Este documento describe cuatro tipos de entidades públicas en derecho: establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta y empresas sociales del Estado. Los establecimientos públicos prestan servicios públicos y están sujetos al derecho público, mientras que las otras entidades se rigen por el derecho privado a pesar de que su capital puede ser público o una mezcla de público y privado. Las empresas sociales del Estado brindan servicios de salud directamente bajo la Ley 100.