la medida A) 2.000 €.
B) En el caso de la medida B), la cuantía será el importe equivalente al 50%
de las cuotas, (base mínima de cotización) a fecha de alta en RETA,
durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación de no haberse
capitalizado como pago único.
COBRO DE LAS SUBVENCIONES.-
- El 100% del importe de la subvención, previa justificación por la persona
beneficiaria.
- El importe total de la subvención, como pago anticipado, cuando el importe
sea inferior a 6.050 €, cuando la persona autónoma se establezca en el
plazo que determine la resolución.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
3. REQUISITOS
Para la medida destinada a personas que se dan de alta en RETA:
• Estar dado de alta en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que
se establezca en la resolución de concesión y como máximo, desde el 1 de enero
de 2.013.
• Disponer de un Plan de Viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y
financieramente favorable suscrito por personal técnico de los CADE´s.
Para las personas que han capitalizado la prestación por desempleo en su
modalidad de pago único:
• Aquellas que en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo
establecido en la resolución de concesión, y como máximo desde el 1 de enero de
2.013, tengan reconocido el pago único por la cuantía total, se hayan dado de alta y
se encuadren en alguno de los siguientes supuestos:
- Tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Sea hombre de hasta 30 años o mujer de hasta 35 años, ambos inclusive.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
3. REQUISITOS
-En ambos casos, deben mantener de forma ininterrumpida su condición de
autónomos durante doce meses desde la fecha de presentación de
solicitud.
-No podrán compatibilizar su actividad con otra actividad por cuenta
ajena.
Se entenderá que esto ocurre cuando durante el primer año de actividad, se
haya trabajado por cuenta ajena más de treinta y un días.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Desarrollar y fortalecer el tejido empresarial andaluz del Trabajo Autónomo, impulsando
su consolidación y continuidad, e incorporando en sus estructuras comerciales,
productivas y de gestión, factores de innovación, creatividad, competitividad y desarrollo.
1. CONCEPTOS
SUBVENCIONABLES
A) Cooperación empresarial, apoyando la creación y desarrollo de proyectos de
colaboración entre 2 o más autónomos para realizar una actividad empresarial
conjunta que mejore su competitividad en el mercado (Constitución de una empresa,
los autónomos promotores deberán permanecer como socios y en la misma, durante
al menos 12 meses desde su constitución).
B) - Colaboración empresarial
- Relevo generacional de unidades económicas de trabajo autónomo
- Innovación empresarial
- Cohesión y competitividad empresarial en el trabajo autónomo
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Línea 4. Consolidación Empresarial del trabajo
autónomo
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
2. CUANTÍA DE LAS
SUBVENCIONES
Para la medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una
empresa, hasta el 100% de los gastos de constitución, con un tope máximo de 1.000 €
3. BENEFICIARIOS
A) Para la medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una
empresa, serán beneficiarias las nuevas unidades económicas empresariales que
se constituyan y cumplan los siguientes requisitos:
1-. Que tengan domicilio social y fiscal en Andalucía
2.- Que sea de nueva creación, o sea, que no lleve constituida más de un año o que se
constituya en el plazo que establezca la resolución de concesión.
B) Para el resto de medidas, serán beneficiarias las Organizaciones Sindicales y
Empresariales de Andalucía que apoyen el trabajo autónomo y las Asociaciones
profesionales del autónomo de carácter intersectorial.
4. CONCEPTOS
SUBVENCIONABLES
Para la medida de Cooperación Empresarial:
• La constitución de una empresa por 2 o más autónomos para realizar
una actividad empresarial que consolide su posición y competitividad en el
mercado. Entre los gastos se incluyen: Solicitud de denominación social al
Registro Mercantil Central, gastos notariales y de registro, solicitud de
registro de patente y marca y otros gastos necesarios para la constitución.
• Diseño y desarrollo de acciones de dinamización:
- Informar, motivar, y sensibilizar a autónomos para realizar proyectos de
cooperación.
- Asesoramiento individualizado y asistencia técnica de autónomos que
pretendan desarrollar un proyecto de cooperación.
- Elaborar y difundir guías prácticas dirigidas a la puesta en marcha de
proyectos de cooperación.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
Apoyar la creación o consolidación de autónomos, sociedades civiles o
comunidades de bienes que, promovidas por personas tituladas universitarias,
implanten o desarrollen proyectos innovadores, mediante el bono- innovación en el trabajo
autónomo
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Personas tituladas universitarias, que con el fin de implantar y desarrollar un proyecto
innovador, se den de alta como autónomos, creen una sociedad civil o comunidad
de
bienes o que hayan venido realizando una actividad como tal y cumplan los siguientes
requisitos:
- Estar dado de alta en RETA en el momento de la presentación de la solicitud. En el
caso de sociedad civil o comunidad de bienes, se le requerirá a todos los miembros.
- Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y
financieramente favorable suscrito por personal técnico de los CADE´s.
Línea 5. Fomento de la Innovación en el trabajo
autónomo
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
- Hasta 2.000 euros para las personas que mediante la implantación de
un proyecto hayan creado una unidad económica de trabajo autónomo.
- Hasta 8.000 euros para la implantación y desarrollo del proyecto de
innovación.
- Hasta 3.000 euros por cada nueva contratación indefinida o
transformaciones de contratos de duración determinada en contratos por
tiempo indefinido, a jornada completa y hasta un máximo de tres.
2. CUANTÍA DE LAS
SUBVENCIONES
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
La implantación y el desarrollo de proyectos innovadores que se promuevan
por las personas beneficiarias para su establecimiento como trabajadora
autónoma o para la consolidación de la actividad económica.
Tendrán la consideración de proyectos innovadores aquellos que tengan por
objeto la explotación de nuevas ideas o la aplicación original del
conocimiento, creando ventajas competitivas para responder con éxito
empresarial o Comercial a las demandas del mercado, bien en innovación de
productos, desarrollando nuevas formas de producción/distribución, la
implantación o perfeccionamiento del marketing o la aplicación de nuevos
métodos de organización y gestión.
2. CONCEPTOS Y GASTOS
SUBVENCIONABLES
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
GASTOS SUBVENCIONABLES.-
Los derivados de la implantación y desarrollo del proyecto innovador, entendiéndose por
tales:
- El inicio de la actividad de la persona beneficiaria que promueve el proyecto
innovador que se de alta en RETA, cuando se trate de un nuevo establecimiento.
- La contratación indefinida y la transformación de contratos de duración
determinada en indefinido, hasta un máximo de cinco, realizadas por la persona
beneficiaria en el marco del proyecto innovador y siempre que no hubiera recibido
en los tres años anteriores, una subvención para la misma finalidad.
- Otros gastos como:
- Bienes de equipo.
- Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general.
- Adquisición y tratamiento de software.
- Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes,
licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y no patentados.
- Otras inversiones en activos fijos materiales, etc.
Línea 6. Promoción del trabajo autónomo
Promover el conocimiento y el desarrollo del trabajo autónomo
mediante el fomento de proyectos que potencien el valor añadido que
representa para el crecimiento, desarrollo y para la generación de empleo en
Andalucía.
Esta línea está dirigida a las Organizaciones Empresariales,
Intersectoriales y Sindicales que trabajen en el apoyo al trabajo autónomo.
90.000 euros para la medida de difusión y sensibilización del trabajo
autónomo.
250.000 euros para la medida de Orientación y asesoramiento
empresarial para el trabajo autónomo.
90.000 euros para la medida de estudios de prospección del trabajo
autónomo.
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO
AUTÓNOMO
PROGRAMA DE APOYO A LA
ECONOMÍA SOCIAL
31 de mayo de 2013
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
PROGRAMA APOYO A LA ECONOMÍA
SOCIAL
Fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas
y sociedades laborales y apoyar proyectos que contribuyan a lograr
una economía social innovadora, competitiva y emprendedora.
Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades
Laborales.
Línea 2. Fomento del Emprendimiento Social.
Línea 3. Intercooperación Empresarial en la Economía Social.
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
Con el fin de favorecer la profesionalización de las cooperativas y las
sociedades laborales como factor clave para mantener y mejorar su posición
competitiva en el mercado, se toman las siguientes medidas:
Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas
y Sociedades Laborales.
Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de
Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales con incentivos que van
desde los 2.000 euros hasta los 10.000 euros.
Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado necesario
para el desarrollo de la cooperativa o la sociedad laboral, mediante incentivos de
hasta 10.000 euros.
PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA
SOCIAL
Plazo de presentación de solicitudes desde el día 1 de junio hasta el 1 de
septiembre de 2.013
Fomentar el empleo mediante la creación y mantenimiento de empresas de
economía social
 
Su constitución, incluida la transformación de entidades con actividad económica ya 
existentes.
La viabilidad económica – financiera.
El relevo generacional.
Línea destinada a Federaciones, Confederaciones y Fundaciones de Economia
Social, Grupos cooperativos y Organizaciones Sindicales.
Línea 2. Fomento del Emprendimiento Social
La cuantía de estos incentivos puede alcanzar el 100% de los 
gastos subvencionables en los que se tenga que incurrir para la 
ejecución de la acción, con un  límite de 200.000 euros por acción.
PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA
SOCIAL
Proyectos empresariales de cooperación de cooperativas y
sociedades laborales que persigan un incremento de la dimensión
en una actividad de interés común que les permita mejorar la
productividad y eficiencia y fortalecer su posición competitiva.
Línea 3. Intercooperación Empresarial en la
Economía Social
La cuantía de estos incentivos puede alcanzar el 50% de los gastos 
subvencionables, con un límite máximo total de 45.000 euros por 
actuación, 15.000 euros en concepto de gastos previos y 30.000 euros en 
concepto de gastos de puesta en marcha e implementación del proyecto.
PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA
SOCIAL
Plazo de presentación de solicitudes desde el día 1 de junio hasta el 1 de
septiembre de 2.013
PROGRAMA DE BECAS DE
INTERNACIONALIZACIÓN PARA
TÉCNICOS SUPERIORES DE
FORMACION PROFESIONAL
31 de mayo de 2013
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN
Formación práctica en Comercio Internacional de titulados superiores de
Formación Profesional en Comercio Internacional, Marketing y
Publicidad, Transporte y Logística o en Administración y Finanzas,
menores de 35 años, para facilitar su inserción laboral en empresas,
asociaciones y otras entidades.
La Formación práctica consistirá en la realización de un Curso en
Comercio Internacional, un período de Prácticas en un centro
colaborador y la realización de un Proyecto de investigación.
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN
100 becas. 
4.800  €  al  año  cada  uno,  cantidad  que  los  centros  colaboradores 
donde  se  realicen  las  prácticas  complementan  con  243€  para  que  el 
beneficiario alcance el salario mínimo. 
La beca se incrementa en un 20% si el beneficiario debe trasladarse de 
su  municipio  de  residencia  en  la  misma  provincia,  y  en  un  30%  si  el 
desplazamiento es a otra provincia.
La duración de la beca es de 12 meses, a contar desde la finalización 
del curso de formación en Internacionalización
ENTIDAD COLABORADORA
EXTENDA – Agencia Andaluza de Promoción Exterior
PROGRAMA DE BECAS DE
INTERNACIONALIZACIÓN
ACCIÓN DE FOMENTO DE LAS PERSONAS
EMPRENDEDORAS
- Proyectos de origen universitario
- Proyectos del ámbito innovador
- Proyectos del ámbito tecnológico
- Proyectos del ámbito de la economía social
- Proyectos que sean spin-off empresariales.
Se ponen a disposición de las personas emprendedoras, preferentemente menores
de 35 años, 100 millones de euros procedentes de los Fondos Reembolsables y
25 millones de euros del Programa para el Fomento de la Innovación y el
Desarrollo Empresarial de Andalucía para solventar las dificultades que
encuentran los jóvenes empresarios para acceder al crédito de las entidades
financieras y con el objetivo de fomentar la creación de empleo.
Se amplía a los emprendedores, la bonificación de tipos de interés en el marco de
los Fondos Reembolsables.
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
ATENCIÓN PREFERENTE PARA
DESEMPLEADOS MAYORES DE 45 AÑOS
Se aprueba una línea de atención preferente para aquellos
desempleados mayores de 45 años que proceden de EREs del
sector industrial y no están cobrando ninguna prestación
económica.
Estos trabajadores deberán realizar una declaración de su situación en
el SAE, en el plazo de un mes para poder acceder a:
 Ser colectivo preferentes en las contrataciones de los nuevos planes de
empleo.
 Ser colectivo preferente en los incentivos a la creación de empresas o al
autoempleo y podrán solicitar Itinerarios Personalizados de
Emprendimiento
 IDEA trasladará a las empresas con las que tenga relación un listado de
estos demandantes de empleo.
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
INICIATIVA ESTRATÉGICA EN TERRITORIOS
ESPECIALMENTE AFECTADOS POR EL
DESEMPLEO
Las zonas definidas como de especial atención tendrán prioridad
para la aplicación de las medidas de apoyo a la creación de
empresas y empleo y de apoyo a la actividad productiva.
 
Indicador Sintético del Mercado de Trabajo Local de Andalucía, elaborado por el 
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía a partir de:
El  número  de  demandantes  de  empleo  no  ocupados  (DENOS)  inscritos  en  las 
oficinas del Servicio Andaluz de Empleo. 
  El  número  de  ocupados  estimado  a  partir  de  las  cifras  de  afiliaciones  a  la 
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 La población de 16 a 64 años de cada municipio. 
 
CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
Zonas de especial
Atención Nº Municipìos
Población 16-
64 años
% Población
sobre
Andalucía Nº Parados
% Parados sobre
Andalucía
Prioridad 1
113 402.447 7 121.157 10
Prioridad 2
317 1.512.852 27 362.698 30
Gracias por su atención
CADE Peñarroya-Pueblonuevo
C/ Profesor Navarro Rincón, s/n Centro Polivalente
Polígono Industrial La Papelera (Escuela de Empresas)
14200 Pya-Pueblonuevo (Córdoba)
Tlfno.: 671 534 206

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  • 1. MEDIDAS DE CREACIÓN DEMEDIDAS DE CREACIÓN DE EMPLEOEMPLEO YY FOMENTO DELFOMENTO DEL EMPRENDIMIENTOEMPRENDIMIENTODECRETO-LEY 8/2013, de 28 de mayo Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo 31 de mayo de 2.013 CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 2. El Decreto-Ley 8/2013, de 28 de mayo, de Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento se concreta en las siguientes líneas de ayuda: Programa Bono de Empleo Joven Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo Programa de Apoyo a la Economía Social Programa de Becas de Internacionalización para técnicos superiores de formación profesional CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 3. PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN 31 de mayo de 2013 CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 4. 1. DEFINICIÓN Y OBJETO El Programa Bono de Empleo Joven tiene como finalidad fomentar la obtención de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes andaluzas que estén en posesión de un título universitario, de formación profesional de grado medio o superior o de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria procedente del Programa Segunda Oportunidad Educativa. Este bono se hará efectivo a la empresa o entidad beneficiaria cuando se formalice un contrato laboral. A los efectos del Programa Bono de Empleo Joven se entenderá por personas jóvenes aquellas con edades comprendidas entre los 18 y 35 años, ambos inclusive. PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN
  • 5. 2. PERSONAS TITULARES DEL PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN 1. Jóvenes universitarios - Menores de 35 años que han terminado estudios como máximo tres años antes de la fecha del contrato - Titulación: Licenciatura, Diplomatura o Grados o título superior equivalente de música, de danza, de arte dramático o de diseño. 2. Jóvenes titulados FP - Menores de 35 años que han terminado estudios como máximo tres años antes de la fecha del contrato - Titulación: Título de Formación Profesional de grado medio o superior, Título de técnico o técnico superior en artes plásticas y diseño o enseñanzas deportivas o título profesional de música o danza. 3. Jóvenes acogidos al Programa de Segunda oportunidad - Menores de 35 años que han sido beneficiarios del Programa Segunda Oportunidad y han obtenido su Título de Educación Secundaria Obligatoria como máximo tres años antes de la firma del contrato.
  • 6. 3. MECANISMO DE GESTIÓN El mecanismo de gestión es mediante convocatoria en concurrencia competitiva. Plazo solicitud del Bono por parte del joven: La persona presentará su solicitud al Bono entre el 1 y el 30 de junio de 2.013, y una vez le sea concedido, el derecho se hará efectivo cuando se formalice el contrato laboral. Plazo formalización del contrato: El contrato deberá haberse efectuado desde la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley de Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento, 1 de Junio, hasta el 20 de noviembre 2013. Plazo máximo de resolución: 3 meses PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN
  • 7. PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN Las entidades empleadoras que contraten de forma indefinida a los titulares del Programa Bono de Empleo Joven o procedan a la transformación de los contratos de duración determinada en indefinidos, en el plazo de doce meses contados a partir de la formalización del contrato de trabajo, resultarán beneficiarias de los incentivos al empleo estable (*) (*) Oferta genérica de empleo al SAE 4. INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN
  • 8. PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN Se concederán 3.125 Bonos de Empleo Joven*, que conllevan una ayuda por una cuantía económica máxima de 4.800 euros, distribuida en 400 euros mensuales. La cuantía económica se establece para un contrato laboral de 12 meses de duración y a jornada completa. Si la persona titular del Bono de Empleo Joven ve extinguida en ese período la relación laboral, por causas que no le sean imputables, mantendrá sus derechos si, en el plazo de tres meses desde la extinción de la relación laboral, formaliza una nueva contratación por el tiempo que reste para cumplimentar los doce meses 5. NÚMERO DE BONOS Y CUANTÍA
  • 9. 7. CRITERIOS DE SELECCIÓN PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN CRITERIOS DE VALORACION ASPECTOS A VALORAR PUNTUACIÓ N PARCIAL PUNTUACIÓ N MÁXIMA PONDERACI ÓN PUNTUACIÓ N MÁXIMA PONDERAD A CUALIFICACIÓN ACADÉMICA Se valorará expediente académico 10 10 40% 4 COLECTIVOS PREFERENTES Se valorará la pertenencia a alguno de los siguientes colectivos: - Personas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33% 2 10 20% 2 .- Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma. 2 .- Víctimas de violencia de género. 2 .- Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad 2 .- Sin prestación económica y con cargas familiares. 2 INSCRIPCIÓN COMO DEMANDANTE DE EMPLEO/ ITINERARIO PERSONALIZADO DE INSERCIÓN LABORAL Itinerarios personalizados de inserción laboral 5 10 20% 2 Se valorará la antigüedad de la inscripción como demandante de empleo: .- Antigüedad mayor o igual a tres años 5 .- Antigüedad mayor de dos y menor de tres años 3 .- Antigüedad mayor de un año y menor o igual a dos años 1 ZONAS ESPECIAL ATENCIÓN PARA EL EMPLEO Prioridad 1 10 10 20% 2 Prioridad 2 5
  • 10. De la persona joven Del contrato -Tener la vecindad administrativa en Andalucía. -Edad comprendida entre los 18 y 35 años, ambos inclusive -No estar inscrito en situación de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social, ni estar desempeñando ningún trabajo retribuido por cuenta ajena. -Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, obtenidas dentro de los tres años anteriores: Título universitario oficial (Licenciatura, Diplomatura o Grados) o título superior equivalente de música, de danza, de arte dramático o de diseño Título de Formación Profesional de grado medio o superior, título de técnico o técnico superior en artes plásticas y diseño o enseñanzas deportivas o título profesional de música o danza Título de Educación Secundaria •Duración mínima: doce meses a jornada completa •Modalidad de contratación: Indefinido Ordinario: excluyéndose el primer contrato joven y el indefinido de apoyo a emprendedores Contratos formativos: Posibilidad transformación en indefinidos – De prácticas – De formación o de aprendizaje •Objeto: Desempeño efectivo trabajo en grupo cotización correspondiente a la titulación obtenida •Haberse formalizado desde la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley hasta el 20 de noviembre de 2.013 •Se excluyen contrataciones: -En las que el empleador tengan con la persona contratada una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad -Realizadas por ETT. •Debe suponer incremento neto de trabajadores de la plantilla de referencia de la 8. REQUISITOS PROGRAMA BONO DE EMPLEO JOVEN
  • 11. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO 31 de mayo de 2013 CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 12. 1. DEFINICIÓN Y OBJETO El Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo tiene por objeto la promoción y desarrollo de un tejido productivo innovador, creativo, competitivo y generador de empleo estable, en el marco socio económico del Trabajo Autónomo, a través, de un conjunto integral de líneas de actuación, dirigidas a la creación de más empresas y empleo, a la consolidación y fortalecimiento del sector, al desarrollo de la cultura y la actividad emprendedora en el autoempleo. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Tienen la consideración de trabajador@s autónom@s, las personas físicas que ejercen una actividad económica de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena y con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
  • 13. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO El procedimiento de concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva • El plazo de resolución de las ayudas de este programa, será de tres meses Personas que hayan sido condenadas o sancionadas por resolución administrativa firme, en materia de prevención de riesgos laborales en los últimos 3 años o por despido improcedente en el último año. 2. BENEFICIARIOS EXCLUIDOS
  • 14. 4. LÍNEAS DEL PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Línea 1. Creación de Empleo en el Trabajo Autónomo Línea 2. Consolidación de Empleo en el Trabajo Autónomo Línea 3. Creación de Empresas de Trabajo Autónomo Línea 4. Consolidación Empresarial del Trabajo Autónomo Línea 5. Fomento de la Innovación en el Trabajo Autónomo Línea 6. Promoción del Trabajo Autónomo PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 15. Fomentar la creación de empleo estable y de calidad, mediante la contratación de trabajadores por parte de las personas trabajadoras autónomas 1. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES A) Las contrataciones indefinidas ordinarias, hasta un máximo de tres por autónomo B) Los contratos temporales realizados por motivos de riesgo en el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento preadoptivos, para sustituir tanto a las personas autónomas, como a las que trabajen por cuenta ajena para ellas. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Línea 1. Creación de Empleo en el trabajo autónomo
  • 16. 3. REQUISITOS • Las contrataciones deben realizarse a jóvenes menores de 35 años, desempleados e inscritos en el SAE (excepto en sustituciones por maternidad cuando se formalice el contrato con la misma persona que se contrató para cubrir el riesgo durante el embarazo). • Las contrataciones se deberán haber formalizado en el momento de la presentación de la solicitud. • Las comunicaciones de las contrataciones se realizarán a través de los aplicativos Gescontrat@ y Contrat@ • Los nuevos contratos indefinidos deben suponer un incremento de la plantilla fija respecto del mes anterior a la formalización de los mismos PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 17. 3. REQUISITOS • Los beneficiarios no deben haber tenido vinculo laboral anterior con el trabajador contratado • Mantenimiento del contrato indefinido al menos 12 meses, del contrato por interinidad, se mantendrá, al menos, durante el período de actividad subvencionado. • En contratos indefinidos, si la persona causa baja antes de los 12 meses, se realizará la contratación de una persona de las mismas características en el plazo de un mes, deberá comunicarse y aportar nuevo contrato. • En contratos de interinidad, este plazo se reduce a 10 días naturales a contar desde la baja. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 18. 1.- Relaciones laborales de carácter especial (Alta dirección, servicio del hogar, deportistas, artistas, etc.) y las contrataciones de quien ostente cargos de dirección o sean miembros de órganos de gobierno o administración de las empresas 2.- Contratos indefinidos a tiempo parcial cuya duración sea inferior a las 20 horas semanales y los autónomos que hubieran recibido en los 3 años anteriores una subvención para la misma finalidad 4. EXCLUSIONES PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO A) 3.000 € por contrato indefinido a jornada completa B) Hasta 3.000 € por un período de 8 meses a jornada completa por cada contrato de interinidad, para sustituir a personas con riesgo durante el embarazo C) Hasta 1.500 € por un período de 16 semanas a jornada completa, por cada contrato de interinidad para sustituir a personas en situación de permiso de baja por maternidad En caso de contrataciones a tiempo parcial, el importe de las subvenciones se adaptará proporcionalmente a la jornada de trabajo. 2. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
  • 19. Fomentar la creación de empleo estable y de calidad, mediante la transformación de contratos temporales en indefinidos 1. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos, hasta un máximo de tres por autónomo. 2. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES - 3.000 € por cada nueva transformación de contrato temporal en indefinido a jornada completa. Si es a tiempo parcial, se prorrateará, nunca será inferior a veinte horas semanales. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Línea 2. Consolidación de Empleo en el trabajo autónomo
  • 20. 3. REQUISITOS • Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos ordinario, que se deberán haber formalizado en el momento de la presentación de la solicitud. • Las comunicaciones de las contrataciones se realizarán a través de los aplicativos Gescontrat@ y Contrat@ • Los nuevos contratos indefinidos deben suponer un incremento de la plantilla fija respecto del mes anterior a la formalización de los mismos. • Mantenimiento del contrato indefinido al menos 12 meses desde su formalización. • En las transformaciones, si la persona causa baja antes de los 12 meses, se realizará la contratación de una persona de las mismas características, en el plazo de un mes, en este plazo, deberá comunicarse y aportar nuevo contrato. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 21. 1.- Relaciones especiales de carácter especial (Alta dirección, servicio del hogar, deportistas, artistas, etc.) 2.- Las transformaciones de contratos de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de órganos de gobierno o administración de las empresas 3.- Autónomos que hubieran recibido en los 3 años anteriores una subvención para la misma finalidad 4. EXCLUSIONES PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 22. Impulsar la puesta en marcha de unidades económicas de Trabajo Autónomo, mediante subvenciones para el inicio de la actividad 1. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES A) El establecimiento como trabajador autónomo por primera vez, o que no se hubiera estado de alta en RETA en los últimos 5 años B) Personas que han capitalizado la prestación por desempleo en su modalidad de pago único PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Línea 3. Creación de empresas de trabajo autónomo
  • 23. 2. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES A) Para la medida A) 2.000 €. B) En el caso de la medida B), la cuantía será el importe equivalente al 50% de las cuotas, (base mínima de cotización) a fecha de alta en RETA, durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación de no haberse capitalizado como pago único. COBRO DE LAS SUBVENCIONES.- - El 100% del importe de la subvención, previa justificación por la persona beneficiaria. - El importe total de la subvención, como pago anticipado, cuando el importe sea inferior a 6.050 €, cuando la persona autónoma se establezca en el plazo que determine la resolución. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 24. 3. REQUISITOS Para la medida destinada a personas que se dan de alta en RETA: • Estar dado de alta en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que se establezca en la resolución de concesión y como máximo, desde el 1 de enero de 2.013. • Disponer de un Plan de Viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y financieramente favorable suscrito por personal técnico de los CADE´s. Para las personas que han capitalizado la prestación por desempleo en su modalidad de pago único: • Aquellas que en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo establecido en la resolución de concesión, y como máximo desde el 1 de enero de 2.013, tengan reconocido el pago único por la cuantía total, se hayan dado de alta y se encuadren en alguno de los siguientes supuestos: - Tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% - Sea hombre de hasta 30 años o mujer de hasta 35 años, ambos inclusive. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 25. 3. REQUISITOS -En ambos casos, deben mantener de forma ininterrumpida su condición de autónomos durante doce meses desde la fecha de presentación de solicitud. -No podrán compatibilizar su actividad con otra actividad por cuenta ajena. Se entenderá que esto ocurre cuando durante el primer año de actividad, se haya trabajado por cuenta ajena más de treinta y un días. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 26. Desarrollar y fortalecer el tejido empresarial andaluz del Trabajo Autónomo, impulsando su consolidación y continuidad, e incorporando en sus estructuras comerciales, productivas y de gestión, factores de innovación, creatividad, competitividad y desarrollo. 1. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES A) Cooperación empresarial, apoyando la creación y desarrollo de proyectos de colaboración entre 2 o más autónomos para realizar una actividad empresarial conjunta que mejore su competitividad en el mercado (Constitución de una empresa, los autónomos promotores deberán permanecer como socios y en la misma, durante al menos 12 meses desde su constitución). B) - Colaboración empresarial - Relevo generacional de unidades económicas de trabajo autónomo - Innovación empresarial - Cohesión y competitividad empresarial en el trabajo autónomo PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Línea 4. Consolidación Empresarial del trabajo autónomo
  • 27. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO 2. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Para la medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una empresa, hasta el 100% de los gastos de constitución, con un tope máximo de 1.000 € 3. BENEFICIARIOS A) Para la medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una empresa, serán beneficiarias las nuevas unidades económicas empresariales que se constituyan y cumplan los siguientes requisitos: 1-. Que tengan domicilio social y fiscal en Andalucía 2.- Que sea de nueva creación, o sea, que no lleve constituida más de un año o que se constituya en el plazo que establezca la resolución de concesión. B) Para el resto de medidas, serán beneficiarias las Organizaciones Sindicales y Empresariales de Andalucía que apoyen el trabajo autónomo y las Asociaciones profesionales del autónomo de carácter intersectorial.
  • 28. 4. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Para la medida de Cooperación Empresarial: • La constitución de una empresa por 2 o más autónomos para realizar una actividad empresarial que consolide su posición y competitividad en el mercado. Entre los gastos se incluyen: Solicitud de denominación social al Registro Mercantil Central, gastos notariales y de registro, solicitud de registro de patente y marca y otros gastos necesarios para la constitución. • Diseño y desarrollo de acciones de dinamización: - Informar, motivar, y sensibilizar a autónomos para realizar proyectos de cooperación. - Asesoramiento individualizado y asistencia técnica de autónomos que pretendan desarrollar un proyecto de cooperación. - Elaborar y difundir guías prácticas dirigidas a la puesta en marcha de proyectos de cooperación. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 29. Apoyar la creación o consolidación de autónomos, sociedades civiles o comunidades de bienes que, promovidas por personas tituladas universitarias, implanten o desarrollen proyectos innovadores, mediante el bono- innovación en el trabajo autónomo PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO 1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS Personas tituladas universitarias, que con el fin de implantar y desarrollar un proyecto innovador, se den de alta como autónomos, creen una sociedad civil o comunidad de bienes o que hayan venido realizando una actividad como tal y cumplan los siguientes requisitos: - Estar dado de alta en RETA en el momento de la presentación de la solicitud. En el caso de sociedad civil o comunidad de bienes, se le requerirá a todos los miembros. - Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y financieramente favorable suscrito por personal técnico de los CADE´s. Línea 5. Fomento de la Innovación en el trabajo autónomo
  • 30. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO - Hasta 2.000 euros para las personas que mediante la implantación de un proyecto hayan creado una unidad económica de trabajo autónomo. - Hasta 8.000 euros para la implantación y desarrollo del proyecto de innovación. - Hasta 3.000 euros por cada nueva contratación indefinida o transformaciones de contratos de duración determinada en contratos por tiempo indefinido, a jornada completa y hasta un máximo de tres. 2. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
  • 31. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO La implantación y el desarrollo de proyectos innovadores que se promuevan por las personas beneficiarias para su establecimiento como trabajadora autónoma o para la consolidación de la actividad económica. Tendrán la consideración de proyectos innovadores aquellos que tengan por objeto la explotación de nuevas ideas o la aplicación original del conocimiento, creando ventajas competitivas para responder con éxito empresarial o Comercial a las demandas del mercado, bien en innovación de productos, desarrollando nuevas formas de producción/distribución, la implantación o perfeccionamiento del marketing o la aplicación de nuevos métodos de organización y gestión. 2. CONCEPTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES
  • 32. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO GASTOS SUBVENCIONABLES.- Los derivados de la implantación y desarrollo del proyecto innovador, entendiéndose por tales: - El inicio de la actividad de la persona beneficiaria que promueve el proyecto innovador que se de alta en RETA, cuando se trate de un nuevo establecimiento. - La contratación indefinida y la transformación de contratos de duración determinada en indefinido, hasta un máximo de cinco, realizadas por la persona beneficiaria en el marco del proyecto innovador y siempre que no hubiera recibido en los tres años anteriores, una subvención para la misma finalidad. - Otros gastos como: - Bienes de equipo. - Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general. - Adquisición y tratamiento de software. - Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y no patentados. - Otras inversiones en activos fijos materiales, etc.
  • 33. Línea 6. Promoción del trabajo autónomo Promover el conocimiento y el desarrollo del trabajo autónomo mediante el fomento de proyectos que potencien el valor añadido que representa para el crecimiento, desarrollo y para la generación de empleo en Andalucía. Esta línea está dirigida a las Organizaciones Empresariales, Intersectoriales y Sindicales que trabajen en el apoyo al trabajo autónomo. 90.000 euros para la medida de difusión y sensibilización del trabajo autónomo. 250.000 euros para la medida de Orientación y asesoramiento empresarial para el trabajo autónomo. 90.000 euros para la medida de estudios de prospección del trabajo autónomo. PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
  • 34. PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL 31 de mayo de 2013 CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 35. PROGRAMA APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL Fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas y sociedades laborales y apoyar proyectos que contribuyan a lograr una economía social innovadora, competitiva y emprendedora. Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales. Línea 2. Fomento del Emprendimiento Social. Línea 3. Intercooperación Empresarial en la Economía Social. CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 36. Con el fin de favorecer la profesionalización de las cooperativas y las sociedades laborales como factor clave para mantener y mejorar su posición competitiva en el mercado, se toman las siguientes medidas: Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales. Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales con incentivos que van desde los 2.000 euros hasta los 10.000 euros. Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado necesario para el desarrollo de la cooperativa o la sociedad laboral, mediante incentivos de hasta 10.000 euros. PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL Plazo de presentación de solicitudes desde el día 1 de junio hasta el 1 de septiembre de 2.013
  • 37. Fomentar el empleo mediante la creación y mantenimiento de empresas de economía social   Su constitución, incluida la transformación de entidades con actividad económica ya  existentes. La viabilidad económica – financiera. El relevo generacional. Línea destinada a Federaciones, Confederaciones y Fundaciones de Economia Social, Grupos cooperativos y Organizaciones Sindicales. Línea 2. Fomento del Emprendimiento Social La cuantía de estos incentivos puede alcanzar el 100% de los  gastos subvencionables en los que se tenga que incurrir para la  ejecución de la acción, con un  límite de 200.000 euros por acción. PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL
  • 38. Proyectos empresariales de cooperación de cooperativas y sociedades laborales que persigan un incremento de la dimensión en una actividad de interés común que les permita mejorar la productividad y eficiencia y fortalecer su posición competitiva. Línea 3. Intercooperación Empresarial en la Economía Social La cuantía de estos incentivos puede alcanzar el 50% de los gastos  subvencionables, con un límite máximo total de 45.000 euros por  actuación, 15.000 euros en concepto de gastos previos y 30.000 euros en  concepto de gastos de puesta en marcha e implementación del proyecto. PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL Plazo de presentación de solicitudes desde el día 1 de junio hasta el 1 de septiembre de 2.013
  • 39. PROGRAMA DE BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN PARA TÉCNICOS SUPERIORES DE FORMACION PROFESIONAL 31 de mayo de 2013 CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 40. BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN Formación práctica en Comercio Internacional de titulados superiores de Formación Profesional en Comercio Internacional, Marketing y Publicidad, Transporte y Logística o en Administración y Finanzas, menores de 35 años, para facilitar su inserción laboral en empresas, asociaciones y otras entidades. La Formación práctica consistirá en la realización de un Curso en Comercio Internacional, un período de Prácticas en un centro colaborador y la realización de un Proyecto de investigación. CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 41. BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN 100 becas.  4.800  €  al  año  cada  uno,  cantidad  que  los  centros  colaboradores  donde  se  realicen  las  prácticas  complementan  con  243€  para  que  el  beneficiario alcance el salario mínimo.  La beca se incrementa en un 20% si el beneficiario debe trasladarse de  su  municipio  de  residencia  en  la  misma  provincia,  y  en  un  30%  si  el  desplazamiento es a otra provincia. La duración de la beca es de 12 meses, a contar desde la finalización  del curso de formación en Internacionalización ENTIDAD COLABORADORA EXTENDA – Agencia Andaluza de Promoción Exterior PROGRAMA DE BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN
  • 42. ACCIÓN DE FOMENTO DE LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS - Proyectos de origen universitario - Proyectos del ámbito innovador - Proyectos del ámbito tecnológico - Proyectos del ámbito de la economía social - Proyectos que sean spin-off empresariales. Se ponen a disposición de las personas emprendedoras, preferentemente menores de 35 años, 100 millones de euros procedentes de los Fondos Reembolsables y 25 millones de euros del Programa para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial de Andalucía para solventar las dificultades que encuentran los jóvenes empresarios para acceder al crédito de las entidades financieras y con el objetivo de fomentar la creación de empleo. Se amplía a los emprendedores, la bonificación de tipos de interés en el marco de los Fondos Reembolsables. CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 43. ATENCIÓN PREFERENTE PARA DESEMPLEADOS MAYORES DE 45 AÑOS Se aprueba una línea de atención preferente para aquellos desempleados mayores de 45 años que proceden de EREs del sector industrial y no están cobrando ninguna prestación económica. Estos trabajadores deberán realizar una declaración de su situación en el SAE, en el plazo de un mes para poder acceder a:  Ser colectivo preferentes en las contrataciones de los nuevos planes de empleo.  Ser colectivo preferente en los incentivos a la creación de empresas o al autoempleo y podrán solicitar Itinerarios Personalizados de Emprendimiento  IDEA trasladará a las empresas con las que tenga relación un listado de estos demandantes de empleo. CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 44. INICIATIVA ESTRATÉGICA EN TERRITORIOS ESPECIALMENTE AFECTADOS POR EL DESEMPLEO Las zonas definidas como de especial atención tendrán prioridad para la aplicación de las medidas de apoyo a la creación de empresas y empleo y de apoyo a la actividad productiva.   Indicador Sintético del Mercado de Trabajo Local de Andalucía, elaborado por el  Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía a partir de: El  número  de  demandantes  de  empleo  no  ocupados  (DENOS)  inscritos  en  las  oficinas del Servicio Andaluz de Empleo.    El  número  de  ocupados  estimado  a  partir  de  las  cifras  de  afiliaciones  a  la  Seguridad Social.   La población de 16 a 64 años de cada municipio.    CADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVOCADE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
  • 45. Zonas de especial Atención Nº Municipìos Población 16- 64 años % Población sobre Andalucía Nº Parados % Parados sobre Andalucía Prioridad 1 113 402.447 7 121.157 10 Prioridad 2 317 1.512.852 27 362.698 30
  • 46. Gracias por su atención CADE Peñarroya-Pueblonuevo C/ Profesor Navarro Rincón, s/n Centro Polivalente Polígono Industrial La Papelera (Escuela de Empresas) 14200 Pya-Pueblonuevo (Córdoba) Tlfno.: 671 534 206