Compilación Ordenada y Completa de la Legislación Cubana, Volumen II - 1937 a...
Delitos informaticos isabel castro
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Bicentenaria de Aragua
San Joaquín – Turmero
Isabel Castro
23.784.257
2. La Ley Especial contra delitos informáticos tiene por objeto la protección
integral, prevención y sanción que se haga a los sistemas que utilicen
tecnologías de información, la siguiente expone una breve explicación
detallada de ciertos términos utilizados en la informática.
Aplicada a Venezolanos Extranjeros
Personas
Jurídicas
Personas
Naturales
3. La protección de los sistemas de
tecnologías de información.
Prevención y sanción de los
delitos cometidos contra
tales sistema.
Los delitos cometidos
mediante el uso de dichas
tecnologías
4. Delitos contra los
sistemas que
utilizan
tecnologías de
información
Delitos
contra la
propiedad
Delitos contra
niños, niñas o
adolescentes.
Delitos contra la
privacidad de las
personas y de las
comunicaciones.
5. Sus Sanciones.
Para las sanciones se adopto simultáneamente el sistema binario,
esto es, pena privativa de libertad y pena pecuniaria. Con relación
a esta última se fijan montos representativos calculados sobre la
base de unidades tributarias por considerarse que la mayoría de
estos delitos, no obstante la discriminación de bienes jurídicos que
se hace en el proyecto, afecta la viabilidad del sistema económico,
el cual se sustenta, fundamentalmente, en la confiabilidad de las
operaciones. Cabe destacar que el legislador tomó en cuenta las
deficiencias de otras leyes donde no se preveían las penas
accesorias.
6. 1.El decomiso de equipos, dispositivos, instrumentos, materiales, útiles, herramientas y
cualquier otro objeto que haya sido utilizado para la comisión de los delitos.
2.El trabajo comunitario.
3.La inhabilitación para el ejercicio de
funciones o empleos públicos, para el
ejercicio de la profesión industria, o para
laborar en instituciones o empresas del
ramo.
4.Divulgación de la sentencia condenatoria.
5.La suspensión del permiso, registro o
autorización para operar el ejercicio de
cargos directivos y de representación de
personas jurídicas vinculadas con el uso de
tecnologías de información.