8. Ordenami
ento
Ecológico
Desarrollo
sustentable
(LGEEPA)
Áreas
Impacto
naturales
ambiental
protegidas
9. Ordenamiento ecológico Área natural protegida Impacto ambiental:
(establece un régimen (establece un régimen procedimiento de análisis
general, previa consulta particular para todos los que sobre un proyecto en
público). Considera viven en una zona). particular, considerando
potencial y evitar Salvaguarda de la medidas preventivas o de
esquemas segregados o biodiversidad (art. 45, mitigación. Regula obras
unifuncionales (art. 23, LGEEPA). y/o actividades (art. 28,
LGEEPA). LGEEPA).
10. Descripción
Datos del del sistema Medidas
proyecto ambiental preventivas
Vinculación Evaluación Pronósticos
con de impactos ambientales
ordenamient
os jurídicos
11.
12. Medio Ambiente adecuado para el desarrollo
Registro No. 173049. Localización: 9ª. Época. Instancia: Tribunales Colegiados de
Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XXV, Marzo de
2007. Página: 1665. Tesis: I.4o.A.569 A. Tesis Aislada. Materia(s): Administrativa
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO PARA EL DESARROLLO Y
BIENESTAR. ASPECTOS EN QUE SE DESARROLLA.
El derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de las
personas, que como derecho fundamental y garantía individual consagra el artículo
4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
desarrolla en dos aspectos:
a) en un poder de exigencia y un deber de respeto erga omnes a preservar la
sustentabilidad del entorno ambiental, que implica la no afectación ni lesión a éste
(eficacia horizontal de los derechos fundamentales); y
b) en la obligación correlativa de las autoridades de vigilancia, conservación y
garantía de que sean atendidas las regulaciones pertinentes (eficacia vertical).
13.
14. Mecanismos
Modelo anterior Nuevo modelo
institucionales
Solamente las reglas Las reglas impuestas mediante una Balance de los factores que
impuestas mediante una sanción, son solamente uno de los influyen sobre las conductas
sanción, modifican las mecanismos que influyen sobre las
conductas. conductas – ordenamiento ecológico
Los procedimientos basados Enfoque sobre los aspectos Mecanismos que permitan
en la oposición de intereses, procedimentales que producen medir los resultados y el
producen los mejores oportunidades de diálogo, aprendizaje desempeño
resultados. y cooperación mutua – consulta
pública en impacto ambiental
Los mejores resultados son Desarrollar las oportunidades a través Confianza y transparencia
los que obtienen desde una del aprendizaje y el desarrollo de para incrementar el diálogo
manera vertical (autoridad- habilidades, entre gobernados –
gobernado). sustentabilidad a largo plazo
Conformidad con las reglas Desarrollo continuo de indicadores Posibilidad de medir el
actuales (leyes y (hacia el desempeño de procesos). desempeño
reglamentos) Menor dependencia hacia un tipo
de tecnología específico – liderazgo Confianza que permita la
ambiental. comunicación y el diálogo
15. Federación Estado Municipio
LGEEPA (1988) LPPAEG (2000) Reglamento Municipal para el
Control de la Calidad Ambiental en
León (1991)
Art. 28. Condiciones para la realización Art. 27. Condiciones a que se sujetará la Arts. 94 y 95. Disposiciones que tienen
de obras y actividades que puedan realización de obras y actividades por objeto, regular la realización de
causar desequilibrio ecológico públicas o privadas que puedan causar obras o actividades públicas o privadas
desequilibrio ecológico que puedan producir desequilibrios
I. Asuntos de competencia estatal que ecológicos o rebasar los límites en
puedan causar desequilibrios ecológicos NOM’s.
significativos, daños a la salud pública o + Cumplimiento de medidas de
a los ecosistemas. … mitigación.
VII. Cambios de uso de suelo de II. Las derivadas de planes y programas I. Establecimientos, zonas y parques
áreas forestales, … estatales y municipales, .. aquellos que industriales.
prevean el aprovechamiento masivo de
los recursos naturales del Estados, sus
modificaciones y ampliaciones y los
cambios de uso de suelo.
IX. Desarrollos inmobiliarios que afecten III.- Las que pretendan realizar fuera de IV. Fraccionamientos y unidades
los ecosistemas costeros los límites de los centros de población, habitacionales.
así como aquéllas que se ubiquen
dentro de áreas naturales protegidas
de competencia estatal o municipal;
…
16.
17. Datos de contacto:
¡Muchas gracias!
javier.camarena@semarnat.gob.mx
// twitter: @fjcamarena