1. LABOR DE CONSEJERIA
“Conscientes del importante papel que juega el Profesor
Consejero en la formación y promoción del desarrollo integral
del estudiante, por la mayor oportunidad que tiene de estar en
contacto directo con el alumno, presentamos algunas
sugerencias encaminadas a favorecer su labor de orientación y
guía dirigida a aumentar las probabilidades de que el
rendimiento del educando tienda a ser el óptimo y esperado.
En atención a lo anterior, el Ministerio reitera la conveniencia
de ejecutar esta importante labor en todos los planteles
secundarios del país, de conformidad con las disposiciones
legales vigentes, empleando los métodos y técnicas que
aseguren los resultados más eficaces en esta gestión.
1. BASES LEGALES DE LA CONSEJERIA
El Artículo 32 del Decreto 100, de 14 de febrero de 1957, que
se constituye en la base legal de la labor de consejería
establece que las funciones del profesor consejero son:
a) Desarrollar entre los alumnos confiados a su guía educativa
una constante labor de orientación, dirigida no sólo para
asegurar el buen éxito en estudios, sino muy
particularmente para facilitar la formación de una persona
robusta, DIGNA Y RESPETABLE.
b) Representar a sus alumnos aconsejados ante el personal
docente y administrativo del plantel, principalmente ante
los profesores de éstos.
c) Comunicarse con los padres de familia tan frecuentemente
como sea posible para discutir los problemas de la
educación de los alumnos de su grupo.
d) Arreglar el horario especial de cada alumno y formar sus
horarios.
e) Mantener estrecho contacto con los demás profesores de
los alumnos de su grupo, para estar enterado de la marcha
2. de éstos en su clase, así como la conducta que observen en
ellas y en el plantel.
f) Informarse debidamente acerca de los estudios, profesiones
u oficios a se podrán dedicar los alumnos e investigar, por
los medios a su alcance, las aptitudes, capacidades,
limitaciones y condiciones ambientales de ellos para
ofrecerles la mejor orientación profesional posible.
1. CUALIDADES BASICAS QUE DEBEN REUNIR UN
DOCENTE QUE FUNJA EN FORMA EFCIENTE
COMO PROFESOR CONSEJRO:
a) Fe en cada alumno. Cree en la valía de cada individuo,
en su capacidad de maduración y cambio y en su
habilidad para hacer frente a las diversas situaciones de
la vida.
b) Respeta y aprecia la individualidad, incluyendo el
derecho y la necesidad de aquellos a quienes aconsejo,
de tomar sus propias decisiones.
c) Interés por comprender al estudiante; las fuerzas que
afectan sus metas y su progreso para conquistarlas.
d) Comprensión y aceptación de sí mismo: tiene la
capacidad de manejar sus valores, sentimientos y
necesidades personales sin que esto tenga efecto diversos
sobre su labor de consejería.
e) Vocación profesional: aprecia su responsabilidad y se
siente abocado a dar consejo y ayuda a los alumnos en el
desarrollo de sus potenciales.
f) Confidencialidad: considera como máximo valor
mantener en secreto y no revelar información alguna que
se le haya dado en confidencia, a excepción de que al no
revelarla pueda peligrar seriamente el futuro bienestar
del aconsejado u otra persona.
2. PAPEL DEL PROFESOR CONSEJERO
3. En su labor de ayudar al alumno para que desarrolle su
capacidad de aprovechamiento, alcance al máximo de sus
potencialidades y enfrente en forma adecuada las dificultades y
situaciones que confronte en el hogar y en el colegio al encarar
las exigencias de aprendizaje, el consejero desempeña el papel
de:
a) Apoyo
Brinda dentro de sus posibilidades, ayuda moral o material al
aconsejado. Escucha sus inquietudes tratando de atenderlo,
aceptarlo y ofrecerle alternativas de solución.
Haciéndole sentir “que estoy contigo” y promoviendo su
desarrollo personal y social.
b) Consulta:
El consejero debe estar accesible al aconsejado y a su
acudiente de tal manera que pueda asesorarlos en el manejo de
diversas situaciones que se le pueda presentar en el medio
escolar. Para realizar en forma adecuada este papel, debe
mantenerse en comunicación permanente con el padre de
familia. La administración de la escuela, profesores de
materia, orientadores, el propio estudiante y otro personal del
colegio relacionado con el estudiante.
c) Remisión del alumno a los organismos o personas que
han de estudiarles y prestarle ayuda.
Los alumnos con graves problemas necesitan ser enviados, sin
demora, a un orientador o a otro especialista de un Gabinete
Psicopedagógico. Suelen requerir esta remisión los estuantes
que muestren los siguientes tipos de comportamiento:
Súbito cambio de comportamiento, tales como soñar
despierto, retirarse del grupo, descuido en su
apariencia personal y nerviosidad extrema.
Debilidad, inactividad, lasitud.
d) Tutor o representante:
Todo consejero debe actuar como representante o tutor del
alumno en la
4. escuela ante la administración, profesores y otros alumnos.
3. DESCRIPCIÓN DE TAREAS QUE DESEMPEÑA EL
CONSEJERO
Para poder cumplir con sus papeles de apoyo, consulta, tutoría,
remisión en forma eficiente y efectiva, el consejero
desarrollará las siguientes tareas o actividades:
3.1
Tarea del consejero con los alumnos considerados
como grupo de consejería.
3.2
Informar al grupo sobre la finalidad y posibilidad de
consejería y organizarlos para desarrollar un programa de
actividades.
3.3
Estimular la vida en grupo. Propiciar oportunidades
que el grupo se reúna, opine, discuta y se organice sobre
diversos temas que contribuyen a su éxito académico y al
desarrollo integral de su personalidad.
3.4
Estudiar el rendimiento académico del grupo, en
general por materias, y compararlo con el rendimiento
esperado.
3.5
Conocer la actitud del grupo ante el trabajo escolar,
en general y por materias, y en su caso intentar un
cambio positivo.
3.6
Recoger las sugerencias o propuestas del grupo de
alumnos para ser portavoz de ellas ante la dirección, etc.,
y a la inversa.
3.7
Organizar actividades extraescolares al servicio de
los interese del grupo y coordinar con los respectivos
profesores las que les puedan afectar.
3.8
Coordinar con el ORIENTADOR O Gabinete
Psicopedagógico de actividades de Orientación
Educativa y Orientación Profesional.
3.9
Asesoramiento (o en su caso coordinación del
asesoramiento) en materia de técnicas de trabajo
intelectual.
5. 4. Tareas del consejero con los alumnos considerados
individualmente
4.1
Conocer los antecedentes académicos de cada
alumno.
4.2
Conocer las dificultades del alumno en el
aprendizaje, y en su caso, orientar o coordinar con el
orientados Psicopedagógico las acciones.
4.3
Conocer y en su caso, actuar sobre la actitud del
alumno ante el trabajo escolar y en el centro docente.
4.4
Conocer el nivel de integración del sujeto en el grupo
y si es preciso, ayudar a su integración. Procurar a su
vez que con la ayuda del grupo adquiera el alumno, una
idea objetiva de si mismo.
4.5
Orientar al grupo en sus elecciones de las actividades
no docentes (extraescolares, complementaria y de tiempo
libre) a realizar por éste en el centro docente.
4.6
Llevar al día y custodiar el expediente del alumno.
En caso de ser necesario confeccionar horarios
especiales.
4.7
Tareas del consejero en relación con los demás
profesores.
4.8
Informar a los demás profesores del equipo docente
acerca de las características de los alumnos.
4.9
Recoger observaciones de los demás profesores del
equipo docente sobre los alumnos, como grupo y como
individuo.
4.10 Tratar con los demás profesores las actividades de
recuperación y en especial los “trabajos para casa”.
4.11 Coordinar las ayudas y orientaciones propias con las
de los demás profesores del alumno, en relación al
tiempo de actividades extraescolares.
4.12 Propiciar un ambiente de equipo entre los profesores
del grupo de alumnos.
4.13 Tareas de consejero en relación con los órganos
directivos de la escuela.
6. 4.14 Hacer sugerencias a los órganos directivos, las
sugerencias que hacen loas padres, los profesores y los
mismos alumnos en las reuniones con los consejeros.
4.15 Tratar los casos especiales con el directivo que
corresponda.
4.16 Canalizar a través de secretaría, la documentación
correspondiente a los alumnos.
4.17 Tareas del consejero en relación con los padres de
familia de los alumnos.
4.18 Informar a los padres de familia sobre aspectos de la
vida del centro docente y en especial del propio servicio
de consejería.
4.19 Recoger la información que los padres de familia
pueden proporcionar con vistas a un mejor conocimiento
del alumno.
4.20 Conocer el ambiente familiar del alumno, a través del
contacto con los padres.
4.21 Informar periódicamente a los padres sobre la
conducta del alumno y especialmente sobre su
rendimiento académico según los criterios suficientes.
4.22 En determinados casos, influir, que están
condicionado negativamente la conducta y el
rendimiento del alumno, o dificultado una correcta
opción escolar o profesional.
4.23 Recibir y canalizar sugerencias o reclamaciones de
los padres
4.24 Favorecer una actitud positiva de los padres hacia el
centro docente.
5. ALGUNOS TEMAS PARA DESARROLLARSE EN
LA HORA DE CONSEJERÍA
a) Finalidad y posibilidad de la consejería
b) Disposiciones legales en cuanto a:
7. - División del año escolar
- Evaluación.
- Ausencias y tardanzas.
- Deberes y derechos del estudiante.
-Servicios que brinda la escuela
-Reglamento interno de la Escuela.
-Uso del uniforme
-Hábitos y técnicas de estudio
-Importancia de educarse
-Noviazgo
-Adolescencia
-La comunicación y las buenas relaciones
humanas. Drogas y
Alcoholismo.
-Oportunidades de reforzar o recuperar
deficiencias académicas.