Aprenderemos los pasos a seguir para presentar la declaración anual 2016 para personas físicas en México. Además, conoceremos las principales novedades para el Impuesto sobre la Renta de 2016, las personas obligadas y las principales deducciones.
3. Antes de preocuparnos por presentar la declaración anual 2016, hay que
comenzar por el principio:
Es necesario comprobar si debido a la manera en la cual ganamos nuestros
ingresos estamos obligados o no a presentar nuestra declaración ante hacienda.
Dicho lo anterior, es obligatorio presentar la declaración anual 2016 si nuestros
ingresos provienen de lo siguiente:
4. • Servicio subordinado (empleado).
• Actividades profesionales (trabajadores independientes como médicos,
abogados, etc.)
• Arrendamiento o uso de bienes inmuebles.
• Obtención de intereses (inversiones en el sistema financiero)
• Obtención de premios (loterías)
• Dividendos y ganancias repartidos por personas morales (asociaciones)
• Enajenación de bienes.
6. Para las personas físicas el plazo vence el 30 de abril. Una persona física es
un sujeto con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.
Para las personas morales el plazo máximo es 3 meses después del cierre del
ejercicio. Una persona moral es una agrupación de personas que se unen para
un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil o una asociación civil.
8. Anteriormente los documentos de la declaración debían hacerse en hojas
físicas. A partir de los cambios implementados por el SAT ahora todo se hace
en archivos electrónicos, entonces, para presentar la declaración anual hay
que seguir los siguientes pasos:
• Instalar el programa DeclaraSAT en tu computadora, o bien ingresar a la
página del SAT y dar clic en “trámites” (esquina superior izquierda).
9. Una vez que accedas, debes hacer lo siguiente:
• Capturar los datos que pide el SAT.
• Generar un archivo de envío.
• Enviar la declaración al SAT.
• Esperar a que el SAT envíe el acuse de recibo
• Si la declaración resulta en cero o con saldo a favor, ahí termina el
procedimiento
• Si resulta que hay que pagar algún impuesto, hay que ingresar al portal de
algún banco para hacer el pago con una transferencia electrónica.
• Se llena un formato electrónico.
• Ya hecho el pago, el banco debe mandar un recibo que comprueba el pago
del impuesto.
11. • Desde la página del SAT, descargar e instalar el Programa DEM-IVA 2014.
Este software se usa para presentar la información de operaciones con
proveedores, arrendadores, prestadores de servicios, comercio exterior y
relacionadas con la devolución o el aviso de compensación de saldos a
favor de IVA. Se descarga desde esta página:
• http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/software/Paginas/informacion_ope
raciones_devolucion_iva.aspx
• Capturar la información de acuerdo a los anexos (documentos)
correspondientes.
• Generar el archivo para el envío de la información del contribuyente.
• Ingresar a la aplicación para luego enviar archivo de la declaración.
12. • SAT debe enviar el acuse de recibo con sello digital.
• Si no hay que pagar algún impuesto o existe un saldo a favor hasta aquí
llega el proceso.
• Si hay que pagar algún impuesto, debe hacerse por Internet entrando al
portal de algún banco autorizado por el SAT, sin embargo es necesario
tener banca electrónica en dicha institución para hacer una transferencia al
SAT.
14. Para este año existen cambios y beneficios para los contribuyentes que
pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal y que se adhirieron a partir de
2014.
Los beneficios para quienes están en el Régimen de Incorporación Fiscal
involucran al ISR, IVA y al IEPS.
15. Beneficios:
1. 100% de reducción del Impuesto Sobre la Renta. Esto quiere decir que los
contribuyentes del RIF podrán aplicar el 100% de reducción del Impuesto
sobre la Renta.
2. Reducción del 100% de IVA y IEPS
3. Reducción del 90% del impuesto retenido
4. Para aquellos que son pequeños contribuyentes
17. Donativos
El límite sigue en 7% de los ingresos acumulables en el ejercicio. Si son
donativos para la federación, estados, municipios y sus organismos
descentralizados, las donaciones no pueden ser mayores al 4% de los ingresos.
18. Gastos médicos
Los honorarios médicos, gastos dentales y gastos hospitalarios deben pagarse
con cheque, tarjeta de crédito, débito, transferencia electrónica o tarjeta de
servicios. La excepción solo aplica cuando el contribuyente habite en zonas
rurales que no cuenten con estos servicios electrónicos.
19. Gastos de transporte escolar
No se puede pagar en efectivo, debe pagarse con cheque, tarjeta de crédito,
débito, transferencia electrónica o tarjeta de servicios.
20. Intereses reales por hipoteca
Hay que recordar que quienes tengan un crédito Infonavit o un crédito
Fovissste pueden deducir los intereses reales que han pagado en el año, para
ello deben descargar de la página de internet de cada instituto dicho
documento, deben tener una cuenta activa en dichos sistemas ya que sólo así
podrán acceder a su cuenta y bajar el escrito.