1. TRABAJO ACADÉMICO DE PROPIEDAD INTELECTUAL CON DERECHO RESERVADO Y DEBIDAMENTE REGISTRADO
Prohibido copiar, diseminar, distribuir, comercializar o darle cualquier uso indebido.
2.
3. Derecho Arcaico
753 a 449 a.C.
Derecho Preclásico Derecho Clásico
449 a 27 a.C. 27 a.C. a 235 d.C.
Derecho Posclásico Derecho Justiniano
235 a 476 d.C. 527 a 565 d.C.
4. Concepto
Disciplina que estudia los diversos sistemas
jurídicos existentes para descubrir sus
semejanzas y diferencias con el propósito de
comprender y mejorar el sistema jurídico de un
Estado determinado
Edad Media
Escuela de los Pos glosadores
Origen
Renacimiento
Los juristas se empiezan a
interesar en sus respectivos
Derechos nacionales
Analizan textos del Corpus Iuris y los confrontan con las tradiciones
jurídicas medievales de origen germánico (Derecho Longobardo en
Italia) con el único fin de demostrar la superioridad del Derecho propio.
5. Racionalismo de los Ius Naturalistas
menosprecian el estudio comparado y se
apartan de esta línea autores como:
Selden defiende la importancia de
los estudios comparativos y dedica
uno de sus trabajos a investigar la
influencia del Derecho Romano
sobre el Common Law
Grocio estudiaba las legislaciones de varias naciones para confirmar su tesis
de que el valor universal del Derecho natural puede encontrarse en el
reconocimiento de ciertas normas jurídicas en todos los pueblos
Montesquieu fundamenta sus ideas en extensas investigaciones acerca de
los diferentes sistemas jurídicos.
Esplendor en París en 1869 con la creación de la ''Sociedad de Legislación
Comparada'„ En 1900 Primer Congreso Internacional de Derecho
Comparado y se declara nueva disciplina jurídica autónoma
6. Se admite la trascendencia de los estudios
comparativos del Derecho
Consideraba que las observaciones de la ciencia
Feuerbach jurídica debían ser lo más comprensivas posible y
(1755-1833) considerar a las ideas jurídicas de todos los tiempos y
de todos los pueblos
Interpretación filosófica de la historia del Derecho y
Wolfgang
dar a conocer el desarrollo de las ideas en el mundo
Gans
jurídico con método comparativo y visión universal
En su obra “Critica delle legislazioni comparate”
Emerico (1857) señala que la comparación entre las leyes de
Amari diversos pueblos y tiempos, es condición
indispensable para la ciencia de la legislación
7. Comparación de dos o más sistemas
jurídicos basado en el conocimiento
de otras legislaciones
Método
Disciplina con enfoque propio para el
estudio de los fenómenos jurídicos y no
una rama del Derecho
"No existen normas de Derecho comparado en
René David igual sentido que existen las de Derecho civil o
penal. El Derecho comparado no es una parte del
Derecho vigente''
Limitar el campo del Derecho comparado a la
Lambert confrontación de sistemas jurídicos semejantes de
pueblos de un mismo nivel de civilización
8. Perfeccionamiento de la Mejor comprensión del
legislación nacional Derecho Nacional
Aplicaciones
del Derecho
Tomar en cuenta Comparado
Muchas
antecedentes
instituciones
extranjeros para
jurídicas de un país
elaborar una ley
Unificación tienen su origen
considerando las
legislativa en el extranjero
diferencias sociales
Eliminar particularidades de la legislación de cada país que constituyan
obstáculos para el incremento de las relaciones internacionales
9. TRABAJO ACADÉMICO DE PROPIEDAD INTELECTUAL CON DERECHO RESERVADO Y DEBIDAMENTE REGISTRADO
Prohibido copiar, diseminar, distribuir, comercializar o darle cualquier uso indebido.