2. LINEA DE AUTORIDAD
RESPONSABILIDAD
NUMERO DE CARGOS
PERFIL DE LOS CARGOS
3. Consiste en influir sobre las personas que
contribuyan a la obtención de las metas de la
organización y el grupo.
Para su cabal comprensión se deben analizar:
• Los Factores Humanos.
• La Motivación
• El Liderazgo, y
• Las Comunicaciones
4. EMPRESARIOS.
Todas aquellas personas, naturales o
jurídicas, que ejercen profesional y
habitualmente actividades económicas
de una manera organizada y tendiente a
la producción, transformación, custodia
o comercialización de bienes o a la
prestación de servicios.
5. PERSONA NATURAL
PERSONA JURÍDICA
Con ánimo de lucro
Sin ánimo de lucro
6. Es un sistema, un conjunto, una entidad que
reúne talento, trabajo y capital para el
desarrollo de actividades industriales,
comerciales o de prestación de servicios
con fines lucrativos, al tiempo que cumple
una función social
Es una combinación de recursos (humanos,
financieros, técnicos, etc.) que se organizan
en una serie de actividades para lograr
unos resultados que van a depender de la
satisfacción de los clientes.
7. Microempresa: Personal no superior a 10
trabajadores. Activos totales inferiores a
501 salarios mínimos mensuales legales
vigentes
Pequeña Empresa: Personal entre 11 y 50
trabajadores. Activos totales mayores a
501 y menores a 5.001 salarios mínimos
mensuales legales vigentes.
Mediana: Personal entre 51 y 200
trabajadores. Activos totales entre 5.001 y
15.000 salarios mínimos mensuales
legales vigentes.
8. • Sociedades Comerciales
• Sociedades Civiles
• Empresa Unipersonal
• Empresas Asociativas de Trabajo
• Entidades sin Animo de Lucro
9. La sociedad o compañía es un contrato en
virtud del cual dos o más personas estipulan
aportar un capital u otros efectos en común,
para desarrollar unas actividades con el objeto
de repartirse entre si las ganancias o
pérdidas que resulten de esa actividad.
10. Colectivas (& Cía., Hnos., e Hijos)
En Comanditas (S. en C. ó S.C.A)
Limitadas (Ltda.)
Anónimas (S.A.)
SAS
11. • La sociedad por acciones simplificada
podrá constituirse por una o varias
personas naturales o jurídicas, quienes sólo
serán responsables hasta el monto de sus
respectivos aportes.
• Las sociedades por acciones simplificadas
contemplan más ventajas en su
constitución y funcionamiento que las que
ofrecen otro tipo de organizaciones, por
ejemplo con las sociedades unipersonales.
• Pueden constituirse con cualquier monto
de capital social (inferior o superior a los
500 salarios mínimos, que era el tope del
que hablaba la ley 1014 de 2006) y con
cualquier cantidad de empleados (inferior o
superior a los 10).
12. • Nombre, documento de identidad y
domicilio de los accionistas
• Razón social o denominación de la sociedad,
seguida de las palabras "sociedad por
acciones simplificada/; o de las letras S.A.S.
• El domicilio principal de la sociedad y el de
las distintas sucursales que se establezcan en
el mismo acto de constitución
• El término de duración, si éste no fuere
indefinido. Si nada se expresa en el acto de
constitución, se entenderá que la sociedad se
ha constituido por término indefinido.
13. • Nombre, documento de identidad y
domicilio de los accionistas
• Razón social o denominación de la sociedad,
seguida de las palabras "sociedad por
acciones simplificada/; o de las letras S.A.S.
• El domicilio principal de la sociedad y el de
las distintas sucursales que se establezcan en
el mismo acto de constitución
• El término de duración, si éste no fuere
indefinido. Si nada se expresa en el acto de
constitución, se entenderá que la sociedad se
ha constituido por término indefinido.
14.
15. Cooperativas.
Fondos de empleados.
Asociaciones mutuales.
Entidades ambientales, científicas y
culturales.
Asociaciones de copropietarios y
coarrendatarios.
Asociaciones agropecuarias y campesinas.
Asociaciones de padres de familia.
Corporaciones, asociaciones y fundaciones
16. MERCANTIL:
Es el registro en el que se deben
matricular todos los empresarios y
sus establecimientos de comercio,
además en el se inscriben todos los
actos, libros y documentos
comerciales que la ley mercantil
señala
17. UNICO DE PROPONETES:
En este registro se deben inscribir
las personas naturales o jurídicas
que aspiran a celebrar con el Estado
o sus organismos descentralizados,
contratos de obra, consultoría,
suministro o compraventa de bienes
muebles
18. ENTIDADES JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE
LUCRO
Es el registro público en el cual
deben inscribirse las personas
jurídicas de derecho privado, cuyos
asociados no persiguen la
distribución de excedentes o
utilidades (ánimo de lucro).
19. . VERIFICAR HOMONIMIA.
. VERIFICAR MARCA.
. PRERUT
. CONSULTA USO DEL SUELO. (PLANEACIÓN).
. CONSULTA DE ACTIVIDAD ECONÓMICA
(CIIU).
. ESCRITURA PÚBLICA O DOC PRIVADO
SEGÚN EL CASO.
21. 1.UNA EMPRESA ADMINISTRADORA DE RIESGOS
LABORALES (A.R.L. ).
2.AFILIAR AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y
DE PENSIONES ANTE LAS ENTIDADES
PROMOTORAS DE SALUD Y FONDOS DE
PENSIONES.
3.AFILIAR AL SISTEMA DE FONDO DE CESANTIAS
4.DE SER NECESARIO DISEÑAR E IMPLEMENTAR
UN SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD
INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL.
22. DADIS. Departamento
Administrativo de Salud Distrital.
EPA. Establecimiento Público
Ambiental de Cartagena.
BOMBEROS.
INVIMA. Instituto Nacional de
vigilancia y Control de
Medicamentos y Alimentos.
SAYCO ACIMPRO.