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Conciliación en accidentes de
tránsito es una buena opción para
evitar llegar a los tribunales
Es posible que los afectados en un choque
simple 'arreglen por las buenas' y no se
desgasten en largos procesos judiciales.
Esta fue una de las reformas que trajo consigo la
Ley 769 del 2006 o Código Nacional de Tránsito.
Fue así como se les dio la facultad a los
diferentes centros de conciliación del país
para ofrecerles a los conductores públicos y
privados sus servicios como mediadores y
garantes para la resolución de los conflictos
derivados de choques.

Tan solo en Bogotá, por citar un ejemplo, al día
se producen más de 80 colisiones simples.
"Anteriormente, era obligatorio que las partes en
conflicto adelantaran un proceso contravencional
frente a un inspector de tránsito, que emitía una
resolución y condenaba a los conductores a
pagar una multa -explica Yecid Rojas Otálora,
coordinador jurídico del Centro de Conciliación y
Arbitraje del Transporte, único especializado en
tránsito del país-. En cuanto a los daños, el
inspector le recomendaba a la víctima acudir a la
justicia ordinaria para demandar".
Lo malo de esta modalidad es que el afectado se
demoraba seis meses instaurando la demanda
(si le iba bien), al cabo de los cuales tenía que
esperar otros dos años sin saber si le iban a
resarcir los daños.
"Después de un tiempo se daba cuenta de que le
tocaba demandar dentro de un proceso ordinario,
el cual era, y sigue siendo, uno de los más largos
que existen en la jurisdicción colombiana continúa Rojas-. De allí surgió la necesidad de
buscar otro espacio para que las personas
pudieran
solucionar
sus
conflictos
más
fácilmente".

Así funciona
A diferencia de la justicia ordinaria, en la que un
juez tiene que decidir quién es el responsable del
hecho, dentro de la conciliación son las personas
las que resuelven sus diferencias.
Esto les garantiza llegar a un acuerdo de forma
rápida y menos costosa, pero también 'cerrar las
heridas' de manera pacífica y legal.
"Hoy en día, la conciliación se constituye en un
requisito para acceder a la justicia ordinaria, es
decir, si las partes no la agotan, ésta las obliga a
arreglar primero 'por las buenas', antes de abrir
un proceso", añade el coordinador jurídico.
La logística es muy simple: las partes en conflicto
son asistidas por un conciliador, que les plantea
propuestas de arreglo y les informa cómo se
maneja el proceso conciliatorio. Sobre esa base,
les informa que él no es quien determinará cómo
se arregla el asunto, sino que serán ellos, los
implicados, quienes lo harán.
Luego de negociar, y si se llega a una acuerdo,
se suscribe un acta de conciliación que tiene
efectos de cosa juzgada y mérito ejecutivo, es
decir, da fe de que las partes profirieron una
especie de sentencia, sobre la base de que no se
va a debatir más sobre los hechos y, obviamente,
de que van a responder según lo pactado.
"Si la contraparte no responde, el documento se
presta a mérito ejecutivo y le permite al
demandante ir con su acta a donde un juez para
que la obligue a pagar", puntualiza Rojas Otálora.
Es importante decir -además- que no es
necesario asistir a una conciliación con abogado,
pues lo importante es que estén presentes los
afectados, sin los cuales es imposible realizar las
audiencias.

Todos ganan
Según datos del Centro de Conciliación y
Arbitraje del Transporte, el 60 por ciento de las
audiencias llegan a feliz término, mientras que el
40 por ciento restante está supeditado a
'constancias de imposibilidad' (cuando las
personas no llegan a un acuerdo) y 'constancias
de inasistencia' (cuando alguna de las partes no
comparece).
Esto significa que la mayoría de los afectados
está llegando a acuerdos en los centros de
conciliación y así ahorran mucho tiempo y
dinero por el simple hecho de no acudir a la
justicia ordinaria para resolver el conflicto.
Las empresas transportadoras ganan porque sus
dueños se ven en la obligación de ir con el
conductor a las audiencias para resolver el lío.
Esto les significa rapidez y, por lo tanto, menos
lucro cesante para el bus, la buseta o el taxi.
Por supuesto, los despachos judiciales son los
más beneficiados con esta nueva forma de
administrar justicia, toda vez que se están
descongestionando y dedicando a resolver líos
de mayor envergadura.

Hasta los abogados ganan porque no tienen que
dedicarle tanto tiempo a resolver conflictos
menores que, a la larga, no les representan
muchas ganancias, pero sí demasiada pérdida
de tiempo.

Pasos para conciliar




Lo primero que tiene que saber es que debe
llegar con propuestas y con la intención de
ceder en algo a las pretensiones.
En el sito del choque, llame a un agente de
tránsito para que levante un informe (croquis).


Si tiene compañía de seguros, llámela y deje
que ella se encargue de solicitar la audiencia. Si
no la tiene, vaya directamente o llame al centro
de
conciliación
y
pida
la
audiencia
directamente.




Al solicitar la audiencia, es necesario aportar los
datos del conductor o propietario, los de la
aseguradora y los del vehículo. Con ellos se
empieza a trabajar.






Cumpla la cita o, de lo contrario, se suspende la
audiencia y tendrá que asistir a la justicia
ordinaria si quiere que le paguen los daños.
Pídale a su aseguradora que no falte a la cita,
pues ella necesita el acta para pedir que se le
paguen por los daños.



No incumpla lo pactado, pues el paso por la
justicia ordinaria es largo, engorroso y, en la
mayoría de los casos, estéril y costoso.
TELEFONO 276 87 60- CONCILIACION


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Conciliacion por accidente de transito.

  • 1.
  • 2. Conciliación en accidentes de tránsito es una buena opción para evitar llegar a los tribunales Es posible que los afectados en un choque simple 'arreglen por las buenas' y no se desgasten en largos procesos judiciales. Esta fue una de las reformas que trajo consigo la Ley 769 del 2006 o Código Nacional de Tránsito. Fue así como se les dio la facultad a los diferentes centros de conciliación del país para ofrecerles a los conductores públicos y privados sus servicios como mediadores y garantes para la resolución de los conflictos derivados de choques. Tan solo en Bogotá, por citar un ejemplo, al día se producen más de 80 colisiones simples. "Anteriormente, era obligatorio que las partes en conflicto adelantaran un proceso contravencional frente a un inspector de tránsito, que emitía una resolución y condenaba a los conductores a pagar una multa -explica Yecid Rojas Otálora,
  • 3. coordinador jurídico del Centro de Conciliación y Arbitraje del Transporte, único especializado en tránsito del país-. En cuanto a los daños, el inspector le recomendaba a la víctima acudir a la justicia ordinaria para demandar". Lo malo de esta modalidad es que el afectado se demoraba seis meses instaurando la demanda (si le iba bien), al cabo de los cuales tenía que esperar otros dos años sin saber si le iban a resarcir los daños. "Después de un tiempo se daba cuenta de que le tocaba demandar dentro de un proceso ordinario, el cual era, y sigue siendo, uno de los más largos que existen en la jurisdicción colombiana continúa Rojas-. De allí surgió la necesidad de buscar otro espacio para que las personas pudieran solucionar sus conflictos más fácilmente". Así funciona A diferencia de la justicia ordinaria, en la que un juez tiene que decidir quién es el responsable del hecho, dentro de la conciliación son las personas las que resuelven sus diferencias.
  • 4. Esto les garantiza llegar a un acuerdo de forma rápida y menos costosa, pero también 'cerrar las heridas' de manera pacífica y legal. "Hoy en día, la conciliación se constituye en un requisito para acceder a la justicia ordinaria, es decir, si las partes no la agotan, ésta las obliga a arreglar primero 'por las buenas', antes de abrir un proceso", añade el coordinador jurídico. La logística es muy simple: las partes en conflicto son asistidas por un conciliador, que les plantea propuestas de arreglo y les informa cómo se maneja el proceso conciliatorio. Sobre esa base, les informa que él no es quien determinará cómo se arregla el asunto, sino que serán ellos, los implicados, quienes lo harán. Luego de negociar, y si se llega a una acuerdo, se suscribe un acta de conciliación que tiene efectos de cosa juzgada y mérito ejecutivo, es decir, da fe de que las partes profirieron una especie de sentencia, sobre la base de que no se va a debatir más sobre los hechos y, obviamente, de que van a responder según lo pactado.
  • 5. "Si la contraparte no responde, el documento se presta a mérito ejecutivo y le permite al demandante ir con su acta a donde un juez para que la obligue a pagar", puntualiza Rojas Otálora. Es importante decir -además- que no es necesario asistir a una conciliación con abogado, pues lo importante es que estén presentes los afectados, sin los cuales es imposible realizar las audiencias. Todos ganan Según datos del Centro de Conciliación y Arbitraje del Transporte, el 60 por ciento de las audiencias llegan a feliz término, mientras que el 40 por ciento restante está supeditado a 'constancias de imposibilidad' (cuando las personas no llegan a un acuerdo) y 'constancias de inasistencia' (cuando alguna de las partes no comparece). Esto significa que la mayoría de los afectados está llegando a acuerdos en los centros de conciliación y así ahorran mucho tiempo y dinero por el simple hecho de no acudir a la justicia ordinaria para resolver el conflicto.
  • 6. Las empresas transportadoras ganan porque sus dueños se ven en la obligación de ir con el conductor a las audiencias para resolver el lío. Esto les significa rapidez y, por lo tanto, menos lucro cesante para el bus, la buseta o el taxi. Por supuesto, los despachos judiciales son los más beneficiados con esta nueva forma de administrar justicia, toda vez que se están descongestionando y dedicando a resolver líos de mayor envergadura. Hasta los abogados ganan porque no tienen que dedicarle tanto tiempo a resolver conflictos menores que, a la larga, no les representan muchas ganancias, pero sí demasiada pérdida de tiempo. Pasos para conciliar   Lo primero que tiene que saber es que debe llegar con propuestas y con la intención de ceder en algo a las pretensiones. En el sito del choque, llame a un agente de tránsito para que levante un informe (croquis).
  • 7.  Si tiene compañía de seguros, llámela y deje que ella se encargue de solicitar la audiencia. Si no la tiene, vaya directamente o llame al centro de conciliación y pida la audiencia directamente.   Al solicitar la audiencia, es necesario aportar los datos del conductor o propietario, los de la aseguradora y los del vehículo. Con ellos se empieza a trabajar.    Cumpla la cita o, de lo contrario, se suspende la audiencia y tendrá que asistir a la justicia ordinaria si quiere que le paguen los daños. Pídale a su aseguradora que no falte a la cita, pues ella necesita el acta para pedir que se le paguen por los daños.  No incumpla lo pactado, pues el paso por la justicia ordinaria es largo, engorroso y, en la mayoría de los casos, estéril y costoso. TELEFONO 276 87 60- CONCILIACION 
  • 8. EL CENTRO DE CONCILIACION FUNCIONA TODOS LOS DIAS, NO HAGA CASO A JALADORES, LE PEDIRAN PROPINAS, PAGAR MAS……