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Propiedad intelectual y
el mercado de las aplicaciones
En un mundo en el que cada vez es más sencillo intercambiar información, las industrias cuyo negocio se
sustenta en los derechos de autor buscan apoyo legal para frenar un cambio tecnológico que amenaza su
actividad. Las respuestas a este problema han sido y son debatidas extensamente pero, sin embargo, es
habitual olvidar a un importante número de empresas cuyo trabajo depende tanto de la protección de su
propiedad intelectual como de la facilidad de intercambio de información. Hablamos de las empresas de
desarrollo de aplicaciones para teléfonos móviles. Estas compañías están experimentando un nivel tal de
desarrollo que se hace urgente dotarlas de vías para proteger sus creaciones, al tiempo que se establece
un modelo de negocio que equilibre los intereses de empresas y usuarios, sin secar el grifo del
intercambio de información con restricciones desmedidas. De esta manera es posible apuntalar la vía de
desarrollo de un gran vehículo de crecimiento económico e innovación tecnológica.
1. La industria de las aplicaciones: un mercado en auge:
Desde el último cuarto del siglo XX, hemos asistido a un espectacular desarrollo de las tecnologías de la
información. La última expresión de este desarrollo son las aplicaciones para teléfonos móviles
inteligentes (smartphones) o “apps”. Una app, según la define el doctor Michael Mandel1
en su informe
para TechNet, es un programa relativamente “ligero”, diseñado específicamente para funcionar en
plataformas móviles, como iPhones o teléfonos Android.
Debido a la difusión de este tipo de programas, especialmente a partir de 2007 (año de salida del primer
iPhone), hoy en día se habla de una “App Economy”, en constante crecimiento. La compañía informática
Zynga describe la aparición de esta economía de esta manera:
Con tal de ofrecer a los usuarios un abanico más amplio de experiencias atrayentes, las redes sociales y los sistemas
operativos móviles han abierto sus plataformas a los desarrolladores, transformando la creación, distribución y
consumo de contenido digital.
Principalmente, este cambio del que habla la compañía Zynga se materializa en dos vías, como señala el
informe de TechNet: la facilidad de desarrollo y la facilidad de distribución. Estos dos elementos permiten
que el mercado se desarrolle con rapidez. No obstante, ¿cuáles son las claves para que este mercado se
haya aprovechado de ello y se haya expandido a tanta velocidad?
Según un estudio realizado por Deloitte2
en 2012, los tres pilares del éxito de las apps son desarrollo de
los programas de descarga de apps (App Stores), la fidelización de los desarrolladores a un plataforma y
la incorporación de estrategias de marketing.
En cuanto a la expansión de las App Stores, debemos subrayar que está íntimamente ligado al éxito
comercial de las plataformas que las acogen (smartphones y tablets). De acuerdo con los datos obtenidos
por Wireless Smartphone Strategies —perteneciente a Strategy Analytics3
—, las ventas de teléfonos
inteligentes aumentaron un 43% en 2012 para alcanzar los 700 millones de unidades.
Respecto a la fidelización de los desarrolladores, se trata de asegurar que aquellos creadores de apps
realmente talentosos se especialicen en una determinada plataforma (iOS, Android). Esto deriva en una
mayor competitividad, que acelera el proceso creativo y la innovación en busca de una mayor cuota de
mercado.
Por último, las empresas que forman este mercado han sabido leer el mercado y elegir la estrategia
comercial adecuada. Así, se observa cómo las empresas se extienden mediante apps muy lucrativas a
corto plazo, que las catapultan para potenciar su nombre y para introducir otras aplicaciones que no
presentan un radio tan extenso.
1
Michael Mandel es el director de estrategia económica del Instituto de Política Progresiva, el fundador de Visible Economy
LLC y el director de South Mountain Economics. El informe citado fue realizado para TechNet, una red de CEOs y altos
ejecutivos que promocionan la investigación y el desarrollo.
2
Deloitte es una firma española de servicios profesionales (formación y promoción) a empresas.
3
Strategy Analytics se dedica a proporcionar datos de mercado a diversas empresas, sobre todo relacionados con las nuevas
tecnologías, para poder elaborar planes de marketing precisos.
1
Propiedad intelectual y
el mercado de las aplicaciones
En definitiva, nos encontramos ante un mercado bien alimentado y que crece día a día. Los datos hablan
por sí solos. En España, el número de usuarios aumentó un 140% en 2012, según el Informe de la
Sociedad de la Información. Es decir, sólo en nuestro país este mercado ha crecido en 7 millones de
personas. En cuanto el número de aplicaciones, han pasado de las menos de 2.000 existentes en 2008 a
más de 2 millones en 2013, y 15.000 nuevas cada semana en todo el mundo.
2. La situación de la propiedad intelectual:
Para aproximarnos al debate actual acerca de la regulación de la propiedad intelectual —alimentado a
partir del intento de tramitación de las leyes SOPA y PIPA—, es necesario comprender qué proponen
estos dos proyectos legislativos para analizar su impacto en las empresas integradoras de la “App
Economy”.
Como señala Cristina F. Pereda en su artículo “Las claves de las leyes SOPA y PIPA” para el diario El
País, los puntos centrales de estas dos normas se pueden sintetizar en cuatro:
• La imposición a los proveedores de la función de supervisores de los contenidos de las páginas.
• La posibilidad de que el Gobierno cierre páginas web alojadas en Estados Unidos que permitan la
descarga de contenido ilícito.
• Capacidad para que el Departamento de Justicia cierre páginas sin autorización judicial, bloquee
dominios y obligue a Google a que no aparezcan en los resultados.
• El Gobierno podrá impedir la utilización de herramientas para burlar la censura.
En definitiva, se trata de limitar el intercambio de información, con lo que se busca proteger a industrias
que se ven amenazadas por él. Sin embargo, nosotros estamos tratando el caso de una industria a la que el
intercambio de información le beneficia. En este sentido, cabe preguntarse si con tal sólo dotar al
Gobierno de vías para impedir las descargas ilícitas basta para proteger a la App Economy.
3. Propiedad intelectual y el mercado de las aplicaciones: punto de vista de los actores:
En primer lugar, hay que puntualizar la tipología que existe dentro del mundo de las aplicaciones. Se
pueden diferenciar tres tipos: aquellas gratuitas (que suelen ser utilizadas para fines publicitarios);
aquellas que exigen un pago inicial; y, por último, aquellas que son gratuitas pero exigen un determinado
precio para algunos extras, a las que se denomina Fremium. Como resulta obvio, el problema de las
descargas ilícitas sólo afecta a los dos últimos modelos de app.
En cuanto a los consumidores, resulta claro que desde su perspectiva don preferibles aquellas
aplicaciones que no exijan un precio por ser descargadas. Esto queda claro en la evolución de Google
Play (tienda de apps de Google) y de la App Store (tienda de Apple). Dado que sólo en la segunda existen
controles de homologación, es en ésta donde es más común pagar por la descarga. El resultado es que,
según datos del diario ABC, en el último tercio de 2012 los ingresos de Google se han incrementado un
43% por un 21% de los de Apple.
No obstante, mientras que los primeros registraron unos 3 millones y medio de dólares diarios, los
segundos recibieron más de 15, por loo que podemos afirmar que los usuarios están dispuestos a pagar un
precio razonable por una aplicación. Además resulta que el modelo freemium aparece como realmente
rentable a la par que atractivo. Así, mientras que cobrando por la descarga consigues un único ingreso,
cobrando por extras tienes muchas más oportunidades de obtener ingresos. Por este motivo, Whatsapp
(que cobra por descarga), la app más descargada de Google Play en 2012, ha sido superada en 2013 por
Line (que cobra por extras) en número de descargas, según datos de elEconomista.es.
Desde el punto de vista de las empresas, su interés es complejo, dado que les beneficia tanto la
protección de sus creaciones como que se respete el intercambio libre de información. Por este motivo, la
posición con respecto a la SOPA, la PIPA y leyes similares a tomar es doble.
2
Propiedad intelectual y
el mercado de las aplicaciones
Por un lado, se ha de perseguir a aquellos que se beneficien de las creaciones informáticas ajenas, para lo
cual será necesario aumentar los recursos a disposición del Estado. Así, tiene que ser posible perseguir a
los autores de sistemas de jailbreak, que permiten saltarse el filtro de las tiendas de apps oficiales para
descargar contenido gratis, o a quien se sirva de ellos para enriquecerse injustamente, como señalan los
impulsores de la SOPA y PIPA (principalmente asociaciones de defensa de los derechos de autor).
Por otro lado, hay que mostrarse receloso de que estos mecanismos no sean utilizados para establecer
barreras a la entrada de nuevas y pequeñas empresas en el sector. En este sentido, es fundamental que se
mantenga el control jurisdiccional de la actividad de censura estatal, y que las compañías conozcan las
vías para reclamarlo, como señala Christopher Z. Garrett4
.
No obstante, nos encontramos con otro problema, ya que, además de que la app se vea amenazada por
medios de descarga ilícita, también cabe que sea objeto de plagio. Como comenta Javier Maestre5
, para el
primer caso nada más es necesario registrar la creación en el Registro de Propiedad Intelectual. En cuanto
al plagio, la vía para evitarlo con totales garantías es, como este autor señala, la patente. Cabe señalar que
no existe unidad legislativa en cuanto a este tema, puesto que, mientras que por ejemplo, en países como
Canadá o Estados Unidos el software sí es patentable, en la UE no lo es. Ambos casos presentan
inconvenientes pues como señala de nuevo Javier Maestre, mientras que en EE.UU. y Canadá se dificulta
mucho el plagio, también es cierto que se obstaculiza a su vez la innovación por medio de costosos
cánones, beneficiando con esto a las grandes compañías. Por otra parte, aunque cabría pensar que en
Europa se produce indefensión total frente a los plagiadores, tampoco es cierto del todo, pues sólo se
permite la “reordenación” de los elementos del software para la creación de nuevas aplicaciones.
4. Conclusiones:
En definitiva, podemos destacar las siguientes conclusiones:
• Los usuarios están dispuestos a pagar por utilizar aplicaciones, siempre que se trate de un precio
equilibrado
• Los derechos de autor pueden bastar para proteger el trabajo de los creadores de apps, siempre
que existan los medios para defenderlos, pero sin que estos medios se configuren en barreras del
mercado.
• La solución al plagio debe encontrarse entre la rigidez de las patentes y la indefensión que puede
producir el no permitirlas.
5. Bibliografía:
TechNet:
• Where the jobs are: The app economy.
Deloitte:
• The surging apps economy.
Strategy Analytics:
• Global Smartphone Shipments Reach
a Record 700 Million Units in 2012.
Telefónica – A un clic de las TIC:
• Un mercado emergente: la “app economy”.
El País:
• Las claves de las leyes SOPA y PIPA.
ABC:
• El mercado de las “apps”: cobrar o no
cobrar.
El Economista:
• El cobro de licencias pasa factura a
WhatsApp: Line ya lidera Google
Play.
Managing Intellectual Property:
• What are the IP issues related to apps?
El Mundo:
• Consejos para los creadores de aplicaciones:
Que no te roben ni el nombre.
4
Christopher Z. Garrett es el presidente de Zworkbench, una compañía de desarrollo de apps para iOS.
5
Javier Maestre es un abogado especializado en Propiedad Intelectual e Industrial, miembro de Fronteras Electrónicas,
organización dedicada a la defensa de derechos civiles en internet.
3
Propiedad intelectual y
el mercado de las aplicaciones

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  • 2. Propiedad intelectual y el mercado de las aplicaciones En un mundo en el que cada vez es más sencillo intercambiar información, las industrias cuyo negocio se sustenta en los derechos de autor buscan apoyo legal para frenar un cambio tecnológico que amenaza su actividad. Las respuestas a este problema han sido y son debatidas extensamente pero, sin embargo, es habitual olvidar a un importante número de empresas cuyo trabajo depende tanto de la protección de su propiedad intelectual como de la facilidad de intercambio de información. Hablamos de las empresas de desarrollo de aplicaciones para teléfonos móviles. Estas compañías están experimentando un nivel tal de desarrollo que se hace urgente dotarlas de vías para proteger sus creaciones, al tiempo que se establece un modelo de negocio que equilibre los intereses de empresas y usuarios, sin secar el grifo del intercambio de información con restricciones desmedidas. De esta manera es posible apuntalar la vía de desarrollo de un gran vehículo de crecimiento económico e innovación tecnológica. 1. La industria de las aplicaciones: un mercado en auge: Desde el último cuarto del siglo XX, hemos asistido a un espectacular desarrollo de las tecnologías de la información. La última expresión de este desarrollo son las aplicaciones para teléfonos móviles inteligentes (smartphones) o “apps”. Una app, según la define el doctor Michael Mandel1 en su informe para TechNet, es un programa relativamente “ligero”, diseñado específicamente para funcionar en plataformas móviles, como iPhones o teléfonos Android. Debido a la difusión de este tipo de programas, especialmente a partir de 2007 (año de salida del primer iPhone), hoy en día se habla de una “App Economy”, en constante crecimiento. La compañía informática Zynga describe la aparición de esta economía de esta manera: Con tal de ofrecer a los usuarios un abanico más amplio de experiencias atrayentes, las redes sociales y los sistemas operativos móviles han abierto sus plataformas a los desarrolladores, transformando la creación, distribución y consumo de contenido digital. Principalmente, este cambio del que habla la compañía Zynga se materializa en dos vías, como señala el informe de TechNet: la facilidad de desarrollo y la facilidad de distribución. Estos dos elementos permiten que el mercado se desarrolle con rapidez. No obstante, ¿cuáles son las claves para que este mercado se haya aprovechado de ello y se haya expandido a tanta velocidad? Según un estudio realizado por Deloitte2 en 2012, los tres pilares del éxito de las apps son desarrollo de los programas de descarga de apps (App Stores), la fidelización de los desarrolladores a un plataforma y la incorporación de estrategias de marketing. En cuanto a la expansión de las App Stores, debemos subrayar que está íntimamente ligado al éxito comercial de las plataformas que las acogen (smartphones y tablets). De acuerdo con los datos obtenidos por Wireless Smartphone Strategies —perteneciente a Strategy Analytics3 —, las ventas de teléfonos inteligentes aumentaron un 43% en 2012 para alcanzar los 700 millones de unidades. Respecto a la fidelización de los desarrolladores, se trata de asegurar que aquellos creadores de apps realmente talentosos se especialicen en una determinada plataforma (iOS, Android). Esto deriva en una mayor competitividad, que acelera el proceso creativo y la innovación en busca de una mayor cuota de mercado. Por último, las empresas que forman este mercado han sabido leer el mercado y elegir la estrategia comercial adecuada. Así, se observa cómo las empresas se extienden mediante apps muy lucrativas a corto plazo, que las catapultan para potenciar su nombre y para introducir otras aplicaciones que no presentan un radio tan extenso. 1 Michael Mandel es el director de estrategia económica del Instituto de Política Progresiva, el fundador de Visible Economy LLC y el director de South Mountain Economics. El informe citado fue realizado para TechNet, una red de CEOs y altos ejecutivos que promocionan la investigación y el desarrollo. 2 Deloitte es una firma española de servicios profesionales (formación y promoción) a empresas. 3 Strategy Analytics se dedica a proporcionar datos de mercado a diversas empresas, sobre todo relacionados con las nuevas tecnologías, para poder elaborar planes de marketing precisos. 1
  • 3. Propiedad intelectual y el mercado de las aplicaciones En definitiva, nos encontramos ante un mercado bien alimentado y que crece día a día. Los datos hablan por sí solos. En España, el número de usuarios aumentó un 140% en 2012, según el Informe de la Sociedad de la Información. Es decir, sólo en nuestro país este mercado ha crecido en 7 millones de personas. En cuanto el número de aplicaciones, han pasado de las menos de 2.000 existentes en 2008 a más de 2 millones en 2013, y 15.000 nuevas cada semana en todo el mundo. 2. La situación de la propiedad intelectual: Para aproximarnos al debate actual acerca de la regulación de la propiedad intelectual —alimentado a partir del intento de tramitación de las leyes SOPA y PIPA—, es necesario comprender qué proponen estos dos proyectos legislativos para analizar su impacto en las empresas integradoras de la “App Economy”. Como señala Cristina F. Pereda en su artículo “Las claves de las leyes SOPA y PIPA” para el diario El País, los puntos centrales de estas dos normas se pueden sintetizar en cuatro: • La imposición a los proveedores de la función de supervisores de los contenidos de las páginas. • La posibilidad de que el Gobierno cierre páginas web alojadas en Estados Unidos que permitan la descarga de contenido ilícito. • Capacidad para que el Departamento de Justicia cierre páginas sin autorización judicial, bloquee dominios y obligue a Google a que no aparezcan en los resultados. • El Gobierno podrá impedir la utilización de herramientas para burlar la censura. En definitiva, se trata de limitar el intercambio de información, con lo que se busca proteger a industrias que se ven amenazadas por él. Sin embargo, nosotros estamos tratando el caso de una industria a la que el intercambio de información le beneficia. En este sentido, cabe preguntarse si con tal sólo dotar al Gobierno de vías para impedir las descargas ilícitas basta para proteger a la App Economy. 3. Propiedad intelectual y el mercado de las aplicaciones: punto de vista de los actores: En primer lugar, hay que puntualizar la tipología que existe dentro del mundo de las aplicaciones. Se pueden diferenciar tres tipos: aquellas gratuitas (que suelen ser utilizadas para fines publicitarios); aquellas que exigen un pago inicial; y, por último, aquellas que son gratuitas pero exigen un determinado precio para algunos extras, a las que se denomina Fremium. Como resulta obvio, el problema de las descargas ilícitas sólo afecta a los dos últimos modelos de app. En cuanto a los consumidores, resulta claro que desde su perspectiva don preferibles aquellas aplicaciones que no exijan un precio por ser descargadas. Esto queda claro en la evolución de Google Play (tienda de apps de Google) y de la App Store (tienda de Apple). Dado que sólo en la segunda existen controles de homologación, es en ésta donde es más común pagar por la descarga. El resultado es que, según datos del diario ABC, en el último tercio de 2012 los ingresos de Google se han incrementado un 43% por un 21% de los de Apple. No obstante, mientras que los primeros registraron unos 3 millones y medio de dólares diarios, los segundos recibieron más de 15, por loo que podemos afirmar que los usuarios están dispuestos a pagar un precio razonable por una aplicación. Además resulta que el modelo freemium aparece como realmente rentable a la par que atractivo. Así, mientras que cobrando por la descarga consigues un único ingreso, cobrando por extras tienes muchas más oportunidades de obtener ingresos. Por este motivo, Whatsapp (que cobra por descarga), la app más descargada de Google Play en 2012, ha sido superada en 2013 por Line (que cobra por extras) en número de descargas, según datos de elEconomista.es. Desde el punto de vista de las empresas, su interés es complejo, dado que les beneficia tanto la protección de sus creaciones como que se respete el intercambio libre de información. Por este motivo, la posición con respecto a la SOPA, la PIPA y leyes similares a tomar es doble. 2
  • 4. Propiedad intelectual y el mercado de las aplicaciones Por un lado, se ha de perseguir a aquellos que se beneficien de las creaciones informáticas ajenas, para lo cual será necesario aumentar los recursos a disposición del Estado. Así, tiene que ser posible perseguir a los autores de sistemas de jailbreak, que permiten saltarse el filtro de las tiendas de apps oficiales para descargar contenido gratis, o a quien se sirva de ellos para enriquecerse injustamente, como señalan los impulsores de la SOPA y PIPA (principalmente asociaciones de defensa de los derechos de autor). Por otro lado, hay que mostrarse receloso de que estos mecanismos no sean utilizados para establecer barreras a la entrada de nuevas y pequeñas empresas en el sector. En este sentido, es fundamental que se mantenga el control jurisdiccional de la actividad de censura estatal, y que las compañías conozcan las vías para reclamarlo, como señala Christopher Z. Garrett4 . No obstante, nos encontramos con otro problema, ya que, además de que la app se vea amenazada por medios de descarga ilícita, también cabe que sea objeto de plagio. Como comenta Javier Maestre5 , para el primer caso nada más es necesario registrar la creación en el Registro de Propiedad Intelectual. En cuanto al plagio, la vía para evitarlo con totales garantías es, como este autor señala, la patente. Cabe señalar que no existe unidad legislativa en cuanto a este tema, puesto que, mientras que por ejemplo, en países como Canadá o Estados Unidos el software sí es patentable, en la UE no lo es. Ambos casos presentan inconvenientes pues como señala de nuevo Javier Maestre, mientras que en EE.UU. y Canadá se dificulta mucho el plagio, también es cierto que se obstaculiza a su vez la innovación por medio de costosos cánones, beneficiando con esto a las grandes compañías. Por otra parte, aunque cabría pensar que en Europa se produce indefensión total frente a los plagiadores, tampoco es cierto del todo, pues sólo se permite la “reordenación” de los elementos del software para la creación de nuevas aplicaciones. 4. Conclusiones: En definitiva, podemos destacar las siguientes conclusiones: • Los usuarios están dispuestos a pagar por utilizar aplicaciones, siempre que se trate de un precio equilibrado • Los derechos de autor pueden bastar para proteger el trabajo de los creadores de apps, siempre que existan los medios para defenderlos, pero sin que estos medios se configuren en barreras del mercado. • La solución al plagio debe encontrarse entre la rigidez de las patentes y la indefensión que puede producir el no permitirlas. 5. Bibliografía: TechNet: • Where the jobs are: The app economy. Deloitte: • The surging apps economy. Strategy Analytics: • Global Smartphone Shipments Reach a Record 700 Million Units in 2012. Telefónica – A un clic de las TIC: • Un mercado emergente: la “app economy”. El País: • Las claves de las leyes SOPA y PIPA. ABC: • El mercado de las “apps”: cobrar o no cobrar. El Economista: • El cobro de licencias pasa factura a WhatsApp: Line ya lidera Google Play. Managing Intellectual Property: • What are the IP issues related to apps? El Mundo: • Consejos para los creadores de aplicaciones: Que no te roben ni el nombre. 4 Christopher Z. Garrett es el presidente de Zworkbench, una compañía de desarrollo de apps para iOS. 5 Javier Maestre es un abogado especializado en Propiedad Intelectual e Industrial, miembro de Fronteras Electrónicas, organización dedicada a la defensa de derechos civiles en internet. 3
  • 5. Propiedad intelectual y el mercado de las aplicaciones