Facilitador: Alcides Casas
Contenido:
La finalidad de este curso es presentar la gestión de recursos humanos como un elemento clave en las estrategias para alcanzar los objetivos del negocio. Se ofrece una visión integradora de la función de recursos humanos, donde las personas son el principal activo de la organización y el único agente capaz de agregarle valor real.- Presentación y análisis de casos prácticos.
12. RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
Manual de Funciones
Nombre del Cargo: Vendedor Fecha: Marzo de 2015
Depende: Área comercial
Descripción General: Cumplir con los objetivos de ventas por unidades y valor
monetario, cobros, asesoría comercial, apertura de mercado; coordinando los
compromisos comerciales con el área de producción.
Funciones:
– Contactar a nuevos clientes y presentar ofertas comerciales.
– Vender los productos de la empresa
– Asesorar a los clientes durante el proceso de venta y post-venta
– Realizar seguimiento a la cartera y efectuar los cobros de la misma.
– Efectuar los informes de la gestión comercial.
Responsabilidades:
Por valores : Manejar correctamente los dineros que se reciban por cobro de
cartera, consignando y/o entregarlos al área financiera en el termino
establecido por el área de contabilidad.
Por relaciones: Atender de manera amable y efectiva a los clientes, informando
reclamos y participando en su solución.
Por resultados: Cumplir con los objetivos comerciales.
13. RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
Perfil del cargo
Nombre del Cargo: Vendedor Fecha: Marzo de 2015
Depende: Área comercial
Nivel de Educación: Estudios de bachillerato completo, técnico
laboral o profesional en Ventas y Mercadeo, ó estudiante
universitario de últimos semestres de Administración de
Empresas o Ingeniería Comercial.
Experiencia Laboral: Mínimo un (1) año en empresas similares.
Conocimientos: Ventas, estrategias comerciales, atención de
clientes.
Habilidades: Comerciales, liderazgo.
Actitudes: Responsabilidad, amabilidad, puntualidad,
organización, honestidad.
Aspectos personales: Disponibilidad para viajar, buena
presentación personal.
22. INDUCCION Y CAPACITACION
DEFINICION Proceso por el cual el
nuevo empleado se
familiariza con la empresa
y su funcionamiento
FIN Facilitar la adaptación del
nuevo empleado
CONTRIBUCION Generar un buen
ambiente de trabajo
23. INDUCCION Y CAPACITACION
Tipos de inducción
GENERAL ¿Qué debe saber el
empleado de la empresa y
su funcionamiento para
adaptarse mejor?
ESPECIFICA ¿Qué debe saber el
empleado sobre su cargo y
área de trabajo para
desempeñarse mejor?
24. INDUCCION Y CAPACITACION
Capacitación
Definición: Proceso por medio del cual el empleado aprende
a ejercer su cargo de acuerdo con las normas y
procedimientos propios de la empresa.
Definición: Proceso por medio del cual el empleado aprende
a ejercer su cargo de acuerdo con las normas y
procedimientos propios de la empresa.
26. EVALUACION DEL DESEMPEÑO
Propósito y proceso
Definición: Es la revisión del comportamiento y del trabajo
del empleado para reconocer sus méritos y corregir sus
debilidades.
27. MOTIVACION
Definición: Determina la satisfacción con el trabajo, el
compromiso con la empresa y el deseo de hacer las cosas lo
mejor posible.
35. REGISTRO PARA ACCEDER AL SEGURO DE SALUD
• Para poder beneficiar a los trabajadores de un Seguro de Salud gratuito, tal y
como lo establece la normativa nacional, la empresa debe inscribirse a una Caja
de Salud, de las siguientes:
– Caja Nacional de Salud.
– Caja Petrolera de Salud
– Caja de Salud de la Banca Privada.
– Caja de Salud de Caminos.
– Caja de Salud CORDES
• Toda persona jurídica para llevar adelante actividades económicas en el país,
tiene la obligación de inscribir a sus empleados en el Régimen de Seguridad
Social a corto plazo, para que se vean beneficiados con las prestaciones
gratuitas mencionadas en el párrafo anterior. Los requisitos que se deben
cumplir para el Registro en la Caja Nacional de Salud
36. REGISTRO PARA ACCEDER AL SEGURO DE SALUD:
Requisitos para Registrar a la empresa en la CNS.
Tipo de
Empresa
Costo del
Formulario
Plazo del
Trámite
Requisitos
Empresa
Unipersonal o
Comerciantes
Individuales
8 Bs
2 días
hábiles
- Formulario AVC 01 (llenado).
- Formulario AVC-02 (vacío).
- RCI-1A (llenado las 2 primeras filas y el mes).
- Carta de solicitud dirigida al Dr. José Romero
Vera.
- Fotocopia C.I. Representante Legal.
- Fotocopia NIT.
- Planilla de Haberes original y copia.
- Nómina de Personal con fecha de nacimiento.
- Croquis de ubicación de la Empresa.
Sociedad de
Responsabilidad
Limitada
8 Bs
3 días
hábiles
- Formulario AVC 01 (llenado).
- Formulario AVC-02 (vacío).
- RCI-1A (llenado las 2 primeras filas y el mes).
- Carta de solicitud dirigida al Dr. José Romero
Vera.
- Fotocopia C. I. Representante Legal.
- Fotocopia NIT.
- Balance de Apertura Aprobado y Sellado por el
SIN*.
- Testimonio de Constitución si es en Sociedad.
- Planilla de Haberes original y copia.
- Nómina de Personal con fecha de nacimiento.
- Croquis de ubicación de la Empresa.
Sociedad
Anónima
8 Bs
3 días
hábiles
37. REGISTRO PARA ACCEDER AL SEGURO DE SALUD
• Una vez alcanzado el Registro en la CNS, se debe registrar a los trabajadores, dando cumplimiento a los
requisitos
• A partir del registro de los trabajadores en la Caja Nacional de Salud, la empresa debe aportar el 10 %
del salario de las panillas a la Caja Mensualmente, para que el trabajador tenga estos beneficios.
Requisitos para el registro de los Trabajadores
- Formulario Avc-04 "aviso de afiliación del trabajador".
- Formulario Avc-05 "cedula del trabajador".
- Fotocopia cédula de identidad del trabajador.
- Certificado de nacimiento original.
- Última papeleta de pago - original.
38. REGISTRO EN LA ADMINISTRADORA DE
FONDO DE PENSIONES – AFP
• Las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s son las entidades encargadas de
administrar los recursos de los trabajadores cuando los mismos lleguen a una edad
avanzada/edad de jubilación.
• Su objetivo es incrementar el nivel de ahorro del país de acuerdo a las leyes vigentes, todas
las empresas están obligadas a registrarse ante las AFP’s.
• Es un registro obligatorio de un empleador afiliar a su personal en una AFP, con el objetivo
fundamental de crear un vínculo laboral entre el empleador y su personal dependiente.
• Bolivia en actualidad cuenta con dos Administradores de Fondos de Pensiones: AFP
“Previsión” y AFP “Futuro”.
AFP “Futuro” AFP “Previsión”
- Formulario de Inscripción
- Fotocopia del NIT
- Fotocopia de la cédula de identidad del
representante legal
- Fotocopia del Poder del Representante
legal
- Formulario de Inscripción
- Fotocopia del NIT
- Fotocopia del Poder del Representante
legal
39. REGISTRO EN LA ADMINISTRADORA DE
FONDO DE PENSIONES – AFP
• Todos los empleados deben ser afiliados en el plazo máximo de 10 días de iniciada su
relación laboral. Los requisitos para el registro de empleados se encuentran en el Cuadro
• La obligación de la empresa es ser agente de retención de los aportes (cotización mensual,
la prima por riesgo común, y la comisión de sus trabajadores dependientes).
• La contribución que se hace al seguro social obligatorio (SSO) es para la cuenta individual
(jubilación) 10%, para la cobertura del riesgo común 1,71%, por la administración de la
cuenta individual el 0,05 % este porcentaje sale del salario del trabajador. Para la cobertura
de riesgo profesional 1,71 % que debe ser pagado por el empleador.
AFP “Futuro” AFP “Previsión”
- Fotocopia de la cédula de identidad del
empleado
- Formulario de Registro
- Formulario de Declaración de Derecho
Habientes, firmado por el empleador y el
empleado
- En el plazo de 10 días será entregado su
Número Único Asignado - NUA
- Fotocopia de la cédula de identidad del
empleado
- Formulario de Registro
- Formulario de Declaración de Derecho
Habientes
- En el plazo de 10 días será entregado su
Número Único Asignado - NUA
40. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
• El Ministerio de Trabajo a través del Decreto Supremo Nº 288/09 y su reglamentación a
través de la Resolución Ministerial Nº 704/09, determinan el Registro Obligatorio de las
Empresas.
• Permite obtener el Certificado de Inscripción en el Registro de Empleadores del Ministerio
de Trabajo, que autoriza la utilización del Libro de Asistencia y/o Sistema Alternativo de
Control de Personal, así como la apertura del Libro de Accidentes.
• En cumplimiento de las normas legales vigentes en el país, el Empleador y/o Empresa
inscritos en el mencionado Registro, deberá presentar obligatoriamente el trámite de
Visado de Planillas Trimestrales de Sueldos y Salarios.
• El Certificado de Inscripción en el Registro de Empleadores del Ministerio de Trabajo tiene
alcance a nivel nacional.
41. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
Requisitos para el Registro de Empleadores
- Llenado de Declaración Jurada (Formulario Único de Registro de Empleadores
original y una copia.
- Última Planilla Salarial de los Trabajadores.
- Boleta de Depósito de Bs. 80.- (Ochenta 00/100 Bolivianos) en la cuenta Nº 501-
5016336-395 del Banco de Crédito de Bolivia a nombre del Ministerio de Trabajo
Plazo del trámite. Un día hábil.
42. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
• Adicional al Registro de empleadores, las empresas públicas y privadas deben presentar planillas
trimestrales de sueldos y salarios. De acuerdo a la R.M. N° 001/04, se establece la obligatoriedad del
llenado del Formulario Único de Presentación de Planillas de Sueldos y Salarios y Accidentes de Trabajo
emitida por el Ministerio de Trabajo, cuyo contenido tendrá calidad de Declaración Jurada una vez
firmada por el empresario y/o representante legal, adjuntando la respectiva Planilla Salarial, de sus
dependientes en forma trimestral. La presentación de las planillas salariales, por parte de los
empleadores, debe llevarse a cabo en el plazo de treinta (30) días después de haberse vencido la fecha
del trimestre, los requisitos se presentan en el Cuadro 22.
Requisitos para presentar Planillas
- Llenado de Declaración Jurada - Formulario Único de Presentación de Planillas de
Sueldos y Salarios, y Accidentes de Trabajo (Original y dos copias).
- Llenado de Planilla Sueldos y Salarios (Original y Copia) de acuerdo al modelo
establecido por el Ministerio de Trabajo.
- Boleta (original) de Depósito Bancario de Bs. 30.- (treinta 00/100 Bolivianos) en la
cuenta Nº 201-0448901-3-85 del Banco de Crédito de Bolivia a nombre del Ministerio
de Trabajo
Plazo del trámite. Una hora.
*Accidentes de Trabajo. Se debe llevar un libro de registro de estos accidentes, luego se
llena un formulario del Ministerio de Trabajo, dependiendo de la gravidez del accidente se
presenta en las AFP’s y la Caja de Salud.