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Ley N° 20.123
Subcontratación y Empresas
 de Servicios Transitorios
¿Qué es la subcontratación?

El trabajo en régimen de subcontratación es aquel
  realizado por un trabajador para un empleador,
  denominado contratista o subcontratista, quien
ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio
  para una empresa principal, dueña de la obra o
                       faena.
¿Para qué sirve la nueva ley de
             subcontratación?

Principalmente, sirve para que el trabajador
pueda exigir el cumplimiento de sus derechos
                  laborales.
¿Cuáles son las partes involucradas?

          Los involucrados son:

 - Empresa principal (quien contrata)
 - Empresa contratista y sus trabajadores
 - Empresa subcontratista y sus trabajadores (si
 la empresa contratista a su vez subcontrata la
 obra o servicio).
Empresa Principal / Usuaria




                           Esquema Triangular



Empresa Contratista /                             Trabajador Contratista /
  Suministradora                                       Suministrado
¿En qué casos se puede utilizar la
            subcontratación?

     No existen delimitaciones específicas.
 Dependerá de las faenas que necesite cumplir y
quiera externalizar la empresa que actuará como
                    principal.
¿En qué casos está prohibida la
      subcontratación?

No hay caso en que esté prohibida la
         subcontratación.
¿Debe suscribirse algún tipo de contrato
entre la empresa principal y la contratista?

      Sí, es necesario un contrato de servicios.
Este contrato se rige por las normas del Código Civil.
¿Qué responsabilidades tiene la empresa
                principal?

  La empresa principal, de acuerdo a lo estipulado en la
    norma laboral, tiene siempre una responsabilidad
subsidiaria con los trabajadores de la empresa contratista,
     si ejerce los derechos de información, retención:

     y tendrá responsabilidad solidaria con los mismos
  trabajadores, en el caso de no ejercer esos derechos.
¿Qué es la responsabilidad subsidiaria?
 Es la responsabilidad a través de la cual la empresa principal
debe responder por los trabajadores de la empresa contratista,
cuando esta última no cumple con lo estipulado en el contrato
                firmado con sus trabajadores.

 Aquí el trabajador, debe en primera instancia demandar a su
empleador directo, el contratista, y si éste no responde, deberá
realizar una demanda contra la empresa principal quien deberá
           responder por lo adeudado al trabajador.
¿Qué es la responsabilidad solidaria?
Es la responsabilidad en la que la empresa principal responde
conjuntamente con la empresa contratista en lo adeudado al
                          trabajador.

En este caso, el empleado puede demandar indistintamente a
 ambas empresas por el total de sus prestaciones laborales y
     previsionales, incluidas las indemnizaciones legales.
¿En qué ocasiones la empresa principal debe
responder solidariamente con los trabajadores?

 La empresa principal debe responder solidariamente
 cuando no ha ejercido los derechos de información y
           retención que le otorga la ley.
¿Existen sanciones para las empresas
                  principales?

  Las sanciones a una empresa principal estarán dadas por lo
estipulado en el artículo Nº 478 del Código del Trabajo y tienen
 que ver con la simulación de un contrato de subcontratación.

La empresa sancionada deberá pagar multas que van desde 5 a
                        100 UTM.

               UTM = Unidad Tributaria Mensual
               valor mes de Noviembre: $34.120
¿Cuántas empresas contratistas puede tener a
  su servicio una misma empresa principal?

No existen límites específicos, sólo dependerá de las
  funciones que requiera cumplir y externalizar la
                 empresa principal.
¿Cuál es el tipo de empresas que más recurre a
               la subcontratación?

 Los rubros productivos más solicitados bajo este régimen de
                        trabajo son:

                      - Guardia y control
                      -Servicios alimenticios
                      - Minería
                      - Servicios informáticos
                      - Construcción
                      - Aseo
¿Quién fiscalizará el cumplimiento de los
      contratos de subcontratación?

    La Dirección del Trabajo y sus respectivas
inspecciones fiscalizan los contratos, así como el
 cumplimiento de las normas laborales entre las
               partes involucradas.
¿Qué obligaciones tiene el trabajador?

Las obligaciones del trabajador estarán dadas por el
contrato firmado con su empleador, en este caso el
  contratista, el cual está regido por el Código del
                       Trabajo.

Algunas de estas obligaciones son la dependencia y
 subordinación del empleado con el empleador, la
     asistencia diaria al trabajo, entre otras.
¿Qué derechos tiene el trabajador?

    Los derechos son iguales a los de cualquier
trabajador, de acuerdo a lo estipulado en el Código
   del Trabajo. Entre éstos se cuentan jornadas
      máximas de trabajo, feriados y fueros.
¿Quién es el empleador directo en régimen de
              subcontratación?

 El empleador directo es la empresa contratista.
En caso de que un trabajador acuse
incumplimiento de sus derechos por parte de la
     empresa contratista o subcontratista,
 ¿a quién puede acudir para hacer el reclamo?

Para cualquier reclamo el trabajador debe acudir a la
Inspección del Trabajo que corresponda, o demandar
 directamente su cumplimiento ante los tribunales.
¿Pueden los trabajadores bajo régimen de
subcontratación formar sindicatos y/o negociar
              colectivamente?

    Sí, pero siempre al interior de su empresa
                   contratista.

No pueden sindicalizarse con los trabajadores de la
               empresa principal.
La Ley de Subcontratación establece una distinción
    fundamental entre el trabajo en régimen de
   subcontratación y el suministro de personal.

En el caso de la subcontratación, la empresa principal contrata
a otra para que realice un servicio o ejecute una obra, es decir,
                    externaliza la actividad.

Para llevar a cabo la labor, la empresa subcontratada utiliza a
   sus propios trabajadores y puede, además, brindar otros
    servicios adicionales, como por ejemplo suministrar los
       materiales con los cuales se va a realizar la obra.
El propósito de la ley de subcontratación

   Es fomentar la contratación directa y que las
empresas, sólo en determinadas situaciones, utilicen
  el trabajo en régimen de subcontratación o el
                    suministro.
Requisitos formales para las empresas que ofrecen
                         suministros

•Inscripción en registro de la Dirección del Trabajo (DT)

•Entrega de una boleta de garantía por 250 UF a la DT

•Constituirse como personas jurídicas

•Giro exclusivo

•No podrán tener relación directa o indirecta con las empresas a
las cuales les van a proporcionar trabajadores, por ejemplo
participaciones accionarias.
•La legislación restringe además el uso de suministro, limitando las
posibilidades de la empresa principal al establecer casos o situaciones
específicas en que las empresas podrán utilizar trabajadores
suministrados.
Estos son: Reemplazo de trabajadores (por licencia médica, descansos
de maternidad o feriados)

•Realización de eventos extraordinarios (Como ferias o congresos)

•Ejecución de proyectos nuevos (Ej.: Construcción de nuevas
instalaciones)

•Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad
Trabajos urgentes, precisos e impostergables (Ej.: Reparación de
instalaciones)

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Ley de Subcontratación

  • 1. Ley N° 20.123 Subcontratación y Empresas de Servicios Transitorios
  • 2. ¿Qué es la subcontratación? El trabajo en régimen de subcontratación es aquel realizado por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, quien ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio para una empresa principal, dueña de la obra o faena.
  • 3. ¿Para qué sirve la nueva ley de subcontratación? Principalmente, sirve para que el trabajador pueda exigir el cumplimiento de sus derechos laborales.
  • 4. ¿Cuáles son las partes involucradas? Los involucrados son: - Empresa principal (quien contrata) - Empresa contratista y sus trabajadores - Empresa subcontratista y sus trabajadores (si la empresa contratista a su vez subcontrata la obra o servicio).
  • 5. Empresa Principal / Usuaria Esquema Triangular Empresa Contratista / Trabajador Contratista / Suministradora Suministrado
  • 6. ¿En qué casos se puede utilizar la subcontratación? No existen delimitaciones específicas. Dependerá de las faenas que necesite cumplir y quiera externalizar la empresa que actuará como principal.
  • 7. ¿En qué casos está prohibida la subcontratación? No hay caso en que esté prohibida la subcontratación.
  • 8. ¿Debe suscribirse algún tipo de contrato entre la empresa principal y la contratista? Sí, es necesario un contrato de servicios. Este contrato se rige por las normas del Código Civil.
  • 9. ¿Qué responsabilidades tiene la empresa principal? La empresa principal, de acuerdo a lo estipulado en la norma laboral, tiene siempre una responsabilidad subsidiaria con los trabajadores de la empresa contratista, si ejerce los derechos de información, retención: y tendrá responsabilidad solidaria con los mismos trabajadores, en el caso de no ejercer esos derechos.
  • 10. ¿Qué es la responsabilidad subsidiaria? Es la responsabilidad a través de la cual la empresa principal debe responder por los trabajadores de la empresa contratista, cuando esta última no cumple con lo estipulado en el contrato firmado con sus trabajadores. Aquí el trabajador, debe en primera instancia demandar a su empleador directo, el contratista, y si éste no responde, deberá realizar una demanda contra la empresa principal quien deberá responder por lo adeudado al trabajador.
  • 11. ¿Qué es la responsabilidad solidaria? Es la responsabilidad en la que la empresa principal responde conjuntamente con la empresa contratista en lo adeudado al trabajador. En este caso, el empleado puede demandar indistintamente a ambas empresas por el total de sus prestaciones laborales y previsionales, incluidas las indemnizaciones legales.
  • 12. ¿En qué ocasiones la empresa principal debe responder solidariamente con los trabajadores? La empresa principal debe responder solidariamente cuando no ha ejercido los derechos de información y retención que le otorga la ley.
  • 13. ¿Existen sanciones para las empresas principales? Las sanciones a una empresa principal estarán dadas por lo estipulado en el artículo Nº 478 del Código del Trabajo y tienen que ver con la simulación de un contrato de subcontratación. La empresa sancionada deberá pagar multas que van desde 5 a 100 UTM. UTM = Unidad Tributaria Mensual valor mes de Noviembre: $34.120
  • 14. ¿Cuántas empresas contratistas puede tener a su servicio una misma empresa principal? No existen límites específicos, sólo dependerá de las funciones que requiera cumplir y externalizar la empresa principal.
  • 15. ¿Cuál es el tipo de empresas que más recurre a la subcontratación? Los rubros productivos más solicitados bajo este régimen de trabajo son: - Guardia y control -Servicios alimenticios - Minería - Servicios informáticos - Construcción - Aseo
  • 16. ¿Quién fiscalizará el cumplimiento de los contratos de subcontratación? La Dirección del Trabajo y sus respectivas inspecciones fiscalizan los contratos, así como el cumplimiento de las normas laborales entre las partes involucradas.
  • 17. ¿Qué obligaciones tiene el trabajador? Las obligaciones del trabajador estarán dadas por el contrato firmado con su empleador, en este caso el contratista, el cual está regido por el Código del Trabajo. Algunas de estas obligaciones son la dependencia y subordinación del empleado con el empleador, la asistencia diaria al trabajo, entre otras.
  • 18. ¿Qué derechos tiene el trabajador? Los derechos son iguales a los de cualquier trabajador, de acuerdo a lo estipulado en el Código del Trabajo. Entre éstos se cuentan jornadas máximas de trabajo, feriados y fueros.
  • 19. ¿Quién es el empleador directo en régimen de subcontratación? El empleador directo es la empresa contratista.
  • 20. En caso de que un trabajador acuse incumplimiento de sus derechos por parte de la empresa contratista o subcontratista, ¿a quién puede acudir para hacer el reclamo? Para cualquier reclamo el trabajador debe acudir a la Inspección del Trabajo que corresponda, o demandar directamente su cumplimiento ante los tribunales.
  • 21. ¿Pueden los trabajadores bajo régimen de subcontratación formar sindicatos y/o negociar colectivamente? Sí, pero siempre al interior de su empresa contratista. No pueden sindicalizarse con los trabajadores de la empresa principal.
  • 22. La Ley de Subcontratación establece una distinción fundamental entre el trabajo en régimen de subcontratación y el suministro de personal. En el caso de la subcontratación, la empresa principal contrata a otra para que realice un servicio o ejecute una obra, es decir, externaliza la actividad. Para llevar a cabo la labor, la empresa subcontratada utiliza a sus propios trabajadores y puede, además, brindar otros servicios adicionales, como por ejemplo suministrar los materiales con los cuales se va a realizar la obra.
  • 23. El propósito de la ley de subcontratación Es fomentar la contratación directa y que las empresas, sólo en determinadas situaciones, utilicen el trabajo en régimen de subcontratación o el suministro.
  • 24. Requisitos formales para las empresas que ofrecen suministros •Inscripción en registro de la Dirección del Trabajo (DT) •Entrega de una boleta de garantía por 250 UF a la DT •Constituirse como personas jurídicas •Giro exclusivo •No podrán tener relación directa o indirecta con las empresas a las cuales les van a proporcionar trabajadores, por ejemplo participaciones accionarias.
  • 25. •La legislación restringe además el uso de suministro, limitando las posibilidades de la empresa principal al establecer casos o situaciones específicas en que las empresas podrán utilizar trabajadores suministrados. Estos son: Reemplazo de trabajadores (por licencia médica, descansos de maternidad o feriados) •Realización de eventos extraordinarios (Como ferias o congresos) •Ejecución de proyectos nuevos (Ej.: Construcción de nuevas instalaciones) •Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad Trabajos urgentes, precisos e impostergables (Ej.: Reparación de instalaciones)