1. El protocolo establece pautas para garantizar el acceso a la justicia y los derechos de comunidades campesinas e indígenas en procesos judiciales, respetando su cultura y proporcionando información y asistencia legal.
2. Incluye la identificación de la condición étnica, el uso del idioma propio, la adaptación flexible de los procesos, y consideraciones especiales para mujeres, niños, ancianos y víctimas.
3. Promueve la coordinación entre instituciones para aplicar el protocolo desde el
2. Sustento
• Acuerdo Nacional (2003)
• Plan Nacional de Reforma Integral de la Administración de Justicia -
CERIAJUS (2004)
Políticas de Estado
• Convenio 169 de la OIT (1993)
• Constitución Política del Perú 1993
• Ley Orgánica del Poder Judicial
• Legislación sobre Rondas Campesinas, Comunidades Nativas y Justicia
de Paz
• Código Penal y Código Procesal Penal
• Código Civil y Código Procesal Civil
Normatividad
3. Sustento
• 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en
Condiciones de Vulnerabilidad (adhesión 2010)
• El Proyecto de Ley de Coordinación y Armonización Intercultural de la
Justicia (2011)
• La Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural (2012)
• Informes y Declaraciones de los Congresos Internacionales sobre
Justicia Intercultural: La Merced (2009), Cajamarca (2010), Huaraz
(2011) y Lima (2012)
Iniciativas del Poder Judicial
• Acuerdo del Pleno Jurisdiccional Regional Penal con sede en Iquitos
(2008)
• Acuerdo Plenario N° 1-2009/CJ-116 de la Corte Suprema de Justicia
(2009)
Acuerdos plenarios
4. Reglas de Brasilia
• Finalidad
(1) “garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de
las personas en condición de vulnerabilidad”
• Pertenencia a comunidades indígenas
(9) “Se promoverán las condiciones destinadas a posibilitar que
las personas y los pueblos indígenas” ejerciten sus derechos a
plenitud ante el sistema de justicia estatal “sin discriminación
alguna que pueda fundarse en su origen o identidad”
5. Objetivo
Establecer pautas generales de actuación para que
los magistrados promuevan el acceso a la justicia
y la tutela judicial efectiva de los derechos de los
integrantes de las Comunidades Campesinas,
Comunidades Nativas y Rondas Campesinas
involucrados en procesos judiciales.
6. Ideas centrales
1. La valoración cultural en el proceso
2. Personalidad jurídica individual o colectiva
3. El respeto a la autoidentificación
4. La garantía de los derechos fundamentales
5. La comprensión del proceso: información e idioma
6. La flexibilización y adaptación de los procesos
7. Consideración especial a mujeres, niños, adolescentes y
adultos mayores
8. Coordinación intra e interinstitucional
7. La secuencia del protocolo
Uso del idioma e intérprete
Asistencia legal y defensa
Determinación del protocolo aplicable
Identificación de la condición y activación del protocolo
La valoración cultural
8. La secuencia del protocolo
Consideraciones especiales
Peritaje antropológico: condición, hechos, responsabilidad
Adaptación y flexibilización
Garantía de comprensión del proceso
Información procesal
9. La valoración cultural del proceso
• Respeto de la dignidad, trato respetuoso y no discriminatorio
• Valoración de la condición étnica y cultural, de oficio o a
petición de parte
• Sujetos individuales y colectivos
• Comprende todos los procesos, etapas y actuaciones
10. La identificación de la condición de
indígena
• Reivindicación al inicio del proceso o en cualquier etapa
• Identificación de la condición:
• Solicitud y comunicación de información a organizaciones e
instituciones
Criterio
subjetivo
• Autodentificación
Criterio
objetivo
• Cuestionamiento de oficio o de parte:
activa el peritaje antropológico
• A falta de autoidentificación,
ponderación de origen, idioma,
pertenencia
11. Determinación del protocolo
aplicable
• Información sobre decisión o proceso en curso en la
jurisdicción especial
• Aplicación del Protocolo de Coordinación entre la Jurisdicción
Ordinaria y la Jurisdicción Especial o del Protocolo de
Actuación
12. Asistencia legal y defensa
• Oficio al Servicio de Defensa Pública del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos o a instituciones cercanas.
• Participación de la ONAJUP y ODAJUP.
13. Uso del idioma e intérprete
• Regla general: Uso del propio idioma
• Intérprete oficial o acreditado por la parte
• Traducción de resoluciones
14. Información procesal
• Brindar información sobre condición jurídica, participación,
derechos y obligaciones
• Modalidad verbal o escrita
• Debe garantizar:
El ejercicio de derechos
El cumplimiento de obligaciones
La participación efectiva en el proceso
• Información específica para las víctimas
• Coordinación con la ONAJUP y las ODAJUP
15. Garantía de comprensión del proceso
• Garantía de comprensión en todas las etapas
• Lenguaje comprensible y sencillo
• Redacción simple y sin tecnicismos en las resoluciones
• Elaboración de formularios simplificados
16. Adaptación y flexibilización de
procedimientos
• Principios de gratuidad, oralidad y celeridad
• Estado proactivo: Diligencias y soluciones in situ
• Consideración cultural en:
la solución de la controversia
la determinación de la responsabilidad
las medidas de coerción procesal y las penas
• Protección especial a víctimas y testigos
17. Uso de peritaje antropológico
• Uso de peritajes antropológicos de oficio o a petición de parte
• Solicitud de información adicional a la ONAJUP, ODAJUP o
instituciones especializadas.
18. Consideraciones a mujeres, niños,
adolescentes y ancianos
• Evitar la doble victimización
• Aplicación de medidas de protección
• Rechazar conciliaciones violatorias de derechos (violencia
familiar o sexual)
• Información de decisiones que las afecten
• Consideración de edad y desarrollo integral
19. 1° Mesa de
partes o
secretaría del
juzgado
• Recepción
en una
ventanilla de
atención
especializad
a
• Prioridad en
la atención
• Pregunta
por la
condición
• Identificació
n del
expediente
con las
letras APA
• Aplicación
de
formulario
• Registro del
código y del
expediente
en la base
2°
ONAJUP,ODAJUP
o secretaría del
juzgado
• Información
escrita o
verbal sobre
el proceso,
el protocolo
y los
derechos
• Información
para la
interposición
de
denuncias o
demandas
• Coordinació
n con el
Sistema
Nacional de
Defensa
Pública
• Completar el
formulario
• Atención en
el idioma
3° Mesa de
partes o
secretaría del
juzgado
• Ingreso de
la
información
del
formulario
en la base
de datos
4° Juzgado o
Sala
• Identificació
n de la
condición
• Activación
del
protocolo de
actuación
• Revisa y
completa el
formulario
con
información
del
expediente
• Oficio a los
demás
operadores
del sistema
nacional de
justicia
Sistemaderegistrodecasos yactivacióndelprotocolo
deactuación