El lavado de dinero consiste en hacer parecer que la riqueza obtenida mediante actividades ilícitas –como corrupción política y narcotráco– proviene de actividades lícitas. El Salvador cuenta con una ley para combatir este delito desde 19981, pero esta no cumple completamente con los estándares internacionales, por lo que es necesario adecuarla a estos. El 5 de diciembre de 2013, la Asamblea Legislativa
reformó varias disposiciones de dicha ley, supuestamente con
este propósito, pero después de estas, la ley seguiría siendo
deciente.
La Asamblea Legislativa, sin ninguna justicación, no incluyó
una de las regulaciones más importantes para combatir el
lavado de dinero, la cual consiste en crear un control especial
para las Personas Expuestas Políticamente (PEP), a pesar de
los reiterados llamados que el Fiscal General de la República
hizo a la Comisión de Seguridad Pública y Combate a la
Narcoactividad de la Asamblea Legislativa2.
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador?
1. DEL
Estudios
Legales
Posición
institucional
¿Existe voluntad de combatir el delito de
LAVADO DE DINERO EN EL SALVADOR?
Diciembre de 2013 / No. 72
I. Antecedentes
El lavado de dinero consiste en hacer parecer que la riqueza
varios organismos regionales, como el Grupo de Acción
obtenida mediante actividades ilícitas –como corrupción
Financiera del Caribe (GAFIC), al cual pertenece El Salvador y
política y narcotráfico– proviene de actividades lícitas. El
cuya membresía lo obliga a acatar las recomendaciones del
Salvador cuenta con una ley para combatir este delito desde
GAFI.
1998 1, pero esta no cumple completamente con los
El GAFI es un organismo intergubernamental establecido en
estándares internacionales, por lo que es necesario adecuarla
1989, cuyo propósito es el desarrollo y la promoción de
a estos. El 5 de diciembre de 2013, la Asamblea Legislativa
políticas a nivel internacional para combatir el lavado de
reformó varias disposiciones de dicha ley, supuestamente con
dinero y el financiamiento del terrorismo. En abril de 1990, el
este propósito, pero después de estas, la ley seguiría siendo
GAFI dio a conocer sus 40 recomendaciones para luchar
deficiente.
contra estos fenómenos, las cuales fueron revisadas en 1996 y
reformuladas sustancialmente en 2003 3.
La Asamblea Legislativa, sin ninguna justificación, no incluyó
una de las regulaciones más importantes para combatir el
El Salvador estaba obligado a cumplir con la totalidad de las
lavado de dinero, la cual consiste en crear un control especial
recomendaciones esenciales y claves, y obtener progresos
para las Personas Expuestas Políticamente (PEP), a pesar de
sustanciales en otras recomendaciones pendientes 4 antes de
los reiterados llamados que el Fiscal General de la República
la plenaria del GAFIC de noviembre de 2013; sin embargo, las
hizo a la Comisión de Seguridad Pública y Combate a la
reformas fueron aprobadas hasta el 5 de diciembre, con 83
Narcoactividad de la Asamblea Legislativa 2.
votos de los diputados e incumpliendo todavía algunas de las
recomendaciones del GAFI. Esto pone a El Salvador en una
El estándar internacional para el combate del lavado de
situación muy negativa a nivel internacional, al quedar como
dinero es establecido a través de recomendaciones que hace
un país que no está comprometido con erradicar el delito de
el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que tiene
lavado de dinero.
1
2. II. Comentarios
El lavado de dinero debe combatirse con todas las
quienes deberían ser las primeras incluidas. Esto permite
herramientas legales necesarias que se regulen en el
concluir que no se tiene la intención de combatir
efectivamente dicho delito y que se desea que ciertas
ordenamiento jurídico, ya que es uno de los flagelos que más
personas no queden comprendidas dentro de la ley.
afecta a los Estados y la paz de sus ciudadanos. Existen listas
de países deficientes en este tema, lo cual genera una
Las Personas Expuestas Políticamente (art. 9-C de la propuesta
degradación de la imagen financiera de los que entran en
de reforma del Comité Interinstitucional), son diferentes a los
ella, con consecuencias, por ejemplo, en la obtención de
partidos políticos y el GAFI las define como aquellos
financiamiento e inversión internacional. Es de suma
individuos que desempeñan o han desempeñado en el país o
importancia que El Salvador se mantenga fuera de dichas
en el extranjero funciones públicas importantes, por ejemplo,
listas, por lo que se debe cumplir con todas las
jefes de Estado o de Gobierno, políticos de alta jerarquía, altos
recomendaciones que emanan del GAFI; sin embargo, con la
funcionarios gubernamentales, funcionarios judiciales o
aprobación de las reformas por la Asamblea Legislativa,
militares, altos ejecutivos de las empresas de propiedad
desde ya se está incumpliendo con las mismas, al no incluir a
estatal, funcionarios importantes de partidos políticos y los
las Personas Expuestas Políticamente (PEP).
miembros de las familias o asociados cercanos a estas. De
acuerdo con las recomendaciones del GAFI, debe existir una
Algunos de los aspectos que incluyen las reformas tienen que
regulación especial para las PEP, de modo que las instituciones
ver con la adición de nuevos sujetos especialmente
financieras y otras especialmente obligadas por la ley, cuenten
obligados: medios de comunicación, partidos políticos, ONG,
con sistemas de gestión de riesgo para identificar a un cliente
entidades de economía mixta, jueces, consorcios y gremios
como PEP, tener la aprobación de la dirección de la entidad
empresariales, entre otros (art. 2). Asimismo, se disminuye el
para iniciar o continuar relaciones de negocios con estos,
monto de las transacciones que deben reportarse, de
adoptar medidas para establecer el origen de los bienes y
$57,142.86 a $10,000.00; se deben reportar las operaciones
fondos, y darles un seguimiento continuo.
siempre y ya no solo cuando haya sospechas de que sean
irregulares (art. 9); se regula la obligación de informar la
Con respecto a las PEP, existe alguna regulación en el
tentativa de operaciones sospechosas y cuando se considere
Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) para
que puedan ser utilizadas para financiar actos terroristas,
la Prevención del Lavado de Dinero y Activos de la FGR, para
narcotráfico o crimen organizado (art. 9-A) y se establecen
que la Oficina de Cumplimiento de las instituciones obligadas
nuevos delitos para sancionar el uso indebido de la
elaboren controles sobre las PEP, pero ese no es el
información de los sujetos obligados al control de la ley (art.
instrumento jurídico adecuado, en cuanto se están
26-B).
imponiendo mediante un instructivo obligaciones generales a
los particulares, lo cual se debe hacer exclusivamente
No obstante haberse acatado algunas de las recomendaciones
mediante una ley, de acuerdo con nuestra Constitución. El uso
del GAFI, la Asamblea Legislativa, de forma deliberada,
de este tipo de instrumentos jurídicos para regular
excluyó de las reformas a la Ley contra el Lavado de Dinero y
obligaciones que deben estar en una ley es una deformación a
de Activos a las Personas Expuestas Políticamente (PEP),
nuestro sistema jurídico.
2
3. Es de reiterar que no se comprende la razón que tuvo el
Finalmente, es preocupante que en el país se estén
legislador para eliminar a las PEP, lo que va claramente contra
aprobando, a propósito, leyes deficientes e incompletas y que
la recomendación 12 del GAFI. La regulación sobre el lavado
la ciudadanía tenga que poner sus esperanzas en una
de dinero debe aprobarse en los términos de las
observación, un veto presidencial o en su posterior reforma.
recomendaciones del GAFI, no solo por el compromiso
Sobran ejemplos de leyes que se han aprobado de tal manera,
internacional, sino también como muestra de la voluntad
y uno de ellos es la Ley Especial de Asocios Público Privados
política de combatir al delito de lavado de dinero.
(Ley APP), que ni ha entrado en vigor, y ya se están pidiendo
reformas debido a sus deficiencias. En el presente caso,
Otro aspecto de gran relevancia es lo concerniente al correcto
genera más preocupación, ya que es una ley para combatir la
uso que se debe hacer de la información confidencial que
criminalidad, por lo que es necesario que las reformas sean
debe resguardar la UIF, ya que su mal uso puede, por una
observadas por el Presidente de la República, a fin que se
parte, perjudicar una investigación en proceso, así como
demuestre el compromiso de combatir el lavado de dinero en
afectar el honor de las personas cuyas transacciones se han
el país de forma efectiva, y se evite ser calificado como uno de
reportado pero quienes no han sido vencidas en juicio. Es
los países que se niega a hacerlo. Además, no debe olvidarse
fundamental que la información que se reporte por los
que uno de los requisitos para la suscripción de Fomilenio II,
sujetos obligados se utilice exclusivamente para los fines que
consistente en tener una buena Ley contra el Lavado de
establece la ley y no para otros propósitos.
Dinero y de Activos, lo cual se estaría incumpliendo 5.
Recomendaciones
El Salvador debe emitir las regulaciones apropiadas para adecuar su legislación a los
estándares internacionales que establece el GAFI en materia de lavado de dinero.
Es necesario que existan controles internos robustos para que la información que esté
bajo el resguardo de la Unidad de Investigación Financiera de la FGR, se use
estrictamente para los fines que establece la ley.
Se exhorta vehementemente al Presidente de la República para que, haciendo uso de
sus facultades constitucionales, vete las reformas a la Ley contra el Lavado de Dinero y
de Activos, con el propósito de que se apruebe un decreto que incorpore la regulación
especial para las Personas Expuestas Políticamente y garantizar que la ley sea efectiva,
evitando que se repita el caso de la Ley APP.
1 Decreto Legislativo N° 498 del 2 de diciembre de 1998. Publicado en el Diario Oficial N° 240, Tomo N° 341, del 23 de
diciembre de 1998.
2 Arauz, Sergio. (7 de octubre de 2013). FMLN y Gana se oponen a que Ley Contra Lavado de Dinero ejerza mayor
control contra políticos. El Faro. Consultado el 12 de diciembre de 2013 en:
http://www.elfaro.net/es/201310/noticias/13538/
3 GAFISUD. (febrero de 2012). Las recomendaciones del GAFI. Consultado el 12 de diciembre de 2013 en:
http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/estudios/coyuntura/40gafi.pdf
4 GAFIC. (22 de noviembre de 2013).Séptimo Informe de Seguimiento El Salvador. Pág. 3. Consultado el 12 de diciembre
de 2013 en:
https://www.cfatf-gafic.org/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=414&Itemid=417&lang=es
5 Pastrán, Rosa María y Belloso, Marlana. (4 de diciembre de 2013). MCC pospone la firma de FOMILENIO II hasta 2014.
La Prensa Gráfica. Consultado el 12 de diciembre de 2013 en:
http://www.laprensagrafica.com/2013/12/04/mcc-pospone-la-firma-de-fomilenio-ii-hasta-2014
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