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Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




                    ORDEN de 23 de mayo de 2012
   de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
     Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de
     subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras
       Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y
    Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que
                promuevan el desarrollo sostenible




                                                  Gasteizen, 2012ko ekainaren 6an



                                                                                                      1
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



Datos básicos (I)




          3.705.000 € en Convocatoria 2012

      Prioridades ambientales:

         Lucha contra el cambio climático
         Preservación de la biodiversidad
         Recuperación de suelos públicos contaminados
         Calidad del aire




                                                                                                      2
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



Datos básicos (II)


      Periodo 2007 - 2011:

       Más de 1.200 solicitudes presentadas
       Más de 700 proyectos




                                                                                                      3
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



Datos básicos (III)


      Convocatoria 2011:

      104 proyectos subvencionados

         41    proyectos         de    Cambio Climático y Calidad del Aire
         31    proyectos         de    la línea de Biodiversidad
         10    proyectos         en    la línea de Suelos Contaminados
         22    proyectos         en    la línea de Agenda 21 Escolar




                                                                                                      4
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



Convocatoria 2011 – Aportación a los Objetivos del PMA (I)

Mejora Medioambiental prevista


 Objetivo 1: Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y
 minimizar los efectos del cambio climático en la CAPV

   •    Reducción esperada de la emisión de 214.880 Tn de CO2
        equivalentes
   •    Reforestación con especies autóctonas de 13.793 m2 de
        superficie

 Objetivo 02: Detener la pérdida de la diversidad biológica, restaurar
 los ecosistemas y limitar la artificialización del suelo
   •    Eliminación de plantas exóticas invasoras
   •    Investigación de suelos potencialmente contaminados




                                                                                                      5
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



Convocatoria 2011 – Aportación a los Objetivos del PMA (II)

Mejora Medioambiental prevista

    Calidad del aire


  Objetivo 4: Garantizar un entorno limpio y saludable


    •    Reducción de material particulado de 1.566 kg




                                                                                                       6
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




                                                Aspectos generales




                                               Francisco Olarreaga
                                               Director de Planificación Ambiental




                                                                                                      7
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



         ORDEN de 23 de mayo de 2012 (BOPV de 29 de mayo)


OBJETO: regula la convocatoria de subvenciones a la que pueden
acogerse los Ayuntamientos, Mancomunidades y otras Entidades
locales, además de organismos autónomos y sociedades mercantiles
locales, de la CAPV, en las siguientes líneas de actuación:




          Atmósfera (Cambio Climático y Calidad del Aire –PM10-)

          Suelos contaminados

          Biodiversidad




                                                                                                      8
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




     Constituye una herramienta de mejora importante en las áreas
      estratégicas de DMAPTAP

     Es el marco integral de las ayudas de DMAPTAP a proyectos
      ambientales de entidades locales

     Posibilita el desarrollo, por parte de la entidades locales, de

             proyectos plurianuales …

             enfocados a resultados (con beneficios ambientales
            demostrables) …

             enmarcados en los planes de acción de la Agenda Local 21



           Eficacia y eficiencia en las ayudas en sostenibilidad local




                                                                                                      9
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




                        ÓRGANOS ENCARGADO DE LA GESTIÓN
    Direcciones de:

    • Planificación Ambiental
    • Calidad Ambiental
    • Biodiversidad y Participación Ambiental

    del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
    Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco

                                   ENTIDAD COLABORADORA

    Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Ihobe

                          DOTACIÓN TOTAL PRESUPUESTARIA
                                               3.705.000 €



                                                                                                      10
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




     Fecha límite para la presentación: 29 de junio de 2012
     Proyectos abordados con posterioridad al 1 de Enero de 2013
     Cumplimiento requisitos entidades beneficiarias (art. 4)
     Limitaciones en el número y tipo de proyectos (art. 6)
     Solicitudes por duplicado dirigidas a la Viceconsejería de Medio
      Ambiente. Podrán entregarse en el registro general o Servicios Territoriales
      del   DMAPTAP    (Bizkaia  y   Gipuzkoa)     y   Zuzenean,      adjuntando
      documentación necesaria (art. 9 y Anexos) y presupuesto desglosado
    Anexo I: Formulario de solicitud de subvenciones
          • Anexo II: Memoria explicativa de la actuación
          • Anexo III-A, B, C y D: Memorias complementarias para las líneas de Suelos Contaminados,
            Atmósfera-Calidad del Aire, Atmosfera-Cambio Climático y Biodiversidad
     Subsanación de defectos: 10 días (art. 10)
     Adjudicación mediante concurso, según criterios de cada línea. Todos
      los proyectos deben superar puntación mínima de 50 puntos (art. 15)
     Resolución en 6 meses concediendo (beneficiaria, proyecto e importe) o
      denegando.




                                                                                                      11
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




  Obligaciones de la entidad beneficiaria (art. 18):

         Aceptación de la subvención (1er pago)

         Ejecución de las actuaciones en el plazo establecido

         Comunicación de cualquier                          circunstancia           que       altere   las
          condiciones de la subvención

         Memoria en formato electrónico a la finalización  difusión buenos
          ejemplos replicables. Reconocimiento

         Aspectos comunicativos: mención al patrocinio y logotipo del Dpto.
          en documentos y publicidad de la acción

         Someterse a posible comprobación, auditoría y control




                                                                                                         12
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible


    Novedades Convocatoria 2012



       Dotación presupuestaria (artículo 3)
       Gastos subvencionables. No serán subvencionables (artículo
        5.2.d) los gastos correspondientes a personal en plantilla del
        ayuntamiento o entidad Municipal o sus empresas vinculadas, y el
        resto de gastos considerados no subvencionables, de acuerdo a lo
        que establece la legislación sobre subvenciones
       Plazos para la ejecución y justificación de los proyectos  31
        de diciembre de 2013 independientemente del día de la
        notificación
       Forma de pago (porcentajes de 1º y 2º pago diferentes para cada
        línea).




                                                                                                      13
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




                                              Atmósfera




                                                                                                      14
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



    ATMÓSFERA (I)

OBJETO (art. 1):


       Actuaciones que se desarrollen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de
       diciembre de 2013 que promuevan:

      1)     La reducción directa de emisiones de Gases Efecto Invernadero
             (GEIs)

      2)     La mejora de la calidad del aire ambiente, en relación con el PM10

      3)     Estudios para inversiones de reducción directa de GEIs, para la
             mejora de la calidad de aire en zonas con superaciones y
             proyectos que supongan una reducción del uso del vehículo
             privado




                                                                                                      15
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



    ATMÓSFERA (II)


    DOTACIÓN PRESUPUESTARIA (art. 3.1.2): 1.400.000 €


    EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:

          Acciones de baja incidencia sobre el cambio climático y la calidad del aire,
           como puedan ser la colocación de aparca bicis, bidegorris (a no ser que estén
           enmarcados dentro de una red) o peatonalizaciones menores (art 2.b)


          Las acciones relativas a la gestión de Residuos Sólidos Urbanos

          IVA de las acciones objeto de subvención … (art. 5.2)




                                                                                                      16
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



    ATMÓSFERA (III)

   CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

      Una misma entidad puede presentar dos solicitudes (una propuesta dentro de la
       línea de cambio climático y otra para acciones de calidad del aire –art. 6.2.-)

      Las ayudas no podrán exceder del 70% del importe de los gastos subvencionables,
       ni de 150.000 euros por cada proyecto (art. 14.b)

      Para los proyectos cuyo objeto sea la adquisición de vehículos, el importe máximo
       de subvención será de 50.000 euros

      Pago de la subvención (art. 17.1.b): el 10% del importe subvencionado, una vez
       aceptada la ayuda y el restante a la presentación de la documentación final del
       proyecto en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha final de ejecución
       del mismo




                                                                                                      17
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



     ATMÓSFERA (IV)

  CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.2.):

a)    Aprobación del Plan de acción local de la Agenda Local 21 en acuerdo plenario y/o
      equivalente y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21; y/o Pacto
      de los Alcaldes y Alcaldesas; y/o una Ordenanza sobre Cambio Climático. Hasta un
      máximo del 10%.

b)    Carácter innovador y estratégico de la actuación en sintonía con las estrategias y
      planes y programas del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
      Agricultura y Pesca especificados en el anexo II. Tendrán dicho carácter las acciones de
      movilidad urbana sostenible; que incorporen criterios de mitigación de emisiones o de
      adaptación al cambio climático en el proceso planificador y proyectos de reducción de
      PM10 en zonas con superaciones de valores límite. Hasta un máximo del 30%.

c)    Resultados de la acción (reducción de impactos y presiones ambientales y número de
      personas beneficiadas). Hasta un máximo del 30%.

d)    Calidad, viabilidad técnica económica y financiera de la actuación, y carácter
      extrapolable de la acción. Hasta un máximo del 30%.




                                                                                                      18
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



Ejemplos de proyectos subvencionados en la Convocatoria 2011:

C   •    Beneficiario: Ayuntamiento de Amurrio
A        Denominación del Proyecto: Recuperación de calor y reutilización del agua
M        de las piscinas municipales de Amurrio
B        Subvención concedida: 22.560,87 €
I
O
    •    Beneficiario: Urduliz Urbanismo Sozietatea, S.A.
C        Denominación del Proyecto: Regeneración mediante reforestación como
         sumidero de carbono de las laderas de Santa Marina
L
I        Subvención concedida: 80.000,07 €
M
Á   •    Beneficiario: Ayuntamiento de Ibarrangelu
T        Denominación del Proyecto: Instalación alumbrado bajo consumo en
I        Barrio Durukiz
C        Subvención concedida: 22.137,50
O
    CALIDAD DEL AIRE

    • Beneficiario: Ayuntamiento de Otxandio
       Denominación del Proyecto: Acciones de disminución del tráfico y mejora
    de la calidad del aire del centro urbano de Otxandio
       Subvención concedida: 177.540,15 €


                                                                                                      19
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




                                               Suelos Contaminados
                                                 Juan Ignacio Escala
                                                 Director de Calidad Ambiental




                                                                                                      20
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



    SUELOS CONTAMINADOS (I)

OBJETO:


 Serán subvencionables aquellas acciones de investigación y recuperación de
suelos contaminados, realizadas tanto en terrenos que han soportado
actividades industriales potencialmente contaminantes, como en depósitos
incontrolados de residuos antiguos que cesaron antes de la entrada en vigor del
Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e
inertizados, siempre y cuando la recuperación esté dirigida a compatibilizar la
calidad del suelo con el uso final del emplazamiento y que este uso final
previsto sea un uso prioritariamente social.


 Las acciones citadas anteriormente tan sólo serán objeto de subvención
cuando vayan a realizarse sobre terrenos de titularidad local. Cuando se trate
de proyectos que vayan a acometerse sobre terrenos que cuenten con una
titularidad compartida, la cuantía de la ayuda se calculará sobre el porcentaje
de titularidad del ayuntamiento o entidad solicitante.



                                                                                                      21
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



    SUELOS CONTAMINADOS (II)

OBJETO (cont.):

 En ambos casos, la adquisición de los terrenos objeto de actuación por parte
de la entidad solicitante deberá haber sido formalizada con anterioridad al 16
de mayo de 2005, fecha de entrada en vigor de la Ley 1/2005, de 4 de febrero,
para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, salvo en el caso
en que el ayuntamiento haya adquirido la titularidad del terreno en ejecución
forzosa de un crédito a su favor.


 No serán objeto de subvención las acciones de recuperación de suelos
públicos que se destinen a la construcción de viviendas o suelo industrial.




                                                                                                      22
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



  SUELOS CONTAMINADOS (III)

   DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 805.000 €; 402.500 € para investigaciones de la calidad
   del suelo, 402.500 € para recuperaciones



   EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:

     Gastos IVA
     Los relativos a campañas de comunicación, participación, información o sensibilización
     Los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad
      Municipal o sus empresas vinculadas




                                                                                                      23
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



  SUELOS CONTAMINADOS (IV)
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

            Los trabajos de investigación se subvencionarán                          hasta      el   90%
             independientemente del tamaño del municipio

            Los trabajos de recuperación se subvencionarán:
             •    hasta un 50% del importe de los gastos subvencionables en el caso de
                  municipios o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes
             •    hasta un 75% en el caso de municipios o áreas supramunicipales
                  menores de 7.000 habitantes

            Los importes máximos de subvención serán de:
             •    75.000 euros para los proyectos de investigación y
             •    150.000 euros por proyecto de recuperación

            Pago de la subvención:
             •   20% del importe subvencionado, una vez aceptada la ayuda
             •   80% tras la ejecución presentación de la documentación final de
                 proyecto en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha final
                 de ejecución del mismo



                                                                                                            24
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



 SUELOS CONTAMINADOS (V)
     OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA:

1. La entidad beneficiaria se comprometerá a mantener la titularidad pública local, total
   o parcial, según lo fuera en el momento de la solicitud, sobre el suelo objeto de
   investigación y/o recuperación durante, al menos, 5 años tras la concesión de la
   subvención.

2. La entidad beneficiaria, en el caso de que la reutilización de un emplazamiento produzca
   plusvalías, deberá reintegrar la subvención en cumplimiento del artículo 29.5 de la Ley
   1/2005, de 4 de febrero, de prevención y recuperación de la contaminación del suelo.

3. La entidad solicitante se compromete, para la obtención de ayudas a la investigación de
   suelos potencialmente contaminados, a someter al emplazamiento objeto de subvención al
   procedimiento de declaración de la calidad del suelo de acuerdo a la Ley 1/2005,
   de 9 de febrero, de prevención y corrección de la calidad del suelo. En el caso de
   ayudas a la recuperación de la calidad del suelo, se deberá disponer de la
   correspondiente resolución de declaración de la calidad del suelo y de la aprobación del
   proyecto de saneamiento por parte de la Viceconsejería de Medio Ambiente. En cualquier
   caso, la entidad solicitante se compromete a adoptar todas aquellas medidas que se dicten
   en las diferentes fases del procedimiento.



                                                                                                       25
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



     SUELOS CONTAMINADOS (VI)
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA (cont.):
1.     .
2.     .
3.     .

4. Las acciones subvencionadas se ajustarán en su ejecución a lo exigido por el Decreto
   199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación de
   entidades de investigación y recuperación de la calidad del suelo y se determina el
   contenido y alcance de las investigaciones de la calidad del suelo a realizar por dichas
   entidades.

5. Además de los hitos de presentación de documentación que exige el procedimiento de
   declaración de la calidad del suelo, se requerirá en el marco del proceso de control de la
   subvención la aprobación por la Viceconsejería de Medio Ambiente de las
   estrategias de investigación previamente a su ejecución así como la
   comunicación a este órgano del cronograma y fecha exacta de inicio, en cada
   caso, investigación y/o recuperación de la calidad del suelo.




                                                                                                           26
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




 SUELOS CONTAMINADOS (VII)

       CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.1.):

 a)       Aprobación del plan de acción en acuerdo plenario y/o equivalente, y el
          informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21. Hasta un
          máximo del 10%.
 b)       Carácter innovador y estratégico de la actuación en sintonía con las
          estrategias, planes y programas del Departamento de Medio Ambiente,
          Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, especificados en el anexo
          II-A, hasta un máximo del 10 %
 c)       Posibilidades de afección a la salud humana y/o al medio ambiente en el
          emplazamiento y en los terrenos colindantes. Hasta un máximo del
          65%
 d)       Calidad y viabilidad técnica económica y financiera de la actuación,
          eficacia y carácter extrapolable. Hasta un máximo del 15%




                                                                                                      27
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



  SUELOS CONTAMINADOS (VIII)
Ejemplos de proyectos destacados subvencionados en la
Convocatoria 2011:
    •    Beneficiario: Ayuntamiento de Barakaldo
         Denominación del Proyecto: Investigación de la calidad del suelo en la ladera sur del
         parque Tellaetxe. Estudio complementario en el antiguo vertedero de Gorostiza
         Subvención concedida: 54.000 €

    •    Beneficiario: Ayuntamiento de Mungia
         Denominación del Proyecto: Investigación detallada de la antigua cantera “La Tejera”
         en Mungia
         Subvención concedida: 16.182 €

    •    Beneficiario: Zumaia Lantzen, S.A.
         Denominación del Proyecto: Plan de excavación y estudio del suelo remanente de la
         zona del humedal
         Subvención concedida: 65.760,30 €

    •    Beneficiario: Ayuntamiento de Usurbil
         Denominación del Proyecto: Arratzain inguruko lursailean ikerketa eta leheneratzeko
         lanak egitea
         Subvención concedida: 27.000 €



                                                                                                      28
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




                                            Biodiversidad
                                             Germán Alonso
                                             Director de Biodiversidad y Participación
                                             Ambiental




                                                                                                      29
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



 BIODIVERSIDAD (I)

OBJETO:

Actuaciones que se desarrollen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de
2013 que promuevan:

Serán subvencionables aquellas acciones que promuevan el incremento de la
biodiversidad (numero de especies) de especies, considerando sólo aquellas recogidas
en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna, creado por la Ley
16/94 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, mediante las siguientes
acciones:

 La restauración y regeneración ambiental de hábitats naturales
 La adopción de medidas de protección y conservación de especies de flora y fauna
silvestre catalogada
 La eliminación de especies exóticas invasoras
 La regeneración de espacios degradados
 Actuaciones de mejora y restauración del paisaje y/o que contribuyan a la
conectividad ecológica del territorio



                                                                                                      30
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



 BIODIVERSIDAD (II)

OBJETO (cont.):

Podrán ser subvencionables proyectos de biodiversidad ejecutados en un entorno
urbano, como puede ser la creación de parques y jardines o espacios naturales o
renaturalizados, siempre que supongan un incremento de la biodiversidad.

No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten exclusivamente a la
redacción de proyectos y publicaciones o acciones de sensibilización.




                                                                                                      31
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




 BIODIVERSIDAD (III)


   DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 1.500.000 €


EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:

     Gastos IVA

     Los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad
      Municipal o sus empresas vinculadas

     Biodiversidad: No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten
      exclusivamente a la redacción de proyectos y publicaciones o acciones de
      sensibilización




                                                                                                      32
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




  BIODIVERSIDAD (IV)

  CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

   No se establece límite en cuanto al número de solicitudes de subvención a
    presentar, pero sólo se podrá conceder subvención para la actuación que haya
    obtenido mayor puntuación

   Las ayudas no podrán exceder del 85% del importe de los gastos
    subvencionables

   El importe máximo de la subvención es de 150.000 € por cada proyecto




                                                                                                      33
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



 BIODIVERSIDAD (V)

       CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.3.):


a)    Aprobación del Plan de acción local de la Agenda Local 21 en acuerdo plenario y/o
      equivalente y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21. Hasta un
      máximo del 5%.


b)    Calidad, viabilidad técnica y económica de la propuesta. Hasta un máximo del 20%.


c)    Eficacia de la actuación. Impactos cuantificables sobre el incremento de la biodiversidad
      sobre el número de especies que potencialmente puede albergar el territorio. En relación a
      este criterio se priorizaran acciones con efectos directos sobre la biodiversidad frente a
      meros estudios. Hasta un máximo del 30%.




                                                                                                      34
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



 BIODIVERSIDAD (VI)

       CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.3.) (cont.):



d)    Impactos cuantificables sobre conectividad ecológica. Hasta un máximo del 5%.


e)    Restauración de humedales. Hasta un máximo del 5%.


f)    Regeneración del bosque autóctono. Hasta un máximo del 5%.


g)    Acciones que se realicen en espacios incluidos en la Red Natura 2000. Hasta un máximo
      del 30%.




                                                                                                      35
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible



  BIODIVERSIDAD (VII)
Ejemplos de proyectos destacados subvencionados en la
Convocatoria 2011:
    •    Beneficiario: Ayuntamiento de Zerain
         Denominación del Proyecto: Baso autoktonoak birsortu, lehentasunezko habitata
         babestu eta hezegunea leheneratzea
         Subvención concedida: 200.000 €

    •    Beneficiario: Cuadrilla de Ayala/Aiara
         Denominación del Proyecto: Erradicación de especies exóticas invasoras
         Subvención concedida: 27.955,65 €

    •    Beneficiario: Ayuntamiento de Mutiloa
         Denominación del Proyecto: Mejora y conservación ambiental de la zona minera de
         Mutiloa: recuperación ambiental de la zona extractiva I (Gezurmuño) / Preservación
         y puesta en valor del humedal de Apaolaza
         Subvención concedida: 46.537,50 €

    •    Beneficiario: Mancomunidad de Servicios de Uribe Kosta
         Denominación del Proyecto: Control y eliminación de especies invasoras (buddleia
         davidii y cortaderia selloana) y regeneración de hábitat con especies autóctonas
         Subvención concedida: 50.944,75 €



                                                                                                      36
Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible




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                   DUDAS: SERVICIO Ihobe-Line
                         900 15 08 64




                                                                                                      37

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Ayudas locales sostenibilidad

  • 1. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ORDEN de 23 de mayo de 2012 de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible Gasteizen, 2012ko ekainaren 6an 1
  • 2. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Datos básicos (I) 3.705.000 € en Convocatoria 2012 Prioridades ambientales:  Lucha contra el cambio climático  Preservación de la biodiversidad  Recuperación de suelos públicos contaminados  Calidad del aire 2
  • 3. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Datos básicos (II) Periodo 2007 - 2011:  Más de 1.200 solicitudes presentadas  Más de 700 proyectos 3
  • 4. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Datos básicos (III) Convocatoria 2011: 104 proyectos subvencionados  41 proyectos de Cambio Climático y Calidad del Aire  31 proyectos de la línea de Biodiversidad  10 proyectos en la línea de Suelos Contaminados  22 proyectos en la línea de Agenda 21 Escolar 4
  • 5. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Convocatoria 2011 – Aportación a los Objetivos del PMA (I) Mejora Medioambiental prevista Objetivo 1: Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y minimizar los efectos del cambio climático en la CAPV • Reducción esperada de la emisión de 214.880 Tn de CO2 equivalentes • Reforestación con especies autóctonas de 13.793 m2 de superficie Objetivo 02: Detener la pérdida de la diversidad biológica, restaurar los ecosistemas y limitar la artificialización del suelo • Eliminación de plantas exóticas invasoras • Investigación de suelos potencialmente contaminados 5
  • 6. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Convocatoria 2011 – Aportación a los Objetivos del PMA (II) Mejora Medioambiental prevista Calidad del aire Objetivo 4: Garantizar un entorno limpio y saludable • Reducción de material particulado de 1.566 kg 6
  • 7. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Aspectos generales Francisco Olarreaga Director de Planificación Ambiental 7
  • 8. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ORDEN de 23 de mayo de 2012 (BOPV de 29 de mayo) OBJETO: regula la convocatoria de subvenciones a la que pueden acogerse los Ayuntamientos, Mancomunidades y otras Entidades locales, además de organismos autónomos y sociedades mercantiles locales, de la CAPV, en las siguientes líneas de actuación:  Atmósfera (Cambio Climático y Calidad del Aire –PM10-)  Suelos contaminados  Biodiversidad 8
  • 9. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible  Constituye una herramienta de mejora importante en las áreas estratégicas de DMAPTAP  Es el marco integral de las ayudas de DMAPTAP a proyectos ambientales de entidades locales  Posibilita el desarrollo, por parte de la entidades locales, de  proyectos plurianuales …  enfocados a resultados (con beneficios ambientales demostrables) …  enmarcados en los planes de acción de la Agenda Local 21 Eficacia y eficiencia en las ayudas en sostenibilidad local 9
  • 10. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ÓRGANOS ENCARGADO DE LA GESTIÓN Direcciones de: • Planificación Ambiental • Calidad Ambiental • Biodiversidad y Participación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco ENTIDAD COLABORADORA Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Ihobe DOTACIÓN TOTAL PRESUPUESTARIA 3.705.000 € 10
  • 11. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible  Fecha límite para la presentación: 29 de junio de 2012  Proyectos abordados con posterioridad al 1 de Enero de 2013  Cumplimiento requisitos entidades beneficiarias (art. 4)  Limitaciones en el número y tipo de proyectos (art. 6)  Solicitudes por duplicado dirigidas a la Viceconsejería de Medio Ambiente. Podrán entregarse en el registro general o Servicios Territoriales del DMAPTAP (Bizkaia y Gipuzkoa) y Zuzenean, adjuntando documentación necesaria (art. 9 y Anexos) y presupuesto desglosado Anexo I: Formulario de solicitud de subvenciones • Anexo II: Memoria explicativa de la actuación • Anexo III-A, B, C y D: Memorias complementarias para las líneas de Suelos Contaminados, Atmósfera-Calidad del Aire, Atmosfera-Cambio Climático y Biodiversidad  Subsanación de defectos: 10 días (art. 10)  Adjudicación mediante concurso, según criterios de cada línea. Todos los proyectos deben superar puntación mínima de 50 puntos (art. 15)  Resolución en 6 meses concediendo (beneficiaria, proyecto e importe) o denegando. 11
  • 12. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Obligaciones de la entidad beneficiaria (art. 18):  Aceptación de la subvención (1er pago)  Ejecución de las actuaciones en el plazo establecido  Comunicación de cualquier circunstancia que altere las condiciones de la subvención  Memoria en formato electrónico a la finalización  difusión buenos ejemplos replicables. Reconocimiento  Aspectos comunicativos: mención al patrocinio y logotipo del Dpto. en documentos y publicidad de la acción  Someterse a posible comprobación, auditoría y control 12
  • 13. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Novedades Convocatoria 2012  Dotación presupuestaria (artículo 3)  Gastos subvencionables. No serán subvencionables (artículo 5.2.d) los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad Municipal o sus empresas vinculadas, y el resto de gastos considerados no subvencionables, de acuerdo a lo que establece la legislación sobre subvenciones  Plazos para la ejecución y justificación de los proyectos  31 de diciembre de 2013 independientemente del día de la notificación  Forma de pago (porcentajes de 1º y 2º pago diferentes para cada línea). 13
  • 14. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Atmósfera 14
  • 15. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ATMÓSFERA (I) OBJETO (art. 1): Actuaciones que se desarrollen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013 que promuevan: 1) La reducción directa de emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEIs) 2) La mejora de la calidad del aire ambiente, en relación con el PM10 3) Estudios para inversiones de reducción directa de GEIs, para la mejora de la calidad de aire en zonas con superaciones y proyectos que supongan una reducción del uso del vehículo privado 15
  • 16. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ATMÓSFERA (II) DOTACIÓN PRESUPUESTARIA (art. 3.1.2): 1.400.000 € EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:  Acciones de baja incidencia sobre el cambio climático y la calidad del aire, como puedan ser la colocación de aparca bicis, bidegorris (a no ser que estén enmarcados dentro de una red) o peatonalizaciones menores (art 2.b)  Las acciones relativas a la gestión de Residuos Sólidos Urbanos  IVA de las acciones objeto de subvención … (art. 5.2) 16
  • 17. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ATMÓSFERA (III) CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:  Una misma entidad puede presentar dos solicitudes (una propuesta dentro de la línea de cambio climático y otra para acciones de calidad del aire –art. 6.2.-)  Las ayudas no podrán exceder del 70% del importe de los gastos subvencionables, ni de 150.000 euros por cada proyecto (art. 14.b)  Para los proyectos cuyo objeto sea la adquisición de vehículos, el importe máximo de subvención será de 50.000 euros  Pago de la subvención (art. 17.1.b): el 10% del importe subvencionado, una vez aceptada la ayuda y el restante a la presentación de la documentación final del proyecto en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha final de ejecución del mismo 17
  • 18. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible ATMÓSFERA (IV) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.2.): a) Aprobación del Plan de acción local de la Agenda Local 21 en acuerdo plenario y/o equivalente y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21; y/o Pacto de los Alcaldes y Alcaldesas; y/o una Ordenanza sobre Cambio Climático. Hasta un máximo del 10%. b) Carácter innovador y estratégico de la actuación en sintonía con las estrategias y planes y programas del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca especificados en el anexo II. Tendrán dicho carácter las acciones de movilidad urbana sostenible; que incorporen criterios de mitigación de emisiones o de adaptación al cambio climático en el proceso planificador y proyectos de reducción de PM10 en zonas con superaciones de valores límite. Hasta un máximo del 30%. c) Resultados de la acción (reducción de impactos y presiones ambientales y número de personas beneficiadas). Hasta un máximo del 30%. d) Calidad, viabilidad técnica económica y financiera de la actuación, y carácter extrapolable de la acción. Hasta un máximo del 30%. 18
  • 19. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Ejemplos de proyectos subvencionados en la Convocatoria 2011: C • Beneficiario: Ayuntamiento de Amurrio A Denominación del Proyecto: Recuperación de calor y reutilización del agua M de las piscinas municipales de Amurrio B Subvención concedida: 22.560,87 € I O • Beneficiario: Urduliz Urbanismo Sozietatea, S.A. C Denominación del Proyecto: Regeneración mediante reforestación como sumidero de carbono de las laderas de Santa Marina L I Subvención concedida: 80.000,07 € M Á • Beneficiario: Ayuntamiento de Ibarrangelu T Denominación del Proyecto: Instalación alumbrado bajo consumo en I Barrio Durukiz C Subvención concedida: 22.137,50 O CALIDAD DEL AIRE • Beneficiario: Ayuntamiento de Otxandio Denominación del Proyecto: Acciones de disminución del tráfico y mejora de la calidad del aire del centro urbano de Otxandio Subvención concedida: 177.540,15 € 19
  • 20. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Suelos Contaminados Juan Ignacio Escala Director de Calidad Ambiental 20
  • 21. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (I) OBJETO:  Serán subvencionables aquellas acciones de investigación y recuperación de suelos contaminados, realizadas tanto en terrenos que han soportado actividades industriales potencialmente contaminantes, como en depósitos incontrolados de residuos antiguos que cesaron antes de la entrada en vigor del Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados, siempre y cuando la recuperación esté dirigida a compatibilizar la calidad del suelo con el uso final del emplazamiento y que este uso final previsto sea un uso prioritariamente social.  Las acciones citadas anteriormente tan sólo serán objeto de subvención cuando vayan a realizarse sobre terrenos de titularidad local. Cuando se trate de proyectos que vayan a acometerse sobre terrenos que cuenten con una titularidad compartida, la cuantía de la ayuda se calculará sobre el porcentaje de titularidad del ayuntamiento o entidad solicitante. 21
  • 22. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (II) OBJETO (cont.):  En ambos casos, la adquisición de los terrenos objeto de actuación por parte de la entidad solicitante deberá haber sido formalizada con anterioridad al 16 de mayo de 2005, fecha de entrada en vigor de la Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, salvo en el caso en que el ayuntamiento haya adquirido la titularidad del terreno en ejecución forzosa de un crédito a su favor.  No serán objeto de subvención las acciones de recuperación de suelos públicos que se destinen a la construcción de viviendas o suelo industrial. 22
  • 23. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (III) DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 805.000 €; 402.500 € para investigaciones de la calidad del suelo, 402.500 € para recuperaciones EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES:  Gastos IVA  Los relativos a campañas de comunicación, participación, información o sensibilización  Los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad Municipal o sus empresas vinculadas 23
  • 24. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (IV) CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:  Los trabajos de investigación se subvencionarán hasta el 90% independientemente del tamaño del municipio  Los trabajos de recuperación se subvencionarán: • hasta un 50% del importe de los gastos subvencionables en el caso de municipios o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes • hasta un 75% en el caso de municipios o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes  Los importes máximos de subvención serán de: • 75.000 euros para los proyectos de investigación y • 150.000 euros por proyecto de recuperación  Pago de la subvención: • 20% del importe subvencionado, una vez aceptada la ayuda • 80% tras la ejecución presentación de la documentación final de proyecto en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha final de ejecución del mismo 24
  • 25. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (V) OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA: 1. La entidad beneficiaria se comprometerá a mantener la titularidad pública local, total o parcial, según lo fuera en el momento de la solicitud, sobre el suelo objeto de investigación y/o recuperación durante, al menos, 5 años tras la concesión de la subvención. 2. La entidad beneficiaria, en el caso de que la reutilización de un emplazamiento produzca plusvalías, deberá reintegrar la subvención en cumplimiento del artículo 29.5 de la Ley 1/2005, de 4 de febrero, de prevención y recuperación de la contaminación del suelo. 3. La entidad solicitante se compromete, para la obtención de ayudas a la investigación de suelos potencialmente contaminados, a someter al emplazamiento objeto de subvención al procedimiento de declaración de la calidad del suelo de acuerdo a la Ley 1/2005, de 9 de febrero, de prevención y corrección de la calidad del suelo. En el caso de ayudas a la recuperación de la calidad del suelo, se deberá disponer de la correspondiente resolución de declaración de la calidad del suelo y de la aprobación del proyecto de saneamiento por parte de la Viceconsejería de Medio Ambiente. En cualquier caso, la entidad solicitante se compromete a adoptar todas aquellas medidas que se dicten en las diferentes fases del procedimiento. 25
  • 26. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (VI) OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA (cont.): 1. . 2. . 3. . 4. Las acciones subvencionadas se ajustarán en su ejecución a lo exigido por el Decreto 199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación de entidades de investigación y recuperación de la calidad del suelo y se determina el contenido y alcance de las investigaciones de la calidad del suelo a realizar por dichas entidades. 5. Además de los hitos de presentación de documentación que exige el procedimiento de declaración de la calidad del suelo, se requerirá en el marco del proceso de control de la subvención la aprobación por la Viceconsejería de Medio Ambiente de las estrategias de investigación previamente a su ejecución así como la comunicación a este órgano del cronograma y fecha exacta de inicio, en cada caso, investigación y/o recuperación de la calidad del suelo. 26
  • 27. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (VII) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.1.): a) Aprobación del plan de acción en acuerdo plenario y/o equivalente, y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21. Hasta un máximo del 10%. b) Carácter innovador y estratégico de la actuación en sintonía con las estrategias, planes y programas del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, especificados en el anexo II-A, hasta un máximo del 10 % c) Posibilidades de afección a la salud humana y/o al medio ambiente en el emplazamiento y en los terrenos colindantes. Hasta un máximo del 65% d) Calidad y viabilidad técnica económica y financiera de la actuación, eficacia y carácter extrapolable. Hasta un máximo del 15% 27
  • 28. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible SUELOS CONTAMINADOS (VIII) Ejemplos de proyectos destacados subvencionados en la Convocatoria 2011: • Beneficiario: Ayuntamiento de Barakaldo Denominación del Proyecto: Investigación de la calidad del suelo en la ladera sur del parque Tellaetxe. Estudio complementario en el antiguo vertedero de Gorostiza Subvención concedida: 54.000 € • Beneficiario: Ayuntamiento de Mungia Denominación del Proyecto: Investigación detallada de la antigua cantera “La Tejera” en Mungia Subvención concedida: 16.182 € • Beneficiario: Zumaia Lantzen, S.A. Denominación del Proyecto: Plan de excavación y estudio del suelo remanente de la zona del humedal Subvención concedida: 65.760,30 € • Beneficiario: Ayuntamiento de Usurbil Denominación del Proyecto: Arratzain inguruko lursailean ikerketa eta leheneratzeko lanak egitea Subvención concedida: 27.000 € 28
  • 29. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Biodiversidad Germán Alonso Director de Biodiversidad y Participación Ambiental 29
  • 30. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (I) OBJETO: Actuaciones que se desarrollen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013 que promuevan: Serán subvencionables aquellas acciones que promuevan el incremento de la biodiversidad (numero de especies) de especies, considerando sólo aquellas recogidas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna, creado por la Ley 16/94 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, mediante las siguientes acciones:  La restauración y regeneración ambiental de hábitats naturales  La adopción de medidas de protección y conservación de especies de flora y fauna silvestre catalogada  La eliminación de especies exóticas invasoras  La regeneración de espacios degradados  Actuaciones de mejora y restauración del paisaje y/o que contribuyan a la conectividad ecológica del territorio 30
  • 31. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (II) OBJETO (cont.): Podrán ser subvencionables proyectos de biodiversidad ejecutados en un entorno urbano, como puede ser la creación de parques y jardines o espacios naturales o renaturalizados, siempre que supongan un incremento de la biodiversidad. No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten exclusivamente a la redacción de proyectos y publicaciones o acciones de sensibilización. 31
  • 32. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (III) DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 1.500.000 € EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES: Gastos IVA Los gastos correspondientes a personal en plantilla del ayuntamiento o entidad Municipal o sus empresas vinculadas Biodiversidad: No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten exclusivamente a la redacción de proyectos y publicaciones o acciones de sensibilización 32
  • 33. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (IV) CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:  No se establece límite en cuanto al número de solicitudes de subvención a presentar, pero sólo se podrá conceder subvención para la actuación que haya obtenido mayor puntuación  Las ayudas no podrán exceder del 85% del importe de los gastos subvencionables  El importe máximo de la subvención es de 150.000 € por cada proyecto 33
  • 34. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (V) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.3.): a) Aprobación del Plan de acción local de la Agenda Local 21 en acuerdo plenario y/o equivalente y el informe de evaluación y seguimiento del proceso de AL21. Hasta un máximo del 5%. b) Calidad, viabilidad técnica y económica de la propuesta. Hasta un máximo del 20%. c) Eficacia de la actuación. Impactos cuantificables sobre el incremento de la biodiversidad sobre el número de especies que potencialmente puede albergar el territorio. En relación a este criterio se priorizaran acciones con efectos directos sobre la biodiversidad frente a meros estudios. Hasta un máximo del 30%. 34
  • 35. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (VI) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (art. 15.2.3.) (cont.): d) Impactos cuantificables sobre conectividad ecológica. Hasta un máximo del 5%. e) Restauración de humedales. Hasta un máximo del 5%. f) Regeneración del bosque autóctono. Hasta un máximo del 5%. g) Acciones que se realicen en espacios incluidos en la Red Natura 2000. Hasta un máximo del 30%. 35
  • 36. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible BIODIVERSIDAD (VII) Ejemplos de proyectos destacados subvencionados en la Convocatoria 2011: • Beneficiario: Ayuntamiento de Zerain Denominación del Proyecto: Baso autoktonoak birsortu, lehentasunezko habitata babestu eta hezegunea leheneratzea Subvención concedida: 200.000 € • Beneficiario: Cuadrilla de Ayala/Aiara Denominación del Proyecto: Erradicación de especies exóticas invasoras Subvención concedida: 27.955,65 € • Beneficiario: Ayuntamiento de Mutiloa Denominación del Proyecto: Mejora y conservación ambiental de la zona minera de Mutiloa: recuperación ambiental de la zona extractiva I (Gezurmuño) / Preservación y puesta en valor del humedal de Apaolaza Subvención concedida: 46.537,50 € • Beneficiario: Mancomunidad de Servicios de Uribe Kosta Denominación del Proyecto: Control y eliminación de especies invasoras (buddleia davidii y cortaderia selloana) y regeneración de hábitat con especies autóctonas Subvención concedida: 50.944,75 € 36
  • 37. Orden de ayudas para entidades locales que realicen acciones que promuevan el Desarrollo Sostenible Eskerrik asko! más información en www.ingurumena.net DUDAS: SERVICIO Ihobe-Line 900 15 08 64 37