2. El Estado es la organización
jurídica y política de una nación
en un territorio definido
Es la estructura de poder que
se asienta sobre un
determinado territorio y
población. Su objetivo
principal es el bien común,
que consiste en crear las
condiciones de crecimiento e
igualdad de oportunidades para
que todas las personas que
integran la nación alcancen el
mejor nivel de bienestar posible.
3. 1.- Elemento humano (Nación): “Corresponde al
conjunto de personas unidos por vínculos comunes de
raza, idioma, costumbres, etc.”
Es posible establecer un vínculo entre persona y estado
a través de la Nacionalidad.
4. 2.- Elemento Espacial: “se refiere al
territorio geográfico que ocupa el
grupo humano y en el cual el estado
ejerce plena jurisdicción.
Espacio terrestre (Suelo y subsuelo
terrestre)
Espacio marítimo (mar territorial, la
zona económica exclusiva y la zona
contigua)
5. Espacio jurídico: “son los lugares establecidos
como parte de un Estado por tratados
internacionales, como naves y aeronaves
comerciales en alta mar, embajadas y legaciones”
6. 3.- Elemento poder:
Lo constituye el gobierno que es el encargado de
ejercer poder.
Son las autoridades estatales las que tienen a su
cargo el funcionamiento del país.
4.- Elemento Jurídico
Corresponde a la soberanía que ejerce el estado y
que le permite tener su organización jurídica
externa e interna que estime más conveniente a
sus fines.
7.
8. ESTADO SIMPLE O UNITARIO
Es aquél que posee solo un centro de poder, ejercido a través de
órganos encargados de diferentes funciones, con sede en la
capital del Estado.
Las personas obedecen a una sola Constitución y la organización
política abarca a todo el territorio nacional. La administración
puede ejercerse de manera centralizada o descentralizada
administrativamente
ESTADO FEDERAL
Se produce una unión de Estados vinculados por un gobierno
central.
Principios:
Principio de autonomía, en que cada Estado tiene un poder
judicial independiente, subordinado a la Corte Suprema.
Principio de la participación, donde cada uno de los Estados
Federales tiene presencia en la legislación y en el Congreso
Federal.
9. Los Estados unitarios tiene un único centro de poder,
aunque es frecuente que haya cierta descentralización
administrativa, al menos en el nivel municipal.
Es el caso de Francia y Gran Bretaña. Sanguin (1981)
distingue entre:
Estados unitarios altamente centralizados (Estados totalitarios)
Centralizados (Francia, Suecia, etc.)
Ajustados o con cierta descentralización administrativa (Gran
Bretaña).
ESTADOS UNITARIOS
10. ESTADOS FEDERALES
El Estado federal es un modelo quizá más acorde
con las necesidades descentralizadoras de algunos
países. Proteger la unidad nacional por encima de
particularidades étnicas, lingüísticas e históricas es
el objetivo que se han marcado muchos
federalismos.
Este modelo, nacido de la Constitución
norteamericana de 1787, plantea la superposición
de dos estructuras:
La Federación (sujeto soberano y garantía de
unidad nacional) y los Estados miembros.
A dicho modelo se adaptan EE.UU., Canadá,
Alemania, Argentina, Australia y Suiza (a pesar de
su denominación: Confederación Helvética).
12. 1.- ¿por que el estado chileno tiene un carácter
instrumental, nombre 3 instituciones del estado que
busquen el desarrollo integral de los habitantes del
estado?
2.- ¿ que es el bien común ?
3.-¿ que instituciones aseguran la seguridad nacional,
son importantes ?
Desarrollar pregunta 1 de la pagina 18.
13. El término nación deriva del latín natio, que significa
pueblo, raza o clase. En su sentido más amplio, la
nación puede definirse como un grupo humano
vinculado estrechamente entre sí por lazos de sangre,
origen, raza y, también, por aquellos vínculos
espirituales como la religión, la lengua, la historia.
14. 1.- Estado Totalitario
Los gobernados sólo pueden tener acceso a la
participación política a través de un partido único,
por una ideología totalizante, que controla y regula
toda la vida de las personas
Se caracteriza por:
Existencia de un partido único
Propaganda a través de los medios de
comunicación de masas
Coacción del aparato estatal sobre la
sociedad: a través de una policía secreta.
15. El origen de la palabra democracia proviene del griego
demos, que significa pueblo, y kratos, que quiere decir
gobierno, autoridad. Es decir, la autoridad o poder del
pueblo.
Surgió en los pequeños estados o ciudades griegas siglos
antes de la era cristiana, cuando la asamblea de los
ciudadanos tomaba acuerdos obligatorios que afectaban a
toda la comunidad.
La democracia es, por tanto, un sistema de
organización política en la que cada uno de los
miembros de la comunidad tiene reconocido el
derecho a participar en la dirección y gestión de los
asuntos públicos.
16. Dignidad de la persona humana.
Libertades consubstanciales a la persona que el
permite optar o elegir.
Igualdad: todas las personas nacen iguales en
dignidad y derechos
17. Democracia
Directa
Donde el pueblo
ejerce por sí mismo la
soberanía (Ejemplo
Atenas)
Democracia
Representativa
En esta forma de
gobierno, el
pueblo delega la
soberanía en
autoridades
elegidas en forma
periódica y que
son políticamente
responsables.
Régimen Parlamentario
Estrecha colaboración en las
funciones que cumplen el
poder Legislativo y el poder
Ejecutivo y en que, además, el
Jefe de Gobierno o Primer
Ministro requiere de la
confianza para poder ejercer
su cargo
Régimen Presidencial
Implica que el Poder Ejecutivo y el
Parlamento están separados y en que
los miembros del gabinete, los
ministros, son responsables sólo ante
el Jefe de Estado o Presidente.
18. El ESTADO
UNITARIO FEDERAL FIN
SOCIAL
Pueblo
Territorio
Gobierno
RÉGIMEN POLÍTICO
Regimenes
AUTORITARIOS
Regímenes
DEMOCRÁTICOS
Está conformado porExisten distintos tipos. Ellos son:
En ellos el poder es organizado por el
Dentro de él podemos distinguir
19.
20. En el capítulo I, artículos Nº30 y Nº34 de la
Constitución política, se establece que:
Chile es un Estado Unitario.
Chile se organiza como una República
Democrática
Tiene un sistema presidencialista
Se distinguen tres poderes del Estado:
1. Poder Ejecutivo
2. Poder Legislativo.
3. Poder Judicial
21. Según la Constitución de 1980,
“el Gobierno y la administración del Estado
corresponden al Presidente de la República,
quien es el Jefe del Estado”.
Por ello, la autoridad del Presidente de la
República “se extiende a todo cuanto tiene
por objeto la conservación del orden público
en el interior y la seguridad externa de la
República”, con la colaboración de los
órganos que establezcan la Constitución y
las leyes, a las que, además, debe someter
sus actuaciones.
22. Atribuciones relacionadas con la función
legislativa:
Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a
la Constitución, sancionarlas y promulgarlas.
Convocar al Congreso Nacional a legislatura
extraordinaria y clausurarla.
Dictar, previa delegación de facultades del
Congreso Nacional, decretos con fuerza de ley
sobre materias que las materias que señala la
Constitución.
23. Declarar los estados de excepción constitucional, en
los casos y formas señalados en la Constitución.
Convocar a la ciudadanía a plebiscito durante el
procedimiento de reforma de la Constitución Política.
Designar a los integrantes del Senado de la República,
en conformidad al Art. 45 de la Constitución Política:
un ex rector de una universidad estatal o reconocida
por el Estado, que haya desempeñado el cargo por un
período no inferior a dos años continuos, y un ex
ministro de Estado, que haya ejercido el cargo por más
de dos años continuos, en períodos presidenciales
anteriores a aquel en que se realiza el nombramiento.
24. Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas
materias que no sean propias del dominio legal, sin
perjuicio de la facultad de dictar los demás reglamentos,
decretos e instrucciones que crea convenientes para la
ejecución de las leyes.
Nombrar y remover a su voluntad a los Ministros de Estado,
Subsecretarios, Intendentes y Gobernadores.
Designar a los embajadores, ministros diplomáticos y a los
representantes ante organismos internacionales.
Nombrar y remover a los funcionarios que la ley denomina
como de su exclusiva confianza y proveer los demás
empleos civiles en conformidad a la ley.
Nombrar al Contralor General de la República, con acuerdo
del Senado.
Conceder jubilaciones, retiros, montepíos y pensiones de
gracia, con arreglo a las leyes.
25. Designar y remover a los Comandantes en Jefe del
Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y al General
Director de Carabineros.
Estos cargos deben ser designados por el Presidente
de la República de entre los cinco oficiales generales
de mayor antigüedad, que reúnan las calidades
exigidas por los estatutos de cada institución.
Disponer de las fuerzas de aire, mar y tierra,
organizarlas y distribuirlas de acuerdo con las
necesidades de la seguridad nacional.
Declarar la guerra, previa autorización por ley,
debiendo dejar constancia de haber oído al Consejo de
Seguridad Nacional.
Asumir, en caso de guerra, la jefatura suprema de las
Fuerzas Armadas.
26. Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las
Cortes de Apelaciones y a los jueces letrados, a
proposición de la Corte Suprema y de las Cortes de
Apelaciones.
Velar por la conducta ministerial de los jueces y demás
empleados del Poder Judicial y requerir.
Otorgar indultos particulares en los casos y formas
que determine la ley, siendo éste, improcedente
mientras no se haya dictado sentencia ejecutoriada en
el respectivo proceso.
27. Cuidar de la recaudación de las rentas públicas y
decretar su inversión con arreglo a la ley.
El Presidente de la República, con la firma de todos
los Ministros de Estado, podrá decretar pagos no
autorizados por ley, para atender necesidades
impostergables derivadas de calamidades públicas, de
agresión exterior, de conmoción interna, de grave
daño o peligro para la seguridad nacional o del
agotamiento de los recursos destinados a mantener
servicios que no pueden paralizarse sin serio perjuicio
para el país.
28. Conducir las relaciones políticas con las potencias
extranjeras y organismos internacionales, y llevar a
cabo las negociaciones.
Concluir, firmar y ratificar los tratados que estime
convenientes para los intereses del país, los que
previamente deben ser sometidos a la aprobación
del Congreso Nacional
29. El Congreso Nacional de Chile conforma el
Poder Legislativo en Chile y está compuesto
por una Cámara de Diputados y un Senado .
En la actualidad, el Congreso Nacional se
rige por la Constitución Política de 1980 y la
Ley orgánica constitucional N°18.918.
Esta Institución se localiza a diferencia de
los otros poderes del Estado, en la ciudad de
Valparaíso, V Región de nuestro país.
30. El Senado se compone de 38
Senadores elegidos en votación
directa por 19 circunscripciones
senatoriales. Además, está integrado
por 9 Senadores institucionales.
Son Senadores por derecho propio
los ex Presidentes de la República
que hayan desempeñado el cargo por
seis años.
Tanto los Senadores elegidos como
los institucionales duran 8 años en
sus funciones.
Los ex Presidentes de la República
son Senadores vitalicios.
31. La principal función del Senado es la de concurrir, en unión
con la Cámara de Diputados, a la formación de las leyes y a la
aprobación de los tratados internacionales.
Conocer de las acusaciones constitucionales que entable
la Cámara de Diputados.
Conocer de las contiendas de competencia que se
susciten entre las autoridades políticas o
administrativas y los tribunales superiores de justicia.
Prestar o negar su consentimiento a los actos del
Presidente de la República, en los casos en que la
Constitución o la ley lo requieran.
Declarar, oyendo al Tribunal Constitucional, la
inhabilidad del Presidente de la República y
pronunciarse sobre la dimisión que el Presidente de la
República haga de su cargo.
32. República y pronunciarse sobre la dimisión que el
Presidente de la República haga de su cargo.
Aprobar la declaración del Tribunal
Constitucional sobre responsabilidad del
Presidente de la República en hechos que han
motivado la inconstitucionalidad de un partido u
organización que no ha respetado los principios
básicos del régimen democrático y constitucional.
Dar su dictamen al Presidente de la República en
los casos que éste lo solicite.
Aprobar los nombramientos que el Presidente de
la República proponga, en los casos que la
Constitución y las leyes establezcan.
33. Integración: La Cámara de Diputados está integrada
por 120 miembros elegidos en votación directa por
los distritos electorales que establece la ley orgánica
constitucional respectiva. Duran en sus cargos
cuatro años, pudiendo ser reelegidos.
Requisitos: -Ser ciudadano con derecho a sufragio.
-Tener 21 años de edad.
-Haber cursado la Educación Media completa.
-Residir en la región a que pertenece el distrito al
menos por dos años.
La Cámara de Diputados tiene como objetivo
legislar en conjunto con el Senado y el Presidente de
la República.
34. 1) Fiscalizar los actos del Gobierno, por medio de
acuerdos u observaciones que en ningún caso afectan
la responsabilidad política de los Ministros de Estado.
2) Ejercer control sobre autoridades públicas. La
Cámara está facultada para acusar políticamente al
Presidente de la República con el voto de la mayoría
de los Diputados en ejercicio y sólo con la mayoría de
los Diputados presentes a los Ministros de Estado, a
los Ministros de tribunales superiores de justicia, a los
Generales y Almirantes y a los Intendentes y
Gobernadores.
35. Este Poder del Estado tiene como misión esencial
administrar Justicia.
La Corte Suprema de Justicia es el más alto Tribunal
existente en el país.
Es un órgano colegiado integrado por 21 ministros.
Su jurisdicción abarca todo el territorio nacional.
Le corresponde la superintendencia directiva,
correccional y económica de todos los tribunales de la
nación, salvo el Tribunal Constitucional, el Tribunal
Calificador de Elecciones, los Tribunales Electorales
Regionales y los Tribunales Militares.
36. En la Constitución de 1980 se establece que el Poder
Judicial tiene "la facultad de conocer de las causas
civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo
juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales
establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República
ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer
funciones judiciales, avocarse a causas pendientes,
revisar los fundamentos o contenido de sus
resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos". (
art.73.cap.VI )
37. El Ministerio Público, organismo creado a
partir de una Ley orgánica Constitucional,
tendrá la misión en el siglo XXI, de
reformar el sistema de Justicia Procesal
Penal.
Esta institución, autónoma y jerarquizada
será presidida por un Fiscal Nacional e
integrada por 16 fiscales regionales y 625
adjuntos, con 378 jueces en lo penal y 404
de garantía, que asumirán un papel
imparcial en la resolución de los conflictos.