Percepciones y actitudes hacia la población de origen extranjero
Ayudas locales sostenibilidad
1. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ORDEN de 23 de mayo de 2012
de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de
subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras
Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y
Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que
promuevan el desarrollo sostenible
Gasteizen, 2012ko ekainaren 6an
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2. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Datos básicos (I)
3.705.000 € en Convocatoria 2012
Prioridades ambientales:
Lucha contra el cambio climático
Preservación de la biodiversidad
Recuperación de suelos públicos contaminados
Calidad del aire
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3. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Datos básicos (II)
Periodo 2007 - 2011:
Más de 1.200 solicitudes presentadas
Más de 700 proyectos
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4. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Datos básicos (III)
Convocatoria 2011:
104 proyectos subvencionados
41 proyectos de Cambio Climático y Calidad del Aire
31 proyectos de la línea de Biodiversidad
10 proyectos en la línea de Suelos Contaminados
22 proyectos en la línea de Agenda 21 Escolar
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5. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Convocatoria 2011 – Aportación a los Objetivos del PMA (I)
Mejora Medioambiental prevista
Objetivo 1: Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y
minimizar los efectos del cambio climático en la CAPV
• Reducción esperada de la emisión de 214.880 Tn de CO2
equivalentes
• Reforestación con especies autóctonas de 13.793 m2 de
superficie
Objetivo 02: Detener la pérdida de la diversidad biológica, restaurar
los ecosistemas y limitar la artificialización del suelo
• Eliminación de plantas exóticas invasoras
• Investigación de suelos potencialmente contaminados
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6. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Convocatoria 2011 – Aportación a los Objetivos del PMA (II)
Mejora Medioambiental prevista
Calidad del aire
Objetivo 4: Garantizar un entorno limpio y saludable
• Reducción de material particulado de 1.566 kg
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7. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Aspectos generales
Francisco Olarreaga
Director de Planificación Ambiental
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8. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ORDEN de 23 de mayo de 2012 (BOPV de 29 de mayo)
OBJETO: regula la convocatoria de subvenciones a la que pueden
acogerse los Ayuntamientos, Mancomunidades y otras Entidades
locales, además de organismos autónomos y sociedades mercantiles
locales, de la CAPV, en las siguientes líneas de actuación:
Atmósfera (Cambio Climático y Calidad del Aire –PM10-)
Suelos contaminados
Biodiversidad
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9. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Constituye una herramienta de mejora importante en las áreas
estratégicas de DMAPTAP
Es el marco integral de las ayudas de DMAPTAP a proyectos
ambientales de entidades locales
Posibilita el desarrollo, por parte de la entidades locales, de
proyectos plurianuales …
enfocados a resultados (con beneficios ambientales
demostrables) …
enmarcados en los planes de acción de la Agenda Local 21
Eficacia y eficiencia en las ayudas en sostenibilidad local
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10. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ÓRGANOS ENCARGADO DE LA GESTIÓN
Direcciones de:
• Planificación Ambiental
• Calidad Ambiental
• Biodiversidad y Participación Ambiental
del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco
ENTIDAD COLABORADORA
Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Ihobe
DOTACIÓN TOTAL PRESUPUESTARIA
3.705.000 €
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11. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Fecha límite para la presentación: 29 de junio de 2012
Proyectos abordados con posterioridad al 1 de Enero de 2013
Cumplimiento requisitos entidades beneficiarias (art. 4)
Limitaciones en el número y tipo de proyectos (art. 6)
Solicitudes por duplicado dirigidas a la Viceconsejería de Medio
Ambiente. Podrán entregarse en el registro general o Servicios Territoriales
del DMAPTAP (Bizkaia y Gipuzkoa) y Zuzenean, adjuntando
documentación necesaria (art. 9 y Anexos) y presupuesto desglosado
Anexo I: Formulario de solicitud de subvenciones
• Anexo II: Memoria explicativa de la actuación
• Anexo III-A, B, C y D: Memorias complementarias para las líneas de Suelos Contaminados,
Atmósfera-Calidad del Aire, Atmosfera-Cambio Climático y Biodiversidad
Subsanación de defectos: 10 días (art. 10)
Adjudicación mediante concurso, según criterios de cada línea. Todos
los proyectos deben superar puntación mínima de 50 puntos (art. 15)
Resolución en 6 meses concediendo (beneficiaria, proyecto e importe) o
denegando.
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12. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Obligaciones de la entidad beneficiaria (art. 18):
Aceptación de la subvención (1er pago)
Ejecución de las actuaciones en el plazo establecido
Comunicación de cualquier circunstancia que altere las
condiciones de la subvención
Memoria en formato electrónico a la finalización difusión buenos
ejemplos replicables. Reconocimiento
Aspectos comunicativos: mención al patrocinio y logotipo del Dpto.
en documentos y publicidad de la acción
Someterse a posible comprobación, auditoría y control
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13. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Novedades Convocatoria 2012
Dotación presupuestaria (artículo 3)
Gastos subvencionables. No serán subvencionables (artículo
5.2.d) los gastos correspondientes a personal en plantilla del
ayuntamiento o entidad Municipal o sus empresas vinculadas, y el
resto de gastos considerados no subvencionables, de acuerdo a lo
que establece la legislación sobre subvenciones
Plazos para la ejecución y justificación de los proyectos 31
de diciembre de 2013 independientemente del día de la
notificación
Forma de pago (porcentajes de 1º y 2º pago diferentes para cada
línea).
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14. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Atmósfera
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15. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ATMÓSFERA (I)
OBJETO (art. 1):
Actuaciones que se desarrollen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de
diciembre de 2013 que promuevan:
1) La reducción directa de emisiones de Gases Efecto Invernadero
(GEIs)
2) La mejora de la calidad del aire ambiente, en relación con el PM10
3) Estudios para inversiones de reducción directa de GEIs, para la
mejora de la calidad de aire en zonas con superaciones y
proyectos que supongan una reducción del uso del vehículo
privado
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16. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ATMÓSFERA (II)
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA (art. 3.1.2): 1.400.000 €
EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:
Acciones de baja incidencia sobre el cambio climático y la calidad del aire,
como puedan ser la colocación de aparca bicis, bidegorris (a no ser que estén
enmarcados dentro de una red) o peatonalizaciones menores (art 2.b)
Las acciones relativas a la gestión de Residuos Sólidos Urbanos
IVA de las acciones objeto de subvención … (art. 5.2)
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17. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ATMÓSFERA (III)
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
Una misma entidad puede presentar dos solicitudes (una propuesta dentro de la
línea de cambio climático y otra para acciones de calidad del aire –art. 6.2.-)
Las ayudas no podrán exceder del 70% del importe de los gastos subvencionables,
ni de 150.000 euros por cada proyecto (art. 14.b)
Para los proyectos cuyo objeto sea la adquisición de vehículos, el importe máximo
de subvención será de 50.000 euros
Pago de la subvención (art. 17.1.b): el 10% del importe subvencionado, una vez
aceptada la ayuda y el restante a la presentación de la documentación final del
proyecto en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha final de ejecución
del mismo
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18. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
ATMÓSFERA (IV)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.2.):
a) Aprobación del Plan de acción local de la Agenda Local 21 en acuerdo plenario y/o
equivalente y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21; y/o Pacto
de los Alcaldes y Alcaldesas; y/o una Ordenanza sobre Cambio Climático. Hasta un
máximo del 10%.
b) Carácter innovador y estratégico de la actuación en sintonía con las estrategias y
planes y programas del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
Agricultura y Pesca especificados en el anexo II. Tendrán dicho carácter las acciones de
movilidad urbana sostenible; que incorporen criterios de mitigación de emisiones o de
adaptación al cambio climático en el proceso planificador y proyectos de reducción de
PM10 en zonas con superaciones de valores límite. Hasta un máximo del 30%.
c) Resultados de la acción (reducción de impactos y presiones ambientales y número de
personas beneficiadas). Hasta un máximo del 30%.
d) Calidad, viabilidad técnica económica y financiera de la actuación, y carácter
extrapolable de la acción. Hasta un máximo del 30%.
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19. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Ejemplos de proyectos subvencionados en la Convocatoria 2011:
C • Beneficiario: Ayuntamiento de Amurrio
A Denominación del Proyecto: Recuperación de calor y reutilización del agua
M de las piscinas municipales de Amurrio
B Subvención concedida: 22.560,87 €
I
O
• Beneficiario: Urduliz Urbanismo Sozietatea, S.A.
C Denominación del Proyecto: Regeneración mediante reforestación como
sumidero de carbono de las laderas de Santa Marina
L
I Subvención concedida: 80.000,07 €
M
Á • Beneficiario: Ayuntamiento de Ibarrangelu
T Denominación del Proyecto: Instalación alumbrado bajo consumo en
I Barrio Durukiz
C Subvención concedida: 22.137,50
O
CALIDAD DEL AIRE
• Beneficiario: Ayuntamiento de Otxandio
Denominación del Proyecto: Acciones de disminución del tráfico y mejora
de la calidad del aire del centro urbano de Otxandio
Subvención concedida: 177.540,15 €
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20. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Suelos Contaminados
Juan Ignacio Escala
Director de Calidad Ambiental
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21. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (I)
OBJETO:
Serán subvencionables aquellas acciones de investigación y recuperación de
suelos contaminados, realizadas tanto en terrenos que han soportado
actividades industriales potencialmente contaminantes, como en depósitos
incontrolados de residuos antiguos que cesaron antes de la entrada en vigor del
Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e
inertizados, siempre y cuando la recuperación esté dirigida a compatibilizar la
calidad del suelo con el uso final del emplazamiento y que este uso final
previsto sea un uso prioritariamente social.
Las acciones citadas anteriormente tan sólo serán objeto de subvención
cuando vayan a realizarse sobre terrenos de titularidad local. Cuando se trate
de proyectos que vayan a acometerse sobre terrenos que cuenten con una
titularidad compartida, la cuantía de la ayuda se calculará sobre el porcentaje
de titularidad del ayuntamiento o entidad solicitante.
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22. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (II)
OBJETO (cont.):
En ambos casos, la adquisición de los terrenos objeto de actuación por parte
de la entidad solicitante deberá haber sido formalizada con anterioridad al 16
de mayo de 2005, fecha de entrada en vigor de la Ley 1/2005, de 4 de febrero,
para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, salvo en el caso
en que el ayuntamiento haya adquirido la titularidad del terreno en ejecución
forzosa de un crédito a su favor.
No serán objeto de subvención las acciones de recuperación de suelos
públicos que se destinen a la construcción de viviendas o suelo industrial.
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23. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (III)
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 805.000 €; 402.500 € para investigaciones de la calidad
del suelo, 402.500 € para recuperaciones
EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:
Gastos IVA
Los relativos a campañas de comunicación, participación, información o sensibilización
Los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad
Municipal o sus empresas vinculadas
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24. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (IV)
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
Los trabajos de investigación se subvencionarán hasta el 90%
independientemente del tamaño del municipio
Los trabajos de recuperación se subvencionarán:
• hasta un 50% del importe de los gastos subvencionables en el caso de
municipios o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes
• hasta un 75% en el caso de municipios o áreas supramunicipales
menores de 7.000 habitantes
Los importes máximos de subvención serán de:
• 75.000 euros para los proyectos de investigación y
• 150.000 euros por proyecto de recuperación
Pago de la subvención:
• 20% del importe subvencionado, una vez aceptada la ayuda
• 80% tras la ejecución presentación de la documentación final de
proyecto en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha final
de ejecución del mismo
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25. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (V)
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA:
1. La entidad beneficiaria se comprometerá a mantener la titularidad pública local, total
o parcial, según lo fuera en el momento de la solicitud, sobre el suelo objeto de
investigación y/o recuperación durante, al menos, 5 años tras la concesión de la
subvención.
2. La entidad beneficiaria, en el caso de que la reutilización de un emplazamiento produzca
plusvalías, deberá reintegrar la subvención en cumplimiento del artículo 29.5 de la Ley
1/2005, de 4 de febrero, de prevención y recuperación de la contaminación del suelo.
3. La entidad solicitante se compromete, para la obtención de ayudas a la investigación de
suelos potencialmente contaminados, a someter al emplazamiento objeto de subvención al
procedimiento de declaración de la calidad del suelo de acuerdo a la Ley 1/2005,
de 9 de febrero, de prevención y corrección de la calidad del suelo. En el caso de
ayudas a la recuperación de la calidad del suelo, se deberá disponer de la
correspondiente resolución de declaración de la calidad del suelo y de la aprobación del
proyecto de saneamiento por parte de la Viceconsejería de Medio Ambiente. En cualquier
caso, la entidad solicitante se compromete a adoptar todas aquellas medidas que se dicten
en las diferentes fases del procedimiento.
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26. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (VI)
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA (cont.):
1. .
2. .
3. .
4. Las acciones subvencionadas se ajustarán en su ejecución a lo exigido por el Decreto
199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación de
entidades de investigación y recuperación de la calidad del suelo y se determina el
contenido y alcance de las investigaciones de la calidad del suelo a realizar por dichas
entidades.
5. Además de los hitos de presentación de documentación que exige el procedimiento de
declaración de la calidad del suelo, se requerirá en el marco del proceso de control de la
subvención la aprobación por la Viceconsejería de Medio Ambiente de las
estrategias de investigación previamente a su ejecución así como la
comunicación a este órgano del cronograma y fecha exacta de inicio, en cada
caso, investigación y/o recuperación de la calidad del suelo.
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27. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (VII)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.1.):
a) Aprobación del plan de acción en acuerdo plenario y/o equivalente, y el
informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21. Hasta un
máximo del 10%.
b) Carácter innovador y estratégico de la actuación en sintonía con las
estrategias, planes y programas del Departamento de Medio Ambiente,
Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, especificados en el anexo
II-A, hasta un máximo del 10 %
c) Posibilidades de afección a la salud humana y/o al medio ambiente en el
emplazamiento y en los terrenos colindantes. Hasta un máximo del
65%
d) Calidad y viabilidad técnica económica y financiera de la actuación,
eficacia y carácter extrapolable. Hasta un máximo del 15%
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28. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
SUELOS CONTAMINADOS (VIII)
Ejemplos de proyectos destacados subvencionados en la
Convocatoria 2011:
• Beneficiario: Ayuntamiento de Barakaldo
Denominación del Proyecto: Investigación de la calidad del suelo en la ladera sur del
parque Tellaetxe. Estudio complementario en el antiguo vertedero de Gorostiza
Subvención concedida: 54.000 €
• Beneficiario: Ayuntamiento de Mungia
Denominación del Proyecto: Investigación detallada de la antigua cantera “La Tejera”
en Mungia
Subvención concedida: 16.182 €
• Beneficiario: Zumaia Lantzen, S.A.
Denominación del Proyecto: Plan de excavación y estudio del suelo remanente de la
zona del humedal
Subvención concedida: 65.760,30 €
• Beneficiario: Ayuntamiento de Usurbil
Denominación del Proyecto: Arratzain inguruko lursailean ikerketa eta leheneratzeko
lanak egitea
Subvención concedida: 27.000 €
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29. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Biodiversidad
Germán Alonso
Director de Biodiversidad y Participación
Ambiental
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30. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (I)
OBJETO:
Actuaciones que se desarrollen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de
2013 que promuevan:
Serán subvencionables aquellas acciones que promuevan el incremento de la
biodiversidad (numero de especies) de especies, considerando sólo aquellas recogidas
en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna, creado por la Ley
16/94 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, mediante las siguientes
acciones:
La restauración y regeneración ambiental de hábitats naturales
La adopción de medidas de protección y conservación de especies de flora y fauna
silvestre catalogada
La eliminación de especies exóticas invasoras
La regeneración de espacios degradados
Actuaciones de mejora y restauración del paisaje y/o que contribuyan a la
conectividad ecológica del territorio
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31. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (II)
OBJETO (cont.):
Podrán ser subvencionables proyectos de biodiversidad ejecutados en un entorno
urbano, como puede ser la creación de parques y jardines o espacios naturales o
renaturalizados, siempre que supongan un incremento de la biodiversidad.
No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten exclusivamente a la
redacción de proyectos y publicaciones o acciones de sensibilización.
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32. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (III)
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 1.500.000 €
EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:
Gastos IVA
Los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad
Municipal o sus empresas vinculadas
Biodiversidad: No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten
exclusivamente a la redacción de proyectos y publicaciones o acciones de
sensibilización
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33. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (IV)
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
No se establece límite en cuanto al número de solicitudes de subvención a
presentar, pero sólo se podrá conceder subvención para la actuación que haya
obtenido mayor puntuación
Las ayudas no podrán exceder del 85% del importe de los gastos
subvencionables
El importe máximo de la subvención es de 150.000 € por cada proyecto
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34. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (V)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.3.):
a) Aprobación del Plan de acción local de la Agenda Local 21 en acuerdo plenario y/o
equivalente y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21. Hasta un
máximo del 5%.
b) Calidad, viabilidad técnica y económica de la propuesta. Hasta un máximo del 20%.
c) Eficacia de la actuación. Impactos cuantificables sobre el incremento de la biodiversidad
sobre el número de especies que potencialmente puede albergar el territorio. En relación a
este criterio se priorizaran acciones con efectos directos sobre la biodiversidad frente a
meros estudios. Hasta un máximo del 30%.
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35. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (VI)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.3.) (cont.):
d) Impactos cuantificables sobre conectividad ecológica. Hasta un máximo del 5%.
e) Restauración de humedales. Hasta un máximo del 5%.
f) Regeneración del bosque autóctono. Hasta un máximo del 5%.
g) Acciones que se realicen en espacios incluidos en la Red Natura 2000. Hasta un máximo
del 30%.
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36. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
BIODIVERSIDAD (VII)
Ejemplos de proyectos destacados subvencionados en la
Convocatoria 2011:
• Beneficiario: Ayuntamiento de Zerain
Denominación del Proyecto: Baso autoktonoak birsortu, lehentasunezko habitata
babestu eta hezegunea leheneratzea
Subvención concedida: 200.000 €
• Beneficiario: Cuadrilla de Ayala/Aiara
Denominación del Proyecto: Erradicación de especies exóticas invasoras
Subvención concedida: 27.955,65 €
• Beneficiario: Ayuntamiento de Mutiloa
Denominación del Proyecto: Mejora y conservación ambiental de la zona minera de
Mutiloa: recuperación ambiental de la zona extractiva I (Gezurmuño) / Preservación
y puesta en valor del humedal de Apaolaza
Subvención concedida: 46.537,50 €
• Beneficiario: Mancomunidad de Servicios de Uribe Kosta
Denominación del Proyecto: Control y eliminación de especies invasoras (buddleia
davidii y cortaderia selloana) y regeneración de hábitat con especies autóctonas
Subvención concedida: 50.944,75 €
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37. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible
Eskerrik asko!
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