1. ELEL DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL
(Y COMUNITARIO)(Y COMUNITARIO)
COMOCOMO MARCO DE LAS RELACIONES DE COOPERACIÓNMARCO DE LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN ENTREENTRE
BLOQUESBLOQUES
ECONÓMICOS,ECONÓMICOS,
ESTADOS YESTADOS Y
REGIONESREGIONES
CECODETCECODET
Master en Desarrollo local, Excelencia territorial yMaster en Desarrollo local, Excelencia territorial y
Bienestar socialBienestar social
Bienio 2008-2010Bienio 2008-2010
2. Universidad de
Oviedo
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1ª Parte1ª Parte
EL ORDENAMIENTOEL ORDENAMIENTO
JURÍDICOJURÍDICO
INTERNACIONALINTERNACIONAL
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1. El derecho internacional1. El derecho internacional
público.público.
A) Perspectiva socio-histórica:A) Perspectiva socio-histórica:
relaciones relevantes de larelaciones relevantes de la
actual comunidad internacionalactual comunidad internacional
B) Perspectiva jurídico formalB) Perspectiva jurídico formal
(caracteres)(caracteres)
AutonomíaAutonomía
PrimacíaPrimacía
GeneralidadGeneralidad
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2. La comunidad internacional: de la2. La comunidad internacional: de la
sociedad de Estados soberanos de lasociedad de Estados soberanos de la
Modernidad a la era de la globalizaciónModernidad a la era de la globalización
A) La evolución de la comunidadA) La evolución de la comunidad
internacionalinternacional
La sociedad internacional de EstadosLa sociedad internacional de Estados
soberanossoberanos
De la cooperación pacífica a la protecciónDe la cooperación pacífica a la protección
de intereses generalesde intereses generales
B) La comunidad internacional en laB) La comunidad internacional en la
era de la globalizaciónera de la globalización
Incidencias de la globalizaciónIncidencias de la globalización
Retos actuales para el DerechoRetos actuales para el Derecho
internacionalinternacional
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3. El ordenamiento internacional:3. El ordenamiento internacional:
principios, normas y estructurasprincipios, normas y estructuras
normativasnormativas
A) Los principios del ordenamientoA) Los principios del ordenamiento
internacionalinternacional
Aspectos generalesAspectos generales
Los principios estructurales *Los principios estructurales *
Los principios generales del DerechoLos principios generales del Derecho
B) Las normas del ordenamientoB) Las normas del ordenamiento
internacionalinternacional
Criterios de clasificación *Criterios de clasificación *
Las obligaciones impuestas por las normasLas obligaciones impuestas por las normas
C) Las estructuras normativas delC) Las estructuras normativas del
ordenamiento internacionalordenamiento internacional
Las tres estructuras normativasLas tres estructuras normativas
La interacción entre estructurasLa interacción entre estructuras
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3.A) b) RESOLUCIÓN 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de3.A) b) RESOLUCIÓN 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de
24 de octubre de 1970, que contiene la DECLARACIÓN RELATIVA A LOS24 de octubre de 1970, que contiene la DECLARACIÓN RELATIVA A LOS
PRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL REFERENTES A LAS RELACIONESPRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL REFERENTES A LAS RELACIONES
DE AMISTAD Y A LA COOPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS DE CONFORMIDADDE AMISTAD Y A LA COOPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS DE CONFORMIDAD
CON LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDASCON LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS
ANEXOANEXO
Declaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre losDeclaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los
Estados de conformidad con la Carta de las Naciones UnidasEstados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas
La Asamblea General,La Asamblea General,
……
Habiendo considerado los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entreHabiendo considerado los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre
los Estados,…los Estados,…
1. Solemnemente proclama los siguientes principios:1. Solemnemente proclama los siguientes principios:
El principio de que los Estados, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al usoEl principio de que los Estados, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso
de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquie otra formade la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquie otra forma
incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas,…incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas,…
El principio de que los Estados arreglarán sus controversias internacionales por me.dios pacíficos de tal maneraEl principio de que los Estados arreglarán sus controversias internacionales por me.dios pacíficos de tal manera
que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia,…que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia,…
La obligación de no intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados, de conformidadLa obligación de no intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados, de conformidad
con la Carta,…con la Carta,…
La obligación de los Estados de cooperar entre sí, de conformidad con la Carta,…La obligación de los Estados de cooperar entre sí, de conformidad con la Carta,…
El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos,…El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos,…
El principio de la igualdad soberana de los Estados,…El principio de la igualdad soberana de los Estados,…
El principio de que los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con laEl principio de que los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con la
Carta;…Carta;…
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3.B).a). Clasificación de las normas3.B).a). Clasificación de las normas
jurídicas internacionalesjurídicas internacionales
Criterio extrínseco (modo de manifestación):Criterio extrínseco (modo de manifestación):
Escritas:Escritas:
TratadosTratados
Actos de Organizaciones internacionalesActos de Organizaciones internacionales
No escritas: costumbreNo escritas: costumbre
Criterios intrínsecos (contenido):Criterios intrínsecos (contenido):
Grado de generalidad (destinatarios):Grado de generalidad (destinatarios):
Generales o universalesGenerales o universales
particularesparticulares
Grado de obligatoriedad :Grado de obligatoriedad :
DispositivasDispositivas
Imperativas (Jus cogens)Imperativas (Jus cogens)
Intereses tutelados:Intereses tutelados:
GeneralesGenerales
situacionalessituacionales
Modo de ejercicio de la tutela jurídica:Modo de ejercicio de la tutela jurídica:
De Estado a Estado (Autotutela)De Estado a Estado (Autotutela)
Tutela centralidadTutela centralidad
Tutela colectivaTutela colectiva
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4. Los sujetos del4. Los sujetos del
ordenamiento internacionalordenamiento internacional
A) Estados y organizacionesA) Estados y organizaciones
internacionales (OIs)internacionales (OIs)
Preeminencia de los EstadosPreeminencia de los Estados
Creciente Importancia de las OIsCreciente Importancia de las OIs
B) Los pueblos como sujetosB) Los pueblos como sujetos
Los pueblos bajo dominación colonialLos pueblos bajo dominación colonial
Los pueblos que forman parte de un EstadoLos pueblos que forman parte de un Estado
Los pueblos indígenasLos pueblos indígenas
C) La subjetividad de los individuosC) La subjetividad de los individuos
D) La subjetividad de otros entesD) La subjetividad de otros entes
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5. Definición de Derecho5. Definición de Derecho
internacional público (DIP)internacional público (DIP)
““el ordenamiento jurídico queel ordenamiento jurídico que
regula la coexistencia de losregula la coexistencia de los
Estados así como su mutuaEstados así como su mutua
cooperación y protege ciertoscooperación y protege ciertos
intereses de la comunidadintereses de la comunidad
internacional en su conjuntointernacional en su conjunto””
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2ª Parte2ª Parte
LA ORGANIZACIÓN DE LASLA ORGANIZACIÓN DE LAS
NACIONES UNIDASNACIONES UNIDAS
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1. La génesis de las1. La génesis de las
Naciones UnidasNaciones Unidas
A) Antecedentes: la Sociedad deA) Antecedentes: la Sociedad de
NacionesNaciones
B) Los trabajos preparatorios:B) Los trabajos preparatorios:
Dumbarton Oaks y la Conferencia deDumbarton Oaks y la Conferencia de
Yalta.Yalta.
C) La Conferencia de San FranciscoC) La Conferencia de San Francisco
de 1945.de 1945.
D) La Carta de las Naciones Unidas:D) La Carta de las Naciones Unidas:
propósitos y principios (arts. 1 y 2).propósitos y principios (arts. 1 y 2).
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2. La condición de miembro2. La condición de miembro
de las Naciones Unidasde las Naciones Unidas
A) El ingreso en la ONU:A) El ingreso en la ONU:
a) Las disposiciones de la Carta (art. 4).a) Las disposiciones de la Carta (art. 4).
b) El “bloqueo” en la admisión de nuevos miembros durante la “Guerrab) El “bloqueo” en la admisión de nuevos miembros durante la “Guerra
fría”.fría”.
C) La interpretación de la CIJC) La interpretación de la CIJ
– CIJ. Asunto relativo a las condiciones de admisión de un Estado como miembroCIJ. Asunto relativo a las condiciones de admisión de un Estado como miembro
de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 28 de mayo de 1948de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 28 de mayo de 1948
– CIJ. Asunto relativo a la competencia de la Asamblea General para admitir unCIJ. Asunto relativo a la competencia de la Asamblea General para admitir un
Estado como miembro de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 3 de marzoEstado como miembro de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 3 de marzo
de 1950de 1950
B) La suspensión y la expulsión: las disposiciones de la Carta (arts. 5B) La suspensión y la expulsión: las disposiciones de la Carta (arts. 5
y 6).y 6).
C) La sucesión en la condición de miembro:C) La sucesión en la condición de miembro:
a) Ausencia de previsiones en la Carta: supuestos sucesorios.a) Ausencia de previsiones en la Carta: supuestos sucesorios.
b) CIJ. Asunto de la demanda de revisión de la Sentencia de 11 de julio deb) CIJ. Asunto de la demanda de revisión de la Sentencia de 11 de julio de
1996 en el caso relativo a la1996 en el caso relativo a la Aplicación del Convenio para la prevención yAplicación del Convenio para la prevención y
sanción del crimen de genocidio (Bosnia-Herzegovina c. Yugoslavia),sanción del crimen de genocidio (Bosnia-Herzegovina c. Yugoslavia),
Excepciones preliminaresExcepciones preliminares (Yugoslavia c. Bosnia-Herzegovina). Sentencia(Yugoslavia c. Bosnia-Herzegovina). Sentencia
de 3 de febrero de 2003de 3 de febrero de 2003
D) Otros supuestos: El caso de la OLP y la Autoridad Palestina.D) Otros supuestos: El caso de la OLP y la Autoridad Palestina.
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3. Estructura institucional:3. Estructura institucional:
los órganoslos órganos
A) Órganos principales y subsidiariosA) Órganos principales y subsidiarios
B) Estructura orgánica* y organigrama deB) Estructura orgánica* y organigrama de
la Organización*la Organización*
C) Consideración específica de los órganosC) Consideración específica de los órganos
principalesprincipales
a) Asamblea Generala) Asamblea General
b) Consejo de Seguridadb) Consejo de Seguridad
c) ECOSOCc) ECOSOC
d) Consejo de Administración Fiduciariad) Consejo de Administración Fiduciaria
e) Secretaríae) Secretaría
f) Corte Internacional de Justiciaf) Corte Internacional de Justicia
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ESTRUCTURA ORGÁNICAESTRUCTURA ORGÁNICA
DE LAS NACIONES UNIDASDE LAS NACIONES UNIDAS
AG
CS
CAF
SECRETARIA CIJ
ECOSOC
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ORGANIGRAMA (2008) Fuente: Naciones Unida
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4. Las competencias y los4. Las competencias y los
medios de la Organizaciónmedios de la Organización
A) Las competenciasA) Las competencias
B) Medios jurídicos: Los actos de laB) Medios jurídicos: Los actos de la
organizaciónorganización
Las Resoluciones*Las Resoluciones*
Los TratadosLos Tratados
C) Medios personales: losC) Medios personales: los
funcionariosfuncionarios
D) Medios financieros: lasD) Medios financieros: las
contribuciones de los Estadoscontribuciones de los Estados
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La identificación de lasLa identificación de las ResolucionesResoluciones de losde los
órganos de las Naciones Unidas (AG y CS)órganos de las Naciones Unidas (AG y CS)
Asamblea General:Asamblea General:
Desde 1946 hasta 1975:Desde 1946 hasta 1975: Número de resolución -numeraciónNúmero de resolución -numeración
ininterrumpida desde 1946-, (número –en romanos- del periodo de sesionesininterrumpida desde 1946-, (número –en romanos- del periodo de sesiones
de adopción, a contar desde 1946), fecha de adopción y asunto.de adopción, a contar desde 1946), fecha de adopción y asunto.
P.e. Resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970, Declaración sobre losP.e. Resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970, Declaración sobre los
principios de Derecho internacional…principios de Derecho internacional…
Desde 1975 hasta la actualidad:Desde 1975 hasta la actualidad: Inicial del órgano –Inicial del órgano –A/A/- el término- el término
RES/,RES/, el número del periodo de sesiones -desde 1946-el número del periodo de sesiones -desde 1946-//el número deel número de
resolución referido al periodo de sesiones de adopción- y asunto (fecha deresolución referido al periodo de sesiones de adopción- y asunto (fecha de
adopción, opcional).adopción, opcional).
P.e. A/RES/60/1, Documento Final de la Cumbre mundial (de 16 de septiembreP.e. A/RES/60/1, Documento Final de la Cumbre mundial (de 16 de septiembre
de 2005).de 2005).
Consejo de SeguridadConsejo de Seguridad::
Desde 1946 hasta 1994:Desde 1946 hasta 1994: Número de resolución -numeraciónNúmero de resolución -numeración
ininterrumpida desde 1946-, (año de adopción), fecha de adopción y asunto.ininterrumpida desde 1946-, (año de adopción), fecha de adopción y asunto.
P.e. Resolución 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967. La situación enP.e. Resolución 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967. La situación en
Oriente Medio.Oriente Medio.
Desde 1995:Desde 1995: mismo procedimiento pero precedido de la inicial del órgano –mismo procedimiento pero precedido de la inicial del órgano –
S/- y el término RES/.S/- y el término RES/.
P.e. S/RES/1244(1999), de 10 de junio de 1999. La situación humanitaria deP.e. S/RES/1244(1999), de 10 de junio de 1999. La situación humanitaria de
Kosovo (República Federativa de Yugoslavia).Kosovo (República Federativa de Yugoslavia).
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5. El proceso de reforma de5. El proceso de reforma de
las Naciones Unidaslas Naciones Unidas
A) El interminable proceso deA) El interminable proceso de
reforma.reforma.
B) La Cumbre Mundial de 2005.B) La Cumbre Mundial de 2005.
19. Universidad de
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2ª Parte2ª Parte
LA UNIÓN EUROPEALA UNIÓN EUROPEA
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1.- La creación, profundización y1.- La creación, profundización y
ampliación de la Unión Europeaampliación de la Unión Europea (y de(y de
las Comunidades Europeas)las Comunidades Europeas) : un proyecto: un proyecto
estatalestatal
Breve historia del procesoBreve historia del proceso
de integración europea: losde integración europea: los
Estados como “Señores deEstados como “Señores de
los tratados”los tratados” (Sent.(Sent. Maastricht, BVGMaastricht, BVG,,
1993)1993)
El proceso de toma deEl proceso de toma de
decisiones: entredecisiones: entre
integración eintegración e
intergubernamentalismointergubernamentalismo
Un nuevo modelo políticoUn nuevo modelo político
(“en red”): la inexistencia de(“en red”): la inexistencia de
la división de poderesla división de poderes
¿Un¿Un déficit democráticodéficit democrático dede
la UE (y de la CE)?la UE (y de la CE)?
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el respeto de los derechosel respeto de los derechos
humanos como valorhumanos como valor
fundamental de la UEfundamental de la UE
La consagraciLa consagracióón del principion del principio
democrdemocráático en los Tratadostico en los Tratados
constitutivos (TUE-TCE)constitutivos (TUE-TCE)
La Carta de los derechosLa Carta de los derechos
fundamentales de 7 de diciembre defundamentales de 7 de diciembre de
2000.2000.
Principio democrPrincipio democráático y sanciones: Latico y sanciones: La
clclááusula del art. 7 TUEusula del art. 7 TUE
El principio democrEl principio democráático y la adhesitico y la adhesióónn
de nuevos miembros:de nuevos miembros:
El art. 49 TUEl art. 49 TU
Los principios de Copenhague y laLos principios de Copenhague y la
adhesiadhesióón de nuevos Estados miembros:n de nuevos Estados miembros:
los Acuerdos Europeos de Asociacilos Acuerdos Europeos de Asociaci óón,n,
el proceso deel proceso de monitoringmonitoring respecto arespecto a
los futuros miembros (los casos serbiolos futuros miembros (los casos serbio
y turco)y turco)
El principio democrEl principio democr áático y latico y la
cooperacicooperacióón al desarrollon al desarrollo
22. Universidad de
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3.- La adhesión a la Unión3.- La adhesión a la Unión
Europea: el art. 49 TUEEuropea: el art. 49 TUE
Cualquier Estado europeo queCualquier Estado europeo que respete los principiosrespete los principios
enunciados en el apartado 1 del artículo 6enunciados en el apartado 1 del artículo 6 podrápodrá
solicitar el ingreso como miembro en la Unión.solicitar el ingreso como miembro en la Unión.
Dirigirá su solicitud al Consejo, que se pronunciaráDirigirá su solicitud al Consejo, que se pronunciará
por unanimidad después de haber consultado a lapor unanimidad después de haber consultado a la
Comisión y previo dictamen conforme delComisión y previo dictamen conforme del
Parlamento Europeo, el cual se pronunciará porParlamento Europeo, el cual se pronunciará por
mayoría absoluta de los miembros que lomayoría absoluta de los miembros que lo
componen.componen.
Las condiciones de admisión y las adaptacionesLas condiciones de admisión y las adaptaciones
que esta admisión supone en lo relativo a losque esta admisión supone en lo relativo a los
Tratados sobre los que se funda la Unión seránTratados sobre los que se funda la Unión serán
objeto de un acuerdo entre los Estados miembros yobjeto de un acuerdo entre los Estados miembros y
el Estado solicitante. Dicho acuerdo se someterá ael Estado solicitante. Dicho acuerdo se someterá a
la ratificación de todos los Estados contratantes,la ratificación de todos los Estados contratantes,
de conformidad con sus respectivas normasde conformidad con sus respectivas normas
constitucionales.constitucionales.
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4.- Los “principios de4.- Los “principios de
Copenhague”, (junio 1993)Copenhague”, (junio 1993)
““El Consejo Europeo acordó ... que los paísesEl Consejo Europeo acordó ... que los países
asociados de la Europa central y Oriental que loasociados de la Europa central y Oriental que lo
deseen se conviertan en miembros de la Unióndeseen se conviertan en miembros de la Unión
Europea. El ingreso tendrá lugar en cuanto un paísEuropea. El ingreso tendrá lugar en cuanto un país
asociado pueda asumir las obligaciones de adhesiónasociado pueda asumir las obligaciones de adhesión
cuando cumpla (cuando cumpla ( sicsic) con las condiciones económicas y) con las condiciones económicas y
políticas requeridas.políticas requeridas.
La adhesión requiere que el país candidato hayaLa adhesión requiere que el país candidato haya
alcanzado una estabilidad de instituciones quealcanzado una estabilidad de instituciones que
garantice la democracia, el Estado de Derecho, losgarantice la democracia, el Estado de Derecho, los
derechos humanos y el respeto y protección de lasderechos humanos y el respeto y protección de las
minorías, la existencia de una economía de mercadominorías, la existencia de una economía de mercado
en funcionamiento, así como la capacidad de haceren funcionamiento, así como la capacidad de hacer
frente a la presión competitiva y las fuerzas delfrente a la presión competitiva y las fuerzas del
mercado dentro de la Unión. La adhesión presupone lamercado dentro de la Unión. La adhesión presupone la
capacidad del candidato de asumir las obligaciones decapacidad del candidato de asumir las obligaciones de
adhesión, incluida la observancia de los fines de laadhesión, incluida la observancia de los fines de la
unión política, económica y monetaria”unión política, económica y monetaria”
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5.- Los “Estados ACP”5.- Los “Estados ACP”
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6.- La ciudadanía de la Unión6.- La ciudadanía de la Unión
(arts. 17-21 TCE)(arts. 17-21 TCE)
Es el estatuto (Es el estatuto ( status civitatisstatus civitatis))
inherente a la condición de nacional deinherente a la condición de nacional de
un Estado miembro de la UEun Estado miembro de la UE (“estatuto(“estatuto
fundamental de los nacionales de losfundamental de los nacionales de los
Estados miembros”, STJCE de 20 deEstados miembros”, STJCE de 20 de
septiembre de 2001,septiembre de 2001, Grzelczyk c. CentreGrzelczyk c. Centre
Public d'Aide Sociale d'Ottignes-Louvain-la-Public d'Aide Sociale d'Ottignes-Louvain-la-
Neuve (Neuve (as. C-184/99))as. C-184/99))
Entre otros derechos comprende:Entre otros derechos comprende:
derecho de circular y residir libremente (art. 18derecho de circular y residir libremente (art. 18
TCE);TCE);
derecho de sufragio activo y pasivo en lasderecho de sufragio activo y pasivo en las
elecciones alelecciones al Parlamento EuropeoParlamento Europeo y en lasy en las
elecciones municipales (art. 19 TCE);elecciones municipales (art. 19 TCE);
derecho de acogerse a la protección de lasderecho de acogerse a la protección de las
autoridades diplomáticas y consulares (art. 20autoridades diplomáticas y consulares (art. 20
TCE)TCE)
derecho de formular peticiones al Parlamento yderecho de formular peticiones al Parlamento y
de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo (art.de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo (art.
21 TCE);21 TCE);
derecho de dirigirse a las instituciones yderecho de dirigirse a las instituciones y
organismos consultivos de la Unión en una deorganismos consultivos de la Unión en una de
las lenguas de la Constitución y de recibir unalas lenguas de la Constitución y de recibir una
contestación en esa misma lengua (art. 21contestación en esa misma lengua (art. 21
26. Universidad de
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7.- Los “procesos decisorios” en7.- Los “procesos decisorios” en
la UEla UE
Comisión
Europea
Comisión
Europea
Consejo de la UniónConsejo de la Unión
Parlamento EuropeoParlamento Europeo
Consejo Europeo (Jefes de
Estado y de Gobierno
y Presidente de la Comisión)
Consejo Europeo (Jefes de
Estado y de Gobierno
y Presidente de la Comisión)
Impulso político
Tribunal de JusticiaTribunal de Justicia Tribunal de CuentasTribunal de Cuentas
Codecisión legislativa
Comité de
las Regiones
Comité de
las Regiones
Iniciativa legislativa
Ejecución
Control
Comité Económico
y Social
Comité Económico
y Social
Función consultiva
Banco Europeo
de Inversiones
Banco Europeo
de Inversiones Banco
Central Europeo
Banco
Central Europeo
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Oviedo
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8.- El papel del PE en la UE8.- El papel del PE en la UE
Composición y naturalezaComposición y naturaleza
del PEdel PE
La elección del PE:La elección del PE:
Normas básicas (Acto sobreNormas básicas (Acto sobre
Elecciones de 1976,Elecciones de 1976,
“Procedimiento Electoral“Procedimiento Electoral
Uniforme” y normativaUniforme” y normativa
electoral interna (LOREG))electoral interna (LOREG))
La condición de elector yLa condición de elector y
elegibleelegible (Ciudadanía de la UE)(Ciudadanía de la UE)
Las competencias del PE:Las competencias del PE:
Control políticoControl político
LegislativaLegislativa
PresupuestariaPresupuestaria
El derecho de peticiónEl derecho de petición
(Ciudad.UE)(Ciudad.UE)
28. Universidad de
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PARLAMENTO
EUROPEO
5 Años
Elección del Presidente
FUNCIÓN LEGISLATIVA
COMPARTIDA CON EL CONSEJO
MESA
Otros órganos
AUTORIDAD
PRESUPUESTARIA
COMPARTIDA CON EL CONSEJO
CONTROL
POLÍTICO
Voto de aprobación
de la Comisión
Moción de censura contra
la Comisión
PARTICIPA
FUNCION
LEGISLATIVA
SUFRAGIO
UNIVERSAL
DIRECTO
9.- Las funciones del PE9.- Las funciones del PE
29. Universidad de
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10.- La contribución de otras10.- La contribución de otras
instituciones y organismos a lainstituciones y organismos a la
legitimación democrática de la UElegitimación democrática de la UE
El Defensor del PuebloEl Defensor del Pueblo
EuropeoEuropeo
El Tribunal de JusticiaEl Tribunal de Justicia
La Agencia deLa Agencia de
DerechosDerechos
Fundamentales de laFundamentales de la
UEUE
30. Universidad de
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Representa a las colectividades
regionales y locales
Representa a los diferentes
componentes de carácter
económico y social
de la sociedad civil organizada
Independencia de sus miembros
Comité
de las
Regiones
Comité
Económico
y Social
11.- La función representativa11.- La función representativa
de los órganos consultivos de lade los órganos consultivos de la
UEUE
31. Universidad de
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12.- El principio de subsidiariedad12.- El principio de subsidiariedad
Preámbulo TUE:Preámbulo TUE: “RESUELTOS a continuar el“RESUELTOS a continuar el
proceso de creación de una unión cada vez másproceso de creación de una unión cada vez más
estrecha entre los pueblos de Europa,estrecha entre los pueblos de Europa, en la que lasen la que las
decisiones se tomen de la forma más próximadecisiones se tomen de la forma más próxima
posible a los ciudadanos,posible a los ciudadanos, de acuerdo con elde acuerdo con el
principio de subsidiariedad”principio de subsidiariedad”
Art. 5 TCEArt. 5 TCE: “En los ámbitos que no sean de su: “En los ámbitos que no sean de su
competencia exclusiva, la Comunidad intervendrá,competencia exclusiva, la Comunidad intervendrá,
conforme al principio de subsidiariedad, sólo en laconforme al principio de subsidiariedad, sólo en la
medida en que los objetivos de la acción pretendidamedida en que los objetivos de la acción pretendida
no puedan ser alcanzados de manera suficiente porno puedan ser alcanzados de manera suficiente por
los Estados miembros, y, por consiguiente, puedanlos Estados miembros, y, por consiguiente, puedan
lograrse mejor, debido a la dimensión o a loslograrse mejor, debido a la dimensión o a los
efectos de la acción contemplada, a nivelefectos de la acción contemplada, a nivel
comunitario”comunitario”
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13.- El respeto de las identidades13.- El respeto de las identidades
nacionalesnacionales
El respeto de lasEl respeto de las
identidades nacionales:identidades nacionales:
““La Unión respetará la identidadLa Unión respetará la identidad
nacional de sus Estadosnacional de sus Estados
miembros” (art. 6.3 TUE)miembros” (art. 6.3 TUE)
Lealtad comunitaria yLealtad comunitaria y
derechos de los Estadosderechos de los Estados
miembros:miembros:
El principio de autonomíaEl principio de autonomía
institucionalinstitucional
El principio de autonomíaEl principio de autonomía
procedimentalprocedimental
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4ª Parte4ª Parte
LOS TRATADOSLOS TRATADOS
INTERNACIONALES COMOINTERNACIONALES COMO
TÉCNICA PARA DEFINIRTÉCNICA PARA DEFINIR
LA COOPERACIÓNLA COOPERACIÓN
INTERNACIONALINTERNACIONAL
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1. Las normas convencionales en el1. Las normas convencionales en el
ordenamiento internacionalordenamiento internacional
A) Concepto y elementosA) Concepto y elementos
constitutivos del tratado internacional.constitutivos del tratado internacional.
B) Clasificación de los tratadosB) Clasificación de los tratados
internacionales.internacionales.
C) Función de las normasC) Función de las normas
convencionales en el ordenamientoconvencionales en el ordenamiento
internacional.internacional.
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Definición de tratado internacional:Definición de tratado internacional:
se entiende por "tratado" un acuerdose entiende por "tratado" un acuerdo
internacional celebrado por escritointernacional celebrado por escrito
entre Estadosentre Estados (u otros sujetos del(u otros sujetos del
derecho internacional)derecho internacional) y regido por ely regido por el
derecho internacional, ya conste en underecho internacional, ya conste en un
instrumento único o en dos o másinstrumento único o en dos o más
instrumentos conexos y cualquiera queinstrumentos conexos y cualquiera que
sea su denominación particularsea su denominación particular
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2. Las competencias internacionales de las2. Las competencias internacionales de las
regiones: la celebración de tratadosregiones: la celebración de tratados
ElEl Jus ad tractatumJus ad tractatum de lasde las
regiones en el Derechoregiones en el Derecho
comparado: EEUU, Canadá,comparado: EEUU, Canadá,
RP China, Alemania, Suiza,RP China, Alemania, Suiza,
etcetc
El caso español:El caso español:
El art. 149.1.3ª CEEl art. 149.1.3ª CE
Los Estatutos de AutonomíaLos Estatutos de Autonomía
las Ss TC 137/1989 y 165/1994las Ss TC 137/1989 y 165/1994
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3. La formación de las normas3. La formación de las normas
convencionales: el proceso de celebraciónconvencionales: el proceso de celebración
de los tratados.de los tratados.
A) Las fases del proceso deA) Las fases del proceso de
celebración.celebración.
B) La representación del Estado enB) La representación del Estado en
el proceso de celebración.el proceso de celebración.
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Plenos PoderesPlenos Poderes
se considerará que una persona representa ase considerará que una persona representa a
un Estado:un Estado:
a) si presenta los adecuados plenos poderes,a) si presenta los adecuados plenos poderes,
b) si se deduce de la práctica seguida por losb) si se deduce de la práctica seguida por los
Estados interesadosEstados interesados o de otraso de otras
circunstancias, que la intención de esoscircunstancias, que la intención de esos
Estados ha sido considerar a esa personaEstados ha sido considerar a esa persona
representante del Estado.representante del Estado.
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En virtud de sus funciones se considerará queEn virtud de sus funciones se considerará que
representan a su Estado:representan a su Estado:
a) los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno ya) los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y
Ministros de relaciones exterioresMinistros de relaciones exteriores;;
b) los Jefes de misión diplomáticasb) los Jefes de misión diplomáticas;;
c) los representantes acreditados por losc) los representantes acreditados por los
Estados ante una conferencia internacional oEstados ante una conferencia internacional o
ante una organización internacional o uno deante una organización internacional o uno de
sus órganossus órganos..
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4. Negociación, adopción y4. Negociación, adopción y
autenticación del texto de un tratado.autenticación del texto de un tratado.
A) La negociación del tratado.A) La negociación del tratado.
B) Adopción del texto de un tratado.B) Adopción del texto de un tratado.
C) Autenticación del texto de unC) Autenticación del texto de un
tratado.tratado.
D) Disposiciones del sistemaD) Disposiciones del sistema
constitucional español.constitucional español.
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La adopción del texto de un tratado se efectuarLa adopción del texto de un tratado se efectuaráá
por consentimiento de todos los Estadospor consentimiento de todos los Estados
participantes en su elaboraciónparticipantes en su elaboración
Pero…Pero…
La adopción del texto de un tratado en unaLa adopción del texto de un tratado en una
conferencia internacional se efectuarconferencia internacional se efectuaráá porpor
mayoría de dos tercios de los Estadosmayoría de dos tercios de los Estados
presentes y votantes, a menos que esospresentes y votantes, a menos que esos
Estados decidan por igual mayoría aplicarEstados decidan por igual mayoría aplicar
una regla diferenteuna regla diferente..
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El texto de un tratado quedarEl texto de un tratado quedaráá establecidoestablecido
comocomo auténticoauténtico y definitivoy definitivo::
a) mediante el procedimiento que sea) mediante el procedimiento que se
prescriba en él o que convengan los Estadosprescriba en él o que convengan los Estados
que hayan participado en su elaboración; oque hayan participado en su elaboración; o
b) a falta de tal procedimiento, mediante lab) a falta de tal procedimiento, mediante la
firma, la firma "ad referéndum" o la rúbricafirma, la firma "ad referéndum" o la rúbrica
puesta por los representantes de esospuesta por los representantes de esos
Estados en el texto del tratado o en el actaEstados en el texto del tratado o en el acta
final de la conferencia en la que figure elfinal de la conferencia en la que figure el
texto.texto.
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5. La manifestación del consentimiento del5. La manifestación del consentimiento del
Estado en obligarse por el tratado.Estado en obligarse por el tratado.
A) Las formas de manifestación en elA) Las formas de manifestación en el
ordenamiento internacionalordenamiento internacional
B) Disposiciones del sistemaB) Disposiciones del sistema
constitucional español.constitucional español.
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Las formasLas formas de manifestación del consentimientode manifestación del consentimiento
en obligarse por un tratadoen obligarse por un tratado..
El consentimiento de un Estado enEl consentimiento de un Estado en
obligarse por un tratado podráobligarse por un tratado podrá
manifestarse mediante la firma, el canjemanifestarse mediante la firma, el canje
de instrumentos que constituyan unde instrumentos que constituyan un
tratado la ratificación, la aceptación, latratado la ratificación, la aceptación, la
aprobación o la adhesión, o enaprobación o la adhesión, o en
cualquier otra forma que se hubierecualquier otra forma que se hubiere
convenido.convenido.
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Disposiciones del sistemaDisposiciones del sistema
constitucional español.constitucional español.
Mediante Ley orgánica se podrá autorizar laMediante Ley orgánica se podrá autorizar la
celebración de Tratados por los que secelebración de Tratados por los que se
atribuya a una organización o instituciónatribuya a una organización o institución
internacional el ejercicio de competenciasinternacional el ejercicio de competencias
derivadas de la Constitución. Corresponde aderivadas de la Constitución. Corresponde a
las Cortes Generales o al Gobierno, segúnlas Cortes Generales o al Gobierno, según
los casos, la garantía del cumplimiento delos casos, la garantía del cumplimiento de
estos Tratados y de las resolucionesestos Tratados y de las resoluciones
emanadas de los organismosemanadas de los organismos
internacionales o supranacionales titularesinternacionales o supranacionales titulares
de la cesión.de la cesión. (Art. 93 CE)(Art. 93 CE)
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La prestación del consentimiento del Estado paraLa prestación del consentimiento del Estado para
obligarse requerirá la previa autorización de las Cortesobligarse requerirá la previa autorización de las Cortes
Generales, en los siguientes casos:Generales, en los siguientes casos:
a.a. Tratados de carácter político.Tratados de carácter político.
b.b. Tratados o convenios de carácter militar.Tratados o convenios de carácter militar.
c.c. Tratados o convenios que afecten a la integridadTratados o convenios que afecten a la integridad
territorial del Estado o a los derechos y deberesterritorial del Estado o a los derechos y deberes
fundamentales establecidos en el Título primero.fundamentales establecidos en el Título primero.
d.d. Tratados o convenios que impliquen obligacionesTratados o convenios que impliquen obligaciones
financieras para la Hacienda Pública.financieras para la Hacienda Pública.
e.e. Tratados o convenios que supongan modificación oTratados o convenios que supongan modificación o
derogación de alguna Ley o exijan medidas legislativasderogación de alguna Ley o exijan medidas legislativas
para su ejecución.para su ejecución. (Art. 94.1 CE)(Art. 94.1 CE)
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6. El control de constitucionalidad de los6. El control de constitucionalidad de los
tratados en el sistema español.tratados en el sistema español.
La celebración de un Tratado internacionalLa celebración de un Tratado internacional
que contenga estipulaciones contrarias aque contenga estipulaciones contrarias a
la Constitución exigirá la previa revisiónla Constitución exigirá la previa revisión
constitucional.constitucional. (Art. 95.1 CE)(Art. 95.1 CE)
El Gobierno o cualquiera de las CámarasEl Gobierno o cualquiera de las Cámaras
puede requerir al Tribunal Constitucionalpuede requerir al Tribunal Constitucional
para que declare si existe o no esapara que declare si existe o no esa
contradicción.contradicción. (Art. 95.2 CE)(Art. 95.2 CE)
48. Universidad de
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Control de constitucionalidad posterior a laControl de constitucionalidad posterior a la
manifestación del consentimientomanifestación del consentimiento..
Recurso de inconstitucionalidadRecurso de inconstitucionalidad
dentro del plazo de tres mesesdentro del plazo de tres meses
a partir de la publicación oficiala partir de la publicación oficial
del texto del tratado;del texto del tratado;
Cuestión deCuestión de
inconstitucionalidad promovidainconstitucionalidad promovida
por jueces y tribunales, ya seapor jueces y tribunales, ya sea
de oficio o a instancia de parte.de oficio o a instancia de parte.
49. Universidad de
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7. Entrada en vigor del tratado y aplicación provisional7. Entrada en vigor del tratado y aplicación provisional
A) La entrada en vigor del tratadoA) La entrada en vigor del tratado
B) La aplicación provisional delB) La aplicación provisional del
tratado.tratado.
50. Universidad de
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Entrada en vigor.Entrada en vigor.
1. Un tratado entrará en vigor de la manera y1. Un tratado entrará en vigor de la manera y
en la fecha que en él se disponga o queen la fecha que en él se disponga o que
acuerden los Estados negociadores.acuerden los Estados negociadores.
2. A falta de tal disposición o acuerdo, el2. A falta de tal disposición o acuerdo, el
tratado entrará en vigor tan pronto comotratado entrará en vigor tan pronto como
haya constancia del consentimiento de todoshaya constancia del consentimiento de todos
los Estados negociadores en obligarse por ellos Estados negociadores en obligarse por el
tratado.tratado.
51. Universidad de
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Aplicación provisionalAplicación provisional
1. Un tratado o una parte de él se aplicará1. Un tratado o una parte de él se aplicará
provisionalmente antes de su entrada enprovisionalmente antes de su entrada en
vigor:vigor:
a) si el propio tratado así lo dispone: oa) si el propio tratado así lo dispone: o
b) si los Estados negociadores hanb) si los Estados negociadores han
convenido en ello de otro modo.convenido en ello de otro modo.
2. La aplicación provisional de un tratado2. La aplicación provisional de un tratado
respecto de un Estado terminará si notifica arespecto de un Estado terminará si notifica a
loslos demásdemás Estados su intención de no llegarEstados su intención de no llegar
a ser parte en el mismoa ser parte en el mismo..