SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 11
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN
LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 5, I DEL ARTÍCULO 10, IV DEL
ARTÍCULO 11, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 63 Y SE ADICIONAN DOS
FRACCIONES AL ARTÍCULO 67 DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y
TELEVISIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA LUCILA DEL CARMEN
GALLEGOS CAMARENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN.


La que suscribe, diputada federal Lucila del Carmen Gallegos Camarena,

integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI

Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo

dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del

Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados

Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta honorable

asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las

fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del artículo 11, así como el

artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de

Radio Y Televisión, al tenor de la siguiente:



                             Exposición de Motivos

Todas las sociedades a lo largo de la historia se han construido a partir de las

diferencias anatómicas entre los sexos, convirtiendo éstas en desigualdad

social y política.




                                                                                  1
El enfoque basado en las variables sexo y género, permite identificar los

diferentes papeles y tareas que llevan a cabo los hombres y las mujeres en una

sociedad, contribuye a reconocer las causas que las producen y ha ayudado a

formular mecanismos para superar estas brechas, ya que ubica la problemática

no en las mujeres o los hombres, sino en las relaciones socialmente

construidas sobre el poder y la exclusión.



El concepto sexo se refiere a las diferencias y características biológicas,

anatómicas, fisiológicas y cromosómicas de los seres humanos que los definen

como hombres o mujeres; son características universales e inmodificables. En

cambio el género es el conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales,

que se construye en cada cultura y momento histórico con base en la diferencia

sexual.



Al respecto, Martha Lamas señala que “el papel (rol) de género se configura

con el conjunto de normas y prescripciones que dictan la sociedad y la cultura

sobre el comportamiento femenino o masculino. Aunque hay variantes de

acuerdo con la cultura, la clase social, el grupo étnico y hasta el estrato

generacional de las personas, se puede sostener una división básica que

corresponde a la división sexual del trabajo más primitiva: las mujeres paren a

los hijos y, por lo tanto, los cuidan: ergo, lo femenino es lo maternal, lo

doméstico, contrapuesto con lo masculino, que se identifica con lo público. La




                                                                             2
dicotomía masculino-femenino, con sus variantes establece estereotipos, las

más de las veces rígidos, que condicionan los papeles y limitan las

potencialidades humanas de las personas al estimular o reprimir los

comportamientos en función de su adecuación al género”.



De acuerdo con lo señalado con esta socióloga, el hecho de que mujeres y

hombres sean diferentes anatómicamente los induce a creer que sus valores,

cualidades intelectuales, aptitudes y actitudes también lo son. Las sociedades

determinan las actividades de las mujeres y los hombres basadas en los

estereotipos, estableciendo así una división sexual del trabajo.



Al conocer el sexo biológico de un recién nacido, los padres, los familiares y la

sociedad suelen asignarles atributos creados por expectativas prefiguradas. Si

es niña, esperan que sea bonita, tierna, delicada, entre otras características; y

si es niño, que sea fuerte, valiente e intrépido. A las niñas se les enseña a

“jugar a la comidita” o a “las muñecas”, involucrándoles desde una temprana

edad en actividades domésticas que más adelante reproducirán en el hogar.

Estos aprendizajes forman parte de la “educación” que deben recibir las

mujeres para cumplir con las tareas que la sociedad espera de ellas en su vida

adulta. En cambio, a los niños se les educa para que sean fuertes y no

expresen sus sentimientos, porque “llorar es cosa de niñas”, además de

prohibirles ser débiles.




                                                                               3
Estas son las bases sobre las que se construyen los estereotipos de género,

reflejos simples de las creencias sociales y culturales sobre las actividades, los

roles, rasgos, características o atributos que distinguen a las mujeres y a los

hombres. Los estereotipos son concepciones preconcebidas acerca de cómo

son y cómo deben comportarse las mujeres y los hombres.



Estas creencias, sin embargo, no son elecciones conscientes que se puedan

aceptar o rechazar de manera individual, sino que surgen del espacio colectivo,

de la herencia familiar y de todos los ámbitos en que cada persona participe.

Se trata de una construcción social que comienza a partir del nacimiento de los

individuos, quienes potencian ciertas características y habilidades según su

sexo e inhiben otras, de manera que quienes los rodean, les dan un trato

diferenciado que se refleja en cómo se relacionan con ellos, dando lugar a la

discriminación y a la violencia de género.



Ejemplo de estas construcciones sociales o estereotipos de género se

encuentran en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en

los Hogares (ENDIREH) 2003, de la que se desprende que de las mujeres

casadas o unidas de 15 años y más que no viven situaciones de violencia,

42.5% considera que “una buena esposa debe obedecer a su pareja en todo lo

que él ordene”, mientras que el porcentaje se reduce a 35.9% entre las mujeres




                                                                                4
que viven situaciones de violencia. Esto podría demostrar que la obediencia

hacia el esposo genera menos violencia en la pareja, y que los estereotipos de

género continúan vigentes en buena parte de la población femenina.



Otros datos importantes de la ENDIREH 2003 son los siguientes:



_ Una gran proporción de mujeres, tanto en situaciones de no violencia como

de violencia, 66.2% y 68.4% respectivamente, opina que el hombre debe

responsabilizarse de todos los gastos del hogar.

_ 11.6% del total de mujeres en situaciones de no violencia considera que es

“obligación de la mujer tener relaciones sexuales con el esposo o pareja

aunque ella no quiera”, y el porcentaje sólo disminuye a 10.3% en las mujeres

que viven en condiciones de violencia.

_ Tanto en condiciones de no violencia como de violencia, algunas mujeres

justifican el maltrato por parte de sus parejas a causa del incumplimiento de

sus obligaciones: 8.9% y 7.8% respectivamente.



Los estereotipos de género se reproducen de variadas y múltiples formas,

como son, entre otras, la formación y educación que se da a las niñas y niños

en casa o en la escuela o a través de los medios de comunicación.




                                                                            5
En este sentido,     de acuerdo con un estudio elaborado por el Centro de

Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de esta

Cámara de Diputados, los medios de comunicación juegan un papel de primer

orden en la promoción y perpetuación de estereotipos de género que operan en

detrimento de la igualdad entre hombres y mujeres. Contenidos que refuercen

el papel del hombre como fuerte, rudo, proveedor, etc. Y de las mujeres como

abnegadas, amas de casa y sumisas, van sedimentándose en la mente de las

audiencias, contribuyendo a construir la forma en que las personas reaccionan

e interactúan socialmente. Sin embargo, dada su enorme influencia en las

sociedades modernas, los medios de comunicación pueden también funcionar

como un elemento de promoción de derechos humanos como la igualdad, y

contribuir así, al logro de una sociedad más igualitaria y equitativa.



Asimismo, la catedrática de la Universidad Autónoma de Barcelona, Joana

Gallego, ha señalado que los medios de comunicación juegan un papel

determinante en el cambio social hacia el avance o retroceso de la no

discriminación y a una vida libre de violencia para las mujeres.



A este respecto, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de

Discriminación contra la Mujer señala en su artículo 2, el compromiso de los

Estados Parte de adoptar las medidas apropiadas para eliminar la




                                                                           6
discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas,

organizaciones o empresas.



Aunado a lo anterior, la Plataforma de Acción de Beijing recomienda a los

medios de información de masas y las organizaciones de publicidad:



   a) Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la libertad de

      expresión, directrices profesionales y códigos de conducta y otras

      formas de autorregulación para fomentar la presentación de imágenes

      no estereotipadas de la mujer;



   b) Establecer, en la medida en que ello no atente contra la libertad de

      expresión, directrices profesionales y códigos de conducta respecto de

      los materiales de contenido violento, degradante o pornográfico sobre la

      mujer en los medios de información, incluso en la publicidad;



   c) Introducir una perspectiva de género en todas las cuestiones de interés

      para las comunidades, los consumidores y la sociedad civil;



   d) Aumentar la participación de la mujer en la adopción de decisiones en

      los medios de información en todos los niveles.




                                                                            7
Por su parte, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y

Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará), dispone

en el artículo 8 que los Estados Parte convienen en adoptar medidas

específicas, incluso programas, para alentar a los medios de comunicación a

elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la

violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la

dignidad de la mujer.



No obstante lo anterior y aún cuando en el ámbito nacional, la Ley Federal de

Radio y Televisión reconoce en su artículo 4º que éstos constituyen una

actividad de interés público y por lo tanto el Estado deberá protegerla y vigilarla

para el debido cumplimiento de su función social, es omisa respecto a la

obligación de los mismos de evitar la promoción de estereotipos de género y de

actos de discriminación.



En tal virtud, consideramos indispensable que se lleven a cabo las

modificaciones legislativas que se proponen en esta iniciativa, a efecto de

evitar que se sigan reproduciendo a través de los medios de comunicación

masiva, como son la radio y la televisión, estereotipos que generen la

continuación de la desigualdad, de la discriminación y de la violencia hacia las

mujeres y que en cumplimiento de la función social que éstos medios tienen




                                                                                 8
asignada, generen en sus radioescuchas o televidentes una cultura de respeto

a la diversidad y de promoción de los derechos humanos.



En atención a lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable

Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de



Decreto por el que se reforman las fracciones I y II del artículo 5, I del
artículo 10, IV del artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos
fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión.


Único. Se reforman las fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del

artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67

de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:



Artículo 5o.- …



I.- Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la no discriminación,

la dignidad humana y los vínculos familiares;



II.- Evitar la promoción de estereotipos de género e influencias nocivas o

perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;



III.- a IV.- …l




                                                                                9
Artículo 10.- …



I.- Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de

los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y

no ataquen los derechos de tercero, cometan o inciten a cometer actos

discriminatorios, promuevan estereotipos de género, ni provoquen la

comisión de algún delito, inciten a la violencia o perturben el orden y la paz

públicos;



II.- a VI.- …



Artículo 11.- …

I.- a III.- …



IV.- Elaborar y difundir programas de carácter formativo, educativo y

recreativo, que promuevan principios y valores así como el respeto a la

diversidad y a los derechos humanos, para la población infantil;



V.- a IX.- …



Artículo 63.- Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la

corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea




                                                                              10
mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y

escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohíbe,

también, todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los

héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio en términos de la Ley

Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; queda asimismo

prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos, así

como aquellos que promuevan estereotipos de género.

Artículo 67.- …

I.- a IV. …



V.- No transmitirá propaganda o anuncios de servicios que tengan por
objeto explotar o comerciar sexualmente con el cuerpo de las personas.
VI.- El contenido del anuncio no contendrá imágenes o diálogos que
promuevan estereotipos de género o discriminación.


                                TRANSITORIOS
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.


Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, diciembre de 2010.




              Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena.




                                                                              11

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Transiciones En Relaciones De Genero Y De Familia Beatriz
Transiciones En Relaciones De Genero Y De Familia BeatrizTransiciones En Relaciones De Genero Y De Familia Beatriz
Transiciones En Relaciones De Genero Y De Familia Beatriz
hrocha
 
Proyecto de investigación
Proyecto de investigaciónProyecto de investigación
Proyecto de investigación
Domus
 
ENJ-200: Perspectiva de Género
ENJ-200: Perspectiva de GéneroENJ-200: Perspectiva de Género
ENJ-200: Perspectiva de Género
ENJ
 
Ensayo sobre violencia en menores
Ensayo sobre violencia en menoresEnsayo sobre violencia en menores
Ensayo sobre violencia en menores
Lucelly Rodriguez
 

Was ist angesagt? (20)

Eq2_Ponencia_CyELA
Eq2_Ponencia_CyELAEq2_Ponencia_CyELA
Eq2_Ponencia_CyELA
 
Discriminación a las mujeres.
Discriminación a las mujeres.Discriminación a las mujeres.
Discriminación a las mujeres.
 
El machismo
El machismoEl machismo
El machismo
 
Transiciones En Relaciones De Genero Y De Familia Beatriz
Transiciones En Relaciones De Genero Y De Familia BeatrizTransiciones En Relaciones De Genero Y De Familia Beatriz
Transiciones En Relaciones De Genero Y De Familia Beatriz
 
Ensayo de la violencia contra la mujer
Ensayo de la violencia contra la mujerEnsayo de la violencia contra la mujer
Ensayo de la violencia contra la mujer
 
Factores que influyen en la criminalidad. venezuela. copia
Factores que influyen en la criminalidad. venezuela.   copiaFactores que influyen en la criminalidad. venezuela.   copia
Factores que influyen en la criminalidad. venezuela. copia
 
descriminacion de genero
descriminacion de generodescriminacion de genero
descriminacion de genero
 
Proyecto de investigacion
Proyecto de investigacionProyecto de investigacion
Proyecto de investigacion
 
Proyecto de investigación
Proyecto de investigaciónProyecto de investigación
Proyecto de investigación
 
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...
 
ENJ-200: Perspectiva de Género
ENJ-200: Perspectiva de GéneroENJ-200: Perspectiva de Género
ENJ-200: Perspectiva de Género
 
Machismo y feminismo en la sociedad en general
Machismo  y feminismo en la sociedad en generalMachismo  y feminismo en la sociedad en general
Machismo y feminismo en la sociedad en general
 
Monografia
MonografiaMonografia
Monografia
 
Ensayo sobre violencia en menores
Ensayo sobre violencia en menoresEnsayo sobre violencia en menores
Ensayo sobre violencia en menores
 
La delincuencia juvenil
La delincuencia juvenilLa delincuencia juvenil
La delincuencia juvenil
 
Protocolo de investigacion
Protocolo de investigacion Protocolo de investigacion
Protocolo de investigacion
 
Curso Yucatán "Las pensiones para adultos mayores: combate a la marginación y...
Curso Yucatán "Las pensiones para adultos mayores: combate a la marginación y...Curso Yucatán "Las pensiones para adultos mayores: combate a la marginación y...
Curso Yucatán "Las pensiones para adultos mayores: combate a la marginación y...
 
Proyecto: Estudio en ambiente de violencia de genero
Proyecto: Estudio en ambiente de violencia de generoProyecto: Estudio en ambiente de violencia de genero
Proyecto: Estudio en ambiente de violencia de genero
 
LA Violencia familiar
LA Violencia familiarLA Violencia familiar
LA Violencia familiar
 
Ensayo sobre la no violencia contra la mujer
Ensayo sobre la no violencia contra la mujerEnsayo sobre la no violencia contra la mujer
Ensayo sobre la no violencia contra la mujer
 

Andere mochten auch

Crucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primaria
Crucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primariaCrucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primaria
Crucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primaria
IvonneAndrade
 
Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09
Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09
Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09
UNAM
 
2011 congreso de practica profesional 2da circular
2011   congreso de practica profesional 2da circular2011   congreso de practica profesional 2da circular
2011 congreso de practica profesional 2da circular
Malena Kareen Totino Soto
 
Ref laboral
Ref laboralRef laboral
Ref laboral
UNAM
 
Diseño de reactivos
Diseño de reactivosDiseño de reactivos
Diseño de reactivos
susilux
 
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...
UNAM
 
22. Obstruccion-Intestinal
22. Obstruccion-Intestinal22. Obstruccion-Intestinal
22. Obstruccion-Intestinal
Dania Villanueva
 
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federaciónQue reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
UNAM
 
Ley de ingresos 2012
Ley de ingresos 2012Ley de ingresos 2012
Ley de ingresos 2012
UNAM
 
Diseño instruccional para elaborar un oa
Diseño instruccional para elaborar un oaDiseño instruccional para elaborar un oa
Diseño instruccional para elaborar un oa
EVer Tique Giron
 
Balance d..
Balance d..Balance d..
Balance d..
UNAM
 

Andere mochten auch (20)

H:\software financiero
H:\software financieroH:\software financiero
H:\software financiero
 
Crucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primaria
Crucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primariaCrucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primaria
Crucigrama ciencias naturales 5o y 6o grado de primaria
 
Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09
Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09
Iniciativa ejecutivo lsn 23 abril-09
 
2011 congreso de practica profesional 2da circular
2011   congreso de practica profesional 2da circular2011   congreso de practica profesional 2da circular
2011 congreso de practica profesional 2da circular
 
Natalia y ivan
Natalia y ivanNatalia y ivan
Natalia y ivan
 
Tarea 8
Tarea 8Tarea 8
Tarea 8
 
Ref laboral
Ref laboralRef laboral
Ref laboral
 
Paci eslideshare
Paci eslidesharePaci eslideshare
Paci eslideshare
 
Instalacion Smart Notebook 2015
Instalacion Smart Notebook 2015Instalacion Smart Notebook 2015
Instalacion Smart Notebook 2015
 
Diseño de reactivos
Diseño de reactivosDiseño de reactivos
Diseño de reactivos
 
Reforma Energética
Reforma EnergéticaReforma Energética
Reforma Energética
 
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...
 
22. Obstruccion-Intestinal
22. Obstruccion-Intestinal22. Obstruccion-Intestinal
22. Obstruccion-Intestinal
 
Trabajo grupal portal Web - Maestria Universidad San Martin de Porres
Trabajo grupal portal Web - Maestria Universidad San Martin de PorresTrabajo grupal portal Web - Maestria Universidad San Martin de Porres
Trabajo grupal portal Web - Maestria Universidad San Martin de Porres
 
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federaciónQue reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
 
Tercer reporte de publicidad estatal
Tercer reporte de publicidad estatalTercer reporte de publicidad estatal
Tercer reporte de publicidad estatal
 
Ley de ingresos 2012
Ley de ingresos 2012Ley de ingresos 2012
Ley de ingresos 2012
 
Concepto general de reda
Concepto general de redaConcepto general de reda
Concepto general de reda
 
Diseño instruccional para elaborar un oa
Diseño instruccional para elaborar un oaDiseño instruccional para elaborar un oa
Diseño instruccional para elaborar un oa
 
Balance d..
Balance d..Balance d..
Balance d..
 

Ähnlich wie Iniciativa final con_propuestas_del_consejo

ABC de las masculinidades CNDH 2019.pdf
ABC de las masculinidades CNDH 2019.pdfABC de las masculinidades CNDH 2019.pdf
ABC de las masculinidades CNDH 2019.pdf
wilbertitoa
 
1. categoría género y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...
1. categoría género  y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...1. categoría género  y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...
1. categoría género y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...
Mario ya?z
 
Simposium
SimposiumSimposium
Simposium
UNAM
 
¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual?
¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual? ¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual?
¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual?
Araceli1893
 
Clase género
Clase géneroClase género
Clase género
maxsot
 

Ähnlich wie Iniciativa final con_propuestas_del_consejo (20)

Diapositiva de elizabeth
Diapositiva de elizabethDiapositiva de elizabeth
Diapositiva de elizabeth
 
Diapositiva de elizabeth
Diapositiva de elizabethDiapositiva de elizabeth
Diapositiva de elizabeth
 
ppt Conceptos básicos. Ley Micaela.pptx.
ppt Conceptos básicos. Ley Micaela.pptx.ppt Conceptos básicos. Ley Micaela.pptx.
ppt Conceptos básicos. Ley Micaela.pptx.
 
ENJ 200- Taller de Sensibilización de Género
ENJ 200- Taller de Sensibilización de Género ENJ 200- Taller de Sensibilización de Género
ENJ 200- Taller de Sensibilización de Género
 
Perspectiva de Género en la Procuración de Justicia.Invermujeres
Perspectiva de Género en la Procuración de Justicia.InvermujeresPerspectiva de Género en la Procuración de Justicia.Invermujeres
Perspectiva de Género en la Procuración de Justicia.Invermujeres
 
Eje reconocer la_perspectiva_de_genero
Eje reconocer la_perspectiva_de_generoEje reconocer la_perspectiva_de_genero
Eje reconocer la_perspectiva_de_genero
 
ABC de las masculinidades CNDH 2019.pdf
ABC de las masculinidades CNDH 2019.pdfABC de las masculinidades CNDH 2019.pdf
ABC de las masculinidades CNDH 2019.pdf
 
504-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza: Lucha contra la violencia familiar y de g...
504-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza: Lucha contra la violencia familiar y de g...504-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza: Lucha contra la violencia familiar y de g...
504-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza: Lucha contra la violencia familiar y de g...
 
Opv erick alarcón 1
Opv erick alarcón 1Opv erick alarcón 1
Opv erick alarcón 1
 
1. categoría género y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...
1. categoría género  y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...1. categoría género  y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...
1. categoría género y dimensión conceptual básica de la teoría de género en ...
 
Violencia de Género: definiciones y caracterizaciones
Violencia de Género: definiciones y caracterizacionesViolencia de Género: definiciones y caracterizaciones
Violencia de Género: definiciones y caracterizaciones
 
Simposium
SimposiumSimposium
Simposium
 
La división del trabajo.pdf
La división del trabajo.pdfLa división del trabajo.pdf
La división del trabajo.pdf
 
Ensayo final equidad de genero en los derechos sociales.
Ensayo final equidad de genero en los derechos sociales.Ensayo final equidad de genero en los derechos sociales.
Ensayo final equidad de genero en los derechos sociales.
 
Cartilla trazando la ruta género-lafaurie-veloza
Cartilla trazando la ruta género-lafaurie-velozaCartilla trazando la ruta género-lafaurie-veloza
Cartilla trazando la ruta género-lafaurie-veloza
 
desigualdad con base en el género femenino
desigualdad con base en el género femeninodesigualdad con base en el género femenino
desigualdad con base en el género femenino
 
Sec módulo 1
Sec módulo 1Sec módulo 1
Sec módulo 1
 
Rompiendo moldes 2021. Vidas sin violencia machista_ Intermon Oxfam
Rompiendo moldes 2021. Vidas sin violencia machista_ Intermon OxfamRompiendo moldes 2021. Vidas sin violencia machista_ Intermon Oxfam
Rompiendo moldes 2021. Vidas sin violencia machista_ Intermon Oxfam
 
¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual?
¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual? ¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual?
¿qué hay detrás de las jovenes de 18 a 22 años que ejercen su vida sexual?
 
Clase género
Clase géneroClase género
Clase género
 

Mehr von UNAM

COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)
COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)
COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)
UNAM
 
Bol30052015 jpa rjc
Bol30052015 jpa rjcBol30052015 jpa rjc
Bol30052015 jpa rjc
UNAM
 
Boletin_RJC_30MAYO
Boletin_RJC_30MAYOBoletin_RJC_30MAYO
Boletin_RJC_30MAYO
UNAM
 
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.
UNAM
 
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...
UNAM
 
Ley deAarmas de Fuego
Ley deAarmas de FuegoLey deAarmas de Fuego
Ley deAarmas de Fuego
UNAM
 
PEF_2015_CAP
PEF_2015_CAPPEF_2015_CAP
PEF_2015_CAP
UNAM
 
PEF2015 CAP
PEF2015 CAPPEF2015 CAP
PEF2015 CAP
UNAM
 
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre
UNAM
 
Articulo reflexiones de una panista
Articulo reflexiones de una panistaArticulo reflexiones de una panista
Articulo reflexiones de una panista
UNAM
 
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
UNAM
 
Boletín_RJC_20nov2014
Boletín_RJC_20nov2014Boletín_RJC_20nov2014
Boletín_RJC_20nov2014
UNAM
 
Periodo extra dos
Periodo extra dosPeriodo extra dos
Periodo extra dos
UNAM
 

Mehr von UNAM (20)

COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)
COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)
COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)
 
SOLICITA RAQUEL JIMÉNEZ QUE GOBIERNO FEDERAL ACLARE SUPUESTA "PRIVATIZACIÓN" ...
SOLICITA RAQUEL JIMÉNEZ QUE GOBIERNO FEDERAL ACLARE SUPUESTA "PRIVATIZACIÓN" ...SOLICITA RAQUEL JIMÉNEZ QUE GOBIERNO FEDERAL ACLARE SUPUESTA "PRIVATIZACIÓN" ...
SOLICITA RAQUEL JIMÉNEZ QUE GOBIERNO FEDERAL ACLARE SUPUESTA "PRIVATIZACIÓN" ...
 
Carlos Angulo, posible candidato por el PAN a la gubernatura de Chihuahua seg...
Carlos Angulo, posible candidato por el PAN a la gubernatura de Chihuahua seg...Carlos Angulo, posible candidato por el PAN a la gubernatura de Chihuahua seg...
Carlos Angulo, posible candidato por el PAN a la gubernatura de Chihuahua seg...
 
2015 05 27_ves_sg
2015 05 27_ves_sg2015 05 27_ves_sg
2015 05 27_ves_sg
 
Bol30052015 jpa rjc
Bol30052015 jpa rjcBol30052015 jpa rjc
Bol30052015 jpa rjc
 
Boletin_RJC_30MAYO
Boletin_RJC_30MAYOBoletin_RJC_30MAYO
Boletin_RJC_30MAYO
 
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.
 
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...
 
Ley deAarmas de Fuego
Ley deAarmas de FuegoLey deAarmas de Fuego
Ley deAarmas de Fuego
 
Segundo Informe de Actividades Legislativas y de Gestión de la Dip. Leonor Ro...
Segundo Informe de Actividades Legislativas y de Gestión de la Dip. Leonor Ro...Segundo Informe de Actividades Legislativas y de Gestión de la Dip. Leonor Ro...
Segundo Informe de Actividades Legislativas y de Gestión de la Dip. Leonor Ro...
 
PEF_2015_CAP
PEF_2015_CAPPEF_2015_CAP
PEF_2015_CAP
 
PEF2015 CAP
PEF2015 CAPPEF2015 CAP
PEF2015 CAP
 
Proyecto de dictamen en materia del sistema nacional anticorrupcion
Proyecto de dictamen en materia del sistema nacional anticorrupcionProyecto de dictamen en materia del sistema nacional anticorrupcion
Proyecto de dictamen en materia del sistema nacional anticorrupcion
 
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambre
 
Boletín del 18 feb 2015
Boletín del 18 feb 2015 Boletín del 18 feb 2015
Boletín del 18 feb 2015
 
Articulo reflexiones de una panista
Articulo reflexiones de una panistaArticulo reflexiones de una panista
Articulo reflexiones de una panista
 
Articulo reflexiones de una panista
Articulo reflexiones de una panistaArticulo reflexiones de una panista
Articulo reflexiones de una panista
 
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
 
Boletín_RJC_20nov2014
Boletín_RJC_20nov2014Boletín_RJC_20nov2014
Boletín_RJC_20nov2014
 
Periodo extra dos
Periodo extra dosPeriodo extra dos
Periodo extra dos
 

Iniciativa final con_propuestas_del_consejo

  • 1. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 5, I DEL ARTÍCULO 10, IV DEL ARTÍCULO 11, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 63 Y SE ADICIONAN DOS FRACCIONES AL ARTÍCULO 67 DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA LUCILA DEL CARMEN GALLEGOS CAMARENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN. La que suscribe, diputada federal Lucila del Carmen Gallegos Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de Radio Y Televisión, al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos Todas las sociedades a lo largo de la historia se han construido a partir de las diferencias anatómicas entre los sexos, convirtiendo éstas en desigualdad social y política. 1
  • 2. El enfoque basado en las variables sexo y género, permite identificar los diferentes papeles y tareas que llevan a cabo los hombres y las mujeres en una sociedad, contribuye a reconocer las causas que las producen y ha ayudado a formular mecanismos para superar estas brechas, ya que ubica la problemática no en las mujeres o los hombres, sino en las relaciones socialmente construidas sobre el poder y la exclusión. El concepto sexo se refiere a las diferencias y características biológicas, anatómicas, fisiológicas y cromosómicas de los seres humanos que los definen como hombres o mujeres; son características universales e inmodificables. En cambio el género es el conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales, que se construye en cada cultura y momento histórico con base en la diferencia sexual. Al respecto, Martha Lamas señala que “el papel (rol) de género se configura con el conjunto de normas y prescripciones que dictan la sociedad y la cultura sobre el comportamiento femenino o masculino. Aunque hay variantes de acuerdo con la cultura, la clase social, el grupo étnico y hasta el estrato generacional de las personas, se puede sostener una división básica que corresponde a la división sexual del trabajo más primitiva: las mujeres paren a los hijos y, por lo tanto, los cuidan: ergo, lo femenino es lo maternal, lo doméstico, contrapuesto con lo masculino, que se identifica con lo público. La 2
  • 3. dicotomía masculino-femenino, con sus variantes establece estereotipos, las más de las veces rígidos, que condicionan los papeles y limitan las potencialidades humanas de las personas al estimular o reprimir los comportamientos en función de su adecuación al género”. De acuerdo con lo señalado con esta socióloga, el hecho de que mujeres y hombres sean diferentes anatómicamente los induce a creer que sus valores, cualidades intelectuales, aptitudes y actitudes también lo son. Las sociedades determinan las actividades de las mujeres y los hombres basadas en los estereotipos, estableciendo así una división sexual del trabajo. Al conocer el sexo biológico de un recién nacido, los padres, los familiares y la sociedad suelen asignarles atributos creados por expectativas prefiguradas. Si es niña, esperan que sea bonita, tierna, delicada, entre otras características; y si es niño, que sea fuerte, valiente e intrépido. A las niñas se les enseña a “jugar a la comidita” o a “las muñecas”, involucrándoles desde una temprana edad en actividades domésticas que más adelante reproducirán en el hogar. Estos aprendizajes forman parte de la “educación” que deben recibir las mujeres para cumplir con las tareas que la sociedad espera de ellas en su vida adulta. En cambio, a los niños se les educa para que sean fuertes y no expresen sus sentimientos, porque “llorar es cosa de niñas”, además de prohibirles ser débiles. 3
  • 4. Estas son las bases sobre las que se construyen los estereotipos de género, reflejos simples de las creencias sociales y culturales sobre las actividades, los roles, rasgos, características o atributos que distinguen a las mujeres y a los hombres. Los estereotipos son concepciones preconcebidas acerca de cómo son y cómo deben comportarse las mujeres y los hombres. Estas creencias, sin embargo, no son elecciones conscientes que se puedan aceptar o rechazar de manera individual, sino que surgen del espacio colectivo, de la herencia familiar y de todos los ámbitos en que cada persona participe. Se trata de una construcción social que comienza a partir del nacimiento de los individuos, quienes potencian ciertas características y habilidades según su sexo e inhiben otras, de manera que quienes los rodean, les dan un trato diferenciado que se refleja en cómo se relacionan con ellos, dando lugar a la discriminación y a la violencia de género. Ejemplo de estas construcciones sociales o estereotipos de género se encuentran en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2003, de la que se desprende que de las mujeres casadas o unidas de 15 años y más que no viven situaciones de violencia, 42.5% considera que “una buena esposa debe obedecer a su pareja en todo lo que él ordene”, mientras que el porcentaje se reduce a 35.9% entre las mujeres 4
  • 5. que viven situaciones de violencia. Esto podría demostrar que la obediencia hacia el esposo genera menos violencia en la pareja, y que los estereotipos de género continúan vigentes en buena parte de la población femenina. Otros datos importantes de la ENDIREH 2003 son los siguientes: _ Una gran proporción de mujeres, tanto en situaciones de no violencia como de violencia, 66.2% y 68.4% respectivamente, opina que el hombre debe responsabilizarse de todos los gastos del hogar. _ 11.6% del total de mujeres en situaciones de no violencia considera que es “obligación de la mujer tener relaciones sexuales con el esposo o pareja aunque ella no quiera”, y el porcentaje sólo disminuye a 10.3% en las mujeres que viven en condiciones de violencia. _ Tanto en condiciones de no violencia como de violencia, algunas mujeres justifican el maltrato por parte de sus parejas a causa del incumplimiento de sus obligaciones: 8.9% y 7.8% respectivamente. Los estereotipos de género se reproducen de variadas y múltiples formas, como son, entre otras, la formación y educación que se da a las niñas y niños en casa o en la escuela o a través de los medios de comunicación. 5
  • 6. En este sentido, de acuerdo con un estudio elaborado por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de esta Cámara de Diputados, los medios de comunicación juegan un papel de primer orden en la promoción y perpetuación de estereotipos de género que operan en detrimento de la igualdad entre hombres y mujeres. Contenidos que refuercen el papel del hombre como fuerte, rudo, proveedor, etc. Y de las mujeres como abnegadas, amas de casa y sumisas, van sedimentándose en la mente de las audiencias, contribuyendo a construir la forma en que las personas reaccionan e interactúan socialmente. Sin embargo, dada su enorme influencia en las sociedades modernas, los medios de comunicación pueden también funcionar como un elemento de promoción de derechos humanos como la igualdad, y contribuir así, al logro de una sociedad más igualitaria y equitativa. Asimismo, la catedrática de la Universidad Autónoma de Barcelona, Joana Gallego, ha señalado que los medios de comunicación juegan un papel determinante en el cambio social hacia el avance o retroceso de la no discriminación y a una vida libre de violencia para las mujeres. A este respecto, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer señala en su artículo 2, el compromiso de los Estados Parte de adoptar las medidas apropiadas para eliminar la 6
  • 7. discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas. Aunado a lo anterior, la Plataforma de Acción de Beijing recomienda a los medios de información de masas y las organizaciones de publicidad: a) Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresión, directrices profesionales y códigos de conducta y otras formas de autorregulación para fomentar la presentación de imágenes no estereotipadas de la mujer; b) Establecer, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresión, directrices profesionales y códigos de conducta respecto de los materiales de contenido violento, degradante o pornográfico sobre la mujer en los medios de información, incluso en la publicidad; c) Introducir una perspectiva de género en todas las cuestiones de interés para las comunidades, los consumidores y la sociedad civil; d) Aumentar la participación de la mujer en la adopción de decisiones en los medios de información en todos los niveles. 7
  • 8. Por su parte, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará), dispone en el artículo 8 que los Estados Parte convienen en adoptar medidas específicas, incluso programas, para alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la mujer. No obstante lo anterior y aún cuando en el ámbito nacional, la Ley Federal de Radio y Televisión reconoce en su artículo 4º que éstos constituyen una actividad de interés público y por lo tanto el Estado deberá protegerla y vigilarla para el debido cumplimiento de su función social, es omisa respecto a la obligación de los mismos de evitar la promoción de estereotipos de género y de actos de discriminación. En tal virtud, consideramos indispensable que se lleven a cabo las modificaciones legislativas que se proponen en esta iniciativa, a efecto de evitar que se sigan reproduciendo a través de los medios de comunicación masiva, como son la radio y la televisión, estereotipos que generen la continuación de la desigualdad, de la discriminación y de la violencia hacia las mujeres y que en cumplimiento de la función social que éstos medios tienen 8
  • 9. asignada, generen en sus radioescuchas o televidentes una cultura de respeto a la diversidad y de promoción de los derechos humanos. En atención a lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión. Único. Se reforman las fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue: Artículo 5o.- … I.- Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la no discriminación, la dignidad humana y los vínculos familiares; II.- Evitar la promoción de estereotipos de género e influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud; III.- a IV.- …l 9
  • 10. Artículo 10.- … I.- Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de tercero, cometan o inciten a cometer actos discriminatorios, promuevan estereotipos de género, ni provoquen la comisión de algún delito, inciten a la violencia o perturben el orden y la paz públicos; II.- a VI.- … Artículo 11.- … I.- a III.- … IV.- Elaborar y difundir programas de carácter formativo, educativo y recreativo, que promuevan principios y valores así como el respeto a la diversidad y a los derechos humanos, para la población infantil; V.- a IX.- … Artículo 63.- Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea 10
  • 11. mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohíbe, también, todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio en términos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; queda asimismo prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos, así como aquellos que promuevan estereotipos de género. Artículo 67.- … I.- a IV. … V.- No transmitirá propaganda o anuncios de servicios que tengan por objeto explotar o comerciar sexualmente con el cuerpo de las personas. VI.- El contenido del anuncio no contendrá imágenes o diálogos que promuevan estereotipos de género o discriminación. TRANSITORIOS Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, diciembre de 2010. Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena. 11