Este boletín contiene información sobre diferentes temas de contabilidad de costos y construcción. Incluye secciones sobre sistemas de costos por órdenes de producción, flujos de este sistema, hojas de costos, registro de materiales directos, toma física de inventarios y otros aspectos contables. También cubre temas de contabilidad de construcciones, contrataciones, plan de cuentas, aspectos tributarios y laborales en la construcción.
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Es una publicación de investigación, especializada en gestión
empresarial, que genera valor agregado a empresarios,
profesionales, académicos y estudiantes
INDICE
Contabilidad de Costos ..................... 2
Sistema por ordenes de produccion ..................... 2
Esquema de funcionamiento del sistema ..................... 3
Flujo del cistema de costos por ordenes de produccion ..................... 6
La hoja de costos ..................... 6
Registro contable de los materiales directos ..................... 8
Otros aspectos contables ..................... 13
Toma fisica de inventarios ..................... 12
Contabilidad de construcciones ..................... 14
Generalidades ..................... 15
Contrataciones y modalidades ..................... 17
El plan o catalogo de cuentas ..................... 25
Aspectos tributarios en la construccion ..................... 39
Los obreros de la construccion ..................... 53
Contrato de trabajo y otras modalidades de trabajo ..................... 54
Salarioas minimos ..................... 55
Contador Junior.-Tratamiento de la cuenta mercaderias
II parte ..................... 58
Sistema e inventario permanente ..................... 58
Metodos de valoracion de inventarios ..................... 59
Costo minimo de mano de obra ..................... 64
Cuadro de beneficios sociales ..................... 65
Cuaro de remuneraciones adicionales ..................... 66
Cuadro actualoizado de salarios por categorias ..................... 67
Cuadro de sanciones trbutarias ..................... 68
Cuadro de retenciones en la fuente de IVA ..................... 69
Listado de formularios a presentar al SRI ..................... 70
Recopilacion de intereses tributarios ..................... 71
Calendario de vencimiento de obligaciones tributarias ..................... 72
Indices economicos
CONTABILIDAD
DE COSTOS
SISTEMA POR ORDENES DE PRODUCCIÓN
[1]
Dr. Pedro Zapata Sánchez
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2. Boletín El Contador 95 Página 2 de 48
DEFINICIÓN.- El sistema de costos por órdenes de fabricación, también conocido con los nombres de costos por
órdenes específicos de producción, por lotes de trabajo, o por pedidos de los clientes, es propio de aquellas
Entidades cuyos costos se pueden identificar con el producto o el lote, en cada orden de trabajo en particular, a
medida que se van realizando las diferencias operaciones de producción en ese orden específico. Es asimismo,
propio de empresas que producen sus artículos con base en el ensamblaje de varias partes hasta obtener un
producto final, en donde los diferentes productos pueden ser identificados fácilmente por unidades o por lotes
individuales, tales como las industrias tipográficas en general, la industria del calzado, del mueble, de la
construcción civil, los talleres de mecánica, las sastrerías, la siembra y cultivo, crianza de animales para el
engorde, producción de lácteos por lotes etc.
OBJETIVOS DEL SISTEMA
El sistema de costos por órdenes de producción tiene, entre otros, los siguientes objetivos :
1.- Calcular el costo de producción de cada pedido o lote de bienes que se elabora, mediante el registro
adecuado de los tres elementos en las denominadas hojas de trabajo;
2.- Mantener en forma adecuada el conocimiento lógico del proceso de manufacturas de cada artículo. Así es
posible, bajo este sistema, seguir en todo momento el proceso de fabricación, que se puede interrumpir sin
perjuicio del producto;
3.- Mantener un control de la producción, aunque sea después de que haya terminado, a fin de reducir los
costos en la elaboración de nuevos productos.
ESQUEMA DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ORDENES DE PRODUCCIÓN
ANTES DEL PERÍODO DESPUÉS DEL PERÍODO
ENTIDAD: EQUIPO DE TRABAJO 1. CLIENTE O PROPIA ENTIDAD
• Solicita la producción de un
• Recaba datos respecto a la 1.Artículo o lote
inflación, tasa de interés, IB, 2.Hato ganadero-crianza
etc. 3.Cultivo de gramínea, etc.
2. ENTIDAD EMITE ORDEN DE
• Recaba datos contables sobre PRODUCCIÓN
usos reales de luz, agua; 3. ENTIDAD- BODEGA
depreciaciones, seguros y todos DESPACHA SISTEMÁTICAMENTE
los otros elementos indirectos. MATERIALES E INSUMOS
DIRECTOS
• Define nivel de actividad Emite nota de egreso –
(voluntad de producción identificando N. de orden.
esperado para el período). Entrega materiales e insumo,
previa firma
• Define periodo presupuestario. 4. ENTIDAD- DIRECCIÓN
TÉCNICA; ASIGNA OBREROS,
• Arma presupuesto de los CIF AGRICULORES, ESPECIALISTA,
a) Enlista elementos ETC.
b) Valores a precios Controla, entrada y salida
reales diaria.
c) Clasifica entre Controla actividad diaria,
variables, fijos indicando la orden atendida
y...... Emite tiquetes de tiempo diario
d) Proyecta las cifras, 5. ENTIDAD CONTADOR
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en función de inflación APERTURA DE LA HOJA DE COSTOS
e) Pondera- Escribe el encabezado
Presupuesta en Recaba datos de los CIF
función de volumen presupuestados es decir la tasa
esperado predeterminada
Recibe notas de egreso de
materia prima
• Obtienen datos sobre CIF sistemáticamente en sector
presupuestados. asignado para este
Recibe listados de tiempo
• Obtienen tasa predeterminada (tiquetes ) y resume
($/Q) Recibe información escrita
sobre asistencia y prepara roles
• Está preparada para ejecución Cuantifica monto de MOD y
de ordenes valor hora hombre
Carga sistemáticamente este
costo a cada hoja
6. ENTIDAD CONTADOR: ANOTA
LOS CIF REALES
7. ENTIDAD CONTADOR:
LIQUIDA LA HOJA DE COSTOS
Al concluir la producción a la
época de cosecha
Asigna según el parámetro de
distribución los CIF y carga a la
hoja
Resumen la hoja de costos
Registra el ingreso a productos
terminados
8. ENTIDAD CONTADOR :
ESTABLECE VARIACIONES DE
LOS CIF
• Al concluir el periodo
(semestre, año)
• Compara CIF reales vs. CIF
aplicados y obtiene
variación neta.
• Prepara presupuesto CIF al
número nuevo nivel de
producción ( CIF- NND)
• Obtiene tasas específicas:
Presupuestos y eficiencias
• Carga- abona a los
inventarios de PEP o AT o
Costo de producción
FLUJOS DEL SISTEMA DE COSTOS POR ORDENES DE PRODUCCIÓN
La orden de producción
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Del cuadro se desprende la necesidad de emitir la orden, desde producción. El modelo que se presenta, a
continuación, puede servir para la aplicación en su Entidad.
LA HOJA DE COSTOS
La hoja de costos será abierta tan pronto se expida la Orden de Producción, actualizada conforme se utilicen
los elementos del costo y, liquidada cuando concluya la producción del lote o de la unidad que se está
fabricado. Este registro contable constituye el auxiliar del inventario de productos en proceso (Inventario PEP).
El diseño más sencillo es el que se presenta a continuación.
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REGISTRO CONTABLE DE LOS MATERIALES DIRECTOS
Las principales operaciones con materiales directos son:
1) Compras.- Equivale a la recepción de los materiales; esta acción se evidencia a través de la factura, o
documentos similar, que contendrá información sobre: naturaleza, tipo de material, precio y forma de
pago. El registro a nivel de diario o en otro libro especializado (Ejemplo: diario de compras) será el
siguiente:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
INV ENTA RIOS DE MA TERIA LES DIRECTOS XXX
PROV EEDORES/BA NCOS
Nota : se completa el registro contable con el ingreso al Kardex de materiales.
2) Devoluciones a proveedores.- Excepcionalmente se presentará devoluciones de materiales, cuando éstos
no satisfacen plenamente los requerimientos de la empresa. Las causas fundamentales son daños
irreparables en la transportación y desajustes en las características técnicas de los bienes deseados. Será
necesario concertar con el proveedor el costo del transporte de retorno o alternativamente, las rebajas en
el precio, en caso de que los materiales puedan ser utilizados como complementarios ( así se evitaría la
devolución).
El registro contable será:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
PROV EEDORES/ CA JA XXX
INV ENTA RIO DE MA TERIA LES DIRECTOS
Nota: adicionalmente se debe anotar la salida de materiales, en el Kardex.
3) Transferencias a los centros productivos.
Previo pedido de autoridad competentes, y debidamente respaldado en la nota de despacho, el bodeguero
enviará materiales a fin de atender la fabricación de una orden de producción específica.
Este tipo de operaciones internas será frecuente, por lo que conviene simplificar el proceso de despacho,
sin menoscabar la eficacia del control interno. El registro lo efectúa Contabilidad General y Costos,
simultáneamente, así:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
INV ENTA RIOS PRODUCCION PROCESO -MPD XXX
INV ENTA RIO DE MA TERIA LES DIRECTOS XXX
Nota : se debe registrar simultáneamente en el Kardex de materiales y en la hoja de costos respectiva.
4) Devoluciones internas ( Materiales en buen estado)
Previa liquidación de la hoja de costos, será necesario deputar los datos y efectuar los ajustes que se
requieran; para ello se debe propiciar la devolución de materiales que fueron destinados a una orden
específica pero que no se utilizaron por alguna razón. El reingreso de estos materiales en buen estado constará
en la nota de reingreso y serán valorados al precio de la última transferencia.
El asiento será:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
INV ENTA RIOS DE MA TERIA LES DIRECTOS XXX
INV . PRODUCT. EN PROCESO MPD XXX
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Importante: si se utiliza dos juegos de libros contables, las devoluciones internas se registrarán en dos asientos
exactamente inversos a la operación de transferencia.
a) Materiales obsoletos. En caso de materiales no utilizados, precisamente por su estado de
obsolescencia total, es decir, que no podrán ser utilizados posteriormente, reingresarán a la
bodega pero en calidad de desperdicios; si pueden venderse en algún valor marginal, el reingreso
se registrará al valor probable de realización, así:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
INV ENTA RIO DESPERDICIOS XXX
INV . PRODUT. EN PROCESO MPD
Importante: si los materiales obsoletos no son vendibles, se aconseja obviar el registro en libros contables pero
mantener algún control administrativo sobre ellos, hasta que ocurra la baja por donación o destrucción. Este
tema se trata ampliamente más adelante.
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OTROS ASPECTOS CONTABLES
Rango de existencias
El establecimiento de niveles de existencias resulta vital para ejercer un control adecuado de los materiales
que evite:
a. Sobre abastecimientos. Éstos provocan elevación de costos de materiales, debido a la inversión financiera
adicional que se requiere y ala necesidad de atender la custodia, manipulación y vigilancia.
b. Desabastecimientos. Éstos provocan paralización del proceso productivo.
Por tanto, es necesario estudiar los niveles de existencia, a fin de buscar el punto ideal de pedido o stock
clave.
Punto de pedido o stock clave.- Es la cantidad de existencia referencial que sirve como dato iniciar el proceso
de adquisición; generalmente se obtiene estableciendo un promedio simple entre las existencias máximas y
mínimas.
Importante: el nivel de existencia puede obtenerse matemáticamente luego de un periodo de operaciones, en
función de las características de consumo periódico y de la consistencia en los periodos de reposición
establecidos como de demanda normales, tanto de mercados nacionales como internacionales; no puede
descuidarse el aspecto administrativo puesto que a veces los periodos de reposición se ven afectados
notablemente por el tiempo que demanda el trámite interno de la empresa, y tratándose de importaciones,
habrá que sumar el tiempo de los trámites que deben efectuarse en diversos entes públicos.
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TOMA FÍSICA DE INVENTARIOS
Al finalizar el periodo contable se deben aplicar pruebas sobre saldos; los rubros que merecen ser verificados
son: inventario de materia prima, inventario de repuestos, inventario de productos en proceso e inventario de
productos terminados, debido a sus dinámicos movimientos.
La verificación puede efectuarse mediante dos actividades complementarias entre sí:
Conciliación contable.-Confrontación de saldos del Kardex con el saldo de su cuenta de mayor general.
Levantamiento físico.- Toma física de inventarios mediante el recuento, medición, pesaje y valoración.
La toma física procede sobre una muestra si se está usando el sistema de control de inventarios denominado
permanente.
El cambio debe hacerse sobre el universo (incluirá, en este caso, la valoración de los inventarios) cuando el
control se está efectuando sobre la base periódica, es decir, cuando se esté utilizando el sistema de cuenta
múltiple.
Diferencias entre el inventario físico y el saldo en libros
Opción 1. Errores en el registro contable
Cuando se presentan diferencias entre el inventario físico y el saldo en libros, se procede de la siguiente
manera: inicialmente se comparan las existencias físicas del material con las que figuran en las tarjetas de
existencia del Kardex; cualquier diferencia se corrige dando una entrada o una salida, según sea el caso, a las
unidades que sobran o faltan, valoradas de acuerdo con el método de valuación de inventarios que se esté
utilizando. Una vez corregida la tarjeta de existencia, se compara ésta con el inventario de los libros, y
cualquier diferencia se ajusta mediante un asiento que varía en la siguiente forma: si el inventario físico es
mayor que de los libros, denota sobrante y, por tanto, debe aumentarse la cuenta de Inventario materiales con
el siguiente registro:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
INV ENTA RIOS DE MA TERIA LES DIRECTOS XXX
SOBRA NTE O FA LTA NTE DE INV ENTA RIOS XXX
Opción 2. Evidente negligencia o abuso de confianza del bodeguero
En caso de comprobarse negligencia grave o abuso de confianza del bodeguero, con evidente perjuicio
económico para la empresa, deben efectuarse los ajustes citados en la Opción 1, pero el faltante se cargará a
la cuenta del custodio, sin perjuicio de aplicar otro tipo de sanciones de carácter civil, administrativo o
inclusive penal, que la gerencia considere oportuna y ejemplificante.
Cuando se presenta este caso, o sea que el inventario físico es menor que el de los libros, se debe
disminuir la cuenta de Inventario materiales mediante el siguiente asiento:
FECHA DETALLE PARCIAL DEBE HABER
--------- 1 ----------
FA LTA NTE DE INV ENTA RIOS A CA RGO DEL SR. A XXX
INV ENTA RIO MA TERIA LES DIRECTOS XXX
CONTABILIDAD DE CONSTRUCIONES
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INTRODUCCION
La Contabilidad de Construcciones tiene relación con los proyectos, obras y servicios necesarios para la
infraestructura física tales como la construcción de: carreteras, obras de alcantarillado, agua potable, instalaciones
eléctricas, sanitarias, urbanizaciones, viviendas, galpones industriales, oficinas, departamentos, bodegas, etc.
En esencia, la construcción es una actividad de transformación obtenida mediante la combinación de materiales,
mano de obra, y maquinaria, por ello se la reconoce también como “industria de la construcción” justamente por el
cambio, la transformación.
Desde el punto de vista contable – financiero las actividades de la construcción se someten a las técnicas de la
“Contabilidad de Costos” que permiten obtener el valor del costo de la obra construida según sea el caso.
Las posibilidades de acierto en la contabilización de las transacciones relacionadas con las actividades de la
construcción, pueden lograrse con un dominio fundamental de las modalidades de contratación, el tipo de proyecto,
la identificación de obras iniciadas y no terminadas dentro de un ejercicio, y obras iniciadas y si concluidas en el
ejercicio.
Especial atención merece el tratamiento para obras por encargo de terceros y para obras por cuenta propia, ya que
desde el punto de vista contable y financiero existen varias diferencias.
Es muy importante que el profesional contable se familiarice con algunos aspectos vinculados con la construcción
como los presupuestos de las obras, los cronogramas de avance de obra, los costos unitarios elaborados por los
arquitectos e ingenieros a fin de combinar los aspectos técnicos a cargo de los constructores con los aspectos de tipo
contable y financiero.
Desde el punto de vista bibliográfico existen muy pocas obras en materia de Contabilidad de Construcciones, por ello
el presente Módulo pretende contribuir al profesional contable y financiero como una orientación teórico y práctica
para tan importante actividad.
Econ. Hernán Maldonado P
1.1 GENERALIDADES
Las actividades de la construcción corresponden a la “construcción de obras civiles” que constituyen
infraestructura como producto del esfuerzo humano, la incorporación de materiales, y el uso de maquinarias y
equipos para la obtención de bienes tales como: edificios, viviendas, departamentos, urbanizaciones, vías de
comunicación, puentes, pavimentación, obras de alcantarillado, agua potable, energía eléctrica, etc. Las
instalaciones eléctricas, sanitarias, mecánicas, telefónicas, regularmente son parte integrante de cada
construcción e integran su costo.
Las actividades de diseño, asesoría, fiscalización, y afines, son actividades que corresponden a la rama de
servicios de construcción cuando se realizan en forma independiente de las de construcción.
Desde el punto de vista contable - financiero las construcciones terminadas constituyen activos fijos, y por
tanto se someten a la depreciación.
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12. Boletín El Contador 95 Página 12 de 48
Las actividades de la construcción se caracterizan fundamentalmente por la “transformación” a partir de
diseños, planos, especificaciones técnicas, y la integración entre recursos humanos y materiales que permiten
la realización de las obras, por ello se la conoce también como “industria de la construcción”.
La ejecución de obras requiere inicialmente del llamado “proyecto”, entendiéndose como tal a la concepción
técnico – económica que hace posible la viabilidad o factibilidad de la obra a realizarse, lo cual constituye un
respaldo para alcanzar el objetivo deseado.
Es importante considerar también una serie de elementos de orden legal, recursos humanos, organización y
métodos de planificación, coordinación, control y evaluación de proyectos, a fin de prever los riesgos, y lograr
resultados con mayor eficiencia.
Con frecuencia las construcciones se amparan en contratos entre particulares y en el caso de contrataciones
con entidades del Estado y del Sector Público, los procesos y trámites para su contratación, ejecución y control
de la obra son más complejos y rigurosos, requiriéndose de mayor previsión y control por parte del contratista.
Cabe agregar que las disposiciones legales de la Contratación Pública en el Ecuador someten al contratista a
una serie de cumplimientos de tipo legal, bancario, calidad de la obra, entre los principales aspectos.
Las actividades de la construcción requieren normalmente de buena infraestructura para su cumplimiento, en
especial en lo relacionado con maquinarias y equipos, las que combinadas con adaptaciones de tipo tecnológico
permiten captar mejores oportunidades de contratación, por ello las empresas pequeñas y constructores
personales encuentran serias limitaciones para competir con empresas medianas y grandes que disponen de
suficientes recursos físicos y materiales, tecnologías más avanzadas, y mayor capital.
Los riesgos de la construcción se relacionan también con limitaciones para el financiamiento, pues, las obras,
por su naturaleza, requieren de importantes recursos para su ejecución. La dependencia de contrataciones con
el Sector Público es otra de las limitaciones que contribuyen al riesgo, por cuanto los procesos de contratación
y de gestión técnico – administrativa de las entidades públicas realmente no se han modernizado, lo cual incide
en el tiempo y costo para el constructor.
Otro factor de riesgo constituye la mano de obra no calificada en determinadas áreas y funciones, factor que
provoca problemas para el constructor, con incidencia en el tiempo de ejecución y en el incremento de costos
de la obra.
1.2 CONTRATACIONES Y MODALIDADES
1.2.1 ELEMENTOS EN LA CONTRATACIÓN DE CONSTRUCCIONES
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13. Boletín El Contador 95 Página 13 de 48
En toda contratación intervienen dos elementos: a) contratante y b) contratista.
Contratante.- Es la persona natural o jurídica que por su cuenta y orden encarga la ejecución de obras o
prestación de servicios a terceros, a cambio de un valor en dinero debidamente convenido para el objetivo
propuesto.
Contratista.- Persona natural o jurídica que realiza o ejecuta obras o presta servicios por cuenta y orden del
contratante.
1.2.2 MODALIDADES DE CONTRATACION
En las actividades de la construcción existen algunas modalidades para la contratación de ejecución de obras
y/o de prestación de servicios. Las principales son:
Dirección Técnica.- Es una modalidad mediante la cual el contratante o beneficiario de la obra asigna la
responsabilidad al contratista para la dirección de la obra o servicio de su interés, según lo dispuesto en
diseños, planos, especificaciones técnicas, estudios definitivos, y demás normas y prácticas relacionadas con el
caso en particular.
En la modalidad de Dirección Técnica se pacta un precio el que no incluye los materiales, ya que estos corren
por cuenta del contratante.
Contrato por Administración.- Modalidad mediante la cual el contratante o beneficiario encarga al contratista
la dirección técnica de la obra o servicio a ejecutarse, y la administración de recursos físicos, financieros y
humanos relacionados con la obra.
Fiscalización.- Modalidad mediante la cual el contratante o beneficiario encarga al contratista la
responsabilidad de supervisar e informar sobre el avance y cumplimiento de la obra o servicio de acuerdo al
proyecto y especificaciones aprobadas. El objetivo fundamental de la fiscalización es defender técnicamente
los intereses del beneficiario de la obra o servicio a fin de asegurar el cumplimiento cabal de lo convenido.
1.2.3 ELEMENTOS BASICOS PREVIOS A LA CONTRATACION
En las actividades de la construcción y en forma previa al inicio de la obra se utilizan los siguientes elementos
de orden técnico:
Anteproyecto.- Se refiere a planos y documentos preliminares que definen las características principales de la
obra. El anteproyecto no constituye un elemento que soporte una contratación para una obra definitiva.
Especificaciones técnicas.- Dadas por descripciones técnicas que señalan individualmente los procedimientos a
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seguirse, así como los requisitos de materiales, equipos, mano de obra y de servicios.
Proyecto de factibilidad, o diseño definitivo.- Estudio que demuestra la consistencia íntegra del proyecto de
construcción en todas sus fases, fundamentándose en posibilidades concretas y definitivas para ejecutar la
obra o servicio.
Inspecciones.- Visitas de profesionales a lugares en donde se ejecutan las obras, a fin de emitir informes
relacionados con el avance de ellas.
Memorias.- Documentos que resumen la descripción general o por etapas de la obra, estableciendo parámetros
de comparación, métodos usados, normas y procedimientos aplicados, conclusiones, observaciones,
conclusiones y recomendaciones. Regularmente, las memorias utilizan los fiscalizadores de la obra, sea por
cuenta del contratante o por cuenta del contratista.
Términos de referencia.- Términos y características que establecen los objetivos, alcance, tiempo esperado,
costo esperado o presupuesto, y demás condiciones previas a una contratación. El contratista interesado en
una contratación deberá tomar muy en cuenta los términos de referencia para prevenir una oferta apropiada
que satisfaga al beneficiario o contratante de la obra o servicio.
Ofertas y propuestas.- Documentos en los cuales el posible contratista, sea persona natural o jurídica,
establece las especificaciones técnicas, procedimientos, tiempo esperado de ejecución, presupuesto,
maquinaria y equipos, recursos humanos, etc. a utilizarse con base a los términos de referencia requeridos por
el beneficiario o contratante.
1.2.4 CONTRATACIONES CON ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO
Las entidades del Estado y en general las integrantes del Sector Público, en el caso de contrataciones de obras
y servicios, deben someterse obligatoriamente a lo estipulado en la Ley de Contratación Pública y su
Reglamento, y en Leyes Especiales para casos específicos.
Entidades sujetas a la Ley de Contratación Pública.- Están sometidas al cumplimiento de la Ley de Contratación
Pública todas las entidades del Sector Público que ejecuten obras, adquieran bienes y para la prestación de
servicios de terceros, excepto para la adquisición de insumos médicos, fármacos y material quirúrgico; a través
de licitaciones, concurso de ofertas, concurso de precios e invitación directa dependiendo de los montos de las
obras.
Estudios y financiamiento.- Antes de iniciar el trámite de convocatoria para la contratación de obras y servicios
motivo de la licitación o concurso de ofertas, la entidad pública deberá disponer de estudios completos que
incluya diseños, planos, cálculos, especificaciones técnicas, presupuestos referenciales y demás documentos
según la naturaleza del proyecto.
Asimismo, la entidad pública deberá contar con la certificación del Ministro de Economía y Finanzas o del
Director Financiero, que indique la disponibilidad de fondos previa a la contratación.
Documentos precontractuales.- La máxima autoridad de la entidad pública resolverá dar inicio al trámite
previo a la contratación, para lo cual elaborará los siguientes principales documentos:
- Convocatoria.- Incluye: objeto de la contratación, forma de pago, lugar de entrega de la obra, documentos
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15. Boletín El Contador 95 Página 15 de 48
precontractuales, recepción de propuestas, derechos de inscripción, día y hora de recepción de ofertas, fecha
de apertura del Sobre No. 1.
- Modelo de Carta de Presentación y Compromiso.- Obligación del oferente de someterse a las exigencias y
condiciones de los documentos precontractuales y contractuales, en caso de ser adjudicada la obra.
- Modelo de formulario de Propuesta.- Incluye: rubros, cantidades, unidades, precios unitarios, globales y
totales, plazos de ejecución, nombre y firma del oferente.
- Instrucciones a los oferentes.- Detalle del objeto de la contratación, indicaciones para la elaboración de la
propuesta; causas para rechazar las ofertas, facultad para declarar desierto el procedimiento, aclaraciones,
garantía de seriedad de oferta, proceso hasta la adjudicación, plazo de validez de la oferta, impuestos,
contribuciones, etc., forma de celebrar el contrato, sanciones, y garantías que se exijan para el contrato.
- Proyecto de contrato.- Cláusulas propias del contrato, estipulaciones sobre la terminación, recepciones,
garantías, etc. y cláusulas sobre responsabilidades de funcionarios que no cumplan con las obligaciones de
pago previstas.
Especificaciones generales y técnicas.- Requerimientos mínimos y rangos de variación.
Planos.- Diseño definitivo de la obra a ejecutarse.
- Valor estimado.- Presupuesto referencial de la contratación, según el plazo y fecha de cálculo.
- Plazo estimado de ejecución del contrato.- Según cada caso.
- Lista de equipo mínimo.- Según corresponda.
- Principios y criterios para la valoración de la oferta.- Según porcentaje de bienes y servicios de origen
nacional que cumplan con especificaciones técnicas y de calidad.
Convocatoria.- El Comité de Contrataciones de la institución pública, una vez que cuente con los documentos
definitivos para la licitación o concurso de ofertas, convocará por tres días consecutivos en dos periódicos de
mayor circulación en dos ciudades diferentes.
Presentación de propuestas.- El Comité de Contrataciones fijará la fecha límite para la presentación de las
propuestas, pudiendo prorrogar la fecha por una sola vez.
Adquisición de documentos.- El Comité de Contrataciones entregará a los interesados los documentos
pertinentes. Previamente se cancelará el pago de inscripción según cada caso.
Aclaraciones.- Los interesados, según corresponda, podrán pedir al Comité de Contrataciones las aclaraciones
relacionadas con los documentos contractuales para obtener las respuestas correspondientes.
Presentación de Propuestas.- Se presentará en sobre cerrado con las seguridades del caso y se entregarán hasta
las 15.oo horas del día indicado en la convocatoria. Al acto de apertura del Sobre podrán asistir los
proponentes.
Contenido de la propuesta.- El sobre contendrá lo siguiente:
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Carta de presentación y compromiso;
- Certificado de la Contraloría General del Estado sobre cumplimiento de obligaciones;
- Documentos que acrediten la situación financiera, capacidad del oferente para ejecutar el contrato,
disponibilidad de equipos;
- Propuesta según los documentos precontractuales;
- Cronograma valorado de trabajo y análisis de precios unitarios;
- Original de la garantía de seriedad de oferta por el 2 % del presupuesto referencial; y
- Demás documentos exigidos según el caso.
Garantías.- Las garantías se presentan por los siguientes conceptos: 2 % por seriedad de oferta; 5 % por fiel
cumplimiento en el caso de ser adjudicado; y por el valor de los anticipos que corresponda en cada caso.
Reajuste de precios.- En el caso de presentarse variaciones en los precios unitarios, las entidades públicas
reajustarán los costos para efectos del pago del primer anticipo y de las planillas de ejecución de obra, desde
la fecha de variación de costos debidamente justificados, reajuste que se aplica mediante fórmulas
contempladas en la Ley de Contratación Pública.
Terminación de los contratos.- Los contratos suscritos entre entidades del Sector Público y contratistas de
obras y servicios terminan por las siguientes causas:
- Incumplimiento de obligaciones contractuales
- Mutuo acuerdo entre las partes
-
- Sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del contrato
- Declaración unilateral del contratante por incumplimiento del contratista
- Sentencia ejecutoriada que declare la anulación del contrato por pedido del contratista
- Muerte del contratista o disolución de la persona jurídica contratista no originada en decisión interna de
la compañía.
2 EL PLAN O CATALOGO DE CUENTAS
La clasificación de cuentas y sus aplicaciones depende del tipo de actividades que desarrolle la empresa
constructora o de servicios. Si la empresa se dedica a construir obras de urbanización, lotización, e inmuebles
para la venta es una empresa exclusiva de construcción; si la empresa construye por cuenta propia o por
encargo de terceros se trata de una empresa constructora y de servicios; si la empresa se dedica a servicios de
construcción es una empresa de servicios; si la empresa presta servicios para diseños, estudios, fiscalización,
.etc. es una empresa de consultoría. La Ley de Consultoría impide que las empresas consultoras sean también
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de construcción.
Los profesionales independientes no tienen impedimento para ejercer actividades de construcción por cuenta
propia, de servicios por encargo de terceros, y otros como los de fiscalización, peritaje, estudios, asesoría, etc.
Como todo catálogo de cuentas debe responder a las necesidades específicas de cada empresa, en función de
las actividades que desarrollen y a su organización, el plan encuentra un mejor sustento, por tanto las cuentas
persiguen un orden, mayor consistencia, en especial en aquellas que tienen relación implícita con las
actividades de obras y servicios de construcción, veamos un ejemplo:
En la Contabilidad es imprescindible disponer de un Plan o Catálogo de Cuentas que permita identificar las
cuentas y subcuentas a utilizarse y sus formas de aplicación. El número de cuentas, códigos y otros detalles
depende del caso particular.
El profesional contable tiene la obligación de diseñar el Plan o Catálogo de Cuentas. Cabe indicar que el
Contador debe estar “al día” en el conocimiento y aplicaciones de los Principios Contables de General
Aceptación - PCGA -. Además, debe aplicar las Normas Ecuatorianas de Contabilidad - NEC -, las mismas que
están vigentes desde el ejercicio 1999 y su contenido principal es el siguiente:
- Presentación de estados financieros
- Revelación en los estados financieros de bancos y otras instituciones financieras similares
- Estado de flujos de efectivo
- Contingencias y sucesos que ocurren después de la fecha del balance
- Utilidad o perdida neta por el periodo, errores fundamentales y cambios en políticas contables
- Revelaciones de partes relacionadas
- Efectos de las variaciones en tipos de cambio de moneda extranjera reportando información financiera por
segmentos ingresos
- Costos de financiamiento
- Inventarios
- Propiedades, planta y equipo
- Contabilización de la depreciación
- Costos de investigación y desarrollo
- Contratos de construcción
- Conversión de estados financieros para efectos de aplicar el esquema de dolarización
El “Plan de Cuentas” comprende códigos para: sector financiero, grupo, cuenta y subcuenta o auxiliar. A
continuación se describen cada una de las clasificaciones:
Sector Financiero.- Se refiere a los grandes componentes de los estados financieros: Activos, Pasivos,
Patrimonio; Ingresos, Costos y Gastos, Pérdidas y Ganancias.
Grupos.- Cada sector financiero tiene grupos integrados por varias cuentas. Ejemplo: “Activo Corriente”.
Subgrupo.- Es una clasificación derivada de ciertos grupos. Ejemplo: dentro del activo corriente existen
subgrupos como: “Disponible”, “Exigible”, “Realizable” y “Otros corrientes”.
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Cuenta.- Es una identificación particular para distinguir características específicas que permiten la aplicación
de conceptos homogéneos. Ejemplo: cuenta “Ventas”. Todas las cuentas componen el Libro Mayor General, y
se les llamas también “cuentas del mayor” por ser cuentas principales. Ejemplo:
MAYOR GENERAL - AÑO: 2003
CUENTA: VENTAS
CODIGO: 6101
FOLIO No. 2
FECHA CUENTAS No. Asiento D.G. Folio D.G. DEBE HABER SALDO
Enero 2 BANCOS 2 1 60 60
Total: 60 60
Subcuenta o Auxiliar.- Algunas cuentas requieren de componentes o desagregados llamados subcuentas”.
Ejemplo: subcuentas “BANCO DEL PICHINCHA”, “BANCO AMAZONAS”. La suma de los saldos de las subcuentas
totaliza el saldo de la cuenta.
Concepto Código
Sector financiero ACTIVO 1
Grupo ACTIVO CORRIENTE 11
Subgrupo DISPONIBLE 111
Cuenta BANCOS 1112
Subcuenta B.Pichincha- 1112-01
PBancoPPichinPichincha
Guayaquil
IMPORTANTE: Las cuentas que a continuación se presentan son las más usadas en el mundo contable. Sin
embargo, existen otras cuentas que pueden ser utilizadas en una empresa, según la actividad a la que ésta se
dedica. El nombre de una cuenta aplicada en una empresa puede ser distinto en otra.
De la misma manera, la numeración presentada aquí muestra un orden, pero puede variar según las cuentas
usadas en la empresa.
PLAN DE CUENTAS PARA ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN
En la siguiente ilustración se presenta un ejemplo de Plan de Cuentas para el Sector de la Construcción, el que
mismo que puede adaptarse con facilidad al caso específico:
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2.1 CUENTAS DE ACTIVOS
Activo significa propiedad y derechos de la empresa o negocio a una fecha determinada.
Activo Corriente.- En la Contabilidad de Construcciones, dentro del Activo Corriente, además de las cuentas de
activo de tipo general, se utilizan las siguientes:
Construcciones por cuenta propia.- Aquellas que tienen que ver con adquisición y asignación de materiales e
inventarios de obras: “ALMACEN DE MATERIALES”, “INVENTARIO DE OBRAS EN PROCESO”, e “INVENTARIO DE
OBRAS TERMINADAS”.
Construcciones por encargo de terceros.- Las relacionadas con adquisición de materiales y las
Relacionadas con el avance de obras confiadas por terceros: “ALMACEN DE MATERIALES” y “OBRAS EN
EJECUCION”.
Propiedad, Planta y Equipo (Activo Fijo).- Comúnmente, las empresas constructoras disponen de importantes
activos de larga duración, pero la cuenta más representativa en la, mayor parte de los casos es “MAQUINARIA Y
EQUIPOS”, debido a la especial función que desempeñan en la construcción de obras.
A continuación se presenta un detalle de cuentas que bien puede adaptarse a los casos de actividades de la
construcción:
1 ACTIVOS
11 A. CORRIENTE
111 DISPONIBLE
1111 CAJA
1112 BANCOS
1112–01 Banco del Pichincha
1112–02 Banco Amazonas
112 EXIGIBLE
1121 CUENTAS POR COBRAR
1121–01 Clientes
1121–02 Otras
1122 DOCUMENTOS POR COBRAR
1122–01 Clientes
1122–02 Otras
1123 INTERESES GANADOS POR COBRAR
113 REALIZABLE
1131 ALMACEN DE MATERIALES
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1132 INVENTARIO DE OBRAS EN PROCESO
1133 INVENTARIO DE OBRAS TERMINADAS
114 OTROS ACTIVOS CORRIENTES
1141 OBRAS EN EJECUCION
1142 ARRIENDOS PAGADOS POR ANTICIPADO
1143 SEGUROS PAGADOS POR ANTICIPADO
1144 INVERSIONES EN TITULOS – VALORES
12 ACTIVO NO CORRIENTE
121 PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO
1211 TERRENOS
1212 EDIFICIOS
1212–D Depreciación Acumulada Edificios
1213 MAQUINARIAS Y EQUIPOS
1213-D Depreciación Maquinarias y Equipos
1214 EQUIPOS DE OFICINA
1214–D Depreciación Acumulada Equipos de Oficina
1215 VEHICULOS
1215-D Depreciación Acumulada de Vehículos
1216 EQUIPOS DE COMPUTACIÓN
1216–D Depreciación Acumulada Equipos de
Computación
122 OTROS ACTIVOS NO CORRIENTES
1221 GASTOS DE CONSTITUCIÓN
1221-A Amortización Gastos de Constitución
1222 ACCIONES EN OTRAS COMPAÑÍAS
2. 2 CUENTAS DE PASIVOS
Los pasivos representan obligaciones para con terceros. En general, se refiere a toda deuda u obligación
registrada a una fecha determinada.
En actividades de la construcción se destacan las siguientes cuentas: “INGRESOS ANTICIPADOS POR
PROYECTOS”, “INGRESOS POR REALIZAR” e “INGRESOS DIFERIDOS POR PROYECTOS”, “INGRESOS ANTICIPADOS
POR OBRAS DE TERCEROS”.
2 PASIVOS
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21 PASIVO CORRIENTE
2101 CUENTAS POR PAGAR
2102 PROVEEDORES
2103 IMPUESTOS POR PAGAR
2104 ARRIENDOS POR PAGAR
2105 INTERESES POR PAGAR
2106 SUELDOS POR PAGAR
2107 DOCUMENTOS POR PAGAR
2108 BENEFICIOS SOCIALES POR PAGAR
2109 OBLIGACIONES SEGURO SOCIAL POR PAGAR
2110 INGRESOS ANTICIPADOS POR PROYECTOS
2111 OTROS PASIVOS CORRIENTES
22 PASIVO NO CORRIENTE
221 PASIVOS DE LARGO PLAZO
2211 PRESTAMOS BANCARIOS
222 PASIVOS DIFERIDOS
2221 INGRESOS DIFERIDOS POR PROYECTOS
2222 INGRESOS POR REALIZAR
2222 FONDOS EN ADMINISTRACION
2.3 CUENTAS DE PATRIMONIO
El patrimonio está representado por cuentas que significan propiedad de los accionistas, socios o propietarios
en los activos de la empresa o negocio, y corresponde al capital pagado, reservas, utilidades.
El patrimonio incluye también las cuentas de “Pérdidas y Ganancias” provenientes de la diferencia entre
ingresos menos costos y gastos. Si en esta diferencia existe una pérdida, el saldo será deudor; y si hay una
utilidad, el saldo será acreedor.
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3
31 CAPITAL
3101 CAPITAL PAGADO
32 RESERVAS
3201 RESERVA LEGAL
3202 RESERVA ESTATUTARIA
3203 SUPERAVIT DE CAPITAL
33 PERDIDAS Y GANANCIAS
3301 PERDIDAS Y GANANCIAS
3302 UTILIDADES ACUMULADAS EJ. ANTERIORES
3303 UTILIDAD NETA DEL EJERCICIO
3304 (PERDIDAS ACUMULADAS EJ. ANTERIORES)
3305 (PERDIDA NETA DEL EJERCICIO)
2.4 CUENTAS DE ORDEN
Son cuentas que no pertenecen ni afectan al Balance General ó Estado de Situación Financiera y sirven para
llevar determinado control o memoria sobre algunas transacciones, regularmente relacionadas con la ejecución
de proyectos u obras para llevar un control del avance de los mismos, se por cuenta propia o por encargo de
terceros. Las Cuentas de Orden figuran después de los activos, pasivos y patrimonio, y no afectan a la situación
financiera. Se utilizan también para registrar documentos importantes de la empresa: pólizas de seguros,
contratos, garantías bancarias, etc.
Las cuentas de orden deudoras cumplen la función a manera de cuentas de activo (propiedad). Las cuentas de
orden acreedoras cumplen la función a manera de cuentas de pasivo (obligaciones). Entre las cuentas de orden
más utilizadas tenemos “OBRAS PROPIAS EN PROCESO” y “OBRAS DE TERCEROS EN EJECUCION”
4 CUENTAS DE ORDEN
41 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
4101 OBRAS PROPIAS EN PROCESO
4102 OBRAS DE TERCEROS EN EJECUCION
42 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
4201 CONTRATOS POR OBRAS DE TERCEROS
4202 OBLIGACIONES POR INGRESOS ANTICIPADOS
CUENTAS CONTINGENTES
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24. Boletín El Contador 95 Página 24 de 48
Son cuentas que no afectan al Balance General o Estado de Situación Financiera. En estas cuentas se registra
transacciones que significan riesgo o incertidumbre futura de hechos a favor o en contra de la empresa, tal es
el caso de PRESTAMOS NO LEGALIZADOS, GARANTIAS OTORGADAS, GARANTIAS RECIBIDAS.
5 CUENTAS CONTINGENTES
51 CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS
5101 GARANTIAS CONCEDIDAS A TERCEROS
52 CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS
5201 GARANTIAS RECIBIDAS DE TERCEROS
2.6 CUENTAS DE INGRESOS
Se refiere a cuentas que son el resultado de la gestión del negocio y que finalmente inciden en la utilidad o
pérdida del ejercicio después de deducir costos y gastos. Son cuentas que se identifican con el objetivo
intrínseco del negocio. Ejemplo: “VENTAS” en empresas constructoras que venden obras terminadas: edificios,
departamentos, casas, urbanizaciones, etc.; “INGRESOS POR PROYECTOS” es otra cuenta de ingreso aplicable
en actividades por encargo de terceros; también su utiliza la cuenta “INGRESOS POR SERVICIOS” dependiendo
de las modalidades de actividad;
En las cuentas de ingresos no operacionales se puede utilizar las cuentas “INTERESES GANADOS” por inversiones
financieras; “UTILIDAD EN VENTA DE TITULOS – VALORES”, “UTILIDADES EN VENTA DE ACTIVOS FIJOS” si fuere
el caso.
6 INGRESOS
61 INGRESOS OPERACIONALES
6101 VENTAS
6102 INGRESOS POR PROYECTOS
62 INGRESOS NO OPERACIONALES
6201 INTERESES GANADOS
6202 UTILIDAD EN VENTA DE TITULOS - VALORES
6203 UTILIDAD EN VENTA DE ACTIVOS FIJOS
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25. Boletín El Contador 95 Página 25 de 48
2.7 CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
Corresponde a egresos o aplicaciones necesarios para la gestión de la administración, comercialización y
mantenimiento de la empresa o negocio en su conjunto.
Cabe indicar que en la construcción la cuenta “COSTO DE VENTAS” solo se utiliza cuando la empresa construye
por cuenta propia y vende la obra terminada. Cuando la obra es ejecutada por cuenta de terceros se utiliza la
cuenta “COSTO DE OBRAS TERMINADAS” siempre que todos los ingresos recibidos se hayan devengado y la obra
haya concluido. Las demás cuentas de gastos generales, de ventas y financieros, son las comunes utilizadas en
la mayor parte de empresas y negocios que llevan Contabilidad.
7 COSTOS Y GASTOS
71 COSTOS
7101 COSTO DE VENTAS
7102 COSTO DE OBRAS TERMINADAS
72 GASTOS GENERALES
7201 SUELDOS
7202 APORTE PATRONAL IESS
7203 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
7204 AGUA, LUZ Y TELÉFONO
7205 SUMINISTROS Y MATERIALES DE OFICINA
7206 DEPRECIACIÓN MUEBLES Y ENSERES
7207 AMORTIZACIÓN GASTOS DE CONSTITUCIÓN
73 GASTOS DE VENTAS
7301 SUELDOS VENDEDORES
7302 COMISIONES VENDEDORES
7303 PUBLICIDAD
74 GASTOS FINANCIEROS
7401 INTERESES BANCARIOS
7402 COMISIONES BANCARIAS
7403 OTROS
75 GASTOS NO OPERACIONALES
7501 INDEMNIZACIONES
7501 PERDIDAS VARIAS
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TRIBUTACIÓN
INTERNA
ASPECTOS TRIBUTARIOS EN LA
CONSTRUCCION
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TIPO GENERAL
Todas las personas naturales y jurídicas que se dediquen a las actividades de la construcción están sometidos al
cumplimiento de obligaciones tributarias, respecto de dos tipos de impuestos básicos: a) Impuesto al Valor
Agregado - IVA -; y, b) Impuesto a la Renta.
Para fines tributarios relacionados con la construcción es necesario subdividir en dos tratamientos: obligaciones
tributarias de empresas y personas naturales obligadas a llevar Contabilidad., y obligaciones tributarias de
personas naturales no obligadas a llevar Contabilidad
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO -IVA- EN EL CASO DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA CONSTRUCCION
OBLIGACIONES DE TIPO GENERAL
Los constructores, sean sociedades o personas naturales obligadas o no a llevar Contabilidad tienen la
obligación de pagar el IVA en la adquisición de bienes y servicios gravados con tarifa 12 %, y facturar con este
impuesto en la prestación de servicios vinculados con la construcción.
LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA
Tanto las personas jurídicas públicas y privadas, así como las personas naturales obligadas o no a llevar
Contabilidad, y que ejerzan actividades habituales de venta de bienes y servicios gravados con tarifa 12% o con
tarifa 0% (no gravados), están obligadas a facturar de acuerdo a la reglamentación vigente.
COMPROBANTES DE VENTA VÁLIDOS
La compra y venta de bienes inmuebles no está gravada con el IVA.- La compra o venta de bienes
inmuebles, entre ellos: terrenos, edificios, casas, departamentos, etc. no están gravadas con el IVA, por tanto
tienen tarifa cero, sin embargo no exime de la obligación de la emisión del correspondiente comprobante de
Venta (Factura), la escritura de transferencia de bienes es un documento legal que formaliza este acto, no
sustituye al comprobante de venta.
Base imponible del IVA 12 % por servicios y contratos de la construcción.- En general, para la determinación
de la base imponible en la prestación de servicios, se incluirá en ésta el valor total cobrado por el servicio
prestado
Si con la prestación de servicios gravados con el IVA 12 %, se suministren mercaderías también gravadas con
esta tarifa, se entenderá que el valor de tales mercaderías forma parte de la base imponible de éste servicio,
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27. Boletín El Contador 95 Página 27 de 48
aunque se facturen separadamente. Si el servicio prestado está gravado con tarifa 0 %, la venta de mercaderías
gravadas con tarifa 12% se facturará por separado.
Base imponible en contratos de obras públicas.- En los precios unitarios que se establezcan para los contratos
de construcción de obras públicas o privadas, no se incluirá el Impuesto al Valor Agregado que afecte a los
bienes incorporados en tales precios unitarios, pero el constructor en la factura que corresponda aplicará el
IVA sobre el valor total de la misma y en su declaración, utilizará como crédito tributario el impuesto pagado
en la adquisición de bienes incorporados a la obra. La entidad del sector público o del sector privado
contratante, efectuará la retención únicamente por el 30% del IVA que corresponde a cada factura en forma
indistinta aunque el constructor tuviera la calificación de contribuyente especial (Art. 136 Reg. L.R.T.I.).
Base imponible por servicios profesionales.- Cuando las instituciones del Estado y las sociedades paguen o
acrediten en cuenta honorarios por servicios profesionales gravados con tarifa 12 %, prestados por personas
naturales con título de instrucción superior otorgado por establecimientos amparados por la Ley de
Universidades y Escuelas Politécnicas, deberán efectuar la retención del 100 % del Impuesto al Valor Agregado
facturado y declararlo y pagarlo mensualmente en las condiciones y plazos establecidos. Los agentes de
retención de este concepto deberán remitir mensualmente en medio magnético del detalle del impuesto
retenido en la forma que indique el Servicio de Rentas Internas.
Para efectos del cómputo del honorario pagado por cada caso determinado, se entenderá que el monto pagado
por ese caso puede estar incluido en una o más facturas o comprobantes de venta, por lo tanto, si la suma de
estos supera los CUATROCIENTOS DOLARES ($ 400), el Impuesto al Valor Agregado se liquidará y pagará por el
total de la suma de todos los comprobantes de venta. Igual tratamiento se aplicará a aquel proveedor al que no
se conociera el valor exacto de su honorario mientras este no sea fijo mensual, casos en los cuales una vez
superado los $ 400 deberá facturar el Impuesto al Valor Agregado con tarifa 12 % , sobre la totalidad del
honorario acumulado.
Cuando se trate de un contrato permanente que supere los $400,00 deberá factura el 12% desde el primer
comprobante de venta emitido.
Crédito Tributario.- El crédito tributario es el valor del IVA 12 % pagado por el contribuyente y en favor de
éste, en los siguientes casos:
Por el IVA 12 % pagado en la adquisición de materiales de construcción y por la utilización de servicios
inherentes a la construcción; siempre que los materiales y servicios utilizados se utilicen en el servicio que
preste el contribuyente y que esté gravado con tarifa 12 %; y,
Por el IVA 12 % pagado en la adquisición de activos fijos del que presta el servicio, siempre que los servicios
que presta estén gravados con IVA 12%.
Tienen derecho al crédito tributario los contribuyentes que ejerzan actividades de servicios profesionales y
afines vinculados con la construcción siempre que los servicios que presten también estén gravados con tarifa
12%.
El IVA 12 % se compensa mensualmente en la declaración que debe hacer el contribuyente por los servicios
gravados con el 12 %. Si el valor del “IVA PAGADO” es mayor que el “IVA POR PAGAR”; la compensación del
crédito tributario es automática en su propia declaración, caso contrario, si el “IVA PAGADO” es menor que el
”IVA POR PAGAR”, deberá pagar la diferencia.
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28. Boletín El Contador 95 Página 28 de 48
El aplicar crédito tributario quiere decir que el IVA pagado no constituye costo del servicio.
La empresas o personas naturales que construyan por cuenta propia bienes inmuebles destinados a la venta,
están obligados a pagar el IVA 12 % en todas las compras de materiales y utilización de servicios, sin embargo,
no tienen derecho a la compensación por “crédito tributario” por cuanto la venta de inmuebles no es objeto de
este impuesto. El IVA pagado entonces constituye parte del costo de la construcción.
Contribuyentes Especiales.-. Son contribuyentes diferenciados y designados por el Servicio de Rentas Internas
-SRI- que deben cumplir, además de las obligaciones tributarias generales, otras que le permiten al SRI un
mayor control de transacciones realizadas por este tipo de contribuyentes, tal es el caso del detalle de
compras y ventas realizadas en cada mes.
Retenciones del IVA 12 %.- Las entidades públicas, los Contribuyentes Especiales, las sociedades y las personas
naturales obligadas a llevar contabilidad tienen la obligación de retener el 30 % por el IVA pagado en sus
adquisiciones y el 70 % del IVA pagado en servicios.
Retención a personas naturales no obligadas a llevar Contabilidad.- Cuando las Instituciones del Estado y las
sociedades adquieran a personas naturales no obligadas a llevar Contabilidad servicios gravados con tarifa
12 % , deberán efectuar la retención del 70 % del Impuesto al Valor Agregado facturado, cuando la
adquisición sea un bien, les será efectuada la retención del 30% del impuesto. Los valores retenidos serán
declarados y pagados mensualmente en las condiciones y plazos establecidos. Los agentes de retención
deberán remitir mensualmente en medio magnético del detalle del impuesto retenido en la forma que indique
el Servicio de Rentas Internas.
Cuando las instituciones del Estado y las sociedades adquieran a personas naturales bienes o servicios mediante
comprobantes de venta denominados “liquidación de compras”, deberán efectuar la retención del 100 % del
Impuesto al Valor Agregado.
Profesionales que prestan servicios de la construcción y no están obligados a llevar Contabilidad.- En el
caso de profesionales que prestan servicios para la ejecución de servicios vinculados con la construcción tal es
el caso de arquitectos e ingenieros que ejercen libremente su profesión y realizan estudios de consultoría,
diseño, ejecución y construcción de obras, están obligados a facturar en la siguiente forma:
Servicios de hasta 400 dólares: en cada caso se factura con tarifa 0;
Servicios de más de 400 dólares en cada caso: se factura con tarifa 12 %
Contratos superiores a 400 dólares: deberá facturar con tarifa 12%
Declaración y pago del IVA.- El Artículo 77 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen tributario
establece los plazos para declarar y pagar el IVA de acuerdo al 9º. dígito del RUC del contribuyente.
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EL IMPUESTO A LA RENTA DE EMPRESAS Y PERSONAS NATURALES EN ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCION
Contribuyentes del impuesto a la renta.- Las empresas jurídicas, las sociedades y las personas naturales
obligadas o no a llevar Contabilidad dedicadas a las actividades de la construcción, tanto como ejecutoras de
obras como de prestadoras de servicios, son contribuyentes sujetos a la declaración del Impuesto a la Renta
según corresponda.
Concepto de Sociedad.- Para fines tributarios y de conformidad con el Artículo 96 de la Ley de Régimen
Tributario Interno el concepto de sociedad dice lo siguiente:
LEY DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO – ART. 94
“ Para efectos de esta Ley el término sociedad comprende la persona jurídica; la sociedad de hecho; el
fideicomiso mercantil y los patrimonios independientes o autónomos dotados o no de personería jurídica,
salvo los constituidos por las instituciones del Estado siempre y cuando los beneficiarios sean dichas
instituciones; el consorcio de empresas, la compañía tenedora de acciones que consolide sus estados
financieros con sus subsidiarias o afiliadas; el fondo de inversión o cualquier entidad que, aunque carente de
personería jurídica, constituya una unidad económica o un patrimonio independiente de los de sus
miembros.”
Personas naturales y sociedades obligados a llevar Contabilidad.- La misma Ley de Régimen Tributario en su
Artículo 20 dispone la obligatoriedad de llevar Contabilidad a las sociedades y personas naturales que cumplan
ciertos límites de capital propio y/o ingresos brutos.
LEY DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO – ARTICULO 20
“Están obligadas a llevar Contabilidad y declarar el impuesto en base a los resultados que arroje la
misma, todas las sociedades. También lo estarán las personas naturales que realicen actividades
empresariales en el Ecuador y que operen con un capital propio que, al 1º de enero de cada ejercicio
impositivo supere los 24.000 DOLARES ( $ 24.000) o cuyos ingresos anuales del ejercicio anterior sean
superiores a los CUARENTA MIL DOLARES ($ 40.000) incluyendo las personas naturales que desarrollen
actividades agrícolas, pecuarias, forestales o similares. Estos valores se ajustarán anualmente a partir
del año 2000 (ajuste por inflación)”.
Cabe indicar que los profesionales constructores independientes que ejerzan actividades eminentemente
profesionales no están obligados a llevar Contabilidad, pero si estos ejercieren actividades empresariales y
sobrepasaren los límites antes señalados deberán llevarla.
Impuesto a la renta de empresas constructoras.- En general, las empresas y sociedades dedicadas a la
actividad de la construcción deben satisfacer el Impuesto a la Renta en base a lo que arroje la Contabilidad de
la empresa.
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30. Boletín El Contador 95 Página 30 de 48
Cuando las obras de construcción duren más de un año, se podrá adoptar uno de los sistemas recomendables
por la técnica contable para el registro de ingresos y costos de las obras, tales como el sistema de “obra
terminada” y el sistema de “porcentaje de terminación”, pero, adoptado un sistema, no podrá cambiarse a
otro, sino con autorización del Servicio de Rentas Internas -SRI-.
Cuando las empresas no lleven Contabilidad o la que lleven no se ajuste a las disposiciones legales y
reglamentarias, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar, se aplicará la siguiente norma:
“En los contratos de construcción a precios fijos, unitarios o globales, se presumirá que la base imponible es
igual al doce por ciento (12 %) del total del contrato. Cuando dichos contratos tengan financiamiento, el
porcentaje será del quince por ciento (15 %.)”. (Art. 29 L.R.T.I.)
Ingresos de las actividades de urbanización, lotización y similares.- Quienes obtuvieren ingresos provenientes
de las actividades de urbanización, lotización, transferencia de inmuebles y otras similares, determinarán el
impuesto a base de los resultados que arroje la Contabilidad.
Para quienes no lleven Contabilidad o la que lleven no se ajuste a las disposiciones legales y reglamentarias,
se presumirá que la base imponible es el treinta por ciento (30 %) del monto de ventas efectuadas en el
ejercicio.
El impuesto que se hubiere pagado a los Municipios, en concepto de impuesto a la utilidad en la compra – venta
de precios urbanos, será considerado crédito tributario para determinar el impuesto. El crédito tributario así
considerado no será mayor, bajo ningún concepto, al impuesto establecido por esta Ley.
Base imponible.- Para establecer la base imponible sujeta al Impuesta a la Renta anual del 25 %, la empresa
deberá proceder así:
UTILIDAD O PERDIDA CONTABLE DEL EJERCICIO
- 15 % PARTICIPACION UTILIDADES EMPLEADOS Y TRABAJADORES
- DIVIDENDOS RECIBIDOS DE OTRAS SOCIEDADES Y OTROS
INGRESOS EXENTOS
+ GASTOS NO DEDUCIBLES
+ GASTOS NO DEDUCIBLES DE INGR. EXENTOS (HASTA 5 %
ING.NETOS)
+ 15 % UTILIDADES DE TRABAJADORES EN SOCIEDADES CON
INGRESOS EXENTOS Y DIVIDENDOS DE OTRAS SOCIEDADES
- AMORTIZACION DE PERDIDAS DE AÑOS ANTERIORES
- OTRAS DEDUCCIONES SOBRE INGRESOS GRAVADOS
BASE IMPONIBLE O UTILIDAD GRAVABLE O (PERDIDA)
Sobre esta base se aplica el 25 %, valor que constituye el impuesto causado del ejercicio.
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31. Boletín El Contador 95 Página 31 de 48
Anticipos.- Cada año, en la respectiva declaración, debe fijarse el valor en concepto de anticipos del año
siguiente al de la declaración, así en el 2004 se indicará el anticipo de este año aplicando el 50 % del impuesto
a la renta causado en el 2003; este anticipo se paga en dos cuotas iguales del 50 % cada una, en julio y
septiembre, respectivamente.
Plazos de declaración y pago.- Para las empresas y sociedades el plazo se inicia el 1º de febrero de cada año y
vence en las siguientes fechas del mismo año, según el noveno dígito del número del Registro Único de
Contribuyentes -RUC- del declarante:
Impuesto a la renta de personas naturales que ejercen actividades de la construcción.- Para determinar el
impuesto a la renta anual en el caso de personas naturales que ejercen actividades de la construcción, tal es el
caso de profesionales arquitectos, ingenieros y afines que por cuenta propia construyen obras o prestan
servicios en el sector de la construcción, debe considerarse dos rubros principales; a) ingresos gravados; y, b)
deducciones.
Ingresos gravados.- Están gravados con el impuesto a la renta todos los ingresos provenientes de las siguientes
fuentes:
• Los ingresos percibidos por actividades profesionales, comerciales, de servicios y otras de
carácter económico realizadas en el territorio ecuatoriano;
• Los percibidos por ecuatorianos y extranjeros por actividades desarrolladas en el exterior,
provenientes de personas naturales, de sociedades nacionales o extranjeras con domicilio en el
Ecuador, o de entidades u organismos del Sector Público ecuatoriano;
• Las utilidades provenientes de la enajenación de bienes muebles e inmuebles ubicados en el
país.
Costos y gastos deducibles.-
En general, para determinar la base imponible sujeta a este impuesto, se deducirán los gastos que se efectúen
para obtener, mantener y mejorar los ingresos gravados.
En particular se aplicarán las siguientes deducciones principales:
Los costos y gastos imputables al ingreso;
Los intereses de deudas contraídas con motivo del giro del negocio;
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32. Boletín El Contador 95 Página 32 de 48
Los impuestos, tasas y contribuciones; aportes al sistema de seguridad social obligatorio. No podrá deducirse
el propio impuesto a la renta, ni los gravámenes que se hayan integrado al costo de bienes y activos, ni los
impuestos que el contribuyente pueda trasladar u obtener por ellos crédito tributario;
Las primas de seguros devengados en el ejercicio impositivo que cubran riesgos personales de los trabajadores
y sobre los bienes que integran la actividad generadora del ingreso gravable;
Las pérdidas comprobadas por caso fortuito, fuerza mayor o por delitos que afecten económicamente a los
bienes de la respectiva actividad generadora del ingreso, en la parte que no fuere cubierta por
indemnización o seguro y que no se haya registrado en los inventarios:
La depreciación y amortización conforme a la naturaleza de los bienes, a la duración de su vida útil, así como
las que se concedan por obsolescencia y otros casos;
Los sueldos, salarios y remuneraciones en general, los beneficios sociales, las indemnizaciones y bonificaciones
legales y voluntarias y otras erogaciones impuestas por el Código del Trabajo y en otras leyes; también
serán deducibles las contribuciones a favor de los trabajadores para finalidades de asistencia médica,
sanitaria, escolar, cultural, capacitación, entrenamiento profesional y de mano de obra;
Las remuneraciones en general y los beneficios sociales reconocidos en un determinado ejercicio
económico, sólo se deducirán sobre la parte respecto de la cual el contribuyente haya cumplido con sus
obligaciones legales para con el Seguro Social Obligatorio a la fecha de presentación de la declaración del
impuesto a la renta.
Base imponible del impuesto a la renta para personas naturales.- Para determinar la base imponible del
impuesto a la renta en el caso de personas naturales se la obtiene de acuerdo a la tabla que anualmente
publica la Administración Tributaria, así para el ejercicio del año 2003 la tabla es la siguiente:
TABLA DE INGRESO ANUAL GRAVABLE (EJERCICIO 2003)
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33. Boletín El Contador 95 Página 33 de 48
LEGISLACIÓN
LABORAL
LOS OBREROS DE LA CONSTRUCCION
Dra. Martha Silva Arias
Los obreros de la construcción son aquellos trabajadores que construyen y reparan edificaciones y otras obras
semejantes. Colocan ladrillos, bloques, piedras y conforman cimientos, paredes o tabiques y las revisten de
cemento; construyen obras en hormigón armado como lozas, vigas, cadenas y más elementos estructurales
similares; cubren los techos de las construcciones utilizando diversa clase de materiales; fabrican ensamblan o
reparan armazones de madera, puertas, ventanas, muebles sencillos y los montan en las edificaciones;
recubren o adornan tabiques y cielos rasos de los edificios con materiales de enlucido, motivos decorativos de
escoyola o estuco; insonorizan espacios interiores y colocan materiales aislantes en techos, muros, paredes u
otros sistemas de climatización y refrigeración; colocan y aseguran cristales en edificios y vehículos y realizan
otras tareas análogas propias de la construcción.
1. DEFINICIONES
El Diccionario Nacional de Ocupaciones, expedido por el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos en el año de
1987:
a) Albañil (en general): Realiza todo tipo de trabajos en el ramo de la construcción de edificios y demás
estructuras similares, utilizando cemento, arena, ripio, polvo blanco, cascajo y demás materiales. Revisa
los planos, observa su diseño, analiza las estructuras, etc.;
b) Fierrero (armador de hormigón): Prepara y conforma estructuras de hierro para columnas, vigas,
gradas y estructuras similares que serán utilizadas en una construcción, etc.;
c) Carpintero, en general: Fabrica, ensambla y/o repara muebles, armazones y accesorios de madera en
general en un taller o en el lugar donde se efectúan los trabajos de carpintería, etc.;
d) Maestros de obras, en general: Construye, repara, adecua y procura la óptima estructuración y acabado
de casas, tiendas, garajes, galpones, graneros y otras obras pequeñas que dirige, etc.
2. CONTRATO DE TRABAJO Y OTRAS MODALIDADES DE TRABAJO
El trabajador de la construcción puede firmar contratos de trabajo: de obra cierta, eventual, a plazo fijo,
indefinido, por jornada parcial permanente, a tiempo parcial, por horas.
En el caso de que se establezca mediante leyes especiales diferentes modalidades de trabajo de la
construcción, quedarán sujetas a las disposiciones generales al Código del Trabajo se aplicarán supletoriamente
en todo aquello que no se hallare en oposición con dichas leyes especiales.
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34. Boletín El Contador 95 Página 34 de 48
3. SALARIOS MINIMOS
Los trabajadores que laboren en actividades de la construcción y servicios técnicos y arquitectónicos, sus
salarios están fijados por el salario mínimo que establezcan anualmente las comisiones sectoriales. Para
aquellas actividades de la construcción que no están fijadas por las comisiones sectoriales, los trabajadores, no
podrán ganar menos del salario básico unificado fijado anualmente por el Consejo Nacional de Salarios
(CONADES).
La remuneración no puede ser disminuida ni descontada, sino con autorización del trabajador o por la ley y
debe ser pagada en moneda de curso legal. En caso de retención, únicamente será por orden judicial y para el
pago de aportes personales al IESS.
4. JORNADA DE TRABAJO Y BENEFICIOS DE LEY
a) Duración de la jornada.- Es la que rige para los trabajadores en general, esto es, en jornadas
ordinarias, suplementarias, etc.
b) Descanso semanal y vacaciones.- Se aplicará las disposiciones del Código del Trabajo, que rigen para
los trabajadores en general sobre descanso semanal, obligatorios y vacaciones;
c) Componentes salariales.- Tienen derecho a recibir mensualmente el remanente de los componentes
salariales en proceso de unificación;
d) Remuneraciones Adicionales.- El pago de los decimotercero sueldo o bono navideño y decimocuarto
sueldo o bono escolar, también les corresponde recibir.
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35. Boletín El Contador 95 Página 35 de 48
5. APORTES AL SEGURIDAD SOCIAL Y FONDO DE RESERVA
Entre los obligados a la seguridad social están los trabajadores agrícolas, cuya tabla de aportaciones es la
siguiente:
CONCEPTOS PERSONAL% PATRONAL% TOTAL%
SEGURO GENERAL DE PENSIONES 6.00 3.15 9.15
Invalidez, vejez y muerte 5.00 2.39 7.39
XIII y XIV Pensiones 1.00 0.76 1.76
SEGURO DE SALUD 5.71 5.71
Enfermedad y maternidad, general 3.41 3.41
Subsidio enfermedad 1.30 1.30
Enfermedad, riesgos 1.00 1.00
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0.36 0.44 0.80
SEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO 0.50 0.50
Pensiones 0.40 0.40
Prevención 0.10 0.10
SEGURO SOCIAL CAMPESINO 0.35 0.35 0.70
COOPERATIVA MORTUORIA 0.64 0.64
SEGURO DE CESANTIA 2.00 1.00 3.00
TOTAL DE APORTES 9.35 11.15 20.50
El empleador de la construcción no paga el 1% correspondiente al IECE y al SECAP.
El empleador de la construcción debe depositar mensualmente en el I.E.S.S. la parte proporcional a un mes de
sueldo salario por cada año completo posterior al primero de sus servicios. El trabajador no perderá este
derecho por ningún motivo.
6. SANCIONES
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El empleador de la construcción que no diere cumplimiento a los contratos de trabajo y a todo lo que dispone
el Código del Trabajo, será sancionado por las correspondientes autoridades del trabajo.
7. BASE LEGAL
a) Código del Trabajo: R.O. 197 de 29-09-97
b) Tablas Sectoriales para el Año 2003: Supl. R.O.
c) Diccionario Nacional de Ocupaciones, Ministerio del Trabajo, 1987.
d) IESS, Resolución C.D. 005, R.O. 81, de 14-05-03
TRATAMIENTO DE LA CUENTA
MERCADERIAS II PARTE
SISTEMA DE
INVENTARIO
PERMANENTEMENTE
Este sistema permite registrar las operaciones de mercaderías conociendo inmediatamente el costo de las
mismas y a la vez el costo del inventario final sin necesidad de cerrar el negocio para realizar la toma física de
inventario; el costo de los inventarios se tiene en forma permanente, para efectuar los registros en este
sistema es necesario utilizar tarjetas de control de entradas y salidas de mercadería en un kardex, con este
procedimiento hay un mayor control para evitar robos, pérdidas o errores que se pueden presentar en el
control de mercaderías.
CARACTERÍSTICAS
No es indispensable realizar el inventario físico para establecer el costo y la utilidad en ventas, pero es
necesario para efectos de conciliaciones y control interno efectuar tomas físicas por muestreo.
Es necesario contar con un kardex para cada tipo de artículo.
Por cada asiento de venta o devolución en venta es necesario realizar otro que registre dicho
movimiento al costo.
El sistema de Cuenta Permanente o Inventario Perpetuo utiliza tres cuentas:
INVENTARIO DE MERCADERIAS.- Esta cuenta estará en constante movimiento ya que cada momento mostrará
el valor del inventario final; se debita por el valor de Inventario Inicial, las compras realizadas, se acredita por
las devoluciones en compras al costo y para registrar el costo de ventas. El saldo demuestra el valor del
inventario final a un momento dado; que si el sistema de control interno de mercaderías esta funcionando
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37. Boletín El Contador 95 Página 37 de 48
adecuadamente debe concordar con las existencias de bodega.
VENTAS.- Registra a precio de venta, la entrega de mercaderías por enajenación, corrección o devoluciones; se
debita por error en facturación, devoluciones en venta y cierre del ejercicio, se acredita por la venta de
artículos sea al contado o a crédito. El saldo demuestra el valor de las ventas netas.
COSTO DE VENTAS.- Registrará la venta a precio de costo; se debita por la determinación del valor de la venta
al costo, se acredita por el valor de la devolución en ventas al costo. El saldo representa el costo de venta
neto.
METODO DE VALORACIÓN DE INVENTARIO
Este sistema trabaja a través de un control contable del movimiento en bodega mediante la utilización de
tarjetas de control por cada uno de los artículos existentes; el movimiento de cada artículo debe ser valorado
al costo. A continuación se trata de los métodos de valoración que se puede utilizar:
1.- METODO FIFO (First in First out).- Significa primero en entrar, primero en salir.
Según este método las salidas de mercadería egresan en su orden de ingreso, esto es las primeras mercaderías
que ingresan son las primeras en salir.
Cuando los precios en el mercado tienden a bajar el inventario final estará subestimado debido a que egresaran
primeramente las mercaderías ingresadas con precios más elevados y quedan en inventario las adquiridas a
precios mas bajos.
2.- METODO LIFO (Last in First out).- Significa último en entrar, primero en salir. Los egresos de mercadería
se registran primeramente los artículos que llegaron al último, luego las penúltimas, antepenúltimas, etc.
Cuando los precios en el mercado tienden a subir el inventario final estará subestimado ya que egresaran las
mercaderías más caras y quedan en existencia las mercaderías adquiridas a costo más bajo; al contrario cuando
los precios en el mercado tienden a bajar el inventario estará sobreestimado ya que se venderán las
mercaderías más bajas y quedan en existencia la mercadería a costo más alto.
3.- PROMEDIO PONDERADO.- Consiste en obtener un precio unitario promedio en cada uno de los movimientos
que se registre en la tarjeta de control de mercaderías, dividiendo el valor total para la cantidad de
mercadería existente, los egresos de mercadería se valoran con el último costo promedio establecido. Este
método es el más utilizado y recomendado.
4.- ULTIMO COSTO DE COMPRA.- Permite evaluar al costo actual de mercado, sin modificar los resultados
económicos; es decir la valoración permite dejar el saldo final con precios recientes esto es de última compra.
EJERCICIO PRACTICO
Registrar las transacciones y realizar los respectivos kardex en los métodos más utilizados de las siguientes
operaciones realizadas por la Empresa “Todos Estudiamos” S.A
Dispone de los siguientes datos al 01 de noviembre del 2003:
Bancos 10.000
Inventario 4.000
200 unidades del articulo AC001 a 15,00 3.000
100 unidades del artículo SL005 a 10,00 1.000
Vehículo 15.000
Proveedores 1.500
Capital 27.500
TRANSACCIONES
Noviembre 5.- Se vende 50 unidades de AC001 a 18,00 y 20 unidades de SL005 a 13,00 mediante factura 005 al
contado a Megabodegas S.A
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Noviembre 8.- Se compra 500 unidades de AC001 a 16,00 c/u y 300 unidades de SL005 a 11,00 c/u con factura
1250 a Créditos económicos a crédito
Noviembre 12.- De la venta realizada a Megabodegas S.A con factura 5 nos devuelven 5 unidades de AC001
mediante Nota de Crédito 1
Noviembre 18.- Se vende 200 unidades de AC001 a 19,00 c/u y 120 unidades de SL005 a 14,00 c/u mediante
factura crédito 006 a Hipercomisariatos Cia.Ltda.
Noviembre 22.- Se devuelve a Créditos Económicos S.A 20 unidades de SL005 mediante Nota de Crédito 0707
Noviembre 25.- Se adquiere 200 unidades de AC001 a 16,50 c/u y 80 unidades de SL005 a 12,00 mediante
factura 856 a Bodegas Prisma S.A a 15 días plazo
NOTA: Los artículos que comercializa la empresa son gravados con IVA Tarifa 0%
KARDEX VALORADOS POR EL METODO FIFO
KARDEX VALORADOS POR EL METODO LIFO
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39. Boletín El Contador 95 Página 39 de 48
KARDEX VALORADOS POR EL METODO PROMEDIO PONDERADO
Nota.- Se han realizado los kardex de mercadería por los métodos de valoración utilizados, pero a efectos de
práctica se ha registrado el Costo de Ventas bajo el Método Promedio Ponderado
. (La resolución se la presentará en el boletín Nro. 96)
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COSTO MINIMO DE MANO DE OBRA
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41. Boletín El Contador 95 Página 41 de 48
CUADRO DE BENEFICIOS SOCIALES
FONDO DE RESERVA VACACIONES ANUALES
Quiénes tienen Todos los trabajadores que han Todos los trabajadores que
erecho? cumplido un año de trabajo para el han cumplido un año de
mismo patrono trabajo para el mismo, caso
contrario pagar proporcional
eríodo de 1ro. De Julio del año anterior al 30
áculo: de Junio del año en curso Año de Servicios
orma de La doceava parte de lo recibido en La veinticuatroava parte de
álculo el período que se calcula o su lo recibido en el período que
proporcional se calcula
ase de Cálculo: Sueldo + Horas Extras + Comisiones + Sueldo + Horas Extras +
Otras retribuciones Accesorias Comisiones + Otras
Permanentes retribuciones Accesorias
Permanentes
echa de Pago: Hasta el 30 de Septiembre de cada Se paga o las goza al cumplir
año; en el formato que para el un año de trabajo. El
efecto otorga el IESS o en el sistema trabajador puede acumular
“Verificador Cliente” que también hasta 3 años y gozarlas en el
se lo obtiene en el IESS. Se puede cuarto año, de no hacerlo
pagar en los bancos o directamente pierde el primer año de
en el Instituto de Seguridad Social. vacaciones.
ase Legal: Código del Trabajo Art. # 196 ... 220 Código del Trabajo Art.#
69 ... 78
JORNADA HORAS HORAS
ORDINARIA SUPLEMENTARIAS EXTRAORDINARIAS
Concepto En el caso del Después de la Cuando el empleado
Ecuador es de lunes jornada ordinaria, trabaja sábados,
a viernes máximo 4 horas al domingos o días
8 horas diarias día y 12 horas a la feriados
40 horas semanales semana
% Recargo 0% 50 % hasta las 24H00 100 %
100 % desde 01H00 a
06H00
Base Legal Código del Trabajo Código del Trabajo Código del Trabajo
Art. 47 Art. 55 Art. 55
Forma de s./ 240 hs = v.h.n. v.h.n. + 50 % = v.h.s. v.h.n. + 100 % =
calculo v.h.e.
Ejemplo 121.91/240=0.51 0,51 + 0,25 = 0,76 0,51 + 0,51= 1,02
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42. Boletín El Contador 95 Página 42 de 48
CUADRO DE REMUNERACIONES ADICIONALES
DECIMO TERCERA DECIMO CUARTA REMUNERACIÓN
REMUNERACIÓN (BONO (BONO ESCOLAR)
NAVIDEÑO)
Cálculo: Se tomará en cuenta los Año 2002 (hasta diciembre)
valores recibidos durante el Monto equivalente a 2 Salarios
año calendario mínimos vitales generales de la
respectiva categoría ocupacional
Año 2003
Monto equivale a un salario básico
unificado
Base del Cálculo Sueldo Mensual + Horas Extras Año 2002
+ Comisiones + Otras 2 S.M.V.G. $8,00
remuneraciones consideradas
como permanentes Año 2003
1 S. Unificado $121.91
Valores no considerados para Se exceptúan de entrar al
el cálculo cálculo los valores percibidos
por concepto de utilidades,
viáticos o subsistencias,
componentes salariales
Período 1° de diciembre del año 1° de septiembre del año anterior
anterior al 30 de noviembre hasta el 31 de agosto del año en
del año en curso curso.
Fecha de Pago Hasta el 24 de Diciembre de En la Sierra y Oriente
cada año. Se cancelará hasta el 15 de
Deberá realizarse los roles en septiembre de cada año.
los formatos que expide la Deberá reportarse hasta el 30 de
Dirección General del Trabajo septiembre de cada año, la nómina
y registrarse en esa misma a la Dirección General del Trabajo
dependencia, en los 15 días en los formatos que expide la
posteriores al pago, o sea, Dirección General del Trabajo.
hasta el 8 de enero de cada En la Costa y Galápagos se
año como máximo. cancelara hasta el 15 de abril
Base Legal Código de Trabajo artículos Código de Trabajo artículos 113 y
111 y 112 114
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