Análisis de la Ley del Sistema Nacional de Desarrollo Rural Integral
1. Universidad Panamericana
Lógica y Comunicación
Lic. Luis Fernando Tepe
ANALISIS LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE DESARROLLO
RURAL INTEGRAL
Carlos López Asencio 201301199
Allan Morales Luna 201301400
Sección: “A”
2. PROPUESTA DE LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL
INTEGRAL
Guatemala se ha caracterizado por ser un país con las tasasmás altas de pobreza
y pobreza extrema, no solo en el área de Latinoamérica si no más a nivel regional
y mundial.
Con el pasar de los años muchos de los países de la región han logrado frenar o
eliminar problemas como la desnutrición, analfabetismo, en cambio Guatemala es
todo lo contrario todas estas tazas han ido aumentando con los años, y en cada
gobierno esto es recurrente. Y como siempre el área rural es la más afectada en
todos estos problemas del país. Es por eso que surge la iniciativa de ley de
desarrollo rural con el fin de promover el desarrollo de los pueblos indígenas y
rurales con el único objetivo de salir de la pobreza a través de la generación de
empleo.
La población que trabaja en el área agrícola solo logra cubrir el 79% del total de la
canasta básica mensual. Y de toda esta población solo el 16% tiene acceso al
Seguro Social IGSS. Guatemala cuenta con la tasa más alta de desigualdad
socioeconómica en América.
Los tratados de libre comercio que se han pactado con otros países han
influenciado para que productos producidos en Guatemala pasen a un segundo
plano. Tal es el caso del trigo que a partir de la firma del TLC con Estados Unidos
llevo casi a la quiebra de la producción de este grano básico.
3. Pobreza, Desnutrición, Tierras Fértiles, Material
Analfabetismo, Desigualdad Humano, Mercado Interno y
Externo
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE DESARROLLO
RURAL INTEGRAL
Análisis, Evaluación,
Planeación y Planteamiento
Contemplación e Interpretación
APROBACION Contrapartes, Causas,
Consecuencias, Consenso
4. FALACIAS
ARTICULO 3. Sujetos de la Ley. Se establece como sujetos de la presente ley:
la población rural en situación de pobreza con prioridad en los pueblos y
comunidades indígenas y campesinas con tierra insuficiente improductiva y sin
tierra; mujeres indígenas y campesinas; asalariados permanentes o temporales;
artesanos; pequeños productores rurales; micro y pequeños empresarios rurales.
FALACIA FORMAL
Al iniciar con la propuesta de la ley la misma establece que los beneficiados de
esta ley, serán los campesinos e indígenas en pobreza y extrema pobreza o que
tengan tierras improductivas o insuficientes, más al seguir especificando a lo
sujetos de la presente ley habla como los pequeños productores rurales; micro y
pequeños empresario rurales tambiénestaríanbeneficiándose con esta ley.
FALACIA INFORMAL A LA IGNORANCIA
Atenta contra la Libertad e Igualdad, excluyendo a la población que no vive en
área rural y que si esta en pobreza y no tienen acceso a tierras o productividad.
Articulo 4 Constitución de la República de Guatemala
ARTICULO 5. W) Tierras Comunales: Son las tierras en Propiedad, posesión o
tenencia de comunidades indígenas o campesinas como entes colectivos, con o
sin personalidad jurídica. Forman parte de estas tierras aquellas que aparecen
registradas a nombre del estado o de las municipalidades, pero que
tradicionalmente han sido poseídas o tenidas bajo el régimen comunal
FALACIA INFORMAL A LA IGNORANCIA
La ley ya contempla distribución de tierras del estado a las comunidades cuando
sean necesarias. Art 68 de la constitución de la República de Guatemala
ARTICULO 9. Políticas. Las políticas del sistema nacional de desarrollo rural
integral, contenidas en la presente ley, serán los ejes de la misma y se expresaran
en áreas programáticas, las cuales serán implementadas y desarrolladas por la
institucionalidad creada para tal fin; tendrán carácter enunciativo y no limitativo, su
cumplimiento será obligatorio
5. FALACIA INFORMAL A LA CAUSA FALSA
Indica que deben de seguirse políticas en base a una ley, violando la ley de
libertad de acción donde indica que no estamos obligados a acatar órdenes que
no estén basadas en la ley y emitidas conforme a ella. Artículo 5 de la
constitución de la República de Guatemala
Artículo 10.- Política Agraria. La Política Agraria reformará y democratizara el
régimen de uso, tenencia y propiedad de la tierra, desincentivando su
concentración mediante la dotación y otros mecanismos de acceso a la tierra, e
incentivando el área destinada a la producción de alimentos, para el desarrollo del
sujeto. De la presente Ley en los términos que establecen la Constitución Política
de la República de Guatemala, las leyes y Convenios Internacionales ratificados
por el Estado de Guatemala.
FALACIA INFORMAL, A LA AUTORIDAD, A LA VERGÜENZA Y A LA
IGNORANCIA
Al analizar el artículo 10 de la Iniciativa De Ley De Desarrollo Rural Integral
podemos observar que esta reformará y democratizará el régimen de uso,
tenencia y propiedad de la tierra, que pueden dar lugar a la expropiación de tierras
generando reacciones de malestar de la propiedad privada que puede poner en
peligro así el derecho a la propiedad privada manifestado en el Artículo 39.-
Propiedad privada. De la Constitución Política De La Republica De Guatemala, el
cual nos dice que el Estado de Guatemala, nos garantiza la propiedad privada
como un derecho inherente a la persona humana. Toda persona puede disponer
libremente de sus bienes de acuerdo con la ley.
6. CONCLUSIONES
Consideramos que el país está en una situación de pobreza extrema en diversos
sectores de la población, y que un plan de desarrollo rural para el país sería
excelente y una muy buena salida. Mas sin embargo esta iniciativa encierra
muchas cosas, comenzando con el hecho de que viola varios artículos de la
constitución de la república de Guatemala. Debido a esto debe de ser analizada y
evaluada para plantearla de una mejor manera y así no excluir a nadie y lograr el
objetivo de la ley misma que es erradicar la pobreza en el país.