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IMPUESTOS A LAS
GANANCIAS
NIC 12 Y SECCION 29 PARA PYMES
Contenido:
• Resumen Ejecutivo.
• Frase Emotiva.
• Objetivo.
• Alcance.
• Antecedentes.
• Diferencias entre NIIF Completas vs NIIF Pymes.
• Normativas relacionadas con la NIC 12.
• Conciliación Tributaria.
Resumen Ejecutivo:
• Los Impuestos a las Ganancias son un gasto operativo para la mayoría
de las empresas y, como tal, han de quedar reflejados en los resultados
operativos de la entidad, sin embargo, la contabilización de estos
impuestos se complica por el hecho de que en nuestro país la mayoría
de ingresos y gastos reconocidos bajo NIIF en nuestros EEFF no
corresponden o difieren a los reconocidos fiscalmente en un periodo
determinado.
• En pocas palabras los cambios en Políticas y Estimaciones Contables
provocan desfase en el ámbito contable y fiscal, situación que se concilia
mediante un diferimiento de impuestos.
‘‘La cosa más difícil de entender en el
mundo, es el impuesto a las ganancias’’.
Albert Einstein (1879-1955) Físico Alemán
• Analizar las directrices establecidas en la NIC 12 y la Sección 29
sobre el tratamiento contable sobre el impuesto a las Ganancias.
Como principal problema tenemos el como tratar las
consecuencias actuales y futuras de:
a) La recuperación en el futuro del saldo en libros de los Activos y
Pasivos que han sido reconocidos en el Estado de Situación
Financiera.
b) Las transacciones y Otros sucesos del ejercicio corriente que han
sido objeto de reconocimiento en los Estados Financieros.
Objetivo:
• Tras el Reconocimiento por parte de la empresa, de cualquier
Activo o Pasivo esta inherente la expectativa de que recuperara el
primero o liquidara el segundo por los importes en libros figuran
el los respectivos rubros. Cuando sea probable que la
recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a
dar lugar a pagos fiscales futuros mayores de los que se tendrían
sin tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales
la NIC 12 exige que la empresa reconozca un activo o pasivo por el
Impuesto diferido.
Objetivo:
Existen transacciones con efecto tributario diferidos. Ej.:
Depreciación acelerada de AF´s
Provisiones por deterioro
Baja anticipada de C x C incobrables
Efecto: IR y Activos/Pasivos diferidos (que se pagarán o recuperarán en el
futuro)
Objetivo
• La NIC 12 debe ser aplicada en la Contabilización del impuesto
sobre las ganancias, para los propósitos de la NIC 12 , el termino
Impuesto sobre las ganancias hace referencia a todos los
impuestos ya sean estos nacionales o extranjeros , que se
relacionan con la ganancia sujeta a imposición.
• Incluye también otros tributos como las retenciones sobre los
dividendos que se pagan por parte de una empresa dependiente,
cuando procedan a distribuir ganancias a la empresa que presenta
sus Estados Financieros.
Alcance:
Impuesto a le renta sobre las ganancia incluye:
Afecta a todo impuesto que aplique a las ganancias:
Impuesto a la renta
Otros tributos:
Retenciones en la fuente
Anticipo mínimo
Retenciones sobre dividendos
Alcance
Antecedentes:
• La NIC 12 Impuesto a las Ganancias fue emitida por el Comité de
Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) en octubre de 1996.
Sustituyó a la NIC 12 Contabilización del Impuesto a las Ganancias
(emitida en julio de 1979). En mayo de 1999, el párrafo 88 fue
modificado por la NIC 10 Hechos Ocurridos después de la Fecha de
Balance y en abril de 2000; se efectuaron más modificaciones como
consecuencia de la NIC 40 Propiedades de Inversión.
• En octubre de 2000, el IASC aprobó revisiones para especificar el
tratamiento contable de las consecuencias de los dividendos sobre el
impuesto a las ganancias. En abril de 2001 el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad decidió que todas las Normas e
Interpretaciones emitidas bajo Constituciones anteriores
continuaran siendo aplicables a menos y hasta que fueran
modificadas o retiradas.
Antecedentes:
Resultado contable: Utilidad neta o Pérdida neta
Ganancia fiscal: Base imponible (Utilidad neta + - partidas
conciliatorias)
Gasto por impuesto a la renta: Impuesto a la renta corriente +
impuesto a la renta diferible
Definiciones
Impuesto corriente: Valor a pagar o cobrar del ejercicio
Pasivo por impuesto diferido: Se genera por diferencias temporales
imponibles
Activo por impuesto diferido: Se genera por:
diferencias temporales deducibles,
compensación de pérdidas y
compensaciones de créditos no utilizados en ejercicios anteriores
Definiciones
¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF
completas o NIIF Pymes?
• Las realidades de las NIIF completas están preparadas para entornos
económicos complejos, por lo cual sus requerimientos resultaban:
1. Excesivamente costosos.
2. Poco familiares para los preparadores de Estados Financieros.
NIIF Completas
NIIF, NIC, SIC e
IFRIC
NIIF Pymes
35 Secciones y
Glosario de
Terminos
• Al haber emitido el IASB la NIIF para las PYMES en julio de 2009 (versión
en español septiembre de 2009), con Resolución No. SC.INPA.UA.G-
10.005 de 2010.11.05, R.O. No. 335 de 2010.12.07, se estableció la
clasificación de compañías en el país, en: Micro, Pequeñas, Medianas y
Grandes empresas.
• Aplican la NIIF para las PYMES, aquellas compañías que en base a su
estado de situación financiera cortado al 31 de diciembre del ejercicio
económico anterior, cumplan las siguientes condiciones:
¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF
completas o NIIF Pymes?
• Activos totales, inferiores a US $ 4,000,000.
• Registren un Valor Bruto de Ventas Anuales hasta US $ 5,000,000.
• Tengan menos de 200 trabajadores (Personal Ocupado). Promedio
anual ponderado.
• Si una compañía no cumple con una de las tres condiciones
anteriores, aplicará las NIIF completas.
¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF
completas o NIIF Pymes?
¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF
completas o NIIF Pymes?
AREA NIIF PYMES (Sección 29) NIIF Completas (NIC 12)
Impuesto a las
ganancias.
Activos por impuestos diferidos con
incertidumbre en su probabilidad se
reducen mediante una cuenta
valuativa separada.
Se requiere ajuste a los activos y
pasivos por impuestos si existen
incertidumbres importantes sobre la
posibilidad de modificaciones por
parte de las autoridades tributarias.
Activos por impuestos diferidos solo
se reconocen si se consideran
probables las ganancias fiscales
futuras.
No existe tal disposición.
Normativas Relacionadas con los
Impuestos a las Ganancias NIC 12
NIC
12
NIC 39
Provisión de
Incobrables.
NIC 2
inventarios.
NIC 16
Propiedad,
Planta y
Equipo. NIC 37
Provisión de
Activos y
Pasivos
Contingentes.
NIC 18
Ingresos.
Conciliación Tributaria
• El Impuesto a la Renta(IR) es un gasto devengado mas, que por la
general se presenta en el ultimo renglón de los gastos.
Así tenemos el Resultado Contable Anual:
Resultado
Contable
Ingresos
Contables
Gastos
Contable
• Según la NIC 12, el Resultado Contable(RC) es la ganancia o la
perdida neta antes de deducir el gasto por el Impuesto a la Renta.
Conciliación Tributaria
Base
Imponible
Ingresos
Fiscales
Gastos
Fiscales
• La NIC 12 define a la Base Imponible como la ganancia o perdida de un ejercicio, de
acuerdo a las Normas establecida por la Autoridad fiscal en nuestro caso el SRI,
sobre los que se calculan los impuestos por pagar o recuperar.
• Cuando al momento de registrar operaciones de ingresos y gastos se presentare lo
siguiente:
Conciliación Tributaria
Normativa
Contable
Normativa
Tributaria
Normativa
Contable
Normativa
Tributaria
BI
BI
RC
RC DIF
• Teniendo en consideración las diferencias que pudieran haber
entre la Normativa Tributaria vs La Normativa Contable las
podemos considerar de la siguiente manera:
Conciliación Tributaria
PERMANENTES
TEMPORALES
Diferencias Permanentes: Se generan entre la base contable y la tributaria,
que no podrán diferirse en periodos futuros
Diferencias Temporales: Se presenta entre la base contable y la base
tributaria, las que se liquidarán o deducirán en períodos futuros, existen 2
tipos de diferencias temporarias:
Diferencias Temporales Imponibles: Valores que deberán cancelarse
con el IR de períodos futuros
Diferencias Temporales Deducibles: Se deberán disminuir del IR de
períodos futuros
• Diferencias Permanentes.-
Son aquellas diferencias entre la Base Contable y Tributaria que nunca podrán
ser superadas en el tiempo, es decir se refiere a ingresos y gastos que son
considerados contablemente pero no de manera tributaria , o viceversa, en
otras palabras estas diferencia nunca podrían conciliarse en un futuro.
Ejercicios:
1. Suponiendo que existe una operación con tratamiento fiscal y contable
diferente, la misma que esta dada por una multa con un monto de $100,00,
cuyo monto no es deducible , pero el mismo a su vez tiene consecuencias
fiscales; ¿ Cual debe ser el tratamiento contable pertinente?
Diferencias Temporales y Permanentes
• ¿Por qué el uso de una Tasa del 33,70% para el calculo de
impuestos?
• Ajustándonos a nuestra realidad tributaria, representa al efecto
conjunto de aplicar el 22% y luego aplicar 15% como si lo aplicamos
de manera simultanea.
Diferencias Temporales y Permanentes
• Ejemplo 1: Una transacción relacionada con la compra de una
maquina por $200,00 con tratamiento fiscal y contable distinto, su
vida útil es de 2 años y por tanto su depreciación seria uniforme de
$100,00 por año , pero la Administración Tributaria concedió la
libertad de amortización fiscal a la que se acogió depreciando su
totalidad.
• ¿Cómo se aplicaría la diferencia y cual es el tratamiento contable
pertinente?
Diferencias Temporales y Permanentes
Año 1 Fiscal Contable
R1 1.100,00 1.100,00
Depreciacion 200,00 100,00
R antes de Impuesto 900,00 1.000,00
Impuesto (33,70%) 303,30 337,00
R del Ejercicio 663,00
Pasivo por Imputoesto a corto plazo 303,30
Pasivo por Impuesto diferido 33,70
Diferencias Temporales y Permanentes
Diferencias temporales: se da cuando
BASE CONTABLE:
Importe en
libros de un
activo o pasivo
BASE FISCAL:
Importe
Tributario de un
activo o pasivo
≠
Diferencia temporal imponible:
Diferencia temporal deducible:
Base fiscal: Monto atribuible del activo o pasivo para efectos tributarios
Base fiscal (activo): Es el importe que será deducible (fiscalmente) de los
beneficios económicos que obtenga la empresas en el futuro.
Base Fiscal
Ejemplo:
Activos fijos por US/.100,000 (registro inicial)
Vida útil contable = 10 años
Vida útil fiscal = 10 años
Saldos luego de 2 años:
BASE CONTABLE:
80,000
BASE FISCAL:
80,000=
Base Fiscal
Ejemplo:
Activos fijos por US/.100,000 (registro inicial)
Vida útil contable = 10 años
Vida útil fiscal = 20 años
Saldos luego de 2 años:
BASE CONTABLE:
80,000
BASE FISCAL:
90,000≠
Base Fiscal
Ejemplo:
Inventarios por US/.200,000
Costo = 300,000
Baja por ajuste VNR= (100,000) no deducible
Efectos:
BASE CONTABLE:
200,000
BASE FISCAL:
300,000≠
Base Fiscal
Base fiscal (pasivo): Es igual a su importe en libros menos cualquier importe
que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en
ejercicios futuros
Base Fiscal
Ejemplo:
Jubilación patronal US/.100,000
Empleados mayores a 10 años = US/.70,000
Empleados menores a 10 años = US/.30,000
Efectos:
BASE CONTABLE
100,000
BASE FISCAL:
70,000≠
Base Fiscal
IMPUESTOS CORRIENTES: Se registran por el valor que se espera aplicar o pagar
en el ejercicio corriente
IMPUESTOS DIFERIDOS: Se registran por el valor que se espera aplicar o pagar
en el futuro
CAMBIO DE TASAS: Se reconoce en el año que se conoce del cambio en las tasas
Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
Impuestos corrientes
IMPUESTOS
CORRIENTES
EXCESO
PAGADO
POR RFIR
PERDIDAS
TRIBUTARIAS
LAS DEL AÑO
Y AÑOS
ANTERIORES
AÑOS
ANTERIORES
Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
Impuestos diferidos
NACE:
BC BF
EXISTE UNA
DIFERENCIA
TEMPORAL
IR
FUTURO
≠
Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
PPE Revaluada
Recuperación futura del importe en libros producirá un
flujo de beneficios económicos imponibles para la
entidad?
Depreciación de monto revaluado es No deducible
Diferencia Temporaria
Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
Impuesto a la
Renta
Diferencias
Permanentes
Temporales
Deducibles
(Activo)
Imponibles
(Pasivo)
CASO PRÁCTICO
Compañía ABC
La Compañía Productora “ABC”, fue constituida en el año 2009, cuyo año de
transición de las NIIF´s es el 2011 y su año de adopción es el 2012.
Durante el 2012, realizó las siguientes transacciones de mayor relevancia:
Estado de Situación Financieros NIIF
Cuentas Ref. NIIF
ACTIVOS
Bancos 150,000
Cuentas por Cobrar (a) 580,000
Crédito Tributario IR 100,000
Inventarios (b) 1,800,000
Activo por Impuestos Diferidos
Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821
Intangibles (d) 11,250
TOTALACTIVOS 4,480,071
PASIVOS
Cuentas por Pagar 992,853
Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500
Impuesto a la Renta por Pagar
Provisiones Laborales (e) 20,000
TOTAL PASIVOS 1,130,353
PATRIMONIO
Capital 1,300,000
Reserva por Valuación 470,000
Resultados Acumulados 1,579,718
TOTAL PATRIMONIO 3,349,718
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4,480,071
Estado de Situación Financieros NEC
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI
ACTIVOS
Bancos 150,000 150,000
Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000
Crédito Tributario IR 100,000 100,000
Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000
Activo por Impuestos Diferidos
Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000
Intangibles (d) 11,250 25,500
TOTALACTIVOS 4,480,071 4,000,500
PASIVOS
Cuentas por Pagar 992,853 1,110,353
Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500
Impuesto a la Renta por Pagar
Provisiones Laborales (e) 20,000
TOTAL PASIVOS 1,130,353 1,110,353
PATRIMONIO
Capital 1,300,000 1,300,000
Reserva por Valuación 470,000
Resultados Acumulados 1,579,718 1,590,147
TOTAL PATRIMONIO 3,349,718 2,890,147
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4,480,071 4,000,500
Diferencias entre NIIF y NEC
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias
ACTIVOS
Bancos 150,000 150,000 0
Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000
Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0
Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000
Activo por Impuestos Diferidos 0
Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 510,821
Intangibles (d) 11,250 25,500 -14,250
TOTALACTIVOS 4,480,071 4,000,500 479,571
PASIVOS
Cuentas por Pagar 992,853 1,110,353 -117,500
Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500 117,500
Impuesto a la Renta por Pagar 0
Provisiones Laborales (e) 20,000 20,000
TOTAL PASIVOS 1,130,353 1,110,353 20,000
PATRIMONIO
Capital 1,300,000 1,300,000 0
Reserva por Valuación 470,000 470,000
Resultados Acumulados 1,579,718 1,590,147 -10,429
TOTAL PATRIMONIO 3,349,718 2,890,147 459,571
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4,480,071 4,000,500 479,571
Cuentas por Cobrar (a)
Transacción:
Baja de Cuentas incobrables por $ 9.000,00; mismo que se originó en enero del 2012
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias
ACTIVOS
Bancos 150,000 150,000 0
Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000
NIC 18 Legislación Tributaria
Ingresos de Actividades Ordinarias
(Párrafos 85 y 86)
(LRTI) numeral 11, Art. 10 “Deducciones”
Cuando surge alguna incertidumbre sobre el
grado de recuperabilidad de un saldo ya incluido
entre los ingresos de actividades ordinarias, la
cantidad incobrable o la cantidad respecto a la
cual el cobro ha dejado de ser probable se
procede a reconocerlo como un gasto, en lugar de
ajustar el importe del ingreso originalmente
reconocido
La baja de CxC se realizará con cargo a la
provisión de Cuentas Incobrables y en la parte
que exceda a los resultados del ejercicio, cuando
cumpla con una de las condiciones:
- Constar 5 años ó + en contabilidad
- Pasar + de 5 años del vencimiento
- Haber prescrito la acción de cobro
- Quiebra o insolvencia del deudor
- Cuando una sociedad está liquidada
Cuentas por Cobrar (a)
Comentario:
Como la baja de la CxC no cumple las condiciones señaladas en la LORTI, el valor cargado a
resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia
temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se
compensará con el IR del período en el que se habría considerado gasto deducible esta baja.
Detalle (A17) Debe Haber
Activo de Impuesto Diferido 2,250
Impuesto a la Renta por Pagar 2,250
P/R Impacto en IR GND por baja de CxC - DTD
Cuentas por Cobrar (a)
Inventarios (b)
Transacciones:
Ajuste de Inventarios por Valor Neto Realizable $ 8.000,00 cuyo inventario, en el siguiente año
se dará de baja mediante declaración juramentada ante un notario
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias
ACTIVOS
Bancos 150,000 150,000 0
Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000
Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0
Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000
NIC 2 Legislación Tributaria
Inventarios
(Párrafos 85 y 86)
(RLORTI) numeral 8, Art. 25 “Deducciones”
34 .. El importe de cualquier rebaja de valor, hasta
alcanzar el valor neto realizable, así como todas las
demás pérdidas en los inventarios, serán reconocidas en
el periodo en que ocurra la rebaja o la pérdida. El
importe de cualquier reversión de la rebaja de valor que
resulte de un incremento en el valor neto realizable, se
reconocerá como una reducción en el valor de los
inventarios, que hayan sido reconocidos como gasto, en
el periodo en que la recuperación del valor tenga lugar
8. Pérdidas
b) Las pérdidas por las bajas de inventarios se
justificarán mediante declaración juramentada realizada
ante un notario o juez, por el representante legal,
bodeguero y contador, en la que se establecerá la
destrucción o donación de los inventarios a una entidad
pública o instituciones
Inventarios (b)
Comentario:
Como la baja del Inventario no cumple las condiciones señaladas en la LRTI, el valor cargado a
resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia
temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se
compensará con el IR del período en el que se habría considerado gasto deducible esta baja.
Detalle (A18) Debe Haber
Activo de Impuesto Diferido 2,000
Impuesto a la Renta por Pagar 2,000
P/R Impacto en IR GND por baja Inv VNR - DTD
Inventarios (b)
Propiedad, Planta y Equipo (c)
Transacción:
La Cía “ABC” ha depreciado conforme al siguiente cuadro:
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias
ACTIVOS
Bancos 150,000 150,000 0
Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000
Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0
Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000
Activo por Impuestos Diferidos 0
Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 510,821
Propiedad, Planta y Equipo (c)
PPE
Tributario
Costo
(2009)
Vida
Útil
Deprec.
2012
Deprec
Acum
Costo
Libros
Terrenos 500,000 500,000
Edificios 800,000 20 40,000 120,000 680,000
Vehículos 160,000 5 32,000 96,000 64,000
Mobiliario 120,000 10 12,000 36,000 84,000
Total 1,580 84,000 252,000 1,328
NIIF´s
Dif. en
Gasto Dep.Costo
(2009)
Revaluac (Ene-
2012)
Vida
Útil Deprec. 2012
Deprec
Acum Costo Libros
900,000 900,000 0
790,000 40 19,750 19,750 770,250 20,250
160,000 8 20,000 60,000 100,000 12,000
120,000 7 17,143 51,429 68,571 -5,143
280,000 1,690,000 56,893 131,179 1,838,821 27,107
Propiedad, Planta y Equipo (c)
NIC 16 Legislación Tributaria
Propiedad, Planta y Equipo
(Párrafos 57)
(RLRTI) literal f , numeral 6, Art. 28 “Deducciones
generales”
La vida útil de un activo se definirá
en términos de la utilidad que se
espere que aporte a la entidad. La
estimación de la vida útil de un
activo, es una cuestión de criterio,
basado en la experiencia que la
entidad tenga con activos similares
6. Depreciaciones de activos fijos.
a)Para que el gasto de deprecia no podrá superar los siguientes
porcentajes anuales:
(I) Inmuebles 5%.
(II)Maquinarias, equipos y muebles 10%.
(III) Vehículos 20%.
(IV) Equipos de cómputo 33%.
En caso de que los porcentajes establecidos como máximos en
este Reglamento sean superiores a los calculados de acuerdo a la
naturaleza de los bienes, a la duración de su vida útil o la técnica
contable, se aplicarán éstos últimos…
Propiedad, Planta y Equipo (c)
Detalle (A14) Debe Haber
Activo de Impuesto Diferido 1,286
Impuesto a la Renta por Pagar 1,286
P/R Impacto en IR GND por Deprec acelerada - DTD
Comentario:
Como la depreciación del mobiliario se la está efectuando de forma acelerada, por ende no
cumple con las condiciones señaladas en la RLRTI, el valor depreciado en exceso y cargado a
resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia
temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se
compensará con el IR del período en el que se habría depreciado el bien
Transacción:
La Compañía ABC ha amortizo un sistema contable adquirido conforme al siguiente detalle:
Activos Intangibles (e)
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias
ACTIVOS
Bancos 150,000 150,000 0
Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000
Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0
Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000
Activo por Impuestos Diferidos 0
Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 510,821
Intangibles (d) 11,250 25,500 -14,250
Intangible
Tributario NIIF´s Diferencia en
Gasto
DepreciacCosto (2009)
Vida
Útil
Amort
2012
Amort
Acum
Costo
Libros
Costo
(2008)
Revaluac (Ene-
2012)
Vida
Útil
Amort
2012
Amort
Acum
Costo
Libros
Sistema Contable
30,000
20
1,500 4,500 25,500 18,000
8
2,250 6,750 11,250 -750
Activos Intangibles (e)
NIC 38 Legislación Tributaria
Activos Intangibles
(Párrafo 97)
(LRTI) Art. 12 “Amortización de Inversiones”
97. El importe amortizable de un activo
intangible con una vida útil finita, se
distribuirá sobre una base sistemática a lo
largo de su vida útil. La amortización
comenzará cuando el activo esté disponible
para su utilización, es decir, cuando se
encuentre en la ubicación y condiciones
necesarias para que pueda operar de la forma
prevista por la gerencia.
Es amortizable el costo de los intangibles que
sean susceptibles de desgaste, para lo cual se
efectuará la amortización dentro de los plazos
previstos en el respectivo contrato o en un
plazo de 20 años
Activos Intangibles (e)
Comentario:
Como la amortización del sistema contable adquirido por la compañía se lo está efectuando de
forma acelerada, por ende no cumple con las condiciones señaladas en la LORTI, el valor
cargado a resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una
diferencia temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el
cual se compensará con el IR del período en el que se habría amortizado el software
Detalle (A15) Debe Haber
Activo de Impuesto Diferido 188
Impuesto a la Renta por Pagar 188
P/R Impacto en IR GND por Amort acelerada - DTD
Transacción:
La Compañía ABC ha contratado a un Actuario a fin de determinar el valor correspondiente a la
provisión por jubilación patronal, y ha establecido un valor de USD $ 20.000 por empleados que laboran
en la Empresa y procedió a contabilizar en el Gasto.
Jubilación Patronal (d)
Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias
PASIVOS
Cuentas por Pagar 992,853 1,110,353 -117,500
Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500 117,500
Impuesto a la Renta por Pagar 0
Provisiones Laborales (e) 20,000 20,000
TOTAL PASIVOS 1,130,353 1,110,353 20,000
Jubilación Patronal (d)
NIC 26 Legislación Tributaria
Planes de prestaciones por retiro (Párrafo
21)
(RLRTI) Art. 25 – numeral 1 - f “Gastos
generales deducibles”
En un plan de prestaciones definidas, es
necesario el asesoramiento periódico de un
profesional actuario para evaluar la situación
financiera del plan, revisar las hipótesis
actuariales y hacer recomendaciones sobre los
niveles que deben alcanzar las aportaciones
futuras.
Las provisiones para atender el pago de
pensiones jubilares patronales, de
conformidad con el estudio actuarial
pertinente, elaborado por personas
debidamente registrados en la
Superintendencia de Compañías o Bancos,
según el caso. Para las provisiones por
pensiones jubilares patronales, se refiere a los
trabajadores que hayan cumplido por lo menos
diez años de trabajo en la misma empresa.
Jubilación Patronal (d)
Comentario:
La normativa tributaria permite la deducibilidad de este tipo de provisiones únicamente por los
empleados que superen los 10 años de trabajo para la misma empresa; por lo tanto, la provisión es un
gasto no deducible, por la cual existiría una diferencia permanente y en consecuencia el registro de un
Gasto de Impuesto a la Renta.
Detalle (A12) Debe Haber
Gasto de Impuesto a la Renta 5,000
Impuesto a la Renta por Pagar 5,000
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  • 2. Contenido: • Resumen Ejecutivo. • Frase Emotiva. • Objetivo. • Alcance. • Antecedentes. • Diferencias entre NIIF Completas vs NIIF Pymes. • Normativas relacionadas con la NIC 12. • Conciliación Tributaria.
  • 3. Resumen Ejecutivo: • Los Impuestos a las Ganancias son un gasto operativo para la mayoría de las empresas y, como tal, han de quedar reflejados en los resultados operativos de la entidad, sin embargo, la contabilización de estos impuestos se complica por el hecho de que en nuestro país la mayoría de ingresos y gastos reconocidos bajo NIIF en nuestros EEFF no corresponden o difieren a los reconocidos fiscalmente en un periodo determinado. • En pocas palabras los cambios en Políticas y Estimaciones Contables provocan desfase en el ámbito contable y fiscal, situación que se concilia mediante un diferimiento de impuestos.
  • 4. ‘‘La cosa más difícil de entender en el mundo, es el impuesto a las ganancias’’. Albert Einstein (1879-1955) Físico Alemán
  • 5. • Analizar las directrices establecidas en la NIC 12 y la Sección 29 sobre el tratamiento contable sobre el impuesto a las Ganancias. Como principal problema tenemos el como tratar las consecuencias actuales y futuras de: a) La recuperación en el futuro del saldo en libros de los Activos y Pasivos que han sido reconocidos en el Estado de Situación Financiera. b) Las transacciones y Otros sucesos del ejercicio corriente que han sido objeto de reconocimiento en los Estados Financieros. Objetivo:
  • 6. • Tras el Reconocimiento por parte de la empresa, de cualquier Activo o Pasivo esta inherente la expectativa de que recuperara el primero o liquidara el segundo por los importes en libros figuran el los respectivos rubros. Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores de los que se tendrían sin tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales la NIC 12 exige que la empresa reconozca un activo o pasivo por el Impuesto diferido. Objetivo:
  • 7. Existen transacciones con efecto tributario diferidos. Ej.: Depreciación acelerada de AF´s Provisiones por deterioro Baja anticipada de C x C incobrables Efecto: IR y Activos/Pasivos diferidos (que se pagarán o recuperarán en el futuro) Objetivo
  • 8. • La NIC 12 debe ser aplicada en la Contabilización del impuesto sobre las ganancias, para los propósitos de la NIC 12 , el termino Impuesto sobre las ganancias hace referencia a todos los impuestos ya sean estos nacionales o extranjeros , que se relacionan con la ganancia sujeta a imposición. • Incluye también otros tributos como las retenciones sobre los dividendos que se pagan por parte de una empresa dependiente, cuando procedan a distribuir ganancias a la empresa que presenta sus Estados Financieros. Alcance:
  • 9. Impuesto a le renta sobre las ganancia incluye: Afecta a todo impuesto que aplique a las ganancias: Impuesto a la renta Otros tributos: Retenciones en la fuente Anticipo mínimo Retenciones sobre dividendos Alcance
  • 10. Antecedentes: • La NIC 12 Impuesto a las Ganancias fue emitida por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) en octubre de 1996. Sustituyó a la NIC 12 Contabilización del Impuesto a las Ganancias (emitida en julio de 1979). En mayo de 1999, el párrafo 88 fue modificado por la NIC 10 Hechos Ocurridos después de la Fecha de Balance y en abril de 2000; se efectuaron más modificaciones como consecuencia de la NIC 40 Propiedades de Inversión.
  • 11. • En octubre de 2000, el IASC aprobó revisiones para especificar el tratamiento contable de las consecuencias de los dividendos sobre el impuesto a las ganancias. En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad decidió que todas las Normas e Interpretaciones emitidas bajo Constituciones anteriores continuaran siendo aplicables a menos y hasta que fueran modificadas o retiradas. Antecedentes:
  • 12. Resultado contable: Utilidad neta o Pérdida neta Ganancia fiscal: Base imponible (Utilidad neta + - partidas conciliatorias) Gasto por impuesto a la renta: Impuesto a la renta corriente + impuesto a la renta diferible Definiciones
  • 13. Impuesto corriente: Valor a pagar o cobrar del ejercicio Pasivo por impuesto diferido: Se genera por diferencias temporales imponibles Activo por impuesto diferido: Se genera por: diferencias temporales deducibles, compensación de pérdidas y compensaciones de créditos no utilizados en ejercicios anteriores Definiciones
  • 14. ¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF completas o NIIF Pymes? • Las realidades de las NIIF completas están preparadas para entornos económicos complejos, por lo cual sus requerimientos resultaban: 1. Excesivamente costosos. 2. Poco familiares para los preparadores de Estados Financieros. NIIF Completas NIIF, NIC, SIC e IFRIC NIIF Pymes 35 Secciones y Glosario de Terminos
  • 15. • Al haber emitido el IASB la NIIF para las PYMES en julio de 2009 (versión en español septiembre de 2009), con Resolución No. SC.INPA.UA.G- 10.005 de 2010.11.05, R.O. No. 335 de 2010.12.07, se estableció la clasificación de compañías en el país, en: Micro, Pequeñas, Medianas y Grandes empresas. • Aplican la NIIF para las PYMES, aquellas compañías que en base a su estado de situación financiera cortado al 31 de diciembre del ejercicio económico anterior, cumplan las siguientes condiciones: ¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF completas o NIIF Pymes?
  • 16. • Activos totales, inferiores a US $ 4,000,000. • Registren un Valor Bruto de Ventas Anuales hasta US $ 5,000,000. • Tengan menos de 200 trabajadores (Personal Ocupado). Promedio anual ponderado. • Si una compañía no cumple con una de las tres condiciones anteriores, aplicará las NIIF completas. ¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF completas o NIIF Pymes?
  • 17. ¿Cómo diferencias si Aplicamos NIIF completas o NIIF Pymes? AREA NIIF PYMES (Sección 29) NIIF Completas (NIC 12) Impuesto a las ganancias. Activos por impuestos diferidos con incertidumbre en su probabilidad se reducen mediante una cuenta valuativa separada. Se requiere ajuste a los activos y pasivos por impuestos si existen incertidumbres importantes sobre la posibilidad de modificaciones por parte de las autoridades tributarias. Activos por impuestos diferidos solo se reconocen si se consideran probables las ganancias fiscales futuras. No existe tal disposición.
  • 18. Normativas Relacionadas con los Impuestos a las Ganancias NIC 12 NIC 12 NIC 39 Provisión de Incobrables. NIC 2 inventarios. NIC 16 Propiedad, Planta y Equipo. NIC 37 Provisión de Activos y Pasivos Contingentes. NIC 18 Ingresos.
  • 19. Conciliación Tributaria • El Impuesto a la Renta(IR) es un gasto devengado mas, que por la general se presenta en el ultimo renglón de los gastos. Así tenemos el Resultado Contable Anual: Resultado Contable Ingresos Contables Gastos Contable
  • 20. • Según la NIC 12, el Resultado Contable(RC) es la ganancia o la perdida neta antes de deducir el gasto por el Impuesto a la Renta. Conciliación Tributaria Base Imponible Ingresos Fiscales Gastos Fiscales
  • 21. • La NIC 12 define a la Base Imponible como la ganancia o perdida de un ejercicio, de acuerdo a las Normas establecida por la Autoridad fiscal en nuestro caso el SRI, sobre los que se calculan los impuestos por pagar o recuperar. • Cuando al momento de registrar operaciones de ingresos y gastos se presentare lo siguiente: Conciliación Tributaria Normativa Contable Normativa Tributaria Normativa Contable Normativa Tributaria BI BI RC RC DIF
  • 22. • Teniendo en consideración las diferencias que pudieran haber entre la Normativa Tributaria vs La Normativa Contable las podemos considerar de la siguiente manera: Conciliación Tributaria PERMANENTES TEMPORALES
  • 23. Diferencias Permanentes: Se generan entre la base contable y la tributaria, que no podrán diferirse en periodos futuros Diferencias Temporales: Se presenta entre la base contable y la base tributaria, las que se liquidarán o deducirán en períodos futuros, existen 2 tipos de diferencias temporarias: Diferencias Temporales Imponibles: Valores que deberán cancelarse con el IR de períodos futuros Diferencias Temporales Deducibles: Se deberán disminuir del IR de períodos futuros
  • 24. • Diferencias Permanentes.- Son aquellas diferencias entre la Base Contable y Tributaria que nunca podrán ser superadas en el tiempo, es decir se refiere a ingresos y gastos que son considerados contablemente pero no de manera tributaria , o viceversa, en otras palabras estas diferencia nunca podrían conciliarse en un futuro. Ejercicios: 1. Suponiendo que existe una operación con tratamiento fiscal y contable diferente, la misma que esta dada por una multa con un monto de $100,00, cuyo monto no es deducible , pero el mismo a su vez tiene consecuencias fiscales; ¿ Cual debe ser el tratamiento contable pertinente? Diferencias Temporales y Permanentes
  • 25. • ¿Por qué el uso de una Tasa del 33,70% para el calculo de impuestos? • Ajustándonos a nuestra realidad tributaria, representa al efecto conjunto de aplicar el 22% y luego aplicar 15% como si lo aplicamos de manera simultanea. Diferencias Temporales y Permanentes
  • 26. • Ejemplo 1: Una transacción relacionada con la compra de una maquina por $200,00 con tratamiento fiscal y contable distinto, su vida útil es de 2 años y por tanto su depreciación seria uniforme de $100,00 por año , pero la Administración Tributaria concedió la libertad de amortización fiscal a la que se acogió depreciando su totalidad. • ¿Cómo se aplicaría la diferencia y cual es el tratamiento contable pertinente? Diferencias Temporales y Permanentes
  • 27. Año 1 Fiscal Contable R1 1.100,00 1.100,00 Depreciacion 200,00 100,00 R antes de Impuesto 900,00 1.000,00 Impuesto (33,70%) 303,30 337,00 R del Ejercicio 663,00 Pasivo por Imputoesto a corto plazo 303,30 Pasivo por Impuesto diferido 33,70 Diferencias Temporales y Permanentes
  • 28. Diferencias temporales: se da cuando BASE CONTABLE: Importe en libros de un activo o pasivo BASE FISCAL: Importe Tributario de un activo o pasivo ≠ Diferencia temporal imponible: Diferencia temporal deducible:
  • 29. Base fiscal: Monto atribuible del activo o pasivo para efectos tributarios Base fiscal (activo): Es el importe que será deducible (fiscalmente) de los beneficios económicos que obtenga la empresas en el futuro. Base Fiscal
  • 30. Ejemplo: Activos fijos por US/.100,000 (registro inicial) Vida útil contable = 10 años Vida útil fiscal = 10 años Saldos luego de 2 años: BASE CONTABLE: 80,000 BASE FISCAL: 80,000= Base Fiscal
  • 31. Ejemplo: Activos fijos por US/.100,000 (registro inicial) Vida útil contable = 10 años Vida útil fiscal = 20 años Saldos luego de 2 años: BASE CONTABLE: 80,000 BASE FISCAL: 90,000≠ Base Fiscal
  • 32. Ejemplo: Inventarios por US/.200,000 Costo = 300,000 Baja por ajuste VNR= (100,000) no deducible Efectos: BASE CONTABLE: 200,000 BASE FISCAL: 300,000≠ Base Fiscal
  • 33. Base fiscal (pasivo): Es igual a su importe en libros menos cualquier importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en ejercicios futuros Base Fiscal
  • 34. Ejemplo: Jubilación patronal US/.100,000 Empleados mayores a 10 años = US/.70,000 Empleados menores a 10 años = US/.30,000 Efectos: BASE CONTABLE 100,000 BASE FISCAL: 70,000≠ Base Fiscal
  • 35. IMPUESTOS CORRIENTES: Se registran por el valor que se espera aplicar o pagar en el ejercicio corriente IMPUESTOS DIFERIDOS: Se registran por el valor que se espera aplicar o pagar en el futuro CAMBIO DE TASAS: Se reconoce en el año que se conoce del cambio en las tasas Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
  • 36. Impuestos corrientes IMPUESTOS CORRIENTES EXCESO PAGADO POR RFIR PERDIDAS TRIBUTARIAS LAS DEL AÑO Y AÑOS ANTERIORES AÑOS ANTERIORES Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
  • 37. Impuestos diferidos NACE: BC BF EXISTE UNA DIFERENCIA TEMPORAL IR FUTURO ≠ Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
  • 38. PPE Revaluada Recuperación futura del importe en libros producirá un flujo de beneficios económicos imponibles para la entidad? Depreciación de monto revaluado es No deducible Diferencia Temporaria Reconocimiento y Medición del Activo y Pasivo Tributario
  • 40. CASO PRÁCTICO Compañía ABC La Compañía Productora “ABC”, fue constituida en el año 2009, cuyo año de transición de las NIIF´s es el 2011 y su año de adopción es el 2012. Durante el 2012, realizó las siguientes transacciones de mayor relevancia:
  • 41. Estado de Situación Financieros NIIF Cuentas Ref. NIIF ACTIVOS Bancos 150,000 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 Crédito Tributario IR 100,000 Inventarios (b) 1,800,000 Activo por Impuestos Diferidos Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 Intangibles (d) 11,250 TOTALACTIVOS 4,480,071 PASIVOS Cuentas por Pagar 992,853 Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500 Impuesto a la Renta por Pagar Provisiones Laborales (e) 20,000 TOTAL PASIVOS 1,130,353 PATRIMONIO Capital 1,300,000 Reserva por Valuación 470,000 Resultados Acumulados 1,579,718 TOTAL PATRIMONIO 3,349,718 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4,480,071
  • 42. Estado de Situación Financieros NEC Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI ACTIVOS Bancos 150,000 150,000 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 Crédito Tributario IR 100,000 100,000 Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 Activo por Impuestos Diferidos Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 Intangibles (d) 11,250 25,500 TOTALACTIVOS 4,480,071 4,000,500 PASIVOS Cuentas por Pagar 992,853 1,110,353 Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500 Impuesto a la Renta por Pagar Provisiones Laborales (e) 20,000 TOTAL PASIVOS 1,130,353 1,110,353 PATRIMONIO Capital 1,300,000 1,300,000 Reserva por Valuación 470,000 Resultados Acumulados 1,579,718 1,590,147 TOTAL PATRIMONIO 3,349,718 2,890,147 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4,480,071 4,000,500
  • 43. Diferencias entre NIIF y NEC Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias ACTIVOS Bancos 150,000 150,000 0 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000 Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0 Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000 Activo por Impuestos Diferidos 0 Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 510,821 Intangibles (d) 11,250 25,500 -14,250 TOTALACTIVOS 4,480,071 4,000,500 479,571 PASIVOS Cuentas por Pagar 992,853 1,110,353 -117,500 Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500 117,500 Impuesto a la Renta por Pagar 0 Provisiones Laborales (e) 20,000 20,000 TOTAL PASIVOS 1,130,353 1,110,353 20,000 PATRIMONIO Capital 1,300,000 1,300,000 0 Reserva por Valuación 470,000 470,000 Resultados Acumulados 1,579,718 1,590,147 -10,429 TOTAL PATRIMONIO 3,349,718 2,890,147 459,571 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4,480,071 4,000,500 479,571
  • 44. Cuentas por Cobrar (a) Transacción: Baja de Cuentas incobrables por $ 9.000,00; mismo que se originó en enero del 2012 Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias ACTIVOS Bancos 150,000 150,000 0 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000
  • 45. NIC 18 Legislación Tributaria Ingresos de Actividades Ordinarias (Párrafos 85 y 86) (LRTI) numeral 11, Art. 10 “Deducciones” Cuando surge alguna incertidumbre sobre el grado de recuperabilidad de un saldo ya incluido entre los ingresos de actividades ordinarias, la cantidad incobrable o la cantidad respecto a la cual el cobro ha dejado de ser probable se procede a reconocerlo como un gasto, en lugar de ajustar el importe del ingreso originalmente reconocido La baja de CxC se realizará con cargo a la provisión de Cuentas Incobrables y en la parte que exceda a los resultados del ejercicio, cuando cumpla con una de las condiciones: - Constar 5 años ó + en contabilidad - Pasar + de 5 años del vencimiento - Haber prescrito la acción de cobro - Quiebra o insolvencia del deudor - Cuando una sociedad está liquidada Cuentas por Cobrar (a)
  • 46. Comentario: Como la baja de la CxC no cumple las condiciones señaladas en la LORTI, el valor cargado a resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se compensará con el IR del período en el que se habría considerado gasto deducible esta baja. Detalle (A17) Debe Haber Activo de Impuesto Diferido 2,250 Impuesto a la Renta por Pagar 2,250 P/R Impacto en IR GND por baja de CxC - DTD Cuentas por Cobrar (a)
  • 47. Inventarios (b) Transacciones: Ajuste de Inventarios por Valor Neto Realizable $ 8.000,00 cuyo inventario, en el siguiente año se dará de baja mediante declaración juramentada ante un notario Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias ACTIVOS Bancos 150,000 150,000 0 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000 Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0 Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000
  • 48. NIC 2 Legislación Tributaria Inventarios (Párrafos 85 y 86) (RLORTI) numeral 8, Art. 25 “Deducciones” 34 .. El importe de cualquier rebaja de valor, hasta alcanzar el valor neto realizable, así como todas las demás pérdidas en los inventarios, serán reconocidas en el periodo en que ocurra la rebaja o la pérdida. El importe de cualquier reversión de la rebaja de valor que resulte de un incremento en el valor neto realizable, se reconocerá como una reducción en el valor de los inventarios, que hayan sido reconocidos como gasto, en el periodo en que la recuperación del valor tenga lugar 8. Pérdidas b) Las pérdidas por las bajas de inventarios se justificarán mediante declaración juramentada realizada ante un notario o juez, por el representante legal, bodeguero y contador, en la que se establecerá la destrucción o donación de los inventarios a una entidad pública o instituciones Inventarios (b)
  • 49. Comentario: Como la baja del Inventario no cumple las condiciones señaladas en la LRTI, el valor cargado a resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se compensará con el IR del período en el que se habría considerado gasto deducible esta baja. Detalle (A18) Debe Haber Activo de Impuesto Diferido 2,000 Impuesto a la Renta por Pagar 2,000 P/R Impacto en IR GND por baja Inv VNR - DTD Inventarios (b)
  • 50. Propiedad, Planta y Equipo (c) Transacción: La Cía “ABC” ha depreciado conforme al siguiente cuadro: Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias ACTIVOS Bancos 150,000 150,000 0 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000 Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0 Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000 Activo por Impuestos Diferidos 0 Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 510,821
  • 51. Propiedad, Planta y Equipo (c) PPE Tributario Costo (2009) Vida Útil Deprec. 2012 Deprec Acum Costo Libros Terrenos 500,000 500,000 Edificios 800,000 20 40,000 120,000 680,000 Vehículos 160,000 5 32,000 96,000 64,000 Mobiliario 120,000 10 12,000 36,000 84,000 Total 1,580 84,000 252,000 1,328 NIIF´s Dif. en Gasto Dep.Costo (2009) Revaluac (Ene- 2012) Vida Útil Deprec. 2012 Deprec Acum Costo Libros 900,000 900,000 0 790,000 40 19,750 19,750 770,250 20,250 160,000 8 20,000 60,000 100,000 12,000 120,000 7 17,143 51,429 68,571 -5,143 280,000 1,690,000 56,893 131,179 1,838,821 27,107
  • 52. Propiedad, Planta y Equipo (c) NIC 16 Legislación Tributaria Propiedad, Planta y Equipo (Párrafos 57) (RLRTI) literal f , numeral 6, Art. 28 “Deducciones generales” La vida útil de un activo se definirá en términos de la utilidad que se espere que aporte a la entidad. La estimación de la vida útil de un activo, es una cuestión de criterio, basado en la experiencia que la entidad tenga con activos similares 6. Depreciaciones de activos fijos. a)Para que el gasto de deprecia no podrá superar los siguientes porcentajes anuales: (I) Inmuebles 5%. (II)Maquinarias, equipos y muebles 10%. (III) Vehículos 20%. (IV) Equipos de cómputo 33%. En caso de que los porcentajes establecidos como máximos en este Reglamento sean superiores a los calculados de acuerdo a la naturaleza de los bienes, a la duración de su vida útil o la técnica contable, se aplicarán éstos últimos…
  • 53. Propiedad, Planta y Equipo (c) Detalle (A14) Debe Haber Activo de Impuesto Diferido 1,286 Impuesto a la Renta por Pagar 1,286 P/R Impacto en IR GND por Deprec acelerada - DTD Comentario: Como la depreciación del mobiliario se la está efectuando de forma acelerada, por ende no cumple con las condiciones señaladas en la RLRTI, el valor depreciado en exceso y cargado a resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se compensará con el IR del período en el que se habría depreciado el bien
  • 54. Transacción: La Compañía ABC ha amortizo un sistema contable adquirido conforme al siguiente detalle: Activos Intangibles (e) Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias ACTIVOS Bancos 150,000 150,000 0 Cuentas por Cobrar (a) 580,000 589,000 -9,000 Crédito Tributario IR 100,000 100,000 0 Inventarios (b) 1,800,000 1,808,000 -8,000 Activo por Impuestos Diferidos 0 Propiedad, Planta y Equipo (c) 1,838,821 1,328,000 510,821 Intangibles (d) 11,250 25,500 -14,250 Intangible Tributario NIIF´s Diferencia en Gasto DepreciacCosto (2009) Vida Útil Amort 2012 Amort Acum Costo Libros Costo (2008) Revaluac (Ene- 2012) Vida Útil Amort 2012 Amort Acum Costo Libros Sistema Contable 30,000 20 1,500 4,500 25,500 18,000 8 2,250 6,750 11,250 -750
  • 55. Activos Intangibles (e) NIC 38 Legislación Tributaria Activos Intangibles (Párrafo 97) (LRTI) Art. 12 “Amortización de Inversiones” 97. El importe amortizable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil. La amortización comenzará cuando el activo esté disponible para su utilización, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia. Es amortizable el costo de los intangibles que sean susceptibles de desgaste, para lo cual se efectuará la amortización dentro de los plazos previstos en el respectivo contrato o en un plazo de 20 años
  • 56. Activos Intangibles (e) Comentario: Como la amortización del sistema contable adquirido por la compañía se lo está efectuando de forma acelerada, por ende no cumple con las condiciones señaladas en la LORTI, el valor cargado a resultados será considerado gasto no deducible; situación que generará una diferencia temporaria deducible, debiendo registrarse un Activo de Impuesto Diferido, el cual se compensará con el IR del período en el que se habría amortizado el software Detalle (A15) Debe Haber Activo de Impuesto Diferido 188 Impuesto a la Renta por Pagar 188 P/R Impacto en IR GND por Amort acelerada - DTD
  • 57. Transacción: La Compañía ABC ha contratado a un Actuario a fin de determinar el valor correspondiente a la provisión por jubilación patronal, y ha establecido un valor de USD $ 20.000 por empleados que laboran en la Empresa y procedió a contabilizar en el Gasto. Jubilación Patronal (d) Cuentas Ref. NIIF NEC / SRI Diferencias PASIVOS Cuentas por Pagar 992,853 1,110,353 -117,500 Pasivo por Impuestos Diferidos 117,500 117,500 Impuesto a la Renta por Pagar 0 Provisiones Laborales (e) 20,000 20,000 TOTAL PASIVOS 1,130,353 1,110,353 20,000
  • 58. Jubilación Patronal (d) NIC 26 Legislación Tributaria Planes de prestaciones por retiro (Párrafo 21) (RLRTI) Art. 25 – numeral 1 - f “Gastos generales deducibles” En un plan de prestaciones definidas, es necesario el asesoramiento periódico de un profesional actuario para evaluar la situación financiera del plan, revisar las hipótesis actuariales y hacer recomendaciones sobre los niveles que deben alcanzar las aportaciones futuras. Las provisiones para atender el pago de pensiones jubilares patronales, de conformidad con el estudio actuarial pertinente, elaborado por personas debidamente registrados en la Superintendencia de Compañías o Bancos, según el caso. Para las provisiones por pensiones jubilares patronales, se refiere a los trabajadores que hayan cumplido por lo menos diez años de trabajo en la misma empresa.
  • 59. Jubilación Patronal (d) Comentario: La normativa tributaria permite la deducibilidad de este tipo de provisiones únicamente por los empleados que superen los 10 años de trabajo para la misma empresa; por lo tanto, la provisión es un gasto no deducible, por la cual existiría una diferencia permanente y en consecuencia el registro de un Gasto de Impuesto a la Renta. Detalle (A12) Debe Haber Gasto de Impuesto a la Renta 5,000 Impuesto a la Renta por Pagar 5,000 P/R Impacto en IR GND por Jubilación Patronal - DP