4. 2.1 LA RESPONSABILIDAD DEL PRODUCTOR. según LA TEORÍA DE LOS COSTES SOCIALES El profesional debe pagar siempre todos los daños LA TEORÍA DEL CONTRATO El profesional solo respondería en el caso de que exista negligencia por su parte LAS EXPECTATIVAS QUE HA CREADO EN EL CONSUMIDOR VERACIDAD 2. LA EMPRESA Y LOS CONSUMIDORES O USUARIOS. DURACIÓN MANTENIMIENTO SEGURIDAD SON tiene un marco de referencia en DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA ÉTICA AMBAS TEORÍAS SON EXTREMAS
5. 2. LA EMPRESA Y LOS CONSUMIDORES O USUARIOS. 2.2 LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. (Carta de Protección del Consumidor del Consejo de Europa, L. G. para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). 1. Derecho a la protección de la salud y la seguridad. Implica que los productos o servicios no supongan riesgo alguno para la salud del consumidor. Los riesgos previsibles deben darse a conocer a los usuarios por medios apropiados. 2. Derecho a la protección de los intereses económicos. Implica que las condiciones del contrato sean equitativas: a) que la promoción se ajuste a la realidad del producto o servicio. b) claridad de las cláusulas, buena fe, etc. c) garantía, servicio postventa. 3. Derecho a la reparación de daños. Implica que la responsabilidad en caso de daño o perjuicio al consumidor, recae en el productor siempre que no haya negligencia por parte de aquel. 4. Derecho a la información y educación. Debe dar al usuario información veraz y suficiente sobre los productos o servicios. El Estado debe promover la “educación para el consumo” como parte del derecho general a la educación. Se debe promover mayor libertad y racionalidad en el consumo. 5. Derecho a la representación Los consumidores pueden crear asociaciones para defender sus derechos.
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8. 4. EL COMERCIO JUSTO ECONOMÍA ALTERNATIVA Pretende paliar las enormes injusticias que se dan en el nuevo orden económico mundial A) LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS B) LA ECOLOGÍA Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE Introduce NOVEDADES FUNDAMENTALES