Protección de los derechos intelectuales indígenas en colombia : desafíos y posibilidades / Edith Bastidas Asesora de la Organización Indígena de Colombia ONIC
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Protección de los derechos intelectuales indígenas en colombia : desafíos y posibilidades / Edith Bastidas Asesora de la Organización Indígena de Colombia ONIC
1. PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS
INTELECTUALES
INDÍGENAS EN
COLOMBIA
DESAFÍOS Y
POSIBILIDADES
2. GENERALIDADES
85 PUEBLOS INDÍGENAS
64 IDIOMAS DIFERENTES CON SUS
RESPECTIVOS DIALECTOS
LOS PUEBLOS MÁS NUMEROSOS
SON EN SU ORDEN EL WAYÚU,
NASA, PASTO.
4. En materia de los derechos
intelectuales
Constitución Política de Colombia
Artículo 7 y 8: protección de la
diversidad étnica y cultural
Artículo 10: oficialidad de los
idiomas y dialectos indígenas en sus
territorios.
Artículo 70: la cultura es fundamento
de la nacionalidad
5. Convenio 169 de la OIT
Artículo 4.1: Medidas para proteger
la cultura
Artículo 6: Consulta previa
Artículo 23.1: Reconocimiento de
algunas expresiones importantes de
la cultura
6. Ley General de Cultura (397 de
1997)
Artículo 13 (Derechos de los grupos
étnicos)
El Estado garantizará los derechos de
autoría colectiva de los grupos
étnicos
7. Ley 23 de 1982
Artículo 189. El arte indígena, en toda
sus manifestaciones, inclusive,
danzas, canto, artesanías, dibujos y
esculturas, pertenece al patrimonio
cultural
8. Posibilidades tradicionales de
protección
Derechos de autor
Derechos conexos
Disposiciones tipo de la OMPI/
UNESCO
Sistema sui géneris
9. Problemas de los posibles
mecanismos protectores
Enfocados a la compensación
puramente económica
Limitaciones en el tiempo
Limitaciones en el objeto de la
protección
Limitaciones en el sujeto de la
protección
Más que a la protección, se enfocan
a la posibilidad de “explotación lícita”
10. Problemas de los posibles
mecanismos protectores
Referencia a la pertenencia al
patrimonio público, lo cual de alguna
manera significa quitar la titularidad
a sus verdaderos dueños.
Procedimientos no adecuados
11. EXPERIENCIAS
Consideramos que el caso de la ley
20 de Panamá es un importante
avance en la protección de los
derechos intelectuales colectivos de
los pueblos indígenas.
Sin embargo, encontramos algunos
puntos a resolver: qué pasa con los
temas que no estén enunciados en la
ley. Qué pasa con las comunidades
que viven en otros países (tule,
embera)
12. Propuesta
Utilidad de la consulta previa
Este importante mecanismo para
hacer efectivo el cumplimiento de los
demás derechos de los pueblos
indígenas, constituye la posibilidad
más destacada de protección de los
derechos intelectuales colectivos de
los pueblos indígenas, pues permitirá
evaluar cómo proceder en cada caso.
13. Propuestas
CONSULTA PREVIA: Sin embargo
también se presentan problemas
como la falta de acción de las
entidades gubernamentales de
proteger la efectividad de este
derecho.
SISTEMAS DE CONTROL INTERNO